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Lo declara prescrito

La Audiencia absuelve a Arca del derribo del vallado del campo de golf de Oyambre

La Audiencia absuelve a Arca del derribo del vallado del campo de golf de Oyambre

martes 09 de marzo de 2010, 14:28h
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha absuelto a una decena de militantes de la asociación ecologista Arca del derribo de la valla del campo de golf de Oyambre en 1.999, al considerar que no está probada su participación y los hechos, pero también la prescripción de esta falta.








La Audiencia confirma así la prescripción del delito que ya había decretado en 2008 el Juzgado de lo Penal número 2 de Santander, que tampoco vio pruebas de que lo hicieran los acusados, por lo que absolvió a diez ecologistas, entre ellos el vicepresidente de Arca, José Ángel Herrera, en un fallo contra el que recurrió la empresa 'Playa de Oyambre S.A.'

   La sentencia relata como en agosto de 1999 "persona o personas no identificadas" actuaron "de mutuo acuerdo" para causar daños en el cierre del campo de golf de Oyambre, del que cortaron la alambra que servía de cierre y arrancaron unas 15 estacas.

   Los diez acusados, que reconocieron ser socios o simpatizantes de Arca, se encontraban en el momento de los hechos en la playa y en las proximidades del campo de golf, que sufrió daños por valor de 305,27 euros.

   El fallo no vio que estuviera probado ni el estado previo no la antigüedad del vallado del cierre de la finca, ni que se intervinieran objetos u utensilios cortantes con los que se hubieran causado los daños, por lo que tampoco consideró probado que los acusados fueron los autores de la falta que se les imputaba.

   Pero es que además el Juzgado de lo Penal número 2 consideró prescritos los hechos, que se cometieron en 1999 pero no fueron juzgados hasta octubre de 2008. La Audiencia confirma que el plazo de prescripción para estos hechos es de tres años.

   Llegó a haber una fecha para el juicio, en 2001, pero se suspendió y se aplazó hasta principios del año siguiente en que, sin embargo, tampoco se celebró porque se anuló el auto y se decidió continuar con la tramitación de las diligencias previas al juicio.

   Estas diligencias se extendieron hasta febrero de 2003. El auto de apertura de juicio oral no se dictó hasta junio de 2005, y no se envió al juzgado hasta abril de 2005. El señalamiento del juicio se hizo en mayo de 2008 y, finalmente, la vista oral se celebró en octubre de hace dos años.

   Esta sentencia de la Audiencia Provincial es firma, por lo que no cabe recurso alguno contra su contenido.
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