La norma, aprobada el 29 de diciembre de 2006, concedía una moratoria de cinco meses desde su entrada en vigor -que concluye este día 1- a los
aparcamientos privados, incluidos los de centros comerciales, para aplicar la ley. Para las instalaciones que operan en régimen de concesión administrativa, la ley prevé un plazo de adaptación de 8 meses que concluye el próximo 1 de septiembre.

Según un estudio elaborado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en octubre de 2006, solo un 13 por ciento de los
aparcamientos públicos y el 7 por ciento de los privados facturaba por tiempo real desde el primer minuto. El informe elaborado tras estudiar
aparcamientos de 27 ciudades españoles reflejaba que la mayoría redondeaba al alza sus tarifas.
La Ley de Mejora de la Protección de los Consumidores obliga también a los propietarios de los
aparcamientos a entregar al usuario, en formato papel o en cualquier otro soporte duradero, un justificante o resguardo del aparcamiento en el que debe constar la matrícula.
En dicho justificante debe constar la matrícula del vehículo y si el usuario hace entrega de las llaves del vehículo. De esta obligación están exentos los
aparcamientos de uso exclusivo para clientes de locales comerciales con control de acceso y cuyo horario coincida con el del establecimiento.