La ley especial sobre la organización y régimen del Distrito Capital fue aprobada con el voto de los diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), que controla el Parlamento. Sólo se opusieron doce legisladores disidentes del chavismo.
Esta Ley en su artículo 1, estipula que establecerá y desarrollará ‘las bases para la creación y organización del régimen del Distrito capital, el cual comprende su organización, gobierno, administración, competencia y recursos de esta entidad político-territorial’.
Asimismo, en un fragmento de su artículo 5 reseña la creación de un “Jefe de Gobierno” que ejercerá la función administrativa como superior jerárquico de los órganos y funcionarios de la Administración del Distrito Capital y la dirección, coordinación, control de los organismos de gobierno. El jefe de Gobierno del Distrito Capital realizará el control de tutela sobre los entres de la administración descentralizada del Distrito Capital.
Con esta ley se crea una nueva circunscripción, el Distrito Capital, que de acuerdo con sus disposiciones transitorias recibirá bienes y recursos de la actual alcaldía metropolitana de Caracas.
En reacción a la medida, el alcalde Mayor, Antonio Ledezma, sostuvo que “quienes cometieron este fraude constitucional” lo han hecho “pasándole por encima a la voluntad de un pueblo”.
Ledezma fustigó a los diputados de la Asamblea Nacional, asegurando que con sus acciones “vendieron a Caracas por 30 monedas, y digo esta frase porque recordamos a Judas, ahora que iniciamos la Semana Mayor”.
La Ley en su artículo 1, estipula que establecerá y desarrollará ‘las bases para la creación y organización del régimen del Distrito Capital, el cual comprende su organización, gobierno, administración, competencia y recursos de esta entidad político-territorial’.
Asimismo, en un fragmento de su artículo 5 reseña la creación de un “Jefe de Gobierno” que ejercerá la función administrativa como superior jerárquico de los órganos y funcionarios de la Administración del Distrito Capital y la dirección, coordinación, control de los organismos de gobierno. El jefe de Gobierno del Distrito Capital realizará el control de tutela sobre los entes de la administración descentralizada del Distrito Capital.