Señala el fallo del Supremo que los preceptos invocados por la Junta como vulnerados son "ornamentales" y no entra el Tribunal a calificar el contenido de la demanda contra el Estado presentada por el Ejecutivo andaluz en septiembre de 2007 ante la Audiencia Nacional.
La Junta presentó inicialmente una demanda contra varias empresas tabaqueras, en el año 2001, la primera de este tipo en Europa, que después amplió contra la administración central, que era propietaria de Tabacalera hasta 1998. Las compañías demandadas eran British American Tobacco, CITA, Altadis-Tabacalera, Tobacco Canary Island, Philips Morris y J.T. International, principales distribuidores de tabaco en España, y a las que el Ejecutivo andaluz reclamaba 1,77 millones de euros.
La reclamación se basaba en un artículo del Código Civil sobre responsabilidad objetiva, que indica que aquel que se enriquezca produciendo daño a un tercero debe pagar por el perjuicio.
El objetivo del proceso era conseguir que se declarara la relación causa-efecto entre el consumo de tabaco y el desarrollo de determinadas patologías, fundamentalmente la enfermedad pulmonar obstructiva crónica, el infarto de miocardio y el cáncer de pulmón. El proceso se inició en 2000, después de que quien era entonces presidente de la Junta, Manuel Chaves, anunciara en su discurso de investidura una querella contra las tabaqueras si no asumían los gastos generados por el tabaquismo en la comunidad, que cifró en 60.000 millones de pesetas.
Las tabaqueras rechazaron la negociación planteada por el Ejecutivo regional, por lo que la Junta autorizó a sus servicios jurídicos la interposición de una demanda civil.
En febrero de 2004, la Junta de Andalucía incluyó a la Administración General del Estado en la demanda, después de que el Juzgado de Instrucción número 68 de Madrid le obligara para poder continuar con el proceso como antigua propietaria de Tabacalera o, en caso contrario, proceder a su archivo definitivo.