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Había sido intervenida de un cáncer

Condenan con 24.000 euros de indemnización a la Comunidad por mala praxis con una enferma que falleció

martes 03 de julio de 2007, 14:18h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha condenado a la Administración madrileña de Salud a pagar 24.000 euros al viudo y a los dos hijos de una mujer que falleció a los 77 años tras ser intervenida de un cáncer y sufrir un retraso en la atención posterior de los cirujanos, lo que le produjo una septicemia -intoxicación de la sangre-.
Según la Asociación El Defensor de Paciente (ADEPA), la paciente fue intervenida de cáncer de vesícula en el mes de mayo de 2002 en el Hospital Clínico San Carlos. Después de darle el alta hospitalaria, fue revisada de forma periódica por el cirujano correspondiente, pero en el mes de agosto sufrió un cuadro febril del que no fue tratada, ya que, "según los médicos, todo estaba bien", por lo que permitieron a la mujer salir de vacaciones con sus familiares.

"Sin embargo -recuerda la nota de Adepa-, la enferma se vio obligada a acudir al Centro de Salud cercano al lugar de vacaciones desde donde la remitieron de forma urgente al hospital de referencia donde tampoco fue valorada de inmediato por los cirujanos", lo cual fue decisivo y precipitó el fallecimiento.

La sentencia del TSJM señala que la paciente permaneció entonces "más de 20 horas sin ser examinada por un cirujano, estando ingresada en el Servicio de Urgencias casi 36 horas antes de pasar a la planta de cirugía". "Durante todo este tiempo la paciente no fue atendida falleciendo por obstrucción de la vía biliar, ya que ni siquiera se valoró la posibilidad de colocar un stent nuevo, todo lo cual -añade la nota-, incidió en la producción de un shock séptico secundario" que le causó la muerte.

En el caso de esta paciente, el magistrado tiene en cuenta íntegramente los argumentos de la demanda  "de forma que declara la existencia de una mala praxis médica, ya que debido a la situación que tenía la paciente la misma debió ser valorada por el servicio de cirugía de forma inmediata, cosa que no fue así".

"Este retraso en la evaluación de los cirujanos así como en la omisión de pruebas radiológicas hace que la actuación de los facultativos actuantes sea tachada de negligente y de mala práctica", concluye la sentencia, que firma la Sección 8ª del Tribunal Superior de Justicia, Sala de lo Contencioso Administrativo.  Por ello, condena a la Administración de la Comunidad de Madrid a pagar a la suma de 24.000 Euros al viudo y a los dos hijos de C.A.P.
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