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La Audiencia confirma los delitos de prevaricación imputados a Muguruza y a otros seis ediles

La Audiencia confirma los delitos de prevaricación imputados a Muguruza y a otros seis ediles

martes 22 de septiembre de 2009, 23:18h
La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha confirmado el auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Castro Urdiales respecto de los delitos de prevaricación imputados al alcalde, Fernando Muguruza, y resto de miembros de la anterior Junta de Gobierno, por los acuerdos adoptados para la adjudicación de las obras del túnel de Mioño y del ascensor del mercado en el año 2004.
La Sala entiende que concurre, indiciariamente, "el tipo del artículo 404 que exige como elementos esenciales la condición de autoridad o funcionario público del agente, en cuanto delito especial propio, y que se dicte una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia".

   La Audiencia desestima así el recurso planteado por los recurrentes contra el auto por el que se transformó en procedimiento abreviado las diligencias previas por la supuesta contratación irregular del túnel de Mioño, y entiende, al igual que el instructor, que sí existen indicios racionales de la comisión de los delitos que se imputan a los recurrentes: prevariación y tráfico de influencias, según los casos, en la adjudicación de las obras del túnel de Mioño y de los trabajos de eliminación de barreras arquitectónicas del mercado municipal de Castro Urdiales.

   Al respecto, destaca que no es que hubiera deficiencias en la contratación, sino que lo que hay es "una total ausencia de expediente de contratación" y comparte con el instructor que en ambas adjudicaciones se omitió la tramitación del expediente; hay ausencia de concursantes competidores por falta de publicidad y se adjudicaron directamente a la empresa que libremente se designó, ajenos al control de la comisión informativa y al precio que la adjudicataria quiso señalar.

   Así, la Audiencia Provincial sólo estima la apelación del letrado municipal José Antonio Gutiérrez Olivares, declarando el sobreseimiento provisional de las actuaciones respecto de su persona, ya que en este caso, actuó supliendo al secretario de la Corporación, César Sáiz (otro de los recurrentes).

   En el resto de los casos, los siete integrantes de la anterior Junta de Gobierno (el actual alcalde Fernando Muguruza, los ediles y ex ediles José Miguel Rodríguez López, Concepción Carranza, Salvador Hierro, Santiago Vélez, Juan Tomás Molinero y Jaime Díez Muro), el secretario César Saiz; el interventor Gregorio Alcedo, y el ex gerente de la empresa adjudicataria Izeta, hermano del concejal Jaime Díez Muro, la Audiencia Provincial desestima los recursos contra el auto de 10 de marzo de 2009, del Juzgado de Instrucción número 2 de Castro Urdiales, que a su vez desestimó el recurso de reforma presentado por los imputados contra el auto de transformación en procedimiento abreviado de las diligencias previas por la supuesta contratación irregular del túnel de Mioño.

   La Sala, que entiende que no existió ninguna infracción por parte del instructor al ampliar la denuncia, inicialmente dirigida contra los concejales Salvador Hierro y Jaime Díez Muro, a más personas, señala, respecto a estos dos recurrentes, y de Ignacio Díez Muro, hermano del segundo edil y ex gerente de la empresa adjudicataria (Izeta), que comparte la misma valoración de la instrucción al estimar, indiciariamente, la vinculación familiar como motivo "determinante" de la adjudicación de las obras a una empresa no especializada en el sector.

   Respecto a los secretarios imputados, la Sala hace una distinción entre César Sáiz, quien -dice- no cumplió la obligación de examinar los expedientes y someterlos al presidente de la Corporación para su inclusión en el orden del día de la sesión y comprobar su correcta tramitación, y José Antonio Gutiérrez Olivares, que actuó supliendo al primero por lo que no hay motivo para continuar el procedimiento contra él.

   La Audiencia estima en cambio otro recurso presentado por Jaime Díaz Muro, Fernando Muguruza, José Miguel Rodríguez López, y Concepción Carranza, contra la providencia de 14 de octubre de 2008 y auto de 20 de abril de 2009, que confirmó la personación, como acusación particular, del ex interventor municipal Fernando Urriticoechea, al considerar que éste debió presentarse ejercitando la acción popular y no como acusación particular.
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