En la resolución, la magistrada señala que una vez “practicadas cuantas diligencias se han estimado necesarias para la comprobación del delito, participación que ha tenido el procesado y las circunstancias que en su comisión han concurrido y no hallándose indicada ninguna otra, es procedente concluir el presente sumario conforme determinan los artículos 622 y 623 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal”.
La titular del Juzgado Central de Instrucción 3 recuerda en el auto que se encuentran pendientes de resolución en la Sección Segunda de la Sala de lo Penal los recursos presentados por Trapero, Laplana, Soler y Puig contra el auto de procesamiento.
El pasado mes de abril Lamela procesó a Trapero por organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y por la jornada del 1 de octubre. La magistrada también procesó por organización criminal y un único delito de sedición, por el 1 de octubre, a Pere Soler y a César Puig. La instructora procesó, además, a Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos del 20 y 21 de septiembre.