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Referencia del Consejo de Ministros - 15/12/2006

viernes 15 de diciembre de 2006, 14:48h

viernes, 15 de diciembre de 2006

SUMARIO

Presidencia

  • ACUERDO por el que se aprueba el pago de la contribución española de 2006 por importe de 528 millones de euros al Fondo España-PNUD para la consecución de los Objetivos del Milenio, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se modifica el presupuesto de capital de la sociedad estatal Aguas del Júcar, S.A., correspondiente al ejercicio 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por un importe de 460.000 euros, para financiar el traslado de menores extranjeros no acompañados en el marco del Programa Especial para el traslado y atención de menores extranjeros no acompañados desplazados desde la Comunidad Autónoma de Canarias, de conformidad con el Real Decreto 1514/2006, de 7 de diciembre, y se concede un crédito extraordinario en el presupuesto del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para la finalidad indicada.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución voluntaria de España para financiar la prórroga de los convenios de colaboración suscritos con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con cargo al ejercicio 2007.
  • INFORME sobre los principales resultados de la ejecución de los planes de control financiero permanente y auditoría pública del ejercicio 2005.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo de enmienda de 2005 al Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima de 1988.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Protocolo de enmienda de 2005 al Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental, de 1988.
  • ACUERDO por el que se toma conocimiento de las enmiendas de 2004 al anexo del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, (anexo I revisado del MARPOL 73/78), aprobadas mediante la Resolución MEPC. 117(52).

Justicia

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Interior

  • ACUERDO por el que se toma razón de la declaración de emergencia de la realización de obras en instalaciones policiales de la isla de Las Palomas (Tarifa) para la mejora de las condiciones de habitabilidad como centro provisional de internamiento de extranjeros, por un importe máximo de 434.000 euros.

Fomento

  • Se remite a las Cortes Generales PROYECTO DE LEY de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Autovía A2: Ronda Norte de Zaragoza, construcción tercer carril y mejora de enlaces, tramo: enlace con la Z-40-enlace de Malpica, longitud: 18,593 km", con un presupuesto de 129.262.575 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa, tramo: Montornés del Vallés-La Roca del Vallés, longitud: 10,8 km", con un presupuesto de 92.818.853,07 euros, Barcelona.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Ejecución del proyecto de construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Vitoria-Bilbao-San Sebastián, tramo: Aramaio-Mondragón, longitud: 3,39 km", con un presupuesto de 78.348.860,48 euros, Álava y Guipúzcoa.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Ejecución del proyecto de construcción de plataforma de la línea de alta velocidad Vitoria-Bilbao-San Sebastián, tramo: Escoriatza-Aramaio, longitud: 5,58 km", con un presupuesto de 113.091.364,94 euros, Guipúzcoa y Álava.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante. Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Caudete-Villena, longitud: 11,20 km", con un presupuesto de 45.074.708,75 euros, Albacete y Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Construcción de plataforma del nuevo acceso ferroviario de alta velocidad de Levante. Madrid/Castilla-La Mancha/Comunidad Valenciana/Región de Murcia, tramo: Villena-Sax, longitud: 11,38 km", con un presupuesto de 100.823.303,42 euros, Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto “Eje atlántico de alta velocidad, tramo: Das Maceiras-Redondela, plataforma”, con un presupuesto de 69.466.903,99, Pontevedra.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras de infraestructura ferroviaria del proyecto de Actuaciones de mejora en infraestructura y superestructura en la línea Torralba-Soria, con un presupuesto de 20.951.690,08 euros, Soria.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contribución al Sistema Regional de Vigilancia de Seguridad Operacional en Latinoamérica de la Organización de Aviación Civil Internacional, para el año 2007, por un importe de 34.545 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de la adenda por la que se prórroga para los años 2007 y 2008 el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento, la Federación Estatal del Metal, Construcción y Afines; la Federación Estatal de la Unión General de Trabajadores; la Federación Estatal de Construcción y Madera de Comisiones Obreras y la Confederación Nacional de la Construcción, en materia del cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales en las obras de infraestructura con cargo al departamento.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas para el desarrollo del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3), para el año 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Instituto de Salud Carlos III para el desarrollo del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3), para el año 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Instituto de Astrofísica de Canarias para el desarrollo del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3), para el año 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y la Universidad Nacional de Educación a Distancia para el desarrollo del Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3), para el año 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Educación y Ciencia y el Gobierno de Canarias para el desarrollo del Protocolo general relativo al Programa de incentivación de la incorporación e intensificación de la actividad investigadora (Programa I3), para el año 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la participación española y contribución al Programa internacional EURYI, en su convocatoria 2005, a través de su encomienda de gestión al Consejo Superior de Investigaciones Científicas.
  • ACUERDO por el que se aprueba la participación económica complementaria española en los Comités Diversitas e Images del organismo internacional Consejo Internacional para la Ciencia (ICSU).

Trabajo y Asuntos Sociales

  • ACUERDO por el que se aprueba el balance de evaluación del cumplimiento de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan nacional de sensibilización y prevención contra la violencia de género.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de medidas urgentes y de choque en materia de violencia de genero
  • ACUERDO por el que se conceden diversos suplementos de crédito a las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en sus presupuestos de gastos para el ejercicio 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Instituto de la Mujer y la Universidad Autónoma de Madrid para la realización del Máster en estudios interdisciplinares de género.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se aprueba la concesión de un crédito por importe de 6.888.831,50 euros a la República de Indonesia para financiar la informatización de la Agencia Nacional de Servicio Público, con cargo al Fondo de Ayuda al Desarrollo (FAD).
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a suscribir un convenio de colaboración con la empresa Santa Bárbara Sistemas, S.A., para el desarrollo tecnológico e industrial del Programa de los misiles de corto alcance SPIKE.
  • ACUERDO por el que se declara de utilidad pública y se aprueba el proyecto de ejecución de determinadas variantes en la línea eléctrica aérea Soto de Ribera-Penagos, en el Principado de Asturias y Cantabria.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a celebrar con la empresa Navantia, S.A., una adenda al convenio de colaboración entre el extinto Ministerio de Ciencia y Tecnología e Izar Construcciones Navales, S.A., relativo al Programa de los submarinos S-80.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio la modificación de la ayuda correspondiente al año 2006 del Programa Airbus A380.


Agricultura, Pesca y Alimentación

  • REAL DECRETO por el que se regula la concesión de ayudas para la renovación del parque nacional de maquinaria agrícola.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 347/2003, de 21 de marzo, por el que se regula el sistema de gestión de cuota láctea, y se crea el Banco Nacional coordinado de cuotas lácteas.
  • ACUERDO por el que se formalizan los criterios de distribución y los compromisos financieros resultantes de las Conferencias Sectoriales de Agricultura y Desarrollo Rural, celebradas el 23 de octubre y el 27 de noviembre de 2006.
  • ACUERDO por el que se autoriza la constitución de la Fundación Centro Tecnológico Agroalimentario de Lugo (CETAL), para la puesta en marcha de un centro agrotecnológico en Lugo.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de transportes por carretera y por cable.
  • REAL DECRETO por el que se crea la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Senegal.
  • INFORME sobre el cumplimiento de los acuerdos de la Conferencia para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas (CARCE), de 9 de diciembre de 2004.

Cultura

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia en el Archivo Histórico Provincial de Palencia.


Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la conducción de abastecimiento a Baza desde el embalse del Portillo, términos municipales de Castril, Cortes de Baza, Benamaurel, Zújar y Baza (Granada) por un importe de 10.500.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia de la adecuación de determinados tramos de acequias de la Vega Alta, términos municipales de Calasparra y Cieza (Murcia) por un importe de 4 millones de euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación del andén volado de aguas arriba existente sobre la coronación de la presa de la Cuerda del Pozo, términos municipales de Vinuesa y Soria (Soria) por un importe de 2.300.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de la obra de toma y de salida del canal de trasvase del río Curueño al embalse del Porma, término municipal de Boñar (León) por un importe de 550.000 euros.
  • ACUERDO por el que se impone a la Comunidad de Regantes Las Araguillas una sanción y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico por derivación de aguas del embalse Vadomojón y su almacenamiento en balsa sin autorización, en el término municipal de Luque (Córdoba).
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de recuperación de espacios y actuaciones de gestión hídrica de la desembocadura del Poyo, Parque Natural de la Albufera (Valencia).
  • ACUERDO por el que se autoriza la ejecución de las obras comprendidas en el proyecto de mejora de trazado y capacidad de la C-550 (Cee-Tui), tramo: Muros-Noia, subtramo: límite municipal de Muros con Serra de Outes-Noia, en los términos municipales de Outes y Noia, A Coruña, en el tramo de costa que discurre por la zona de servidumbre de protección y se declara de utilidad pública la construcción de un tramo de la vía en la zona de dominio público marítimo terrestre.
  • ACUERDO por el que se establecen las cuantías de contribuciones voluntarias a diferentes organismos internacionales para el año 2006 (V) en el ámbito del Ministerio de Medio Ambiente, por importe global de 457.296 euros.
  • ACUERDO por el que se impone a Juanchana, S.A., una sanción y la obligación de indemnizar los daños causados al dominio público hidráulico por captación de aguas subterráneas sin autorización en la finca Hato Ratón Nuevo, en el término municipal de Aznalcázar (Sevilla).

ACUERDOS DE PERSONAL

Justicia

  • ACUERDO por el que se nombran Vocales del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos a:
  • Dª ELISENDA MALARET GARCÍA.
  • Dª MARÍA ROSA VINDEL LÓPEZ.
  • D. ARTEMI RALLO LOMBARTE.
  • D. ANTONIO TRONCOSO REIGADA.
  • Dª ESTHER MITJANS PERELLÓ.
  • D. IÑAKI VICUÑA DE NICOLÁS.
  • D. GONZALO BRUN BRUN.
  • D. JOSÉ ANTONIO ESCUDERO LÓPEZ.
  • D. ANTONIO PÉREZ PRADOS.
  • D. ALEJANDRO PERALES ALBERT.
  • Dª BELÉN VELEIRO REBOREDO.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil, a título póstumo, a Dª LOYOLA DE PALACIO DEL VALLE LERSUNDI.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a Dª MARÍA DOLORES GÓMEZ DE ÁVILA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden Civil de Alfonso X El Sabio a HYPERLINK \l "GrandesCruces"D. FRANCISCO JOSÉ PIÑÓN.

Trabajo y Asuntos Sociales

BALANCE DE LA LEY INTEGRAL CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

  • Más de 5.400 mujeres están ya protegidas por un servicio de teleasistencia móvil
  • 8.223 mujeres reciben apoyo con la renta activa de inserción
  • En los casi tres años de aplicación de la Ley el número de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado destinados a la lucha contra la violencia se ha incrementado en un 87,6 por 100.
  • Despliegue de la Administración de Justicia para perseguir el maltrato y proteger a la mujer

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo sobre el balance de los casi tres años de aplicación de la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Entre las acciones que impulsa la Ley se encuentra el garantizar la asistencia social integral de las mujeres víctimas de violencia y la creación de un servicio de teleasistencia móvil servicio, que en estos momentos cuenta con 5.436 usuarias y con 660 corporaciones locales adheridas al programa.

La preocupación del Gobierno por proteger y combatir de forma efectiva estas agresiones a los derechos y libertades de las mujeres se ha visto claramente reflejada, no sólo en el importante incremento de efectivos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado -1.392 en los casi tres años de aplicación de la Ley, un 87,6 por 100 más- sino en su especialización en la problemática de la violencia de género. La mejora de la formación de otros profesionales que también intervienen en la lucha contra la violencia de género, como profesores, médicos, jueces, fiscales y forenses es otra de las iniciativas puestas en marcha como consecuencia de la aplicación de la Ley.

Igualmente, la implantación de Juzgados específicos –en este momento 459 Juzgados de violencia y cuarenta Juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer- y el nombramiento de Fiscales delegados en todos los Tribunales Superiores de Justicia, Audiencias Provinciales y la Audiencia Nacional –un total de cincuenta- y su coordinación mediante la Fiscalía de Sala Delegada contra la Violencia sobre la Mujer, son algunas de las medidas más destacadas adoptadas en materia de justicia. Además, se han creado veintitrés unidades de valoración integral forense de los riesgos de las mujeres victimas de violencia de género de los menores y de los agresores y existe una garantía plena del derecho de asistencia letrada gratuita.


804 mujeres han recibido ayuda para hacer un cambio de residencia y a 8.223 se les ha reconocido el derecho a percibir la Renta Activa de Inserción de enero de 2005 a junio de 2006, como consecuencia de la protección y garantía de los derechos laborales de las mujeres víctimas de malos tratos reconocidos por la norma.

Además de la puesta en marcha de la Comisión contra la Violencia de Género del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se ha experimentado una profunda implicación de los profesionales sanitarios en la detección y tratamiento de las consecuencias de la violencia contra la mujer. Igualmente, el sistema educativo ha comenzado su adaptación a las exigencias que marca la Ley.

La Creación de la Delegación Especial del Gobierno contra la Violencia sobre la Mujer y del Observatorio Estatal ha venido a reforzar la tutela institucional de las mujeres frente a la violencia machista, así como a mejorar la coordinación de las actuaciones de las diferentes administraciones en esta materia. Concretamente, la Delegación Especial se ha personado en más de sesenta causas penales desde su creación.

La ley como instrumento de sensibilización

En su primer año de existencia un 73,5 por 100 de la población, según el Centro de Investigaciones Sociológicas, conocía la existencia de la Ley Integral contra la Violencia sobre la Mujer. Las propias mujeres tienen un alto nivel de confianza en su eficacia ya que según la Macroencuesta 2006 sobre Violencia de Género, realizada por el Instituto de la Mujer, el porcentaje de mujeres que confía en la Ley es un 30 por 100 superior al del conjunto de la población. Según el barómetro del CIS de diciembre de 2005, un 45,1 por 100 de la población pensaba que la Ley sería útil para eliminar la violencia de género.

El impulso que gracias a la aprobación de esta Ley pionera en el mundo ha tenido la difusión sobre los derechos y libertades de las mujeres se puede observar, por ejemplo, en el incremento del número de denuncias en supuestos de violencia de género. En 2005 fueron un 3,8 por 100 más que en 2004 y en los diez primeros meses de 2006 han crecido un 4,1 por 100 sobre el año anterior.

Con todo ello, se puede concluir que con las medidas desarrolladas en los casi tres años de aplicación de la Ley se ha logrado que éste que se consideraba un problema de carácter “privado” comience a verse como un problema de toda la sociedad en su conjunto y como una vulneración de los derechos y libertades fundamentales de las mujeres.

Sin embargo, las 64 mujeres muertas en este año victimas de violencia de género hace necesario multiplicar los esfuerzos de todas las administraciones públicas y de todos los agentes implicados en la lucha contra la violencia de género. Especialmente, porque se trata de un problema complejo cuya solución requerirá de tiempo y un cambio de cultura radical en las relaciones entre hombres y mujeres.

Por ello, y con el fin de reforzar las políticas públicas de lucha contra esta lacra social, se aprueba hoy el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género y un Catálogo de Medidas Urgentes.


Trabajo y Asuntos Sociales

CASI 48 MILLONES DE EUROS PARA LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO

  • A través del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención y del Catálogo de Medidas Urgentes se completan las acciones existentes y se introducen iniciativas nuevas contra la violencia de Género

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género (2007-2008) y el Catálogo de Medidas urgentes contra la Violencia de Género. Con la puesta en marcha de estas iniciativas se da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 3.1 de la Ley Integral contra la Violencia de Género.

De los 47.799.033 euros que el Gobierno destinará a la lucha contra la violencia de Género, 33.111.373 euros se invertirán en la puesta en marcha de las Medidas Urgentes y 14.687.660 euros al Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género.

El conjunto de medidas aprobadas hoy constituye un marco común de actuaciones en el que todos los actores implicados en la lucha contra la violencia de género comparten conceptos y directrices básicas con las que orientar su actuación en la consecución de dos objetivos básicos: mejorar la respuesta frente a esta lacra social y conseguir un cambio en el modelo social que profundice en el derecho a la ciudadanía de las mujeres.

Junto al Plan, el Gobierno ha aprobado una serie de medidas urgentes con el objetivo de reforzar algunas de las puestas ya en marcha y de implementar nuevas que redunden en una mayor eficacia de las mismas.

Con estas medidas se pretende garantizar y proteger a las víctimas, por un lado, incentivándolas a denunciar y, por otro, intensificando los mecanismos de protección y coordinación.

Catálogo de medidas urgentes contra la violencia de genero

Dada la gravedad del problema algunas de las medidas han de ser adoptadas de manera inmediata. Con este fin, el Gobierno, además del Plan Nacional, cuyo plazo de ejecución es de dos años, ha aprobado un Catálogo de Medidas Urgentes contra la Violencia de Género.


Para convertir este “plan de choque” en una verdadera herramienta de intervención las medidas se han agrupado en cuatro grandes objetivos: aumentar la atención y sensibilización; reforzar los mecanismos judiciales y de protección judicial; mejorar la coordinación de todos los cuerpos profesionales que se dedican a proteger a las mujeres víctimas de violencia de género y los recursos de todas las Administraciones, y conseguir la máxima inhibición de los maltratadotes y agresores.

Entre las acciones que se prevén para optimizar la protección y atención de las victimas de violencia de género, se encuentra la puesta en marcha de 42 Juzgados exclusivos de Violencia sobre la Mujer y la incorporación de 42 nuevos fiscales especializados más, lo que va a suponer una inversión de casi once millones de euros. Además, se va a fortalecer el turno de oficio asegurando la asistencia inmediata veinticuatro horas.

222 nuevos agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado se incorporarán a la prevención y lucha contra la violencia de género, en lo que se invertirán más de siete millones de euros.

Junto a la puesta en marcha de un número de teléfono único y gratuito con atención las veinticuatro horas y la evaluación de los recursos que garanticen el derecho a la asistencia social integral, se prevén varios protocolos para mejorar la atención de las mujeres victimas de violencia de género: el primero de ellos, referido a la atención sanitaria, contempla de manera específica a las mujeres inmigrantes, mujeres con discapacidad y menores; un segundo protocolo común de valoración de riesgos va dirigido a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y policías autonómicas; por último, figura un protocolo de coordinación entre las diferentes Administraciones que asegure una actuación global e integral de los servicios implicados en las situaciones de violencia contra la mujer.

También se crearán una base de datos común para todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado que mejore la eficacia en el seguimiento de las circunstancias que concurren en cada caso, y Unidades de Violencia contra la Mujer en las Subdelegaciones del Gobierno. Igualmente, se invertirán casi 7,5 millones de euros en la asistencia social integral de las victimas de violencia en todas las provincias.

Además, el Catálogo contempla la extensión del servicio de tele-asistencia a todas las mujeres con órdenes de protección y de alejamiento, con un presupuesto de casi cuatro millones de euros.

En cuanto a las medidas de inhibición de los maltratadores la iniciativa contempla, entre otras medidas, la elaboración y evaluación de programas comunes de reeducación de agresores y su implantación en todos los centros penitenciarios. La iniciativa se centrará, tanto en los reclusos que tengan régimen abierto, como en los maltratadores con régimen cerrado. También esta prevista la elaboración de un Registro Central de Maltratadores, donde se publicaran las sentencias condenatorias.

Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de Género

El Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, que se ejecutará en los próximos dos años, es fruto de un proceso muy participativo de los actores implicados: poderes públicos, redes de personas expertas, sociedad civil y actores sociales. Así, la propuesta del Plan fue refrendada por el Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer y sometido a la consideración de la Conferencia Sectorial de Mujer, donde están representadas las Comunidades Autónomas.

La formación y especialización de los profesionales que intervienen en la atención, prevención, persecución y sanción de la violencia de género es otro de los aspectos que adquieren relevancia.

El Plan también contempla la elaboración y evaluación de programas comunes de reeducación de agresores y su implantación en todos los centros penitenciarios.

Una tarea primordial a la hora de erradicar la violencia es la educación en la igualdad entre hombres y mujeres y en el respeto a los derechos y libertades desde la infancia hasta la educación de adultos. En este sentido, el Plan introduce tanto la coeducación en todos los niveles mínimos de la enseñanza, como la revisión de los contenidos de los libros de texto y materiales didácticos.

Igualmente, el trabajo con los medios de comunicación como trasmisores de valores y principios también es objeto del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género. Cursos de especialización en el tratamiento de las noticias relacionadas con la violencia de género y acuerdos de autorregulación en el ámbito tanto de los medios como de la publicidad son algunas de las medidas contempladas en materia de comunicación.

Además, está prevista la puesta en marcha de campañas de información y sensibilización permanentes que analicen esta lacra social en todas sus dimensiones.


Trabajo y Asuntos Sociales

PUESTA EN MARCHA DE UN NUEVO MÁSTER EN ESTUDIOS INTERDISCIPLINARES DE GÉNERO

El Consejo de Ministros ha aprobado un crédito de 76.000 euros para la puesta en marcha de un Máster en Estudios Interdisciplinares de Género en la Universidad Autónoma de Madrid.

El acuerdo habilita al Instituto de la Mujer para suscribir un convenio de colaboración con la Universidad Autónoma de Madrid para el período 2006-2007 que se materializará en el citado curso.

El objetivo principal de este Master es la formación de profesionales de diferentes disciplinas que puedan aplicar en sus distintos ámbitos de actuación el principio de igualdad de oportunidades de una forma práctica.

El Master en Estudios Interdisciplinares de Género viene a sumarse a los puestos en marcha con el mismo objetivo en otras universidades públicas y remarca el compromiso del Gobierno en el desarrollo del principio de igualdad entre hombres y mujeres.


Justicia

APROBADA LA MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL

  • Se potencia la persecución de los delitos urbanísticos e incrementa la pena para los delitos fiscales hasta los seis años
  • Se aportan instrumentos más eficaces en la lucha contra la delincuencia organizada y los nuevos delitos, potenciando la protección a las víctimas
  • Con carácter general, la presentación de la denuncia o la querella suspende la prescripción del delito hasta que el juez se pronuncie sobre su admisión a trámite.
  • La protección de las víctimas se reforzará, impidiendo que el delincuente evada su obligación de pagar por la responsabilidad civil derivada de sus actos. El juez tendrá más capacidad para investigar el patrimonio del responsable del delito
  • La protección de los derechos de los menores se refuerza, se recuperan medidas alternativas a la cárcel y que están dando buen resultado en otros países y se actuará con mayor contundencia frente al profesional del delito.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley Orgánica de reforma del Código Penal, que potencia la persecución penal de los delitos urbanísticos, con nuevas modalidades delictivas, elevación de las penas de los responsables, e inclusión por primera vez de las personas jurídicas como posibles autores del delito.

La reforma permitirá emprender una lucha eficaz contra el crimen organizado y dar respuesta a las nuevas formas de criminalidad que se plantean en nuestra sociedad. El Código, que incorpora también en la legislación española el contenido de diversas normas procedentes de la Unión Europea, ofrece nuevas medidas a favor de la protección de la víctima.

La modificación del Código Penal responde a un estudio minucioso de las carencias y necesidades del Código actual, realizado por una comisión de expertos en Derecho Penal. Sobre la base de este estudio, el Ministerio de Justicia propone reformar aquellas medidas penales que han demostrado ser poco efectivas e incluir otras que den respuesta a nuevos hechos delictivos.

Así, se incrementa la pena del delito fiscal hasta los seis años para los supuestos más graves como testaferrías, estructuras organizadas o elevada cuantía de lo defraudado. Se establecen mecanismos para asegurar que el defraudador pague efectivamente su deuda


Por otra parte, el Ejecutivo ha tenido muy en cuenta la aparición de nuevos fenómenos y formas de comisión de delitos, antes desconocidos o poco extendidos, que merecen también una respuesta nueva. Igualmente, ha quedado patente la necesidad de adaptar nuestra legislación a la de los países de nuestro entorno con el fin de combatir el creciente problema de la delincuencia organizada.

No se puede olvidar, además, que la Unión Europea se ha convertido en un motor de cambios legislativos que incluyen la materia penal, con la consolidación de un espacio común de libertad, seguridad y justicia. Es una tarea obligada, por tanto, adaptar el ordenamiento jurídico español a los compromisos adquiridos por la aprobación de Decisiones Marco o cualquier otro instrumento comunitario.

En este sentido, en países de nuestro entorno se ha demostrado una eficacia contrastada de las alternativas a la pena de prisión (arresto de fin de semana, localización permanente o trabajos en beneficio de la comunidad) y por eso resulta conveniente que los Jueces y Tribunales puedan acordarlas en casos muy determinados. Ello procederá en el caso de una persona que no sea delincuente habitual y por un delito menor, con una pena inferior a los dos años.

Mejoras en la protección de las víctimas

La reforma del Código Penal incide de manera especial en la mejora del trato dispensado a la víctima del delito y en la protección de sus intereses. Si en la actualidad existe en la opinión pública un convencimiento muy extendido de que al delincuente le resulta sencillo burlar su obligación de indemnizar, el Código presenta varias medidas para evitarlo.

Destaca el nuevo tratamiento de la responsabilidad civil derivada del delito. Se mejora su aseguramiento facilitando a los jueces la investigación del patrimonio de aquél que ha delinquido.

En esta misma dirección se propone la tipificación como delito de la actuación del testaferro o de las llamadas “sociedades tapadera”, que pretenden, en realidad, ocultar los patrimonios de los verdaderos responsables penales.

También incide en una mayor protección de la víctima el nuevo tratamiento de las imprudencias con resultado mortal, muy habituales en los accidentes de tráfico. Ahora serán perseguibles de oficio y no a instancia de parte, asegurándose la intervención del Ministerio Fiscal.


Protección especial de los menores

Especial importancia se concede a la protección de los menores, ampliando el número de delitos que pueden ser cometidos contra ellos. Se introducen, además, variaciones en el cómputo de prescripción para favorecer su persecución. El plazo para que prescriban los actos delictivos de los que fueron víctimas los menores no comenzará hasta que sean mayores de edad.

El listado de tales delitos contempla los siguientes: tentativa de homicidio; aborto no consentido; lesiones; delitos contra la libertad; torturas y ataques contra la integridad moral, libertad e indemnidad sexuales; contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio. La reforma del Código añade, además, los delitos patrimoniales de que sean víctimas los menores por parte de sus administradores.

En la realidad cotidiana se han observado algunas lagunas en el grave problema de las agresiones o abusos sexuales a los niños. La reforma que se propone del Código Penal sancionará más gravemente estos abusos ejecutados sobre menores de trece años, en el marco de actuaciones de organizaciones delictivas (pena de prisión de tres a cinco años). Igualmente, se introduce una sanción expresa al cliente que recurra a la prostitución con un menor de edad o persona declarada incapaz, con una pena de prisión de uno a cinco años, con una multa de doce a veinticuatro meses.

Nuevo tratamiento de la reincidencia y de la habitualidad

El Código Penal ofrecerá un nuevo tratamiento a la reincidencia. Frente a los delincuentes reincidentes y habituales se incide especialmente sobre la ejecución de la pena. Este sistema, muy similar a los que funcionan en países como Francia, Alemania, Italia y Portugal, establece un severo paquete de medidas complementarias a la pena. Se opta por reducir los posibles beneficios que se podrían obtener si no se hubiera vuelto a delinquir: restricciones para acceder al tercer grado y a la libertad condicional. En estos casos el juez podrá, incluso, decretar la libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena.

Prescripción

La prescripción de delitos plantea en su configuración actual distintos problemas de interpretación por parte de la jurisprudencia. Con la reforma se clarifica su régimen, fijando criterios legales inequívocos para determinar cuándo se interrumpen los plazos.

Con carácter general, la presentación de la denuncia o la querella suspende la prescripción del delito hasta que el juez se pronuncie sobre su admisión a trámite. Se evita así que un retraso en la Administración de Justicia provoque la prescripción de delitos cuya complejidad exige apurar los plazos para la presentación de la denuncia o querella.

Se amplían los plazos de prescripción en el caso de los delitos menos graves, pasando de tres a cinco años. En los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social se amplían a diez años. Este nuevo plazo favorecerá su descubrimiento y persecución en casos como la corrupción que, a menudo, se detecta tras periodo de tiempo bastante prolongado.

Delitos contra la seguridad vial

La seguridad vial se ha convertido en un objetivo nacional de primer orden para acabar con unos niveles de siniestralidad intolerables. El sistema penal se concibe como complementario de la tarea que, en este campo, desarrolla el derecho administrativo, teniendo en cuenta, además, la necesaria adaptación al sistema de carné por puntos, puesto en marcha desde primero del mes de julio. La reforma recoge los trabajos de la comisión parlamentaria a tal efecto.

Dentro de este ámbito se han valorado medidas que han resultado eficaces en otros países. Así, la persona que conduzca cuando el permiso le haya sido retirado por sanción administrativa o judicial será castigado con prisión de tres a seis meses o multa de doce a veinticuatro meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del carné de uno a seis años.

También se penalizará a quienes circulan con elevadas tasas de alcohol o a velocidades excesivas con penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, además de la privación del carné durante un periodo de uno a cuatro años. También está previsto el comiso del vehículo, considerado un instrumento del delito, en los supuestos de conducción temeraria.

En cuanto al régimen penal especial previsto para los delitos cometidos contra la seguridad vial que lleven a cabo los conductores profesionales de vehículos colectivos o de transporte en el ejercicio de su empleo, oficio o profesión, se prevé la posibilidad de que el juez module la pena en los casos de infracciones temerarias.

Lucha contra la delincuencia organizada y su proyección internacional

En este ámbito se establece una tipificación específica de la “asociación para delinquir”. El castigo por pertenecer a esta asociación delictiva se añade a la pena específica que corresponda por el delito concreto cometido.

También se introduce la medida del “comiso ampliado”. Esto permitirá la presunción legal de que el patrimonio del condenado proviene del mundo del delito siempre que su valor resulte desproporcionado en relación con sus ingresos legales. Por esta razón podrán ser decomisados.


Expulsión de extranjeros

Según la reforma introducida por el Código en 2003, la expulsión de ciudadanos extranjeros irregulares, con sentencias inferiores a seis años, se aplica de forma automática. La contundencia de esta medida se ha revelado poco eficaz en la lucha contra la delincuenciay ha sido desautorizada por el Tribunal Supremo, al tiempo que ha resultado discriminatoria para los ciudadanos nacionales ante condenas similares. El nuevo sistema que se propone permite al juez realizar una valoración individualizada sobre la oportunidad de acordar o no la expulsión.

Delitos basados en las nuevas tecnologías

Es necesario actualizar y modernizar la respuesta penal ante determinados delitos que se producen en sectores nuevos, producto de los últimos avances tecnológicos.

En el sector de la biomedicina se tipifica la manipulación genética para la clonación de seres humanos con fines reproductivos. Por el contrario, se opta por la despenalización de la fecundación de óvulos humanos con fines distintos a la procreación humana, como por ejemplo en la investigación.

Se caracterizan como delitos las intromisiones ilegales en sistemas informáticos ajenos ("hackers"). Se castigarán tanto los ataques contra la intimidad como los posibles delitos por daños que puedan producir grave perjuicio a empresas u organismos públicos. También queda tipificada como delito la clonación, uso y posesión de tarjetas de crédito.

Tráfico de droga

El nuevo articulado del Código Penal en esta cuestión recoge las previsiones comunitarias de una Decisión Marco, que agrava la sanción de la comisión de estos delitos por parte de los miembros de una organización delictiva.

Acoso laboral

Esta reforma afronta la lucha contra este tipo de conductas inadmisibles, tanto en el ámbito del empleo público como privado, que comúnmente se conocen como acosos laborales (mobbing) y humillan a quien los sufre. Su encaje se realiza en el artículo dedicado a los ataques contra la integridad moral, con una pena de prisión de seis meses a dos años.


Responsabilidad penal de las personas jurídicas

Como novedad, la responsabilidad penal se extiende a las sociedades mercantiles, de forma complementaria a la que recaiga sobre las personas físicas que las gobiernen, o bien a aquellos sujetos que cometan los hechos delictivos, sometidos a la autoridad de esas personas físicas, que así se lo han indicado, o que, simplemente, no han ejercido el debido control para evitar esos delitos.

La responsabilidad penal de las personas jurídicas está asumida y admitida en el ordenamiento jurídico de los países de nuestro entorno: Gran Bretaña, Finlandia, Suecia, Noruega, Islandia, Alemania, Bélgica Dinamarca, Austria, Luxemburgo, Francia, Italia, Portugal, Letonia. Lituania, Estonia y Holanda.

Delitos societarios y económicos

Se introducen importantes cambios, mejorando la tipificación de figuras como la administración desleal en el ámbito de la sociedad. Se incluyen los manejos abusivos del administrador o de los socios, que desvían los beneficios que deberían recaer en la empresa para la que trabajan.

El delito contable permitirá castigar los falseamientos de las cuentas de una sociedad que tienen el propósito de perjudicar económicamente a la misma. Se colma también, en este aspecto, una laguna como es la ausencia de la responsabilidad de los auditores dentro de una actuación irregular.

Con el fin de incrementar la lucha contra las organizaciones criminales, se introduce un nuevo delito relacionado con la creación o mantenimiento de sociedades falsas, o tapaderas. Éstas tienen como fin prioritario el encubrimiento de actividades económicas ajenas, consiguiendo burlar sus obligaciones y ocultar delitos como el blanqueo de dinero.

Con el ánimo de proteger los intereses del consumidor se penaliza la conducta de quien manipula de forma ilícita el mercado para difundir informaciones falsas que hagan captar inversores. El nuevo delito de “estafa de inversiones” se dirige expresamente a los administradores de sociedades que, cotizando en el mercado de valores, falseen los balances o informaciones sobre su situación.

También se penaliza la utilización de información privilegiada para realizar operaciones que proporcionen indicios falsos o engañosos, o para conseguir, en concierto con otros, el precio en un nivel anormal o artificial, o asegurarse una posición dominante en el mercado.

La información financiera de una persona pasa a ser considerada información reservada y, como tal, su divulgación se considera como un supuesto de abuso de información privilegiada.

Delito de concurso punible (antiguamente denominada quiebra)

Existía una necesidad de describir con mayor precisión el delito de concurso punible. Esto se ha hecho con la enumeración de una serie de conductas previas al concurso que no se vinculan con la insolvencia, sino que más bien ponen de manifiesto la existencia de una administración conscientemente desordenada que ha conducido al fiasco económico. También se establecen reglas para la valoración de otros delitos que se vinculan de manera muy frecuente con este concurso delictivo, como son las falsedades contables o la apropiación indebida.

Igualmente, se desarrolla una Decisión Marco comunitaria relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado, que ha provocado una modificación en estos delitos. Así, para los administradores de empresas privadas se prevé una figura similar a la del cohecho en los funcionarios públicos.


Fomento

PROYECTO DE LEY PARA CREAR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SECTOR POSTAL

  • La medida tiene como objetivo conseguir que el sector postal se rija por los principios de libre competencia, transparencia e igualdad de trato.
  • Desde el momento de su creación, este órgano regulador será independiente y actuará con plena autonomía de la Administración General del Estado.

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes General del Proyecto de Ley por el cual se creará la Comisión Nacional del Sector Postal, que consolida la total separación de las funciones de regulación y control sobre el sector postal, y las de gestión del Servicio Postal Universal.

La Comisión Nacional del Sector Postal tendrá personalidad jurídica propia, así como plena autonomía para desarrollar las funciones de regulación del sector postal. Contará con un régimen jurídico singular, como otros órganos reguladores (Comisión del Mercado de Valores, de Energía o de las Telecomunicaciones), y desarrollará sus funciones con total independencia.

Será el organismo especializado que vigile la prestación de un Servicio Postal Universal de calidad, a precios asequibles en todo el territorio nacional, y que se responsabilice de la protección de los derechos de los ciudadanos, de preservar la transparencia del mercado, y garantizar el acceso abierto a la red pública.

Cabe recordar que la Ley Postal, aprobada en julio de 1998, atribuye a la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Fomento, la regulación y control del mercado postal, así como a Correos la gestión del Servicio Postal Universal. A partir de la creación de la Comisión Nacional del Sector Postal, el órgano regulador será independiente y actuará con plena autonomía de la Administración General del Estado.

Funciones de la Comisión Nacional del Sector Postal

El Proyecto de Ley atribuye a la Comisión Nacional todas las competencias de regulación del sector postal, con la excepción del desarrollo normativo del sector, la delimitación de actividades que integran el Servicio Postal Universal, la fijación de los índices de calidad exigibles y la dirección de la política exterior, que quedan reservadas a la Administración General del Estado,


De esta forma, la Comisión ejercerá, entre otras, las siguientes funciones:

  • Conceder y revocar las autorizaciones para prestar servicios postales.
  • Llevar el Registro General de empresas postales.
  • Determinar el coste neto del Servicio Postal Universal y gestionar, en su caso, el Fondo de Compensación del Servicio Postal Universal.
  • Fijar las condiciones de acceso a la red postal pública en ausencia de acuerdo y resolver los conflictos entre operadores postales.
  • Inspeccionar el funcionamiento de los servicios postales e imponer sanciones a los operadores en caso de incumplimiento de las obligaciones l
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