La aplicación de estas medidas en cada caso será aprobada de forma conjunta por los Ministerios de Administraciones Públicas y de Economía y Hacienda, que establecerán las condiciones para su desarrollo, y tendrá una duración determinada, aunque podrá prorrogarse.
Así, en las unidades de atención directa al ciudadano, se establecerá un régimen de turnos de ocho de la mañana a diez de la noche y los funcionarios, de manera voluntaria, podrán prolongar su horario laboral, dentro de determinadas condiciones y cobrando. También está prevista la apertura de las oficinas en sábados no laborables.
En el caso de que las anteriores medidas no fueran suficientes, se ha previsto poder aprobar otras, como comisiones de servicios de unos Ministerios a otros o la incorporación de funcionarios interinos.