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Referencia del Consejo de Ministros - 10/07/2009

viernes 10 de julio de 2009, 14:37h

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades los extranjeros en España y su integración social, aprobado por el Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y se concede un suplemento de crédito en el presupuesto del Ministerio de Sanidad y Política Social, por importe de 3.955.497,64 euros, para dar cumplimiento a la sentencia del Juzgado Central Contencioso-Administrativo de 11 de noviembre de 2008, condenatoria al pago a la Comunidad Autónoma de La Rioja del gasto farmacéutico correspondiente al mes de diciembre de 2001.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 277.254,50 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, de 19 de diciembre de 2008, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2000 y 2001 por la entidad colaboradora Endesa Generación, S.A.

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 23.465,54 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 9 de mayo de 2008, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Política Social de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada durante los ejercicios 2000 y 2001 por la entidad colaboradora Endesa, S.A.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia e Innovación a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros que permita financiar la prórroga del contrato de servicios para el despliegue de líneas de infraestructura de la Red Iris en el período 2009-2011.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Ciencia e Innovación a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para la contratación de asistencias técnicas de apoyo cualificadas para la incentivación de las actividades del Plan Nacional ERANET e INCONET.

Política Territorial

  • ACUERDO por el que se deniega al ayuntamiento de Sant Celoni, Barcelona, la autorización para celebrar una consulta popular relativa a la ubicación de un Área Residencial Estratégica en la zona de Can Riera de l´Aigua, que la Generalitat de Cataluña promueve en este municipio.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre España y Canadá relativo a los programas de movilidad de jóvenes.
  • ACUERDO por el que se autoriza la Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Islandia al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, La Haya 18 de marzo de 1970, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Acuerdo entre Irlanda, el Reino de los Países Bajos, el Reino de España, la República Italiana, la República Portuguesa, la República Francesa, y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte por el que se crea un centro de análisis y operaciones marítimas en materia de drogas, firmado en Lisboa el 30 de septiembre de 2007, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes, adoptadas por la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de Patentes en su 35ª sesión (20ª sesión extraordinaria), el 3 de octubre de 2006.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las actas de la Reunión plenaria de la Comisión de Límites entre España y Portugal, celebrada en Madrid, los días 15 y 16 de junio de 2009.
  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio nº 165 del Consejo de Europa sobre reconocimiento de cualificaciones relativas a la educación superior en la Región Europea.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a México, por importe de 280.000 euros.

Justicia

  • REALES DECRETOS por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a:
  • D. Hayim Rodrik.
  • Dª. Furtuna Rodrik.
  • Dª. Reyzi Pinhas.
  • D. Izi Hekimoglu.
  • D. Albert Valansi.
  • Dª. Rejin Valansi.
  • D. Vedat Valansi.
  • Dª. Dalya Valansi.
  • D. Hayati Yanni.
  • Dª. Tanya Yanni.
  • D. Cermi Roso.
  • Dª. Beti Roso.
  • INFORME sobre el Plan Preventivo de Refuerzo para la Jurisdicción Social.


Fomento

  • ACUERDO por el que se declara la utilidad pública y urgente ocupación, de los bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa como consecuencia de las obras de la entidad pública empresarial Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea "Aeropuerto de Palma de Mallorca, expropiación de terrenos necesarios para la instalación de un nuevo Dvor/Dme en el Pico de la Atalaya".

Educación

  • ACUERDO por el que se establece la cuantía de la contribución del Ministerio de Educación a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) por la participación en el Estudio Pisa durante 2009, por importe de 148.863 euros.

Trabajo e Inmigración

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato, para la ejecución de las obras de construcción de un inmueble destinado a sede de las Direcciones provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social e Instituto Social de la Marina en San Sebastián (Guipúzcoa), con un presupuesto de licitación de 35.171.550,39 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato, para la ejecución de las obras de construcción de un inmueble destinado a sede de la Dirección provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Vitoria (Álava), con un presupuesto de licitación de 19.464.013,94 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato, del servicio de mantenimiento de equipos informáticos de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, desde el 1 de diciembre de 2009 hasta el 31 de diciembre de 2011.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Servicio Público de Empleo Estatal al pago a diversos organismos internacionales, de las cuotas correspondientes al ejercicio 2009.
  • ACUERDO por el que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico de 2009 y con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, subvenciones adicionales a las establecidas en la Orden Tin/380/2009, de 18 de febrero, para los programas de inserción laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y para la promoción de la actividad de cooperativas y sociedades laborales gestionados por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas.


Industria, Turismo y Comercio

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de reforma de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por un importe de 6.355.375 euros, para reparar los daños ocasionados en Masnou-Montgat y playa de la Barceloneta (Barcelona).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por un importe de 314.870,71 euros, para reparar los daños ocasionados en Caldes D´Estrac (Barcelona).
  • ACUERDO por el que se impone al Ayuntamiento de Chiva, Valencia, una sanción de 315.467,10 euros y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico, en la cantidad de 65.273,38 euros, por el vertido de aguas residuales en el barranco de Chiva procedentes de la estación depuradora de aguas residuales situada en el término municipal de Chiva, incumpliendo los valores límite de emisión autorizados por la Confederación Hidrográfica del Júcar.

Sanidad y Política Social

  • ACIERDO por el que se aprueba el III Plan de Acción para las Personas con Discapacidad 2009-2012.
  • ACUERDO por el que se crea un grupo de trabajo interministerial para la implantación de la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad.
  • INFORME sobre el Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud 2006-2010.
  • INFORME sobre la situación y evolución de la Gripe A/H1N1 en España.

Vivienda

  • ACUERDO por el que se autoriza a la Ministra de Vivienda a firmar un Convenio de colaboración con el Instituto de Crédito Oficial, para instrumentar la Línea de Mediación ICO-Cobertura Financiación VPO.


ACUERDOS DE PERSONAL

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Recursos Humanos, Servicios e Infraestructura a Dª MANUELA HERMINIA SALMERÓN SALTO .

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República Islámica de Mauritania a D. ALONSO DEZCALLAR DE MAZARREDO .
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Montenegro, con residencia en Belgrado, a D. ÍÑIGO DE PALACIO ESPAÑA.
  • REAL DECRETO por el que se designa Embajadora en Misión Especial para las Relaciones con Rusia en la Presidencia Española de la Unión Europea a Dª MARÍA VICTORIA SCOLA PLIEGO .

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se nombra Representante Militar ante la Organización del Tratado del Atlántico Norte y Representante Militar ante el Comité Militar de la Unión Europea al General del Cuerpo General del Ejército de Tierra D. JUAN MARTÍN VILLALÓN .

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de Sala emérito en la Fiscalía del Tribunal Supremo a D. JORGE SENA ARGÜELLES.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de Sala emérito en la Fiscalía del Tribunal Supremo a D. JOSÉ RAMÓN LÓPEZ-FANDO RAYNAUD.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de León a D. EMILIO FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ.


Sanidad y Consumo

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General de Política Social y Consumo a D. FRANCISCO MOZA ZAPATERO.

CONDECORACIONES

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se concede, a título póstumo, la Gran Cruz de la Real Orden de Reconocimiento Civil a las Víctimas del Terrorismo a D. ÁNGEL HERNÁNDEZ PÉREZ..


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Industria, Turismo y Comercio

APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE ORDENACIÓN DEL COMERCIO MINORISTA

  • La nueva regulación se inspira en el principio de libertad de empresa y tiene por finalidad facilitar el libre establecimiento de servicios de distribución comercial.
  • La aplicación de esta norma supondrá una mayor liberalización del sector y simplificación de los trámites administrativos, incrementará la seguridad jurídica, reducirá costes y contribuirá a la creación de empleo.
  • Respetará las competencias de las Comunidades Autónomas, dado que el comercio interior es una materia que ha sido asumida como competencia exclusiva por las autonomías.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de 1996. Esta Ley ha sido modificada desde su aprobación hasta en siete ocasiones con el fin de adecuar su contenido al constante proceso de globalización de la economía y a la necesidad de que la regulación en este ámbito se adapte a la realidad de los mercados.

El programa forma parte del Plan para el Estimulo de la Economía y el Empleo (Plan E) diseñado por el Gobierno y desarrolla una de las 31 medidas del Plan de Ahorro y Eficiencia Energética aprobado por el Gobierno el 1 de agosto de 2008.

La Ley modifica la regulación comercial minorista para adaptarla a lo establecido por una Directiva comunitaria de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, y cumplir con el derecho comunitario teniendo en cuenta el nuevo marco en el que se desarrolla la actividad de comercio al por menor. El modelo comercial español se caracteriza por una elevada densidad comercial (establecimientos por habitante), característico de los países mediterráneos y de una determinada forma de estructurar los núcleos urbanos en torno al comercio. La modificación legislativa persigue, sin perder estos valores, incrementar el valor que genera la distribución comercial mediante la liberalización en la prestación de los servicios y la supresión de cargas para las empresas.

Asimismo, la Ley se ajusta con el Proyecto de Ley sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio actualmente en tramitación parlamentaria.

Por otro lado, la nueva Ley respeta las competencias de las Comunidades Autónomas, ya que el comercio interior es competencia exclusiva de las mismas, y, por tanto, serán las autonomías las que regulen el procedimiento de autorización para la instalación de establecimientos comerciales.

Principio de libertad de empresa

La nueva regulación se inspira en el principio de libertad de empresa y tiene por finalidad facilitar el libre establecimiento de servicios de distribución comercial y su ejercicio, a través de los diferentes formatos comerciales, garantizando que las necesidades de los consumidores sean satisfechas adecuadamente.

Asimismo, la ordenación comercial toma como punto de partida la necesidad de que en el ámbito de la distribución se respete y garantice la libre competencia entre los distintos operadores comerciales en el contexto de una economía de mercado.

Se ha decidido abordar la reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de forma independiente y separada de la del resto de normas estatales con rango de Ley, cuya modificación se efectúa para su adaptación a la Directiva de Servicios, por la extraordinaria relevancia del sector de que se trata y por la complejidad de la distribución competencial.

Modificaciones más relevantes introducidas en la Ley

  • Se recoge el principio de libertad de establecimiento y se elimina la obligatoriedad de la licencia comercial. Sin embargo se podrá establecer un régimen de autorización, justificándolo debidamente de acuerdo con el principio de proporcionalidad e identificando de forma objetiva las razones que motivan el establecimiento de la misma y el impacto estimado
  • Se suprimen los criterios económicos, restrictivos de la competencia así como la intervención de los competidores en los procesos de autorización.
  • Las Comunidades Autónomas establecerán un procedimiento de autorización que integrará todos los trámites necesarios. Esto supondrá el adelantamiento del inicio la actividad comercial ahorrando costes a los operadores.
  • Se suprime la definición de gran establecimiento comercial, con lo que se evita un trato discriminatorio desde la legislación estatal a los distintos formatos comerciales, ya que no se hace referencia alguna a los metros cuadrados de los establecimientos. El único aspecto relevante será el impacto medioambiental, urbanístico o sobre el patrimonio histórico-artístico que, dependiendo de la zona o el territorio, genere el establecimiento sin tener en cuenta la superficie o el formato.
  • Se suprime la autorización previa en la venta automática y se exige únicamente la homologación de los modelos.
  • En la venta ambulante se limita la duración de las autorizaciones para garantizar la rotación de los competidores debido a la escasez de suelo disponible.
  • Se sustituye la obligación de inscripción previa por una comunicación a posteriori del inicio de la actividad en los registros de ventas a distancia y de franquiciadores
  • En los casos en que España pudiera ser sancionada en un procedimiento de infracción europeo cuyo origen esté en la legislación autonómica de comercio, las posibles sanciones se trasladarán a la Comunidad Autónoma que corresponda.

Informe del Consejo de Estado

El Proyecto de Ley cuenta con el informe favorable del Consejo de Estado, que hace una valoración positiva del texto, tanto desde su adecuación a la Directiva de Servicios como al reparto de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas.

Hay que destacar la referencia que el máximo órgano consultivo hace al tratamiento minucioso y cuidado con el que se ha efectuado el trámite de audiencia y llevado el expediente por parte del Ministerio. Asimismo, el Consejo de Estado valora positivamente que se hayan recabado diversos informes técnicos a las asociaciones, entidades, ministerios y empresarios independientes, así como a las Comunidades Autónomas.

Por otro lado, se han aceptado todas las mejoras propuestas por este Órgano, tanto en la exposición de motivos, como en el articulado, entre las que cabe destacar la mejora de la justificación de la tramitación separada de la Ley por la complejidad de la distribución de los títulos competenciales y alcanzar el máximo consenso con el sector y las Comunidades Autónomas.


Sanidad y Política Social

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN Y EVOLUCIÓN DE LA GRIPE AVIAR A/H1N1

  • La Ministra de Sanidad y Política Social explicó las acciones llevadas a cabo y las medidas que se tomarán a lo largo del verano para continuar en permanente vigilancia sobre la enfermedad.
  • El plan de trabajo del periodo estival prevé reuniones con las autoridades sanitarias de las Comunidades Autónomas para garantizar que nuestros servicios sanitarios tienen activados los planes de contingencia que permitan responder a un eventual incremento de la demanda asistencial en los centros de atención primaria y en los hospitales

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Sanidad y Política Social sobre la situación de la gripe A/H1N1 en España y sobre los planes de actuación previstos para las próximas semanas tras la reunión de alto nivel de Cancún (México) y el Consejo Informal de Ministros de Salud de la Unión Europea en Jönköping (Suecia), a las que ha asistido.

El Informe explica la nueva situación que enfrenta España y el resto de países a causa de la gripe pandémica y, aunque comienza a incrementarse el número de afectados, recuerda que en su inmensa mayoría son cuadros leves y con evolución favorable.

En España se han contabilizado hasta ahora 969 casos y dos fallecimientos: el primero el pasado 30 de junio en Madrid (una joven embarazada de 20 años) y el último en la tarde de ayer en Canarias (un hombre de 41 años). A nivel mundial, hay más de 94.000 casos confirmados y 429 fallecimientos.

Casos graves

La Ministra de Sanidad y Política Social también ha informado al Consejo de Ministros de la aparición de casos graves ingresados en Unidades de Cuidados Intensivos (UCI) desde mediados del pasado mes de junio que afectan ya a pacientes de Madrid, Cataluña, Andalucía, Asturias y Galicia, los cuales permanecen estables.

En este contexto cabe reseñar que se está analizando especialmente la evolución de la enfermedad, tanto en España, como en el hemisferio sur.

Finalmente, la Ministra de Sanidad y Política Social ha informado al Consejo de Ministros del Plan de trabajo del verano. Este plan tiene como objetivo mantener permanentemente activos los trabajos necesarios para afrontar la actual crisis de salud pública.


Actividades previstas

Así, el Plan recoge las siguientes actividades:

  • Reunión del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud el 22 de julio. El objetivo es garantizar que nuestros servicios sanitarios tienen activados los planes de contingencia que permitan responder a un eventual incremento de la demanda asistencial en los centros de atención primaria y en los hospitales.
  • Reunión del Comité Ejecutivo Nacional para la prevención, el control y el seguimiento de la evolución epidemiológica del virus de la gripe el 14 de agosto para revisar y poner a punto todas las acciones previstas antes del inicio del otoño.
  • Reuniones periódicas de la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud. El próximo 13 de julio se celebra un encuentro en el Ministerio de Sanidad y Política Social para hacer una revisión exhaustiva de la situación y planificar las acciones para los próximos meses, y se han previsto otras reuniones para los próximos días 31 de julio, 13 y 31 de agosto.
  • Encuentros semanales del Subcomité de Respuesta a la Emergencia que estará especialmente activo para garantizar la planificación de los servicios sanitarios.
  • El Comité Científico realizará en las próximas dos semanas diversas recomendaciones de actuaciones clínicas y de laboratorio.

Además, como se acordó en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, Jiménez ha informado de que el Ministerio está ultimando la adquisición de vacunas para la gripe A/H1N1 para cubrir las necesidades del 40 por 100 de la población española, según las estimaciones aprobadas por unanimidad por la Comisión de Salud Pública. Estas vacunas estarán disponibles en otoño al mismo tiempo que en el resto de países de la Unión Europea.

Trabajo intenso

En definitiva, se puede hacer un balance de trabajo intenso, con un liderazgo del Gobierno, tanto en los ámbitos internacionales, como en la coordinación con las Comunidades Autónomas, y con una política de comunicación pública basada en la transparencia informativa y en la veracidad de las informaciones.

El Gobierno de España, al tiempo que expresa su pesar a las familias de las dos personas fallecidas, quiere lanzar un mensaje de tranquilidad a la población, ya que hasta ahora la enfermedad se está manifestando con una mayor levedad que la gripe estacional, así como con una menor mortalidad, aunque al Gobierno le preocupa la situación y mantiene la vigilancia.


En este sentido, quiere recordar que los servicios sanitarios están totalmente activos para la detección precoz de los casos y el tratamiento y prestación de servicios más especializados a los que eventualmente presenten mayor gravedad.


Sanidad y Política Social

APROBADO EL PLAN DE ACCIÓN PARA IMPULSAR LA AUTONOMÍA DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  • Actúa en una doble dirección: sobre los sistemas de protección social y políticas públicas, en general, y sobre las personas con discapacidad, especialmente las mujeres.
  • La dotación económica es de 2.500 millones de euros para el año 2009.
  • El Plan se rige por principios programáticos basados en la no discriminación, la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres o la accesibilidad.

10 de julio de 2009. El Consejo de Ministros ha aprobado el III Plan de Acción para las Personas con Discapacidad, que establece la estrategia del Gobierno para esta Legislatura en materia de discapacidad.

De acuerdo con los principios de la Ley, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal, de 2 de diciembre de 2003, el III Plan de Acción se ha elaborado en colaboración con el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI). En aplicación del principio de transversalidad, afecta a todas las políticas. Además, actúa como plan director u orientador de las políticas de las Comunidades Autónomas y las ONG.

El objetivo del Plan es la promoción de la autonomía personal. Para conseguir esta meta se interviene en una doble dirección: sobre los sistemas de protección social y políticas públicas en general, y sobre las personas con discapacidad, especialmente las mujeres. En este sentido, el documento establece una estrategia en la que se analizan la situación y necesidades de las personas con discapacidad. Asimismo, se reconoce la discapacidad como un componente de la diversidad humana.

El Plan tiene una dotación económica de 2.500 millones de euros para el año 2009. La mayor parte de esta dotación económica está destinada a la acción directa, epígrafe en el que se incluyen las pensiones no contributivas, la construcción y mantenimiento de servicios y centros para atención de día y residencia, o la formación ocupacional.

En cuanto al contenido, el Plan se rige por una serie de principios programáticos:

  • no discriminación;
  • igualdad de oportunidades;
  • normalización y vida independiente;
  • participación e integración;
  • igualdad entre hombres y mujeres;
  • accesibilidad universal y diseño para todas/os;
  • transversalidad;
  • diálogo civil;
  • cooperación institucional, con una doble vertiente: Plan de Acción para la Administración General del Estado y Plan Director para las Comunidades Autónomas.

Áreas de intervención

El III Plan de Acción para las Personas con Discapacidad recoge siete áreas de intervención:

  • Área I. Poder y participación: se potencia la presencia de personas con discapacidad en todos los ámbitos, especialmente la de las mujeres.
  • Área II. Educación y cultura: se establecen medidas dirigidas a la permanencia en el proceso educativo y al desarrollo de las capacidades y el conocimiento para tomar las decisiones libremente. También se incluyen medidas para la promoción del deporte y el acceso a los bienes culturales.
  • Área III. Empleo: ante las dificultades de las personas con discapacidad, especialmente las mujeres, para encontrar un empleo, se recogen las medidas incluidas en la Estrategia Nacional para el Empleo de las Personas con Discapacidad.
  • Área IV. Salud: las propuestas en este ámbito están dirigidas a que el Sistema de Salud dé respuesta a sus necesidades.
  • Área V. Abusos y violencia: la prevención y la atención de las víctimas de violencia es compleja ya que, a la violencia que sufren las personas con discapacidad, hay que sumar las dificultades añadidas para formular las denuncias, por lo que se incluyen medidas para prevenir la violencia y atender a las víctimas.
  • Área VI. Protección social y jurídica: se recogen las flexibilizaciones necesarias en los sistemas de servicios sociales, el sistema de la autonomía personal y en los distintos instrumentos pensados para la autonomía.
  • Área VII. Información, comunicación y cooperación institucional: en éste ámbito se desarrollan los medios que deben ser utilizados (investigación, información, cooperación e iniciativa privada) para conseguir los objetivos de las seis áreas anteriores.

El III Plan de Acción para las Personas con Discapacidad se desarrollará a través de programas anuales de actuación. El Ministerio de Sanidad y Política Social, a través de la Dirección General de Coordinación de Políticas Sectoriales sobre la Discapacidad, y en colaboración con la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales y del CERMI, realizará las funciones de impulso, coordinación y evaluación de las actuaciones acordadas.

Este Plan sucede al II Plan de Acción, que estuvo dirigido fundamentalmente a la atención a las personas en situación de dependencia. Por ello, el Gobierno promovió, y se aprobó, la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, de 14 de diciembre de 2006, que ha dado lugar a la implantación del Sistema Nacional de Dependencia. Asimismo, en el desarrollo del II Plan de Acción no se olvidaron los aspectos que favorecen la autonomía, como la accesibilidad y el empleo.


Sanidad y Política Social

GRUPO DE TRABAJO PARA ADAPTAR LA LEGISLACIÓN SOBRE DERECHOS DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD A LA NORMATIVA DE LA ONU

  • La legislación española es una de las más avanzadas del mundo en reconocimiento de derechos de las personas con discapacidad.
  • España ratificó la Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad el 30 de marzo de 2007.

El Consejo de Ministros ha aprobado la creación de un grupo de trabajo interministerial para realizar un estudio integral de la normativa española con el objetivo de adaptarla a las previsiones de la Convención de la ONU de los derechos de las personas con discapacidad.

Este grupo de trabajo estará presidido por el Ministerio de Sanidad y Política Social e integrado, al menos, por los siguientes Ministerios: Asuntos Exteriores y Cooperación; Economía y Hacienda; Justicia; Interior; Educación; Trabajo e Inmigración; Industria, Turismo y Comercio; Vivienda; Presidencia e Igualdad.

La Convención de la ONU de los Derechos de las Personas con Discapacidad no establece nuevos derechos, pero prevé medidas de no discriminación y de acción positiva. Los Estados deberán implantarlas para garantizar a las personas con discapacidad sus derechos en igualdad de condiciones. España ratificó este documento el 30 de marzo de 2007 y entró en vigor el 3 de mayo de 2008.

Principios generales de la Convención

La Convención supone un cambio radical en el concepto y aplicación de los derechos de las personas con discapacidad, ya que presenta una elaboración detallada de esos derechos y un código de aplicación. Sus principios generales son:

  • El respeto a la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.
  • La no discriminación.
  • La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad.
  • El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas.
  • La igualdad de oportunidades.
  • La accesibilidad.
  • La igualdad entre hombre y mujer.
  • El respeto a la evolución de las facultades de los niños y de las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.

Cambio de concepto

Estos principios ya estaban recogidos en los enunciados de la Ley de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad de 2003. Sin embargo, la Convención supone un cambio en el concepto de discapacidad, ya que pasa a considerarla como una cuestión de derechos humanos y no como una preocupación en materia de bienestar social.

La legislación española es una de las más avanzadas del mundo en reconocimiento de derechos a las personas con discapacidad y está a la cabeza en los países de la Unión Europea en esta materia. No obstante, es necesaria la creación de este grupo de trabajo para analizar dicha legislación y realizar los ajustes técnicos convenientes para adaptarla y adecuarla a las directrices de la Convención.

Estos ajustes deberán hacerse desde un enfoque de globalidad para que la Convención alcance a todos los sectores del derecho positivo español civil, penal, procesal, mercantil, electoral, laboral, administrativo, etcétera. De ahí la necesidad de la creación de este grupo de trabajo, que tendrá un carácter transversal y cuyo informe se prevé que se presente en el plazo de siete meses.


Sanidad y Política Social

BALANCE DE LAS ACCIONES DEL PLAN DE CALIDAD PARA EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

  • Recoge acciones en áreas como la promoción de la salud, el fomento de la equidad y la excelencia clínica y la utilización de tecnologías de la información, entre otras.
  • En sus tres años de vida, el Plan se consolida como un instrumento eficaz de cohesión y ha permitido desarrollar doce estrategias y 189 proyectos, con una inversión anual de 50 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Sanidad y Política Social sobre el balance de actividades y acciones previstas en el Plan de Calidad para el Sistema Nacional de Salud (2006-2010). En sus tres años de vida, el Plan de Calidad, anunciado por el presidente del Gobierno en su primer discurso de investidura e impulsado por la II Conferencia de Presidentes, de septiembre de 2005, ha sido un instrumento eficaz para garantizar la cohesión del sistema sanitario español, la equidad en la atención sanitaria y para asegurar una asistencia de calidad.

En el informe se recogen las seis grandes áreas de actuación del Plan:

  • Protección, promoción de la salud y prevención.
  • Fomento de la equidad.
  • Apoyo a la planificación de los recursos humanos en salud.
  • Fomento de la excelencia clínica.
  • Utilización de las tecnologías de la información para mejorar la atención de los ciudadanos.
  • Aumento de la transparencia.

Estas seis áreas se concretan en doce estrategias (entre ellas, las de cáncer, cardiopatía isquémica, diabetes, salud mental, ictus, cuidados paliativos, EPOC y enfermedades raras), 41 objetivos y 189 proyectos concretos, para los que se ha destinado desde 2006 una cantidad de cincuenta millones de euros anuales. Además, el Plan ha permitido el desarrollo de distintas estrategias en salud, entre ellas las de cáncer, cardiopatía isquémica, diabetes, salud mental, ictus, cuidados paliativos, EPOC y enfermedades raras.

Entre las actuaciones llevadas a cabo hasta la fecha se pueden destacar por su importancia el proyecto de "Historia Clínica Digital para el Sistema Nacional de Salud", el programa "Sanidad en Línea", las estrategias del parto normal y de enfermedades prevalentes y la implantación y mejora de sistemas de información comunes.


A
cciones 2009-2010

Al margen de las actividades y los proyectos realizados hasta la fecha, para el presente ejercicio 2009-2010 está previsto acometer distintas acciones como el desarrollo de una Biblioteca de Guías de Práctica Clínica, un sistema de notificación de eventos adversos en el marco de la Estrategia de Seguridad del Paciente y la elaboración de estándares y recomendaciones de calidad y seguridad para centros y servicios clínicos, entre otras.

Además, se apoyará a las Comunidades Autónomas con financiación adicional para el desarrollo de la sanidad electrónica y se prevé que en 2010 pueda acometerse el despliegue generalizado de la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud.

En definitiva, el Plan de Calidad se ha consolidado como una herramienta eficaz para asegurar a los pacientes la máxima calidad en la asistencia y a fomentar la excelencia clínica. En los próximos años el Gobierno seguirá trabajando en la evaluación y actualización del Plan conjuntamente con Comunidades Autónomas, sociedades científicas y asociaciones de pacientes.


Trabajo e Inmigración

MÁS DE CUARENTA MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA INSERCIÓN LABORAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

  • También se distribuyen cuatro millones para la promoción de la actividad de cooperativas y sociedades laborales.

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución territorial de 40.588.790 euros para la inserción laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, y 4.411.210 euros para la promoción de la actividad de cooperativas y sociedades laborales gestionadas por las Comunidades Autónomas.

Los criterios de distribución fueron aprobados en la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales celebrada el pasado 23 de junio de 2009 y se efectuarán con cargo a los Presupuesto Generales del Estado.

Con el Acuerdo propuesto se procede a la distribución territorial de las subvenciones durante el ejercicio de 2009, para los siguientes programas:

  • Inserción laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de empleo, incluidas las ayudas correspondientes a las unidades de apoyo para el ajuste personal. Se reparten un total de 40.588.790 euros según la siguiente distribución por Autonomías:

Tabla 1 inserción laboral

  • Promoción de la actividad cooperativa y sociedades laborales. Se reparten 4.411.210 euros, según la siguiente distribución:

Tabla 2 inserción laboral

Esta distribución es complementaria a la que se realizó el 18 de febrero al haberse incrementado, por medio de una transferencia de crédito, las cantidades inicialmente consignadas en el presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal para financiar dichas ayudas.


Justicia

INFORME SOBRE EL PLAN PREVENTIVO DE REFUERZO PARA LA JURISDICCIÓN SOCIAL

  • Los diecinueve partidos judiciales que más retraso acumulan recibirán el apoyo de 35 magistrados, además de secretarios judiciales y personal funcionario.
  • Esta medida permitirá también reducir el creciente gasto del Estado en salarios de tramitación.
  • Comenzará el día 1 del próximo mes de octubre y tendrá una duración inicial de seis meses con posibilidad de prórroga.

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Justicia sobre el Plan Preventivo de refuerzo para agilizar la carga de trabajo en los tribunales de la jurisdicción social. También permitirá un ahorro considerable al Estado en el pago por salarios de tramitación.

Mediante este Plan Preventivo, que no descarta otro tipo de medidas individualizadas para supuestos concretos, los diecinueve partidos judiciales que más retraso acumulan contarán con el apoyo de 35 magistrados, además de secretarios judiciales y personal funcionario.

Este personal no quedará adscrito a un único órgano judicial determinado, sino que se les asignará una determinada proporción de la carga de trabajo debida a procesos por despido. El plan tiene una duración inicial de seis meses, a partir del 1 de octubre de 2009, y una previsión económica aproximada de 950.000 euros, con posibilidad de prórroga según los resultados alcanzados.

Esta iniciativa del Ministerio de Justicia cuenta con mecanismos propios de control y ajuste, que permitirán medir sus efectos y desviar actuaciones concretas hacia aquellos elementos cuya respuesta no se ajuste a las previsiones. En principio, con una media aproximada de cien asuntos resueltos al mes por cada uno de los 35 jueces de refuerzo, podrían resolverse 3.500 asuntos. Así, sólo en los seis meses iniciales del Plan se podrán resolver unos 21.000 procesos, lo que supone el 42 por 100 de los procesos por despido registrados en el primer trimestre de este año.

Respuesta ágil

Con esta medida el Gobierno pretende ofrecer una respuesta ágil y efectiva, que permita reducir el número de procesos judiciales por despido en trámite y conseguir, en la medida de lo posible, que la tramitación del proceso no supere el plazo de sesenta días que genera la obligación del pago de salarios de tramitación por parte del Estado.

El notable incremento de la litigiosidad laboral y el progresivo aumento de las tasas de pendencia y congestión que estos tribunales vienen registrando en los últimos meses han generado efectos colaterales como el aumento del gasto que supone el pago por el Estado de los citados salarios de tramitación.

Así, en el período 2002-2008 se han tramitado una media anual de 902 expedientes de pago de salarios de tramitación, con un importe medio anual de 5.514.513,5 euros. En los últimos cuatro años esa cifra ha superado los siete millones de euros en cada ejercicio.

El estudio comparado de los distintos órganos del orden jurisdiccional social ha permitido localizar algunos partidos judiciales donde esta situación produce singulares efectos. De este modo, se detecta que, en términos totales, el 75 por 100 de los expedientes de pago de salarios de tramitación se concentran en los Juzgados de lo Social de Barcelona, Las Palmas, Elche, Madrid, Sevilla, Málaga y Valencia.

Si estos juzgados funcionaran según los valores medios nacionales del año 2008, el Estado se ahorraría más de dos millones y medio de euros anuales, lo que representa un 45 por 100 del gasto medio anual por este concepto y más de un 30 por 100 del importe abonado en 2007.


Vivienda

CONVENIO CON EL ICO PARA FACILITAR A LAS FAMILIAS EL CRÉDITO PARA COMPRAR VIVIENDA PROTEGIDA

  • La firma con el ICO como gestor de esta medida tendrá lugar a lo largo de este mes de julio.
  • La Línea que entrará en vigor, con cargo al presupuesto del Ministerio de Vivienda, beneficiará a cien mil familias.

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma del convenio con el Instituto de Crédito Oficial como gestor de la Línea ICO-Vivienda Protegida por la que el Ministerio de Vivienda compartirá el riesgo de los nuevos préstamos para la compra de vivienda protegida y cuyo objetivo es facilitar a las familias el acceso a las hipotecas para adquirir una vivienda acogida al 2009-2012.

Plan de Vivienda y Rehabilitación

El convenio con el Instituto de Crédito Oficial, cuya firma tendrá lugar a lo largo del mes de julio, le otorga la gestión de esta Línea que asume el Ministerio de Vivienda con cargo a su presupuesto.

Durante este año y el próximo, el Ministerio facilitará la compra de vivienda protegida a cien mil familias españolas con una garantía que cubrirá el 50 por 100 del importe de los créditos convenidos y que permitirá un volumen total de préstamos por un importe de doce mil millones de euros.

En el caso de las entidades financieras, la duración de esta Línea será temporal y variable, en función de su grado de compromiso con la financiación para la compra de viviendas protegidas previstas en el nuevo Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, tanto las viviendas de nueva construcción, como las acogidas al Plan procedentes del stock de vivienda nueva sin vender.

Para suscribirse a esta Línea, las entidades de crédito deberán firmar el convenio con el Ministerio de Vivienda como entidad colaboradora del Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.


Trabajo e Inmigración

MODIFICADO EL REGLAMENTO DE LA LEY SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS

  • Se adapta la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas.
  • También se introducen cambios en la renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para adaptar la regulación de los procedimientos de autorización inicial de residencia y trabajo al traspaso a las Comunidades Autónomas de las competencias ejecutivas en materia de autorización inicial de trabajo de los extranjeros.

Esta reforma del Reglamento de la Ley de Extranjería tiene lugar tras la consecución del primer acuerdo de traspaso de la gestión de las autorizaciones iniciales de trabajo a la Comunidad Autónoma de Cataluña, y coincide con un ajuste puntual en materia de modificación y renovación de autorizaciones consecuencia de un acuerdo de diálogo social.

Los Estatutos de Autonomía de las Comunidades Autónomas de Cataluña y Andalucía han recogido entre sus competencias ejecutivas laborales la autorización de trabajo de los extranjeros cuya relación laboral se desarrolle en su territorio.

Confluencia de administraciones

Esta asunción de competencias por parte de las autonomías tiene como consecuencia que en el procedimiento de solicitud de autorización inicial de residencia y trabajo confluyan dos Administraciones públicas: la estatal, competente sobre autorización de residencia, lo que hace imprescindible la coordinación en el procedimiento de ambas Administraciones; y la autonómica, competente sobre la concesión de la autorización de trabajo, procedimiento en el que también es imprescindible la coordinación de ambas administraciones.

A juicio del Ejecutivo, el procedimiento de autorización aprobado por este Real Decreto supone un beneficio para el usuario y un ejemplo de coordinación interadministrativa: por un lado, los ciudadanos de las Comunidades Autónomas que tramiten estas autorizaciones se relacionarán con la Administración que es la más próxima al ciudadano, con una única presentación y notificación. Por otro, la Administración autonómica y la estatal ejercerán sus competencias a través de un procedimiento único que, soportado internamente por un sistema informático innovador, permitirá compartir información y ahorrar trámites, así como que ambas Administraciones conozcan el estado de tramitación en todo momento.

La Comunidad Autónoma de Cataluña ha sido la primera autonomía con la que el Gobierno ha llegado a un acuerdo sobre este procedimiento de extranjería en sus términos fundamentales. Sin embargo, la seguridad jurídica y la posibilidad de que las demás Comunidades Autónomas que tienen reconocida esta competencia en sus estatutos puedan desarrollarla requerían una regulación en la legislación estatal.

Renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros

El Real Decreto contempla también algunos cambios significativos que ajustan determinados supuestos de renovación y modificación de autorizaciones de residencia y trabajo de extranjeros.

En el ámbito del diálogo social y en línea con las prioridades del Ejecutivo marcadas en la pasada Legislatura, el Gobierno ha alcanzado varios acuerdos en materia de extranjería que han hecho posible la introducción en esta nueva legislación de criterios para facilitar la recolocación de los extranjeros que hayan quedado en desempleo. De este modo, se modifican sus autorizaciones para eliminar las restricciones geográficas o de sector de actividad, así como se cambian la autorización de cuenta ajena a cuenta propia o viceversa.

Además, este Real Decreto facilitará la renovación de las autorizaciones de aquellos trabajadores que tienen una trayectoria laboral que acredita su vinculación reforzada con el empleo, al igual que las de otros extranjeros que cuentan con una red familiar que sustenta su mantenimiento en España cuando no pueden acreditar un contrato de trabajo en vigor en el momento de la renovación.


Trabajo e Inmigración

NUEVA REGULACIÓN DE LA ENTRADA, LIBRE CIRCULACIÓN Y RESIDENCIA DE LOS CIUDADANOS DE LA UE

  • Se exime a los familiares de estos ciudadanos con tarjeta de residencia de la obligación de la obtención de visado de entrada.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 16 de febrero de 2007 sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

El Real Decreto que ahora se modifica regulaba las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, residencia de carácter permanente y trabajo en España por parte de los ciudadanos de otros Estados miembros de la Unión Europea y de los restantes Estados parte en el acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como las limitaciones a los derechos anteriores por razones de orden público, seguridad pública o salud pública.

El artículo 4.2 de este Real Decreto recogía lo establecido en materia de entrada en los Estados miembros de la Unión Europea en la Directiva comunitaria del 29 de abril de 2004, relativa al derecho de los ciudadanos de la Unión Europea y de los miembros de sus familias a circular y residir libremente en el territorio de

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