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Alega que podría distraerlo de sus funciones

TSJ rechaza ordenarle al Presidente Chávez a rendir cuentas

TSJ rechaza ordenarle al Presidente Chávez a rendir cuentas

viernes 01 de abril de 2011, 01:03h

Un nuevo golpe contra el derecho constitucional de los ciudadanos le propinó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) al rechazar ordenarle al presidente Hugo Chávez que explique los motivos por los cuales ha realizado tantos cambios de ministros de Vivienda en estos 12 años y si ha tomado en cuenta las consecuencias que esas decisiones ha tenido en los planes oficiales de construcción de casas.

La Sala Político Administrativa del máximo juzgado desechó el recurso que el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) contra el mandatario, al que acusó de violar el artículo 51 de la Constitución, el cual obliga a los funcionarios so pena de destitución a responder las solicitudes que le formulen los ciudadanos. En 2008 Provea le envió una carta al Jefe del Estado, en la cual le solicitaba que le informara las razones para los constantes cambios de los ministros del área de Vivienda y que le explicara si había analizado las implicaciones que los mismos podrían provocar en los planes de vivienda. Pese a que el máximo juzgado reconoce que el presidente jamás contestó, rechazó atender la petición de la organización alegando que "someter a los altos funcionarios a contestar peticiones de este estilo (en las que tenga que justificar y explicar las razones por las que toma cada decisión y si ha medido o no las consecuencias de sus actos) los distrae de lo verdaderamente importante que es dirigir las políticas públicas protegiendo los intereses del colectivo". Y tras dar por sentado que las designaciones o destituciones de ministros lo que buscan es "optimizar" la función del Gobierno, la Sala criticó la forma como Provea formuló su solicitud. "Además de solicitar las informaciones que ahí se detallan, pareciera manifestar un reclamo o desavenencia con el Presidente de la República o un cuestionamiento a sus designaciones en el Ministerio para la Vivienda". El artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana establece literalmente que " Toda persona tiene el derecho de representar o distinguir peticiones ante cualquier autoridad, funcionario público o funcionaria pública sobre los asuntos que sean de la competencia de éstos, y a obtener oportuna y adecuada respuesta. Quienes violen este derecho serán sancionados conforme a la ley, pudiendo ser destituidos del cargo respectivo".
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