· El Supremo ve desproporcionado suspender la actividad de ANV, pero no estará el 9-M
De esta manera, el juez de la Audiencia Nacional ha dictado este sábado un auto prohibiendo la manifestación porque "responde al llamamiento conjunto" de ANV y PCTV, cuya actividad suspendió el viernes.
Por ello, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 ha dado orden a la Ertzaintza para que impida su celebración, al tratarse de un acto ilegal.
En su auto, el magistrado señala que la celebración de la marcha es "inviable" porque "está claro" que al margen de quien convoca formalmente, el acto responde al "llamamiento general y conjunto" que realizó el viernes el PCTV y ANV en protesta por las medidas cautelares adoptadas contra ambos partidos en la causa penal que se sigue contra ellos en la Audiencia Nacional, lo que se enmarca en las actividades suspendidas.
ANV desafía al juez
Sin embargo, ANV ya ha anunciado que mantiene la convocatoria de la manifestación a pesar de la prohibición decretada por Garzón, e hizo responsable al PNV "de lo que suceda".
En un comunicado, manifiesta que, a pesar de la orden de Garzón, mantienen el llamamiento a secundar la marcha porque es necesario denunciar en la calle "esta salvaje situación de excepción y defender los derechos de Euskal Herria".
Asimismo, hicieron un llamamiento al PNV, preguntando a esta formación qué van a hacer ante la prohibición de Garzón. "¿qué vais a hacer ante esta prohibición? ¿Como habéis hecho en otras muchas ocasiones: enviar a la Ertzaintza para golpear a los ciudadanos vascos? ¿Vosotros también os vais a convertir en violadores de los derechos políticos y civiles de miles y miles de ciudadanos? Os hacemos un llamamiento para actuar con responsabilidad hacia este pueblo, de lo contrario, seréis responsables directos de lo que suceda", añadieron.
Auto completo del Supremo
Horas antes de que se conociese este nuevo auto de Garzón, la Sala del 61 del Tribunal Supremo emitía su auto completo sobre la petición de ilegalizar a ANV, en el que justifica su decisión de no declarar la suspensión de actividades por considerarlo "desproporcionado".
Lo que si prohíbe en su auto el Alto Tribunal es la proclamación de las candidaturas presentadas por Acción Nacionalista Vasca (ANV) a las elecciones generales del 9-M por la "especial intensidad" de los indicios que vinculan este partido político con la ilegalizada Batasuna.
En cuanto al rechazo a la suspensión de actividades de la formación, la Sala no lo justifica en la coincidencia con la medida acordada el viernes por el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón en vía penal, sino en criterios de "proporcionalidad", con el fin de "no limitar indebidamente el pluralismo político".
"Parece desproporcionado adoptar ahora una medida que, de hecho, representa la disolución anticipada de un partido, cuando sólo unos meses más tarde podrá decidirse sobre esta cuestión", señala el Supremo.
Añade que "el peligro que puede representar la permanencia en la vida pública durante unos meses de un partido inscrito en el Registro de Partidos Políticos en el año 1977 no puede anteponerse al que supone impedirle toda actividad durante este corto espacio de tiempo". Rechazar esta medida conlleva la desestimación de la solicitada para la clausura de locales de la formación.
Estrategia detectada en mayo de 2007
El auto de la Sala del 61, cuyo ponente ha sido el magistrado Ricardo Enríquez y que obtuvo un apoyo unánime, destaca que los datos más significativos de las demandas de ilegalización son recientes, ya que se producen en los últimos meses de 2007 y enero de 2008, si bien que "el proceso de colaboración de ANV en la estrategia marcada por Batasuna se detecta desde el mes de mayo de 2007, y puede intuirse incluso respecto a fechas anteriores, dada la infiltración que en las elecciones celebradas en esas fecha se detectó de miembros de Batasuna presentados en las candidaturas de ANV".
El alto tribunal no ha tenido problema, en cambio, para acceder a la prohibición de que ANV concurra a los próximos comicios. Dice que, lejos de presentarse una construcción teórica sobre los vínculos entre ANV, Batasuna y el también demandado PCTV, el fiscal y el abogado del Estados han puesto sobre la mesa afirmaciones "fundadas y razonables" obtenidas de la documentación intervenida precisamente en la sede de esta última formación.
De hecho, añade que "de quedar definitivamente probadas a lo largo de este proceso las conductas descritas, "serían en principio susceptibles de incardinarse" en los supuestos de ilegalización previstas en la Ley de Partidos.
Proceso "compatible" con el de Garzón
Sobre la relación de este proceso con el que se tramita en el Juzgado Central de Instrucción número 5, la Sala señala que ambos son perfectamente compatibles "puesto que la coincidencia en el tiempo de uno y otro no impedirá la continuación de ambos hasta su finalización, produciendo cada uno de ellos los correspondientes efectos", como textualmente dice la Ley de Partidos.
Justifica igualmente la necesidad de que el Supremo delibere sobre la suspensión solicitada dentro del proceso de ilegalización iniciado contra ANV -con independencia de la acordada horas antes por Garzón dentro de la causa que investiga a sus dirigentes por delitos terroristas-.