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Referencia del Consejo de Ministros

miércoles 08 de abril de 2009, 15:26h

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto del Instituto de Turismo de España.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 2178/2004, de 12 de noviembre, por el que se prohíbe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría de ganado.
  • ACUERDO por el que se aprueban los programas y políticas públicas que serán objeto de evaluación por la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas y Calidad de los Servicios en 2009.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y la República de Gambia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo sobre servicios aéreos entre el Reino de España y Australia.

Justicia

  • REALES DECRETOS por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a:
  • Dª Livia Kandiyoti.
  • Dª Lin Menase.
  • D. Israil Çiprut.
  • Dª Cesi Menase.
  • Dª Eti Çiprut.
  • D. Albert Yannier.
  • D. Vidal Çiprut.
  • Dª Ester Yannier.
  • Dª Liana Çiprut.
  • Dª Netsi Yannier.
  • Dª Rachel Bentolila Nahon.
  • D. Isaac Cohen Chocron.
  • Dª Donna Cohen Chocron.
  • D. Carlos Benchimol Benmaman.
  • D. Jaime Abecassis Castiel.
  • D. Raymond Roth Cohen.
  • D. Marcos Abecassis Castiel.
  • Dª Simy Yael Cohen Anahory.
  • Dª Ilana Bierman Harrar.
  • Dª Clara Serfaty Bentolila.
  • Dª Mercedes Benhamu Anidjar.
  • D. Moises Hadida Serruya.
  • Dª Sultana Bendayan Benabou.
  • D. Saadia Lancry Bengio.
  • D. Moises Levy Benaim.
  • D. Jose Serfaty Bibas.
  • D. Amran Nahon Israel.
  • Dª Violeta Serfaty Laredo.
  • D. Gary Carciente Moreno.
  • D. Moises Carciente Sananes.

Fomento

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia por importe de 5.367.874,94 euros, necesarias para garantizar la estabilidad del talud de la carretera N-120 entre los pp. kk. 34,250 y 35,580, afectado por las obras de la Autovía A-12 del Camino de Santiago, tramo Hervías-Grañón, La Rioja.

Educación

  • ACUERDO por el que se establece el carácter oficial de determinados títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO que modifica el Real Decreto 1612/2008, de 3 de octubre, sobre aplicación de los pagos directos a la agricultura y ganadería.
  • ACUERDO por el que se impone al Canal de Isabel II una sanción de 601.012,10 euros y la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico por importe de 1.532.830,32 euros, por el vertido de aguas residuales al arroyo Navarrosillos, por incumplimiento de la autorización, en el término municipal de Colmenar Viejo (Madrid).
  • ACUERDO por el que se impone al Ayuntamiento de Tarancón una sanción de 336.871,15 euros y la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico por importe de 94.168,80 Euros, por el vertido de aguas residuales al arroyo Salado, por incumplimiento de la autorización, en el término municipal de Tarancón (Cuenca).

ACUERDOS DE PERSONAL

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda a D. LUIS DÍEZ MARTÍN .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director Adjunto del Gabinete de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda a D. JORGE SERRANO MARTÍNEZ .

Política Territorial

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete del Vicepresidente Tercero y Ministro de Política Territorial a D. JOSÉ MANUEL CERVERA GRAJERA .

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete del Ministro de Fomento a D. CARLOS MARÍA JUÁREZ COLERA .

CONDECORACIONES

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se concede el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, con la categoría de Placa de Oro, al TROFEO CONDE DE GODÓ DE TENIS.

  • REAL DECRETO por el que se concede el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, con la categoría de Placa de Oro, a la REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE FÚTBOL.
  • REAL DECRETO por el que se concede el ingreso en la Real Orden del Mérito Deportivo, con la categoría de Gran Cruz, a D. JOAN LLANERAS ROSELLÓ.


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia

PLAN DE EVALUACIÓN DE LAS POLÍTICAS Y SERVICIOS PÚBLICOS PARA 2009

  • El objetivo de las evaluaciones es promover la transparencia en la gestión pública, la eficiencia en el uso de los recursos y la mejora de la calidad de los servicios públicos.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de evaluación de las políticas y servicios públicos correspondiente a 2009. El objetivo de estas evaluaciones es verificar los resultados de las iniciativas políticas para favorecer la transparencia en la gestión pública, la eficiencia en el uso de los recursos y la mejora continuada de la calidad de los servicios prestados a la ciudadanía.

Éste es el tercer plan de trabajo de la Agencia Estatal de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios (AEVAL) desde su constitución el 1 de enero de 2007 y responde a los compromisos de evaluación establecidos en el Programa Nacional de Reformas de España.

En 2009 la Agencia medirá el grado de aplicación y el éxito de cinco políticas concretas contenidas en el propio Programa Nacional de Reformas, como son el Plan Estratégico de Seguridad Vial 2005-2008, la gestión y funcionamiento de las Confederaciones Hidrográficas, el Plan Nacional de Transición a la Televisión Digital Terrestre, la política de bonificaciones y reducciones de cuotas de la Seguridad Social para las personas discapacitadas y el programa Aprendiendo a Exportar de comercio exterior.

Otras evaluaciones

El plan de trabajo aprobado incluye, además, la evaluación de las siguientes políticas públicas:

  • Las medidas de racionalización y mejora de la gestión de la Incapacidad Temporal. La evaluación se centrará en las medidas adoptadas en los últimos años para mejorar la gestión de la prestación por enfermedad común y accidente no laboral, y en la identificación de buenas prácticas en distintos ámbitos territoriales.
  • El sistema de gestión colectiva de los derechos de autor establecidos por la política de propiedad intelectual. Realizada la primera fase de la evaluación, que se publicó el pasado día 3 de abril, en esta segunda fase se evaluarán, entre otros aspectos, el alineamiento del sistema español de gestión de los derechos de autor con los vigentes en los países de nuestro entorno, la percepción del sistema por parte de la ciudadanía y de las distintas entidades y colectivos de usuarios relacionados con el mismo, y la gestión y aplicación de los fondos asistenciales, promocionales y de formación.
  • Los Programas de Formación de la Cooperación Española al Desarrollo. Se evaluarán diversos aspectos de la planificación, ejecución, resultados y eficacia de dichos programas, dentro de la estrategia general de la cooperación española para el desarrollo.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

APROBADA LA NUEVA APLICACIÓN DE LOS PAGOS DIRECTOS EN LA AGRICULTURA Y LA GANADERÍA

  • Se simplifican y adaptan ciertas disposiciones para facilitar el sistema de aplicación de las ayudas directas en España, avanzando hacia una simplificación del régimen de pago único.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por él que se materializan las modificaciones aprobadas en “el Chequeo Médico de la Política Agrícola Común”, en materia de aplicación de los pagos directos en la agricultura y la ganadería. Con ello se ajustan determinados elementos de las ayudas directas y se avanza hacia una simplificación del régimen de pago único.

Dentro de las modificaciones destaca la supresión de la obligación de retirada de tierras a partir del 1 de enero de 2009, por lo cual los derechos de retirada establecidos anteriormente se pueden justificar como cualquier derecho normal de pago único sobre superficies agrarias.

Además, se modifica el concepto de hectárea admisible y se incluyen determinadas zonas forestales y las zonas sujetas a determinados compromisos medioambientales. También destaca como novedad el incremento en la modulación a los pagos directos y la simplificación de su sistema de gestión.

Reintegro a la reserva nacional

Asimismo, el período fijado para reintegrar a la reserva nacional los derechos de pago no utilizados se ha reducido de tres años a dos años, reducción que se aplica a todos los tipos de derechos de pago. Además, los derechos procedentes de la reserva nacional se equiparan en la utilización y cesión a los derechos de ayuda normales.

Con respecto a las ayudas a la agricultura, se cambian los requisitos para optar a los pagos por superficie del cáñamo destinado a la producción de fibra, y se exige la utilización de variedades que estén inscritas en el Catálogo común de las variedades de las especies de plantas agrícolas.

Por otra parte, se introducen modificaciones fruto de la experiencia obtenida en la aplicación del sistema de pagos directos. Una es la eliminación del requisito de tener suscrito un contrato tipo de suministro de leche de vaca homologado para la percepción de los pagos del artículo 69 del Reglamento comunitario de pagos directos en el sector lácteo, ya que el escaso tiempo transcurrido desde la homologación del contrato ha sido insuficiente para la adecuada difusión entre el sector productor de la existencia y valor de dicho contrato.

Se contemplan también otros cambios en los artículos relativos al algodón con el fin de facilitar a las Comunidades Autónomas la gestión de las ayudas en este sector. Igualmente, en el sector del azúcar se especifica, por una parte, la fecha en que las industrias deben enviar las entregas, así como la petición de la solicitud única que los agricultores deben realizar para percibir el pago de la ayuda y el periodo del pago de la misma.


Educación

APROBADOS CUATRO NUEVOS TÍTULOS DE GRADO Y SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE UNIVERSIDADES, CENTROS Y TÍTULOS

  • Con esta última aprobación son ya 146 las titulaciones que conforman la oferta actual de enseñanzas de Grado, impartidas por treinta universidades españolas.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy cuatro nuevos títulos de Grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Los títulos hoy aprobados corresponden a las Universidades de Girona (1) y Oberta de Catalunya (3), adscritos a las ramas de conocimiento de Artes y Humanidades (1), Ciencias de la Salud (2) y Ciencias Jurídicas y Sociales (1).

Con la aprobación de este Acuerdo serían ya 146 las titulaciones que conforman la oferta actual de enseñanzas de grado impartidas por treinta universidades españolas, de las cuales dieciocho son de la rama de Artes y Humanidades; nueve, de Ciencias; setenta, de Ciencias Sociales y Jurídicas; veintinueve, de Ingeniería y Arquitectura, y veinte de Ciencias de la Salud.

Este ha sido el primer curso en que los estudiantes españoles han podido matricularse en los primeros títulos adaptados al Espacio Europeo de Educación Superior. A partir de 2010 toda la oferta de enseñanzas de las universidades españolas deberá estar adaptada al nuevo modelo, diseñado por los representantes de 46 países, en un marco que facilite la movilidad de estudiantes y titulados. Al mismo tiempo, busca una modernización de la enseñanza superior europea incentivando la autonomía y la calidad a través de sistemas de rendición de cuentas y de evaluación.


Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

SUPRIMIDO DEFINITIVAMENTE EL USO DE DETERMINADAS SUSTANCIAS EN LA CRÍA DE GANADO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por él que se que se modifica la normativa vigente sobre prohibición de uso de sustancias de efecto hormonal y tireostático, con lo que se suprime definitivamente la utilización de determinadas sustancias beta-agonistas en la cría de ganado.

La nueva normativa, por la que se incorporan al ordenamiento jurídico las últimas disposiciones comunitarias, suprime el uso del 17-Beta-Estradiol en la producción de animales destinados a la producción de alimentos. En la anterior normativa esta sustancia tenía concedida una exención temporal con fines de inducción del celo en bovinos.

Dado que ya existen y se utilizan productos alternativos eficaces, se ha considerado que no debe renovarse dicha exención, con el fin de garantizar aún más el nivel de protección de la salud de los consumidores.

El Real Decreto posibilita una más amplia capacidad de actuación terapéutica para los animales de compañía, a los que se les podrá prescribir tireostáticos, ya que no existe otro tratamiento alternativo del hipertiroidismo.


Industria, Turismo y Comercio

ESTATUTO DEL INSTITUTO DE TURISMO DE ESPAÑA

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto, el Estatuto del Instituto de Turismo de España.

El Estatuto establece, entre otras cuestiones, la naturaleza y régimen jurídico del mismo, sus fines y funciones, la estructura del órgano rector, así como la estructura de la Dirección General del Instituto de Turismo de España, sus recursos económicos y los regímenes económico y financiero, de personal y de contratación.

Las modificaciones que se han producido en la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como en la regulación de la organización, funciones y provisión de puestos de trabajo de las Consejerías de Turismo en las Misiones Diplomáticas de España, ha hecho necesaria la adaptación del Estatuto del Instituto de Turismo de España.

El Instituto de Turismo de España, en consecuencia, amplía sus principales funciones, entre las cuales destacan la planificación, el desarrollo y la ejecución de actuaciones para la promoción del turismo español en los mercados internacionales; el apoyo a la comercialización de productos turísticos españoles en el exterior; la cooperación y coordinación turística con las Comunidades Autónomas, entes Locales, y otros Departamentos ministeriales y agentes privados; la elaboración de las bases y la planificación general de la política turística, y el desarrollo de los planes y programas que promuevan la innovación, la calidad, la sostenibilidad y la competividad de los productos y destinos turísticos.

Regulará, por último, el ejercicio de las relaciones turísticas internacionales en el ámbito de la Administración General del Estado; la gestión y explotación de los establecimientos turísticos del Estado, así como la realización de inversiones en los mismos; la investigación de los factores que inciden sobre el turismo; la elaboración, recopilación y valoración de estadísticas, información y datos relativos al turismo, y el impulso de la modernización del sistema turístico español mejorando la competitividad y la innovación tecnológica y aumentando la efectividad y eficiencia de los procesos de gestión.


Asuntos Exteriores y de Cooperación

ACUERDOS SOBRE SERVICIOS AÉREOS CON AUSTRALIA Y GAMBIA

El Consejo de Ministros ha autorizado la firma de Acuerdos sobre servicios aéreos de España con Australia y Gambia.

Ambos Acuerdos siguen la formula habitual de este tipo de acuerdos bilaterales sobre servicios aéreos y recogen en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados miembros.

A su vez, para la conclusión de los textos se han cumplido todos los preceptos del Reglamento comunitario sobre la negociación y aplicación de acuerdos de servicios de transporte aéreo entre Estados miembros y países terceros, al incluir en su articulado los principios y cláusulas estándares establecidos y exigidos por la Unión Europea.

Australia

Este Acuerdo, cuya firma está prevista en una próxima visita de SS.MM. los Reyes a Australia, supone un gran avance dado que, además de la inclusión de las mencionadas cláusulas comunitarias, se han establecido unos principios muy flexibles en cuanto al régimen de operaciones que se pueden realizar entre España y Australia, facilitando la posibilidad de establecer enlaces aéreos entre los aeropuertos de los dos países.

El Acuerdo otorga grandes facilidades operativas y oportunidades comerciales para las compañías aéreas de España y Australia, facilitando la posibilidad de efectuar servicios aéreos en régimen de acuerdo entre compañías aéreas de ambos países, liberalizando en su totalidad los servicios exclusivos de carga y los servicios aéreos no regulares.

En relación con el marco de capacidad acordado, es importante resaltar el derecho de toda compañía aérea a realizar transporte aéreo internacional, incluso en virtud de acuerdos de código compartido con otras compañías aéreas, sin limitación alguna por lo que se refiere a cambios en cualquier punto o puntos de la ruta, o en el tipo, tamaño o número de los aeronaves explotadas, en cualquier sector o sectores del Cuadro de rutas.

Gambia

En lo que se refiere a su contenido, hay que destacar que supone un gran avance dado que, además de la inclusión de las mencionadas cláusulas comunitarias, la parte gambiana ha aceptado la totalidad de las cláusulas propuestas por España.

El Acuerdo introduce la designación múltiple de compañías y una capacidad ilimitada para las compañías aéreas de cada país en terceras y cuartas libertades. Asimismo, se introdujeron facilidades operativas, tales como la posibilidad de efectuar los servicios en régimen de código compartido o establecer enlaces aéreos entre todos los aeropuertos de ambos países sin limitación de capacidad ni tipo de aeronaves a utilizar, lo cual permitirá desarrollar enormemente los enlaces aéreos de ambos países.

Rutas operativas

Sendos anexos de los Acuerdos recogen cuadros con las rutas que pueden operar las empresas designadas de los dos países. Se establece la posibilidad de que las empresas aéreas designadas puedan efectuar servicios a cualquier punto situado en el territorio del otro país, vía puntos intermedios y hacia o desde puntos más allá y viceversa, sin ejercer derechos de tráfico de quinta libertad. No obstante, se podrán ejercer estos derechos previo acuerdo entre las respectivas autoridades aeronáuticas.


BIOGRAFÍAS

Economía y Hacienda

Director del Gabinete de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda .-

D . LUIS DÍEZ MARTÍN.

Nacido el 22 de enero de 1949, es Licenciado en Ciencias Económicas y pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Ha sido Subdirector General de Asuntos Económicos Financieros de la Administración Turística Española; Subdirector General de Infraestructura Turística; Subdirector General del Instituto de Estudios Jurídicos; Jefe del Gabinete Técnico del Subsecretario de Agricultura; Adjunto a la Dirección General del Catastro; Secretario General de la Dirección General de Incentivos Económicos Regionales y Subdirector General de Incentivos Regionales. Fue Asesor Parlamentario del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda. Desde marzo de 2007 era Director del Gabinete del Vicepresidente Segundo del Gobierno.

Director Adjunto del Gabinete de la Vicepresidenta Segunda y Ministra de Economía y Hacienda .-

D. JORGE SERRANO MARTÍNEZ.

Nacido el 18 de mayo de 1962 en Madrid, es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense y Funcionario de la Comunidad de Madrid.

En la Comunidad de Madrid ha sido Subdirector General de Planificación de los Sistemas de Información de la Consejería de Hacienda y Subdirector General de Servicios, Organización y Métodos de la Consejería de Política Territorial. Fue Director de los Servicios Económicos-Financieros del Ayuntamiento de Móstoles, Director de los Servicios de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Alcorcón y Asesor Parlamentario en el Gabinete de la Ministra de Sanidad y Consumo. Desde julio de 2007 era Director del Gabinete de la Ministra de Administraciones Públicas.


Política Territorial

Director del Gabinete del Vicepresidente Tercero y Ministro de Política Territorial .-

D. JOSÉ MANUEL CERVERA GRAJERA.

Nacido en Huelva en 1953, casado, con tres hijos, es Licenciado en Filosofía y Letras por la Universidad de Sevilla y Diplomado en Alta Dirección de Instituciones Sociales por el Instituto San Telmo.

Entre 1979 y 1983, y entre 1991 y 1999 fue Concejal del Ayuntamiento de Sevilla, donde, entre otros cargos, desempeñó los de teniente de alcalde de Sanidad y de Tráfico y Transportes. Fue director de empresa, profesor de Asesores Cooperativos y miembro del Consejo Social de la Universidad de Sevilla. Entre 2002 y 2004 dirigió la Unidad de Coordinación y Estudios de la Consejería de Presidencia y con anterioridad estuvo al frente del Área de Estudios de la Oficina del Portavoz del Gobierno. En 2004 fue nombrado Director General de Estudios Andaluces y desde abril de 2008 era Director del Gabinete de Presidencia de la Junta de Andalucía.

Fomento

Director del Gabinete del Ministro de Fomento .-

D. CARLOS MARÍA JUÁREZ COLERA.

Nacido en Madrid en 1965, es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Politécnica de Madrid y Máster en Dirección de Empresas por el Instituto de Empresa.

Cuenta con 20 años de experiencia en infraestructuras de transporte, tanto en empresas privadas, donde comenzó su carrera profesional, como en la Administración Pública, en la que ha ejercido diversas responsabilidades en el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), en la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte (SEITT) y en el propio Ministerio de Fomento.

En la actualidad era Director Técnico en la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte (SEITT).

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