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El juez mantiene su paralización

El proyecto 'Meseta Ski' se eleva al Constitucional

El proyecto 'Meseta Ski' se eleva al Constitucional

viernes 11 de febrero de 2011, 13:53h


El Juzgado de lo Contencionso-Administrativo número 2 de Valladolid ha planteado cuestión de inconstitucionalidad de Meseta Ski ante el Tribunal Constitucional (TC) y mantiene su paralización, según dio a conocer este viernes la asociación Ecologistas en Acción (EA).

El colectivo explicó que mediante un auto de 4 de febrero de 2011, el Juzgado ha acordado elevar al Tribunal Constitucional cuestión de inconstitucionalidad sobre la Ley 6/2010, de 28 de mayo, de Declaración de Proyecto Regional del Complejo de Ocio y Aventura Meseta Ski.

El motivo es la posible vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, en su vertiente del derecho a la ejecución de las sentencias, previsto en el artículo 24.1 de la Constitución, así como del artículo 149.1.23ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación básica en materia de montes, informa ep.

El juez ratifica que "la instalación de la pista de ski seco, la infraestructura proyectada y su zona de influencia desafectada del monte, fue afectada por un incendio ocurrido en el año 1999", y que la Ley de Montes prohíbe el cambio de uso forestal al menos durante 30 años, al igual que la Ley regional de Montes, según explicó en un comunicado Ecologistas en Acción.

La organización indicó que la Comunidad de Castilla y León no tiene competencia para dictar una Ley que suponga el desconocimiento de lo establecido por la norma estatal básica, como sucede con la Ley de Meseta Ski, que conlleva "un cambio del uso de los terrenos, además de una actividad incompatible con la reforestación".

El auto constata que la Ley de Meseta Ski ha sido promulgada más de un año después de haber sido dictadas las sentencias que anulan las licencias ambiental y de obras y la autorización de uso excepcional en suelo rústico, que las Cortes de Castilla y León "han regulado un concreto supuesto, como es el proyecto que una sentencia no autoriza a desarrollar, para que pueda desarrollarse", y que lo que viene a hacer es "blindar el emplazamiento seleccionado para el proyecto, a través de su declaración como Proyecto Regional".

Además, se destaca que "ni se justifica que la actividad a desarrollar en el Complejo es la única que puede producir el desarrollo económico de la zona, ni se justifica que la actividad únicamente puede desarrollarse en el emplazamiento seleccionado".
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