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El TC rectifica al TS y BIldu estará en las elecciones

El TC rectifica al TS y BIldu estará en las elecciones

viernes 06 de mayo de 2011, 10:43h
Minutos después de las doce de la noche de este jueves, hora del comienzo de la campaña electoral del 22-M, el Pleno del Tribunal Constitucional anunciaba su decisión de permitir la concurrencia de la coalición Bildu a los comicios del día 22. De este modo, el TC revocaba la sentencia que había dictó el pasado domingo el Tribunal Supremo, en la que sostenía,   que Bildu es parte de un proyecto del complejo ETA/Batasuna para volver a las instituciones. La votación de los once miembros del TC se repartía casi por igual: seis votos frente a cinco. Votaban a favor de estimar el recurso de amparo de Bildu el grueso de magistrados propuestos por el PSOE menos Manuel Aragón, que se unió a los magistrados propuestos por el PP en el respaldo al criterio del Supremo. Con anterioridad a esta votación decisiva, Francisco Hernando, veía rechazada su ponencia y declinaba asumir la redaccción de la resolución favorable a Bildu, avalada por el presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala, y los magistrados Eugeni Gay, Elisa Pérez Vera, Pablo Pérez Tremps, Luis Ortega y Adela Asúa. En consecuencia, las 254 candidaturas presentadas por Bildu -coalición integrada por Eusko Alkartasuna (EA), Alternatiba y abertzales independientes- estarán en los comicios. El  Tribunal intérprete de la Constitución notificaba ya anoche el fallo a las partes personadas en el recurso, aunque la sentencia -que contará con cinco votos particulares- no se conocerá hasta dentro de unos días. La decisión del TC se co0nvertía en el asunto principal de la apertura de la campaña electoral, tras los dos episodios previos: algunos carteles del PP pidiendo el voto a sus electores, y la divulgación de las encuestas preelectorales elaboradas por el CIS, que mayoritariamente conceden la victoria al PP tanto en las Comunidades Autónomas como en los ayuntamientos.  Lo que algunos diarios llaman este viernes “tremendo batacazo del PSOE”. Durante la tarde del jueves, último día para la sentencia del TC, la decisión sobre Bildu tuvo que ser elevada al Pleno del Alto Tribunal tras  haberse comprobado una situación de empate en la Sala Segunda, donde se produjo un equilibrio entre los llamados magistrados 'progresistas' y 'conservadores':, con empate a tres votos. En cambio, en el Pleno, ese equilibrio se rompía a favor de los 'progresistas' por siete a cuatro, aunque finalmente la votación resultó un seis-cinco, por el cambio de criterio de Manuel Aragón, tal y como ya hiciera cuando la sentencias sobre el Estatuto catalán. Se señala que ésta es la cuarta ocasión en la que el Constitucional revoca una decisión del Supremo relacionada con candidaturas de la izquierda abertzale. Esta vez lo ha hecho dos veces: con Bildu y con una agrupación electoral de Zalduondo (Álava), la única de las once que fueron anuladas el pasado domingo por el Supremo, que había recurrido en amparo. En esta segunda sentencia, el TC reprocha al Tribunal Supremo que anulara las candidaturas de 11 agrupaciones electorales al considerar que no había pruebas "con la intensidad suficiente" de que tuvieran como finalidad continuar la actividad de la ilegalizada Batasuna. Los magistrados  indican que, según la jurisprudencia constitucional, "sólo 'en unión de otros indicios' cabe tener en cuenta la anterior vinculación a un partido disuelto" para anular una candidatura "y deparar, con ello, el consiguiente sacrificio del derecho fundamental". "Es de lamentar que no lo haya entendido así la sala juzgadora", dice la sentencia en referencia al Supremo. Y añade que impedir a una persona concurrir a las urnas por este motivo, "operaría ya como una causa de inelegibilidad que no figura ni podría figurar en nuestro ordenamiento". El Supremo emprendió una "vía improcedente" que el Constitucional resume así: "Si el designio fraudulento de crear un partido político de facto o de desnaturalizar las agrupaciones, previo concierto entre ellas, no ha quedado acreditado, toda indagación ulterior no supone sino plantearse la posible exclusión de unas u otras agrupaciones". "Y ello, prosigue la sentencia, "a pesar de que no haya quedado acreditada trama o estrategia fraudulenta alguna". La Sala Segunda del Constitucional también abortó las alegaciones de la Fiscalía del Tribunal Constitucional y de la Abogacía del Estado, que presentaron en la madrugada anterior, junto a un informe de la Guardia Civil sobre "nuevas investigaciones a Bildu", fechado justo el 5 de mayo de 2011. Dicho informe incorpora un acta de una reunión supuestamente celebrada entre EA y ETA, en el mes de febrero de 2009, que fue incautado en el curso de una operación del juzgado central de instrucción número 3 de la Audiencia Nacional. El documento concluye que ETA y EA coincidieron en la necesidad futura "de articular una acumulación de fuerzas independentistas". Finalmente, no hubo acuerdo para las elecciones europeas, si bien ETA siguió apostando por la estrategia de "acumulación de fuerzas independentistas" y por realizar una alianza estratégica con EA, materializada finalmente en el acuerdo Lortu Arte, firmado por EA y Batasuna. La división de opiniones se ha hecho patente, desde el primer momento, incluso antes de conocerse la decisión del TC, en los medios informativos, los políticos y los juristas, por igual. Pero nadie duda de que, en todo caso, nos hallamos ante una sentencia histórica cargada de tensión y precedida de fortísimas presiones políticas de un lado y otro. Bastará recordar las actitudes “de presión” que han ejercido el PP o el PNV y las acusaciones contra el PSOE por determinar la decisión  de los tribunales. Pero, finalmente, prevalece la opinión del Constitucional al declarar vulnerado el derecho de Bildu a acceder a los cargos públicos con los requisitos que señalan las leyes, tal como establece el artículo 23 de la Constitución, y por ello declara nula la sentencia del Supremo que sostuvo que Bildu se había erigido en un "cauce simulado y fraudulento para soslayar la ilegalización judicial del brazo político de ETA". La nueva ponencia de la sentencia definitiva recayó en el magistrado Luis Ortega, catedrático de Derecho Administrativo, que se incorporó al Tribunal en la última renovación. Será por tanto el encargado de redactar la sentencia definitiva. El Constitucional había comenzado su interminable jornada de este jueves debatiendo la recusación del magistrado constitucional Francisco Hernando, al que Bildu atribuyó un "interés directo o indirecto en el pleito". El hecho de que Hernando presidiera en 2003 la Sala del 61 del Supremo que ilegalizó a Batasuna "no constituye, de acuerdo con la doctrina constitucional, un motivo que permita poner en duda la imparcialidad del magistrado, ni tampoco el del órgano judicial del que forma parte", explicó el Tribunal. Ahora, campaña y votaciones. Y a esperar los resultados de Bildu-Sortu, que ha tenido que superar graves escollos. - Lea también: El Constitucional permite a Bildu estar en las elecciones al desvincularla de ETA-Batasuna Respeto, quizá inmerecido, al Constitucional, por F. Jáuregui Me preocupa Bildu... , por P. M. Beleña  Sobre respeto y discrepancia con el Constitucional, por M, Á. Menéndez
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