En la exposición de motivos, el parlamentario planteó la necesidad de ampliar la acción del Estado sobre todo tipo de bienes y servicios relacionados con las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización.
Con las modificaciones al instrumento legal, el Ejecutivo nacional tendrá ahora la competencia de dictar las medidas necesarias de carácter excepcional para evitar el alza indebida de precios, el acaparamiento y el boicot de productos o servicios declarados de primera necesidad o restablecer reducciones en los precios de bienes y tarifas de servicios declarados de primera necesidad.
La reforma establece que todos los bienes y servicios que se consideren esenciales para garantizar el derecho a la vida y a la seguridad del Estado podrán ser declarados de utilidad pública e interés social por parte del Ejecutivo.
También establece que el Estado podrá adoptar la medida de ocupación, operatividad temporal e incautación mientras dure el procedimiento expropiatorio.