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Fue una polémica decisión de Garzón

La Audiencia confirma la libertad para Díez Usabiaga

La Audiencia confirma la libertad para Díez Usabiaga

miércoles 16 de junio de 2010, 12:40h

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional que preside el magistrado Félix Alfonso Guevara ha decidido mantener en libertad al dirigente abertzale Rafael Díez Usabiaga, rechazando los recursos de apelación interpuestos por el fiscal y la Asociación de Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza. Díez Usabiaga fue puesto en libertad el 14 de mayo por el juez Garzón bajo fianza de 30.000 euros para cuidar a su madre, al estar ésta en situación de dependencia.

El pasado 26 de abril, poco antes de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) le apartara preventivamente del Juzgado Central de Instrucción número 5, Baltasar Garzón emitió un polémico auto por el que ponía en libertad al ex secretario general de LAB, Rafael Díez Usabiaga, para que atendiera, supuestamente, a su madre dependiente. Esa excarcelación, uno de los últimos actos de Garzón antes de dejar la Audiencia Nacional, creó una ola de indignación y fue recurrido por la Fiscalía y por la Asociación de Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza.

En su recurso de reforma, el Ministerio Fiscal alegó, sustancialmente, que de lo que trataba el procesado era de eludir la prisión provisional con argumentos insuficientes, "encontrándonos ante una situación artificialmente creada, así como que otros procesados, en igualdad de condiciones, continúan en prisión". Por su parte, la Asociación de Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza, que se adhirió al recurso de reforma interpuesto por el fiscal, adujo que había indicios suficientes de comisión del delito a que se refiere el auto de procesamiento, "habiendo intentado el procesado recomponer estructuras declaradas ilegales". Asimismo, señalaba que la peticionaria había sido la madre de Díez Usabiaga, "que no ha sido declarada incapaz por tribunal alguno".

Tales argumentos fueron refutados en un auto de 14 de mayo, que fue apelado, insistiendo el Instructor en el argumento relevante referido a la ausencia de riesgo de fuga, considerando el pleno arraigo personal, familiar, laboral y social de Díez Usabiaga, así como la ausencia de exteriorización de una voluntad de aquél de sustraerse a la acción judicial.

Ese nuevo auto de Garzón fue apelado y ahora, en otro auto de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en el que ha sido ponente el magistrado Guillermo Ruiz Polanco, se afirma que ya Garzón valoró sobradamente el riesgo de fuga, "asumiendo el desvalor de los datos en que pudiere sustentarse el mismo". La Sala dice carecer de argumentos "de alguna enjundia que puedan contradecir los consignados por dicho Instructor", y añade que el razonamiento atinente a los precitados necesarios cuidados que Díez Usabiaga deba proporcionar a su madre, "carente de otra ayuda acreditada", tiene ahora un valor únicamente relativo, "toda vez que aquél viene cumpliendo acabadamente con todas las medidas impuestas en el Auto de 26/Abril/l0, manteniendo, pues, su disponibilidad judicial en un período de casi dos meses".

Una dependencia 'real'

En su razonamiento, la Sala recuerda que, a tenor del informe facultativo de 25/Marzo/l0, "ratificado y detalladamente ampliado por el Dr. Mutiozábal a presencia judicial", la Sra. Usabiaga, solicitante de la ayuda de su hijo, "padece un carcinoma necesitado de tratamiento de radioterapia y quimioterapia, encontrándose al presente recluida en su domicilio por razón del deterioro físico derivado de la mencionada patología, padeciendo además un notable cuadro depresivo, todo lo cual determina una situación de hecho no necesitada de declaración judicial alguna".

Igualmente, dice la Sala que "nada parece apuntar a la necesidad de revocar la situación presente decidiendo el regreso de dicho Sr. Díez Usabiaga a la prisión". El argumento utilizado por la A.V.T.E.V. al considerar en lo que tiene de adverso la conclusión del informe facultativo forense de 12/Mayo/10, "no es aceptable, siendo así que dicho informe en modo alguno contradice la grave patología que sufre la Sra. Usabiaga, infiriéndose palmariamente del conjunto de dicho informe la anormalidad del desenvolvimiento vital de la misma".

Como resultado, la Sala ha acordado desestimar los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y la Asociación de Víctimas del Terrorismo Verde Esperanza frente al Auto de l4/Mayo/10 dictado por el Juzgado Central de Instrucción Nº Cinco y, en consecuencia, mantener en libertad a Díez Usabiaga.

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