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Decidirá SCT sobre tarifas de Telmex

Decidirá SCT sobre tarifas de Telmex

jueves 22 de enero de 2009, 03:15h

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) será ahora quien tomé la última palabra sobre las tarifas que puede aplicar teléfonos de México (Telmex) a sus clientes, pues así lo establece la normatividad vigente y siempre debió haber sido así, aseguró Gerardo Sánchez Heckel, titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la dependencia.

Esto significa que en la próxima revisión de los precios de la empresa telefónica, la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) sólo realizará "el trabajo técnico", pero la resolución tendrá que ser sometida a consideración del titular de la SCT, quien en su caso la aprobará, modificará o revocará, precisó.

De acuerdo con el título de concesión, Telmex está sujeta a una revisión de sus tarifas cada cuatro años, con el fin de determinar el nivel tope de los precios de la canasta de servicios básicos que ofrecerá a sus clientes, esquema conocido como “price cap” y que desde la primera vez que se hizo, en 1998, ha sido la Cofetel la encargada de hacer el análisis y determinar los precios.

Sin embargo, Sánchez Heckel dijo que ninguna normatividad otorga a Cofetel la facultad para autorizar o fijar tarifas, salvo en el caso de que deba emitir una regulación para un operador dominante, la cual incluye precios, calidad y servicio.

“En el catálogo de atribuciones de Cofetel no se encuentra la de autorizar o fijar tarifas, entonces ese ejercicio le corresponde a la SCT, al secretario únicamente y así lo define el nuevo reglamento interno, para evitar imprecisiones en ejercicio de alguna atribución”, sostuvo.

Este Reglamento Interno ha sido muy cuestionado por miembros de la industria al considerar que quita atribuciones a la Cofetel, pero a decir del abogado estas facultades están expresadas en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y son claras.

La revisión en materia de tarifas aplica para empresas como Telmex cuyas tarifas deben ser aprobadas por la autoridad, y para las telefónicas que se rijan por una regulación de dominancia, pero no para el resto de los operadores, quienes sólo tienen que registrarlas.

Esto significa, abundo Sánchez Heckel, que también las tarifas de interconexión tendrán que ser aprobadas por la SCT en aquellos casos en que estas cuotas hayan tenido que pasar por una resolución de la Cofetel, pues el secretario tiene la facultad de revisar las decisiones del órgano regulador en su carácter de superior jerárquico.

Insistió en que el nuevo Reglamento representa un “blindaje jurídico” para evitar amparos por parte de la industria derivados por el tema de las atribuciones de la autoridad.

 

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