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Piden dejar sin efecto proceso penal militar

CIDH condena a Venezuela por violar derechos del general Francisco Usón

CIDH condena a Venezuela por violar derechos del general Francisco Usón

sábado 12 de diciembre de 2009, 01:14h
La Corte Interamericana de Derechos Humanos encontró culpable al Estado venezolano por la violación de varios derechos durante el juicio y encarcelamiento del ex general Francisco Usón Ramírez.

En la sentencia, fechada el 20 de noviembre y publicada en su página de Internet, la CIDH señala que Venezuela violó el principio de legalidad y el derecho a la libertad de pensamiento y de expresión de Usón, quien también fue ministro de Finanzas a inicios de esta década.

Además, se violó el derecho a las garantías judiciales, el de protección judicial y el de la libertad personal, señaló la CIDH, con sede en Costa Rica.

Usón, retirado desde 2003, fue condenado a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de "injuria contra la Fuerza Armada Nacional", sentencia emitida por el Tribunal Militar Primero de Juicio el 8 de noviembre de 2004.

El ex general fue juzgado por unas declaraciones a un programa de televisión en abril de 2004 acerca del supuesto uso de un "lanzallamas" como medio de castigo contra unos soldados en el Fuerte Mara, donde ocurrió un incendio en una celda el 30 de marzo de ese año.

"El Estado debe dejar sin efecto, en el plazo de un año, el proceso penal militar instruido en contra de Usón" y "establecer, en un plazo razonable, a través de su legislación, límites a la competencia de los tribunales militares", dice la sentencia de la CorteIDH.

Agrega que la jurisdicción militar "únicamente" se debe aplicar "a militares en ejercicio y por delitos de función".

Agrega que "el proceso que se llevó a cabo en la jurisdicción penal militar en contra de Usón no revestía las garantías judiciales necesarias en un Estado democrático para respetar el derecho al juez natural y al debido proceso".

"La vía penal no resultó ser idónea -continuó-, necesaria ni proporcional en el presente caso", por lo que también ordenó eliminar los antecedentes judiciales del ex militar derivados de este caso y dejar sin efecto los alcances de la sentencia condenatoria en su contra.

Los jueces establecieron una reparación de 40.000 dólares por daño material y 50.000 por daño inmaterial en favor de Usón, que el Estado venezolano tiene que pagar en el plazo de un año.

Las resoluciones de la CorteIDH son inapelables y de acatamiento obligatorio para los Estados miembros de la Organización de Estados Americanos (OEA).

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