“Los abusos son como los viejos caducos: llega un tiempo enque dejan de infundir respeto”
No se podía imaginar Edmund Burke, escritor y político inglés, coetáneo a la Revolución Francesa, que tres siglos más tarde, en una “imparable Andalucía”, esta reflexión no iba a perder su vigencia.
Es probable que el andaluz curioso se haya interesado por el llamado “Caso Matsa”, ese caso clínico según D. Manuel Chaves, que debería conducir a los populares al diván del psiquiatra. Realmente los populares están locos, sólo a un loco se le ocurriría cuestionar al patriarca de Andalucía, al otro Don Manué, al que está sin estar.
Pero hasta la locura tiene sus razones, y en este caso, más allá del amarillismo, del oportunismo político o mediático, los hechos se imponen. El último, la probable admisión de la querella, presentada ante el Tribunal Supremo por el PP, contra el vicepresidente tercero del Gobierno, Manuel Chaves, según adelantó El País en su edición del 8 de enero de 2010
Vayamos, pues, a los hechos de este caso:
El 7 de noviembre de 2007, el entonces Presidente de la Junta, Manuel Chaves, inauguraba oficialmente Minas de Aguas Teñidas SA (MATSA) en Almonaster la Real. Un proyecto llamado a resucitar la alicaída actividad minera onubense, al calor de la subida del precio del cobre.
Por aquel entonces, su hija, Paula, llevaba ya cuatro meses, desde el 2 de julio de 2007, como responsable jurídica de esta empresa, según aclaró la propia Matsa en su momento. Aún más en el Registro Mercantil de Huelva Paula aparece como apoderada de Matsa desde el 12 de noviembre de 2008.
Por tanto, cuando el entonces presidente andaluz inaugura la mina de Almonaster, su hija ya trabajaba allí.
Y ¿qué dice Chaves? El 30 de de junio de 2009, aseguró: “Sólo sabía que mi hija trabajaba en una empresa privada”. Después, cuando el caso adquiere más relevancia política, ya admite que “es una simple empleada”, que “forma parte del departamento jurídico” y que “tiene poderes para realizar determinadas diligencias ante la Administración o la Justicia”.
No sólo eso: “Mi hija tiene poderes bastantes -añade- pero no me consta que sea la representante legal o apoderada general”, aseguraría en declaraciones recogidas por El Mundo y ABC el 27 de mayo de 2009.
¿Y qué importancia tiene que Paula estuviese o no apoderada en esta empresa, que fuese o no la responsable de su departamento jurídico? Al fin y al cabo como dijo su padre “tiene todo el derecho del mundo a trabajar, no se tiene que ir fuera de Andalucía para buscar un trabajo”.
Desde luego que no. Sin embargo, el que sea o no, o dónde desempeña su labor profesional la hija del ex presidente, trasciende el ámbito privado de la familia Chaves desde el momento en que su padre, el 20 de enero de 2009, preside el Consejo de Gobierno que ratifica una ayuda de más de 10 millones de euros precisamente a Matsa.
¿Incumple Chaves el art. 7.1 de la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos de la Junta de Andalucía con esa firma? Según ese artículo, “los titulares de altos cargos están obligados a inhibirse del conocimiento de los asuntos en cuyo despacho hubieran intervenido o que interesen a empresa, entidades o sociedades en cuya dirección, asesoramiento o administración hubiesen tenido alguna parte ellos, su cónyuge, pareja de hecho o persona de su familia dentro del segundo grado civil”
Veamos:
¿Es el Presidente de la Junta un Alto Cargo? Sí
¿Es Paula de su familia dentro del segundo grado civil? Sí
¿Era la responsable jurídica de la empresa destinataria del incentivo? Sí
¿Lo era cuando su padre preside el Consejo de Gobierno que ratifica la ayuda? Sí
¿Tenía por tanto la obligación legal de inhibirse en este asunto? Todo parece indicar que sí.
Sin embargo, según el Consejo de Gobierno andaluz no. De hecho, tras la denuncia que presentaron cinco diputados populares el Ejecutivo acordó no incoar expediente sancionador a Chaves con argumentaciones como la siguiente: “Está completamente acreditado en el expediente que la intervención de Dña. Paula Chaves Iborra se produjo en un momento posterior a que lo hiciera el entonces Presidente de la Junta de Andalucía”.
Formalmente, observen qué casualidad, Paula no aparece en el expediente hasta que el 12 de febrero de 2010, casi un mes después de la intervención de su padre, acepta el incentivo en nombre de Matsa.
Sin embargo, la rotundidad de la Junta al desmentir la intervención de Paula no es del todo creíble. ¿O lo es que la responsable de la asesoría jurídica se desvincule y no participe en la tramitación y supervisión de la mayor subvención pública que pretendía su empresa? ¿Para qué quiere una empresa un Departamento Legal si aquel no interviene en un procedimiento como este? Pues parece ser que así fue o así quieren que sea: en todo el trámite, el único apoderado que aparece es un abogado que asesoraba externamente a la empresa.
¿Y qué dice este señor? Pues lo que por lógica no podía ser de otra manera: “Paula Chaves era la directora de la Asesoría Jurídica –asegura textualmente- y, evidentemente, siendo abogado como soy y trabajando en tramitación de ayudas en confección de expedientes, se ha trabajado con ella porque era la responsable jurídica de Matsa”. Y añade: “Yo tenía una serie de responsables a los que reportar y de los que, a la vez, sacaba la información. Uno de ellos era Paula Chaves” (El Mundo 22 de noviembre de 2009)
Si debió o no inhibirse, será el TSJA el que nos despeje la duda cuando resuelva el recurso contencioso-administrativo que el PP andaluz presentó contra el acuerdo de la Junta de no incoar expediente sancionador a Chaves. Mientras tanto, no estaría de más recordarle al Vicepresidente tercero del Gobierno de España que el político no sólo ha de ser honrado sino también parecerlo y en este caso parecerlo, parecerlo… no lo parece mucho.
(…..)
Hasta ahora me he centrado en el presunto incumplimiento de la Ley de Incompatibilidad de Altos Cargos por el ex presidente andaluz, pero el “Caso Chaves” no termina aquí.
El PP presentó el pasado julio una querella ante el Tribunal Supremo contra Chaves por los presuntos delitos de prevaricación y tráfico de influencias. Parecer ser que hay una probabilidad bastante alta, o al menos eso es lo que publicó El País, de que el Alto Tribunal decida instruir, y esto hablando en plata significaría que ve indicios de delito. O sea, que la “presunción favorable al buen comportamiento de Chaves” que tenía Zapatero se le puede volver “desfavorable”, y ya veremos si Mª Teresa Fernández de la Vega le sigue considerando “el hombre más honesto que ha tenido Andalucía” . A la espera de la decisión del Supremo, analicemos en qué se basa esa querella.
Todo empieza cuando el 29 de septiembre de 2006, la empresa Matsa solicita ante la Agencia IDEA, dependiente de la Consejería de Innovación, un incentivo para la “construcción de una Planta de Tratamiento de Mineral”. IDEA se la deniega porque la Orden reguladora excluía ayudas a empresas que desarrollasen actividades mineras.
A partir de aquí la suerte de la empresa cambia. La mencionada Orden se deroga por una nueva, de abril de 2007 donde se les abre un hueco, “serán incentivables los proyectos del sector minero que consistan en inversiones en las labores de acceso a los yacimiento de las industrias extractivas (…) no incluyéndose las labores que se inicien en la fase de explotación del yacimiento”. Tres meses después de este cambio, Matsa contrata a PaulaChaves, que además de ser una cualificada profesional del derecho, era, casualmente, hija del Presidente de esa Junta que les denegaba la ayuda.
Animada por este cambio, y ya con Paula en nómina, la empresa presenta tres nuevas solicitudes: Una de ellas, de nuevo para la construcción de una planta de tratamiento de mineral, que esta vez sí tuvo un resultado favorable para la empresa: nada más y nada menos que 10,1 millones de euros.
Sin embargo, la Orden que regula las ayudas en 2007, como ya se ha indicado, no incluía como incentivables “las labores que se inicien en la fase de explotación del yacimiento”, sólo las de acceso al mismo, y la duda es lógica, ¿una planta de tratamiento de mineral es una labor de acceso a la mina? A priori, no, pero para la Junta de Andalucía parece que sí puesto que la solicitud sigue su curso hasta la concesión.
Si jurídicamente cabían varias interpretaciones de la normativa este problema se subsana con otro cambio: Una nueva Orden, de diciembre de 2008 viene a sustituir a la anterior, y concretamente en este punto estipula: “En los proyectos de producción extractiva del sector minero, sólo serán incentivables cuando generen una transformación del material extraído en productos de valor añadido y/o incorporen medidas para una adecuada protección ambiental y de seguridad con los trabajadores.” Con este nuevo cambio, el incentivo, al menos desde el punto de vista de su objeto, no tiene ya trabas jurídicas: la transformación del mineral ahora sí puede incentivarse
Mientras esto sucedía en Andalucía, en Madrid, el 20 de julio de 2007 Matsa solicitaba una ayuda al Instituto para la Reestructuración de la Minería, con el mismo objeto, construir una planta de tratamiento de mineral. Se la deniegan porque uno de los requisitos era que la inversión pretendida no estuviese iniciada antes de la solicitud. Por tanto hemos de concluir que el 20 de julio de 2007 la Planta de Tratamiento de Mineral ya estaba iniciada.
El requisito que el Instituto de la Minería en Madrid esgrime para denegar la ayuda a Matsa, el proyecto no podía estar iniciado antes de la solicitud, también era recogido en la Orden andaluza de 2007. Y la duda es clara: si para Madrid el proyecto ya estaba iniciado el 20 de julio de 2007 ¿cómo es posible que para Andalucía el 11 de octubre de ese mismo año, fecha en la que Matsa solicita la ayuda ante IDEA, no lo estuviese?
Las sombras sobre el incentivo a Matsa no se quedan en si el Presidente debió o no inhibirse, en si les benefició o no el cambio de normativa, en si la planta estaba o no iniciada. Además de todo ello, formalmente ese expediente tiene una serie de errores administrativos cuanto menos sorprendentes.
El más llamativo: la propuesta de incentivo que la delegación de IDEA en Huelva remite a Sevilla para su aprobación por el Consejo Rector de esta Agencia pasa de un día a otro de 6.931.780,35 euros a 10.093.472,7 euros, y mientras que en la primera consta la firma del Gerente de IDEA en Huelva, la segunda, la de más cuantía, carece de firma alguna.
Es esta propuesta la que definitivamente es ratificada por el Gobierno Andaluz. ¿mero olvido el de la firma, un error formal más de los muchos que se producen día a día en la Administración Autonómica? Puede ser pero irregularidades, intencionadas o no, haberlas, haylas.
Pero no es Paula la única de la familia socialista andaluza que consta en la plantilla de Matsa. Según publicó El Mundo en su edición del 2 de junio de 2009, Francisco García Ruiz, alcalde socialista de Almonaster entre 2003 y 2007, el mismo que el 3 de agosto 2006 firmó la primera licencia para que Matsa se ubicara en su pueblo al finalizar su mandato, también fue contratado por esta empresa.
En 2007, había elecciones municipales, pero el regidor decidió no presentarse a las mismas y fue contratado por Matsa como responsable de Relaciones Públicas.
Fuentes citadas por El Mundo aseguraron que desde su entrada en Matsa, Francisco García pasó a convertirse en la persona de confianza del PSOE en la zona, hasta el punto de seleccionar él el personal que entraba a formar parte de la empresa.
De esa forma, según el mencionado periódico en su edición del 5 de junio de 2009, García Ruiz se garantizaba que varios miembros, directos e indirectos, de su familia engrosaran también la nómina de la empresa.
Hoy, siempre según El Mundo, Francisco García Ruíz estaría casi retirado de sus funciones en Matsa debido a una grave enfermedad.
Igualmente, otros destacados miembros de la familia socialista, según la prensa andaluza, intervinieron como asesores externos de Matsa; en concreto el despacho Solchaga&Recio Asociados, cuyos titulares son un ex ministro socialista y un ex consejero socialista de la Junta. Hasta el momento, ninguno de ellos han desmentido ni confirmado lo que la prensa publicó.
Concluyendo y a manera de resumen:
Paula Chaves no sólo no era “una empleada más”de Matsa, como sostiene su padre: tenía responsabilidades en la gestión y tramitación de los asuntos jurídicos de la empresa, entre ellos el incentivo.
Resulta inverosímil que Chaves desconociera dónde y qué funciones desempeñaba laboralmente su hija. Todo padre no sólo quiere lo mejor para sus hijos, como afirmó, en una célebre comparecencia parlamentaria, el actual consejero de Innovación, sino que, además, normalmente, sabe de su vida privada (si está casada o soltera, donde vive, si se ha comprado un coche, etc.) y de su actividad profesional, máxime si el padre ha inaugurado las instalaciones de la empresa donde trabaja su hija.
Es interpretable que los cambios de la normativa fuesen dirigidos a favorecer a esta empresa. Es, igualmente, interpretable que todos los errores formales del expediente se deban simplemente a la falta de celo de la administración. Es interpretable, también, si la empresa merecía o no 10 millones en vez de 6.
Pero lo que no puede negarse es que en este caso hay demasiadas casualidades, errores, justificaciones o irregularidades que merecen ser analizadas en el Parlamento (Comisión de Investigación, que el PSOE ha negado) y en los tribunales. Mientras tanto, a la luz de los hechos, juzguen ustedes mismos.
Susana Vela Morales