La medida establece nueve ámbitos de competencia.
El primero de ellos tiene que ver con la atención sistematizada y continua a las necesidades humanas vitales y urgentes derivadas de las condiciones sociales de pobreza y de las lluvias, derrumbes e inundaciones.
Chávez también podrá legislar en el ámbito de la infraestructura, transporte y servicios públicos.
Desde el punto de vista de hábitad y vivienda podrá dictar normas que regulen la actuación de los entes del Estado en la construcción de inmuebles.