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Se cobrarán las tarifas por servicios adicionales que proponga Fomento

El Gobierno modifica el estatuto de ADIF para adecuarlo a la ley de servicios

El Gobierno modifica el estatuto de ADIF para adecuarlo a la ley de servicios

viernes 16 de abril de 2010, 15:24h
El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Estatuto de la entidad pública empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para su ajuste al nuevo marco jurídico establecido por la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios DE 2009, conocida por Ley Ómnibus, y por la Ley del Sector Ferroviario y su Reglamento.
El objeto de este Real Decreto es modificar las competencias de ADIF adaptándolas a la nueva regulación de los servicios ferroviarios adicionales, auxiliares y complementarios llevada a cabo recientemente en la Ley del Sector Ferroviario y en su Reglamento.

ADIF prestará los servicios auxiliares, hasta ahora sujetos a tarifas, cobrando por ello los precios que acuerde libremente con las empresas ferroviarias o terceros a quien los preste, dentro de un marco europeo liberalizador y de apertura del mercado.

En los servicios ferroviarios adicionales y complementarios que preste, ADIF cobrará las tarifas que proponga al Ministerio de Fomento y que sean aprobadas por éste.

Las modificaciones efectuadas en el Reglamento del Sector Ferroviario, aprobadas por el Consejo de Ministros el pasado 5 de febrero, y este Real Decreto tendrán efectos positivos en la economía en un sentido amplio. Supondrán una reactivación del sector ferroviario y, por tanto, del panorama económico del país, al posibilitar y facilitar el acceso de más personas jurídicas al mercado de servicios auxiliares y complementarios ferroviarios, y al liberalizar completamente los precios de los auxiliares.

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