www.diariocritico.com

Gana el joven nudista de Aldaya que pasea desnudo por la calle: los tribunales le dan la razón

Un hombre paseando vestido por la calle
Ampliar
Un hombre paseando vestido por la calle (Foto: Unsplash)
jueves 02 de febrero de 2023, 09:42h

La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sentencia dictada por un juzgado de Valencia que anula las sanciones impuestas por la Delegación del Gobierno a un joven que iba desnudo por la calle.

En la sentencia de apelación, el Tribunal advierte de que esa conducta nudista no está amparada por el derecho a la libertad ideológica, como esgrime el sancionado, pero tampoco vulneró la Ley de Seguridad Ciudadana ni existía una ordenanza municipal en el municipio donde ocurrieron los hechos, Aldaya, que la sancionara expresamente.

Para los jueces, debido al “vacío legal apreciado”, la acción cometida no merece reproche desde el punto de vista del derecho sancionador administrativo, lo que lleva a desestimar el recurso de apelación interpuesto por la Abogacía del Estado y a ratificar la sentencia de instancia.

“A falta de determinación específica a través de una norma, como puede ser una ordenanza municipal, que no existe en el municipio de Aldaia (….), la Sala entiende que la resulta atípica por no tener encaje en el tipo aplicado”, precisan, en alusión al artículo 37.5 de la Ley 4/2015.

Este joven se llama Alejandro Colomar, tiene 29 años y es informático. Asegura que lo hace porque es su derecho y porque "no hace daño a nadie".

"Exhibición obscena"

Dicho artículo sanciona “la realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena cuando no constituya infracción penal”.

En el caso analizado, tal y como recoge la resolución, el comportamiento del sancionado, consistente en pasearse o permanecer desnudo por la calle o en un lugar público, no encaja en el tipo ilícito aplicado.

“El actor simplemente se limitó a permanecer o circular desnudo a distintas horas en 2 calles diferentes de Aldaya (…), sin ninguna circunstancia concomitante en su conducta que supusiera alteración de la seguridad ciudadana, la tranquilidad o el orden público”, precisa el Tribunal.

La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el propio TSJCV o la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

Suscríbete al Boletín gratuito de noticias de Diariocritico y recibe en tu correo electrónico, de lunes a viernes, toda la información que marca la actualidad del día. También puedes suscribirte para recibir nuestras alertas gratuitas de noticias de Whatsapp o Telegram.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (1)    No(0)

+
0 comentarios