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Incide en la fijación de plantillas mínimas

El preacuerdo que votarán los empleados de Aena para no ir a la huelga

El preacuerdo que votarán los empleados de Aena para no ir a la huelga

martes 22 de marzo de 2011, 12:48h
Los 10.500 trabajadores de AENA, excluidos los controladores, votarán en referéndum el próximo jueves, 24 de marzo, el preacuerdo alcanzado entre la compañía pública y los sindicatos CC.OO., UGT y USO.  El preacuerdo garantiza que en los contratos de concesión, Madrid-Barajas y El Prat se establecerá para cada uno de ellos las plantillas consideradas como "mínimas" en la gestión aeroportuaria y para su alteración se consultará previamente con los sindicatos.
"Cualquier alteración sustancial de dicha plantilla mínima deberá ser autorizada por la sociedad de vigilancia y seguimiento de la concesión, previa consulta con los sindicatos", según recoge el preacuerdo. Esta era la principal reinvindicación de los sindicatos, pues solo en Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat trabajan 2.800 trabajadores.    Los trabajadores que pasen a las futuras concesionarias quedarán en situación de "suspensión de contrato de trabajo", bajo la modalidad de "excedencia especial". Además, se les reconoce la movilidad laboral, ya que podrán concursar en los procesos de promoción interna que se celebren en las empresas del grupo AENA y, en caso de reingreso, el tiempo que hayan trabajado en la concesionaria contará a efectos de antigüedad.    Además, contempla que los puestos de trabajo temporales considerados estructurales --por ejemplo, los que cubren contratos de relevo o los de sustitución por anticipación de la edad de jubilación-- se convertirán en fijos, tanto en las concesiones como en AENA y en la nueva sociedad mercantil Aena Aeropuertos.    El acuerdo recoge también alternativas para aquellos supuestos que por diversas razones --técnicas, económicas, organizativas o productivas-- fuera necesario adoptar para optimizar la plantilla "de cualquiera de los centros del grupo".    Entre ellas, un mismo puesto de su ocupación en otro centro --a designar por la empresa manteniendo sus retribuciones hasta su incorporación en el mismo--; una nueva ocupación siempre que fuera organizativamente y técnicamente posible y/o la indemnización prevista en el art. 102 del actual V Convenio Colectivo.    Asimismo, se constituye una comisión de seguimiento de las garantías establecidas en el acuerdo, que estará compuesta por ocho representantes de AENA y otros ocho de los sindicatos firmantes --tres por CC.OO.; tres por UGT y tres por USO--. De esta forma, cualquier proceso de transferencia de personal requerirá un informe previo de dicha comisión. Presencia de Aena en los consejos    Otro punto fuerte del principio de acuerdo es la presencia de AENA en el consejo de administración de las sociedades concesionarias del nuevo modelo, concretamente en las concesiones de los aeropuertos de Madrid-Barajas y Barcelona-El Prat.    El documento acordado entre las partes amplía además el actual convenio colectivo de AENA a Aena Aeropuertos, a las sociedades filiales que se puedan crear en el futuro y a las sociedades concesionarias de forma que pasará a ser el I Convenio Colectivo del grupo con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018.    Finalmente, establece que los cánones que Aena Aeropuertos obtenga de los aeropuertos concesionados, así como los ingresos que reciba de las sociedades filiales, será utilizados para el funcionamiento de la red garantizando así su viabilidad económico-financiera. Ambas partes se comprometen también a promover y participar en la negociación de un convenio marco del sector aeroportuario de ámbito estatal.        Lea el documento en PDF>>
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