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Por considerar que atentan contra los derechos de los partidos

TEPJF ordena a IFE modificar reglamento de radio-TV

TEPJF ordena a IFE modificar reglamento de radio-TV

jueves 04 de septiembre de 2008, 02:38h
Actualizado: 05 de septiembre de 2008, 02:02h

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al IFE que modifique los reglamentos Interior y de Radio y Televisión, al considerar que atentan contra los derechos de los partidos políticos.

En sesión pública presidida por el magistrado presidente, José Alejandro Luna Ramos, la Sala Superior del TEPJF determinó dejar sin efectos algunas de las disposiciones del Reglamento de Radio y Televisión que fueron sujetas de apelaciones por el PRD y Nueva Alianza.

El proyecto de sentencia dio la razón al PRD en el sentido de que el apartado segundo del Artículo 9 vulnera lo dispuesto en el Artículo 41 de la Constitución y 71 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) .

La resolución establece que por la vía reglamentaria la autoridad administrativa pretende imponer límites y excepciones a los derechos de los institutos políticos, por lo que determinó dejarlos sin sustento.

En el caso de Nueva Alianza, los magistrados consideraron fundados los agravios por los que impugnó el inciso b, apartado primero, del Artículo 40, por considerarlo violatorio de la libertad de expresión.

Según dicho precepto se dejaba al arbitrio de la autoridad electoral la modificación de las causas de programas y mensajes de los partidos en radio y televisión, sin que existiera un mecanismo previo para llevar a cabo dicha tarea.

A juicio de los magistrados, con esta acción se podría generar un acto de censura previa a los mensajes y propagandas de los partidos políticos.

Los integrantes del TEPJF determinaron dejar sin efectos el apartado segundo del artículo 90 del Reglamento de Radio y Televisión y ordenaron al Consejo General del IFE que modifique sus disposiciones reglamentarias, observando la sentencia.

De igual forma dejaron sin efectos el inciso b, apartado primero del Artículo 40 y el apartado segundo de la misma disposición normativa.

En el caso del reglamento Interno, los magistrados resolvieron dos recursos de apelación presentados por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y del Trabajo (PT).

Los inconformes se quejaron de disposiciones contenidas en el Reglamento Interior que les impedían tener acceso a información considerada como reservada o restringida, en poder del máximo Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) .

La Sala Superior consideró fundado el agravio esgrimido contra lo dispuesto en el Artículo 77, primer párrafo, del Reglamento Interior, pues restringe la información con las características antes mencionadas a los representantes partidistas y del Poder Legislativo.

Es decir, de acuerdo con esta disposición, sólo los consejeros electorales podrían acceder a información que en su oportunidad podría ser sometida a consideración del Consejo General.

Por lo que sólo hasta entonces podría ser del conocimiento de los consejeros del legislativo y de las representaciones partidistas, determinó el Tribunal Electoral.

El proyecto de sentencia consideró que esta disposición es discriminatoria hacia los partidos y representantes del Legislativo quienes, al igual que los consejeros ciudadanos, integran el máximo órgano directivo del IFE.

Por ello se determino dejar sin efecto las disposiciones contenidas en el reglamento Interior y corresponde al IFE llevar a cabo las adecuaciones correspondientes.

Con las sentencias emitidas este miércoles por la Sala Superior sumaron seis los reglamentos que el máximo órgano jurisdiccional consideró que presentaban irregularidades y por este motivo fueron devueltos al IFE para que efectué las adecuaciones correspondientes.

 

 

 

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