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Caso Gürtel, 'Matas-Palma Arena' y, ahora, el caso Ballena Blanca

Pandemia de 'escuchas judiciales irregulares': ya son tres los casos con pruebas anulables

Pandemia de 'escuchas judiciales irregulares': ya son tres los casos con pruebas anulables

> El jefe de la Unidad de la Droga y el Crimen Organizado acusado de colaborar con el narcotráfico queda absuelto

miércoles 24 de marzo de 2010, 20:56h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid será el primero en calificar de 'ilegales' la mayoría de las escuchas solicitadas por el juez que instruyó el caso Gürtel, Baltasar Garzón, tal y como han avanzado varios medios de comunicación este miércoles. Sin embargo, parece que este tipo de prácticas se 'contagian' porque ya han salido a la luz otras dos actuaciones similares. Por un lado, el ex ministro de Medio Ambiente y ex presidente balear, Jaume Matas, ha solicitado que se anulen las pruebas obtenidas a través de una serie de grabaciones con su abogado porque considera que se vulnera el derecho a la Defensa y por otro, el Tribunal Supremo ha declarado nulas las escuchas telefónicas realizadas al ex jefe de la Unidad de la Droga y el Crimen Organizado (UDYCO) de la Costa del Sol. Una supresión que ha obligado a absolver a los acusados.
El Tribunal Supremo ha anulado la condena a 18 meses de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga al ex jefe de la Unidad de la Droga y el Crimen Organizado (UDYCO) de la Costa del Sol Valentín Bahut al declarar nulas las escuchas telefónicas a las que fue sometido durante la investigación.

La Sala de lo Penal del alto tribunal, que considera que las escuchas vulneraron el derecho al secreto de las comunicaciones, ha estimado así el recurso presentado por Bahut y José Alfredo Marijuán, entonces inspector jefe de la Brigada Policial de Málaga y que fue condenado a la misma pena, contra la sentencia de abril de 2009, que les consideró autores de delitos de revelación de secretos y encubrimiento.

Ambos policías estaban acusados de ayudar a un narcotraficante italiano afincado en la localidad malagueña de Benalmádena y darle información reservada obtenida de las bases de datos policiales.

Indicios insuficientes

El TS reprocha que los indicios que se pusieron de manifiesto ante el juez instructor para autorizar las escuchas fueron insuficientes y "ni siquiera se realizó previamente una investigación patrimonial de tales sospechosos, de todo punto necesaria en las pesquisas por corrupción".

Recuerda además que los hechos que finalmente se les imputan "nada tiene que ver -ni remotamente- con lo aducido en un primer momento para justificar tan ilegales escuchas".

El alto tribunal insiste en que "no por tratarse de policías los investigados se han de reducir o relajar los controles de legalidad constitucional a los que el juez está vinculado" y señala que la invasión en el derecho fundamental es "de idéntica índole y protección que las correspondientes a los demás delincuentes".

Por ello, declara la nulidad de las escuchas, al igual que la del resto de las pruebas pues las declaraciones a las que fueron sometidos -explica el TS- están viciadas igualmente al producirse tras la audición de las conversaciones grabadas.

Según el Supremo, procede la absolución de los dos al ser esto lo que acuerda la Sala de lo Penal cuando toda la prueba incriminatoria "ha sido contaminada" por la nulidad de las escuchas.

No obstante, precisa que la absolución "en absoluto confirma, ni reprocha, la regularidad de la conducta profesional" de Bahut y Marijuán sino que sólo afirma que las pruebas que tuvo en consideración la Audiencia han de tenerse por nulas porque están "viciadas de vulneración constitucional".

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