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Referencia del Consejo de Ministros del 17 de febrero 2012

SUMARIOAsuntos Exteriores y de CooperaciónACUERDO por el que se toma conocimiento de las Enmiendas de Manila de 2010 al anexo del Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar (Convenio de Formación), 1978, aprobada mediante la Resolución 1 de la Conferencia de las Partes en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar, 1978.ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la denuncia del Acta de Londres al Arreglo de La Haya, de 6 de noviembre de 1925, relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales, hecha en Londres el 2 de junio de 1934, así como del Acta Adicional de Mónaco al arreglo de La Haya, relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales, de 6 de noviembre de 1925, revisado en Londres el 2 de junio de 1934, hecha en Mónaco el 18 de noviembre de 1961.ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Decisión del Consejo Europeo de 25 de marzo de 2011 que modifica el artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación con unmecanismo de estabilidad para los Estados miembros cuya moneda es el euro, y se solicita su tramitación por el procedimiento de urgencia.Hacienda y Administraciones PúblicasREAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.REAL DECRETO por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior.ACUERDO por el que se declara la urgencia en la emisión del dictamen del Consejo de Estado sobre el proyecto de Real Decreto sobre régimen retributivode los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Andalucía a realizar emisiones de deuda pública o concertar operaciones de crédito por un importe máximo de 2.506.106.505 euros.ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia a formalizar préstamos y créditos en el exterior y/o realizar emisiones de deuda pública por un importe máximo de 434.870.000 euros.INFORME de seguimiento sobre la implementación del Acuerdo por el que se formaliza la distribución por departamentos ministeriales del Presupuesto prorrogado del Estado para 2012 y se declara la no disponibilidad de créditospor importe de 8.914,95 millones de euros.FomentoACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en las carreteras Autovía A-4, p.k. 435,700 al 536,700 (L.P. Córdoba-SE-30); N-IVa, p.k. 504,000 al 511,000 (accesos y travesía de Carmona) y N-339, acceso a Aeropuerto de Sevilla. Valor estimado: 19.868.801,28 euros, en Sevilla.ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en las carreteras A35 Autovía Almansa-Xátiva, p.k. 0,000 al 8,500; A-43 Autovía Extremadura-Comunidad Valenciana, p.k. 106,986 al 143,159; CN-301 de Madrid a Cartagena, p.k. 193,880 al 210,300; CN-310 de Ciudad Real a Valencia, p.k. 111,000 al 145,000; CN330 de Alicante a Francia, p.k. 93,460 al 99,056; CN344 de Almería a Valencia, p.k. 105,400 al 118,500 y CN-430(a) Travesía de Almansa, p.k. 589,820(a) al 595,460(a). Valor estimado: 20.098.826,70 euros, en Albacete.ACUERDO por el que se autoriza el gasto por importe total de 14.478.332,53 euros correspondiente a la modificación número 1 del contrato bajo la modalidad de abono total del precio de las obras "Autovía del Mediterráneo (A-7). Tramo: Almuñécar (Taramay)-Salobreña (Lobres) y conexión con la A-44", en Granada.Empleo y Seguridad SocialACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de la Seguridad Social la contratación de los servicios de carácter informático necesarios para la realización de tareas de mantenimiento y desarrollo en los proyectos y aplicaciones de dicho Instituto durante un período de veinticuatro meses.Agricultura, Alimentación y Medio AmbienteACUERDO por el que se aprueban las nuevas tarifas para el aprovechamiento del acueducto Tajo-Segura.
ACUERDOS DE PERSONALAsuntos Exteriores y de CooperaciónREAL DECRETO por el que se nombra Presidente de la Delegación que asistirá a la imposición del Capelo Cardenalicio a S.E.R. Mons. Santos Abril y Castelló en la Ceremonia del Consistorio Cardenalicio de los próximos días 18 y 19 de febrero de 2012, en el Vaticano, a D. Jorge Fernández Díaz, Ministro del Interior.JusticiaREAL CÉDULA por la que se nombra Rector del Real Colegio Inglés de Valladolid al Reverendo John Joseph Pardo.ACUERDO por el que se nombra Vocal del Consejo Consultivo de la Agencia Española de Protección de Datos a D. FRANCISCO DÍAZ LATORRE.Empleo y Seguridad SocialREAL DECRETO por el que se nombra miembro del Consejo Económico y Social en representación de las organizaciones empresariales a D. JUAN MARÍA GOROSTIDI PULGAR.Economía y CompetitividadREAL DECRETO por el que se nombra presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas a Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ-PINA GARCÍA .Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
REAL DECRETO por el que se nombra director del Instituto de Salud Carlos III a D. JOAQUÍN ROBERTO ARENAS BARBERO
AMPLIACIÓN DE CONTENIDOSASUNTOS GENERALESHacienda y Administraciones Públicas
REGULACIÓN DEL RÉGIMEN RETRIBUTIVO DE LOS MÁXIMOS RESPONSABLES DEL SECTOR PÚBLICO EMPRESARIAL
La retribución básica máxima se fija en 105.000 euros al año.El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se solicita un dictamen de urgencia del Consejo de Estado sobre el proyecto de Real Decreto por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades. El objetivo de la norma es conseguir la máxima austeridad y eficacia en su acción y la mayor eficiencia en el funcionamiento del sector público.
Junto a estos dos principios, también se recoge el principio de transparencia, mínimo exigible tanto a las entidades como a sus máximos responsables y directivos, aplicándose así los criterios de buen gobierno que cumplen las sociedades cotizadas o las entidades financieras.
Clasificación
A la hora de determinar las retribuciones salariales, las entidades públicas se clasificarán en tres grupos atendiendo a criterios como el volumen o cifra de negocio, el número de trabajadores de la sociedad, la necesidad o no de financiación pública, el volumen de inversión o las características propias del sector en el que desarrolla su actividad. Así, se determina que la estructura organizativa de las entidades que constituyan el grupo 1 no podrá exceder los quince miembros, los doce para las del grupo 2 y nueve miembros para aquellas entidades que se integren en el grupo 3. Con la nueva estructura organizativa se estima que se reducirá en un centenar el número de consejeros de las empresas del sector público.
Retribuciones
Las retribuciones salariales a fijar en los contratos mercantiles o de alta dirección se clasificarán en básicas y complementarias. La primera incluirá la retribución mínima obligatoria que fijará el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas en función del grupo en que se sitúe la entidad.
La retribución básica no podrá exceder, en cómputo anual, de los 105.000 euros para los directivos de aquellas entidades comprendidas en el grupo 1; los 80.000 euros para las del grupo 2 y los 55.000 euros para la del grupo 3.

Complementos
A esta cantidad básica se le sumará un complemento de puesto y, si así se dictaminase, un complemento variable, que en ambos casos será también fijado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. El primero de estos complementos retribuirá las características específicas de las funciones desarrolladas. Se tendrá en cuenta la competitividad externa, el nivel de responsabilidad o el peso relativo del puesto dentro de la organización.
El complemento variable incentivará las buenas prácticas de gestión empresarial y se determinará en función de la consecución de unos objetivos previamente establecidos por el sector público.
Tanto el complemento de puesto como el variable no podrán superar el porcentaje máximo fijado para el grupo en el que se clasifique la entidad.
La retribución final fijada incluirá todo tipo de retribuciones, incluidas las que se perciban en especie.
Extinción y publicación
En materia de extinción de los contratos se regulará en función de lo determinada en la recién aprobada reforma del mercado laboral.
Las retribuciones que perciban los máximos responsables y directivos se publicarán anualmente en la memoria de actividades de la entidad.

Hacienda y Administraciones Públicas
INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE NO DISPONIBILIDAD DE CRÉDITOS
El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas sobre el acuerdo de Consejo de Ministros de 30 de diciembre de 2011 por el que se aprobó una declaración de no disponibilidad en el Presupuesto del Estado por importe de 8.914,95 millones de euros. El citado Acuerdo establecía que el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas dará cuenta al Consejo de Ministros, antes del 20 de febrero de 2012, del cumplimiento de lo dispuesto en el mismo.
Cumplido el plazo establecido para que los Departamentos ministeriales remitan sus expedientes, éstos han remitido sus propuestas. El importe del recorte por el acuerdo de no disponibilidad unido al proyecto de Presupuesto del Estado para 2012 garantiza, a día de hoy, un ajuste mínimo de 8.914, 95 millones de euros.
El ajuste presupuestario final de 2012 que se incorpore en los Presupuestos Generales del Estado garantizará, en todo caso, el cumplimiento con los objetivos de consolidación fiscal de la Unión Europea.

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
NUEVAS TARIFAS PARA EL APROVECHAMIENTO DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA
Se ha realizado una estimación de consumos similar a la registrada el pasado año y en la mayoría de ellas se aprecia una disminución significativa.El Consejo de Ministros ha aprobado las nuevas tarifas para el aprovechamiento del Acueducto Tajo-Segura. Estas tarifas tienen como objeto recuperar los costes anuales de explotación, funcionamiento y conservación que soporta la Administración hidráulica, así como la recuperación de las amortizaciones de las inversiones realizadas en su día por el Estado.
Para alcanzar las tarifas hoy aprobadas, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha tenido en cuenta las amortizaciones de las inversiones, unas cifras que se calculan conforme a las fórmulas y procedimientos establecidos en la normativa vigente.
Así, la Dirección General de Aguas ha atendido a los costes energéticos implicados en el transporte, a los costes de la explotación, así como a un factor de corrección debido a la liquidación de la tarifa del año anterior. Cabe destacar que la bajada que han experimentado las tarifas actuales se debe a la disminución de energía eléctrica empleada, así como a una mayor utilización de horas valle, que implica una mayor eficiencia.
Disminución significante
Las tarifas aprobadas representan, en la mayoría de ellas, una disminución significativa motivada, fundamentalmente, por la evolución de los costes de energía eléctrica del último período, que han sido mucho menores que los estimados inicialmente
La estimación de ingresos para el año 2012 se encuentra totalmente supeditada a los consumos que se produzcan, variables en función de las necesidades de agua de los cultivos implantados en razón a las condiciones climatológicas que se presenten. Para este proyecto de tarifas se ha realizado una estimación de consumos similar a la registrada el pasado año.
Los consumos importantes del Acueducto son los volúmenes que se suministran al Sudeste, tanto para riegos como para los abastecimientos de la Mancomunidad de Canales del Taibilla y para la provincia de Almería, mientras que los consumos e ingresos del resto de usuarios de aguas propias que utilizan la infraestructura del acueducto son mucho menores.
Las tarifas entraran en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

Hacienda y Administraciones Públicas
AUTORIZACIONES DE OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO A ANDALUCÍA Y GALICIA
El Consejo de Ministros ha autorizado a las Comunidades Autónomas de Andalucía y Galicia a tomar préstamos a largo plazo y a realizar emisiones de deuda pública hasta un importe máximo de 2.506,11 millones de euros y de 434,87 millones de euros, respectivamente.
La autorización de la operación solicitada por la Comunidad Autónoma de Andalucía tiene como finalidad financiar los vencimientos de deuda previstos en 2012, por importe de 1.283,42 millones de euros, por lo que la operación no supondrá un aumento del endeudamiento autonómico al final del ejercicio, y financiar el abono en 2012 de las cantidades aplazadas de la liquidación negativa, correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común, por importe de 1.222,69 millones de euros.
La operación que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Galicia, por un importe de 434,87 millones de euros, se destina íntegramente a financiar el abono en 2012 de las cantidades aplazadas de la citada liquidación negativa, correspondiente a los ejercicios 2008 y 2009, del sistema de financiación de las comunidades autónomas de régimen común.
La vigencia de las autorizaciones de endeudamiento es el año natural y se tramitan a cuenta del programa anual de endeudamiento de 2012 de ambas Comunidades.

Interior
MODIFICADA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR
Se refuerzan las competencias de Tráfico para potenciar las nuevas políticas de seguridad vial, prevención y educación.El Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista pasa a depender del secretario de Estado de Seguridad.El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior con el objeto de conseguir la máxima eficacia y austeridad en el funcionamiento del Departamento.
Así pues, se ha procedido a dar una nueva redacción a las funciones de la Dirección General de Tráfico para modernizarlas y adaptarlas al nuevo enfoque de las políticas de seguridad vial para reforzar y ampliar las de prevención y educación.
Con este fin, Tráfico pasa de cinco a cuatro Subdirecciones Generales. La Secretaría General une a sus funciones tradicionales sobre gestión de medios humanos y materiales, las tareas desempeñadas por la Gerencia de Informática que desaparece como Subdirección General. La Subdirección General de Gestión de la Movilidad asume las tareas de la actual Subdirección General de Gestión del Tráfico y Movilidad. Se suprime el Observatorio Nacional de Seguridad Vial y sus funciones las asumen la Subdirección General de Intervención y Políticas Viales y la Subdirección General de Análisis y Vigilancia Estadística.
Nueva adscripción del Centro de Coordinación Antiterrorista
El Centro Nacional de Coordinación Antiterrorista (CNCA), creado por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 28 de mayo de 2004, y que dependía directamente del ministro del Interior, pasa ahora a depender del secretario de Estado de Seguridad.
Además, se crea con la misma dependencia de la Secretaría de Estado de Seguridad, la Comisión Ejecutiva de Coordinación como órgano estratégico de coordinación ejecutiva. Este nuevo órgano sustituye al Comité Ejecutivo para el Mando Unificado de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (CEMU).

Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
NUEVA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
Dotará de mayor eficiencia y reducirá en más de medio millón de euros los costes de los departamentos.Se suprimen cinco Direcciones Generales, nueve Subdirecciones y el FROM, cuyas funciones asumen el FEGA y la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto en el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. El nuevo organigrama dota de mayor eficiencia a los departamentos, recorta el número de direcciones y subdirecciones generales, simplifica las estructuras administrativas y reduce en más de medio millón de euros los costes de funcionamiento.
La reestructuración obedece al nuevo escenario de contención presupuestaria y con ella se da una respuesta adecuada a la política agraria, alimentaria, pesquera y ambiental. Establece como pilares básicos del Departamento la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, la Subsecretaría, la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y la Secretaría General de Pesca. El Organismo Autónomo Parques Nacionales queda adscrito al Ministro.
Con este ajuste se pasa de las 61 subdirecciones generales que integraban la anterior estructura a 52. Asimismo, se reestructuran las Confederaciones Hidrográficas, dotándolas del rango orgánico de subdirecciones generales, lo que supone la desaparición de las cinco direcciones generales actuales.
La reducción de órganos superiores afecta también a los organismos públicos adscritos. Se suprimen dos organismos autónomos: el Fondo de Regulación y Organización del Mercado de los Productos de la Pesca y Cultivos Marinos (FROM) y el Parque de Maquinaria.
Las funciones del primero se integran en el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y en la Secretaría General de Pesca. Y el segundo pasa a depender de la Dirección General del Agua.
De igual manera, el nuevo diseño recoge la integración de materias y áreas de las políticas ambientales, agrarias y rurales. Así, con la supresión de la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal se dividen ambas áreas de actividad y la protección del Medio Natural queda incluida en la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural. Por su parte, el área de Política Forestal se enmarca en la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.

En esta línea, la Dirección General del Agua pasa a integrarse en la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, aunque se segrega la política de regadíos, que queda integrada en la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal.
Secretaría de Estado de Medio Ambiente
La nueva estructura orgánica establece como competencias de esta Secretaría de Estado la formulación de las políticas de calidad ambiental y la prevención de la contaminación y el cambio climático, la evaluación ambiental, el fomento del uso de tecnologías limpias y hábitos de consumo menos contaminantes y más sostenibles.
También le corresponden las políticas del Ministerio referentes a la protección del medio natural sin perjuicio de las competencias de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y de la Secretaría General de Pesca en la materia. Igualmente, entre sus competencias destacan la biodiversidad, la conservación y uso sostenible de los recursos naturales, así como la definición de los objetivos y programas derivados de la directiva marco del agua y la gestión directa del dominio público hidráulico.
Serán igualmente materias de su competencia las políticas sobre protección y conservación del mar y del dominio público marítimo-terrestre, y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de biodiversidad de los ecosistemas marinos.
De la Secretaría de Estado dependerán como órganos directivos:
La Oficina Española de Cambio Climático, con rango de dirección general, que a su vez contará con las Subdirecciones Generales de Coordinación de Acciones frente al Cambio Climático y la de Comercio de Emisiones y Mecanismos de Flexibilidad.La Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural, que asumirá la parte de competencias relativas a la conservación del Medio Natural y la Biodiversidad de la extinta Dirección general de Medio Natural y Política Forestal. Para su gestión contará con las Subdirecciones Generales de Residuos, de Calidad del Aire y Medio Ambiente Industrial, de Evaluación Ambiental y de Medio Natural.La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar, de la que dependerán las Subdirecciones Generales de Dominio Público Marítimo-Terrestre y de Protección de la Costa. De esta Dirección General dependerá la División para la Protección del Mar.La Dirección General del Agua, que contará para el desarrollo de sus funciones con las Subdirecciones Generales de Planificación y Uso Sostenible del Agua, de Programación Económica, de Infraestructuras y Tecnología, y de Gestión Integrada del Dominio Público Hidráulico.
A través de esta Dirección General quedan también adscritas al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente la Mancomunidad de los Canales de Taibilla y las Confederaciones Hidrográficas. Los presidentes de las Confederaciones Hidrográficas del Júcar, Tajo, Guadiana, Duero y Ebro tendrán el rango de Subdirectores Generales
Secretaría General de Agricultura y Alimentación
De esta Secretaría General dependerá el desarrollo y coordinación de relaciones multilaterales en el marco de las políticas agroalimentarias, la investigación e innovación en materia agroalimentaria y de regadíos, el sistema agroalimentario y el desarrollo sostenible del medio rural y del territorio y la política forestal.
Asimismo, le corresponderá la definición y ejecución de las políticas del Ministerio referentes a industrias y mercados alimentarios; recursos agrícolas y ganaderos; sanidad animal y vegetal; acuerdos sanitarios y fitosanitarios con terceros países; ordenación territorial; desarrollo sostenible del medio rural; cuestiones horizontales de la PAC y relaciones bilaterales y multilaterales en materia agroalimentaria.
Entre sus atribuciones se encuentran la determinación de los criterios para establecer la posición española ante la Unión Europea y en los Acuerdos de la Unión Europea con terceros países que tengan contenido agrario y alimentario. También, el desarrollo de las acciones dirigidas al fomento de los cultivos agroenergéticos con criterios de sostenibilidad y las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de los sectores agrario y alimentario. Depende de la Secretaria General la presidencia del Consejo Interministerial de Organismos Modificados Genéticamente.
De esta Secretaría General pasan a depender las siguientes Direcciones Generales:
La Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, que contará con las Subdirecciones Generales de Frutas y Hortalizas; Aceite de Oliva y Vitivinicultura; cultivos Herbáceos e Industriales; Productos Ganaderos; Medios de Producción Ganaderos; Medios de Producción Agrícolas y Oficina Española de Variedades Vegetales.La Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria que se segrega modificando su anterior rango de subdirección general y que contará con las Subdirecciones Generales de Sanidad e Higiene Animal y Trazabilidad, de Acuerdos Sanitarios y Control en Frontera, y de Sanidad e Higiene Vegetal y Forestal.La Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal que asume las competencias sobre materia forestal que se gestionaban en la desaparecida Dirección General de Medio Natural y Política Forestal, y las de regadíos que dependían de la Dirección General del Agua. Cuenta con las Subdirecciones Generales de Programación y Coordinación; de Modernización de Explotaciones; de Fomento del Desarrollo del Medio Rural; de Silvicultura y Montes y de Regadíos y Economía del Agua. Esta Dirección general tutelará también la Sociedad Estatal de Infraestructuras Agrarias (SEIASA).La Dirección General de la Industria Alimentaria que se hace cargo de parte de las competencias del FROM en lo relativo a las campañas de promoción de los productos de la pesca y de la acuicultura y en la que se integran la Subdirecciones Generales de Fomento Industrial e Innovación; de Estructura de la Cadena Alimentaria; de Calidad Diferenciada y Agricultura Ecológica; de Promoción Alimentaria y de Control y Laboratorios Alimentarios.Queda también adscrito a esta Secretaría General el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), que asume también funciones del FROM.
Secretaría General de Pesca
Forman parte de sus competencias las siguientes materias: la política en materia de pesca marítima en aguas exteriores y acuicultura, la ordenación básica del sector pesquero, las bases de la comercialización y transformación de los productos pesqueros, y la participación en la planificación de la política de investigación en materia de pesca.
También le corresponden las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en el sector pesquero. Ostenta las funciones relativas a los acuerdos pesqueros de la Unión Europea con terceros países, las derivadas de la participación de España, por sí o en el seno de la delegación de la Unión Europea, en organizaciones internacionales de pesca y la cooperación internacional en asuntos pesqueros y acuícolas en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
De esta Secretaría General dependen como órganos directivos
La Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura que cuenta con las Subdirecciones Generales de Caladero Nacional, Aguas Comunitarias y Acuicultura, Acuerdos Pesqueros y Organizaciones Regionales de Pesca y Protección de los Recursos Pesqueros.
La Dirección General de Ordenación Pesquera en la que se enmarcan las subdirecciones Generales de Política Estructural, de Economía Pesquera y de Control e Inspección.
Subsecretaría de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Corresponde a la Subsecretaría la asistencia al Ministro en las funciones de control de la actividad del Departamento, evaluando el funcionamiento del personal y de los servicios del Ministerio, así como el seguimiento de la contratación de obra pública de competencia del Ministerio.
Es también su competencia la asistencia para la preparación de las Conferencias Sectoriales, así como las relaciones institucionales con las organizaciones profesionales y otras entidades representativas de interés en los sectores medioambiental, agrario, alimentario y pesquero, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado y de las Secretarías Generales.
Igualmente, forman parte de sus cometidos la coordinación y análisis para la implantación de medidas ante situaciones excepcionales en los sectores agroalimentarios que impliquen la necesidad de establecer actuaciones de carácter financiero, laboral o fiscal; la dirección de la Oficina de Adversidades Climáticas y Medioambientales; el seguimiento, análisis y prospectiva de los aspectos sociales, económicos y ambientales vinculados con las distintas áreas estratégicas del departamento, así como la definición de los ejes directrices plurianuales que orientan los estudios del Departamento.
Dependen de la Subsecretaría con nivel de dirección general
La Secretaría General Técnica que cuenta a su vez con la Vicesecretaría General Técnica, la Subdirección General de legislación y Ordenación Normativa, la de Recursos y Relaciones Jurisdiccionales, la Subdirección General de Relaciones Internacionales y Asuntos Comunitarios y la de Estadísticas. También depende de esta Secretaría General la División de Estudios y Publicaciones.La Dirección General de Servicios con varias Subdirecciones Generales como la Oficina Presupuestaria, la Oficialía Mayor, la Subdirección General de recursos Humanos y la de Sistemas Informáticos y Comunicaciones.También dependen de la Subsecretaría como Subdirecciones Generales el Gabinete Técnico, la Inspección General de Servicios y la subdirección general de Análisis, Prospectiva y Coordinación. Asimismo, están adscritos al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Subsecretaría, la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA) y la Agencia para el Aceite de Oliva. Dependerá funcionalmente del Subsecretario el Centro Nacional de Educación Ambiental (CENEAM-Valsaín).

Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS CORTES DE LA CREACIÓN DEL MECANISMO DE ESTABILIDAD EUROPEO
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la Decisión del Consejo Europeo de 25 de marzo de 2011 que modifica el artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea en relación con un mecanismo de estabilidad para los Estados miembros cuya moneda es el euro, y ha solicitado su tramitación por el procedimiento de urgencia.
Ante el recrudecimiento de la crisis de deuda soberana a finales de 2010 y la posibilidad de que otros Estados de la zona euro pudieran verse obligados a solicitar apoyo financiero, se puso de manifiesto la necesidad de crear un mecanismo de estabilidad financiera de carácter permanente. Puesto que el actual Marco de Estabilidad financiera sólo estará vigente hasta mayo de 2013, el Consejo Europeo acordó crear en diciembre de 2010 un mecanismo de carácter permanente, denominado Mecanismo de Estabilidad Europeo. Para permitir el establecimiento de dicho Mecanismo, el Consejo Europeo acordó introducir una ligera modificación en el artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, de acuerdo con el procedimiento de revisión simplificado regulado en el artículo 48.6 del Tratado de la Unión Europea.
El Consejo Europeo adoptó el 25 de marzo de 2011 la Decisión por la que se añade al artículo 136 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea un nuevo apartado. Esta reforma permitirá la creación del nuevo Mecanismo de Estabilidad Europeo, ya acordado, con el que se busca reforzar la gobernanza económica y la vigilancia presupuestaria en los Estados miembros de la zona euro y se pretende que permita continuar con las funciones del actual mecanismo provisional que ha demostrado ser sumamente eficaz para salvaguardar la estabilidad de la zona euro y que, de lo contrario, expirará en mayo de 2013.

Fomento
AUTORIZADOS DOS CONTRATOS PARA LA CONSERVACIÓN DE CARRETERAS EN SEVILLA Y ALBACETE
El Consejo de Ministros ha autorizado dos contratos de servicios para la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en varias vías de las provincias de Sevilla y Albacete, por un importe conjunto de 39.967.627,98 euros.
El objetivo de estas obras es mejorar el servicio que se presta a los usuarios de las carreteras, incrementando la seguridad vial.
Sevilla
El primero de los contratos autorizados, por importe de 19.868.801,28 euros, se refiere a la ejecución de diversas operaciones de conservación y explotación en las siguientes carreteras de la provincia de Sevilla:
Autovía A-4(p.k. 435,700 a p.k. 536,700 (L.P. Córdoba-SE-30)N-IVa(p.k. 504,000 a p.k. 511,000 (Accesos y travesía de Carmona).N-339 (Acceso al Aeropuerto de Sevilla).Albacete
El segundo contrato autorizado por el Consejo de Ministros, por importe de 20.098.826,70 euros, contempla también la ejecución de operaciones de conservación y explotación en las siguientes carreteras en la provincia de Albacete:
A-35 Autovía de Almansa-Xátiva (p.k. 0 a p.k. 8,500).A-43 Autovía de Extremadura-Comunidad Valenciana (p.k. 106,986 a p.k. 143,159).N-301, Madrid-Cartagena (p.k. 193,880 a p.k. 210,300).N-310, Ciudad Real a Valencia. (p.k. 111,000 a p.k. 145,000).N-330, Alicante a Francia (p.k. 93,460 a p.k. 99,056).N-344, Almería a Valencia (p.k. 105,400 a p.k. 118,500).N-430a, Travesía de Almansa (p.k. 589,820 a p.k. 595,460).Descripción de los trabajos
Entre los trabajos que deberán realizarse en estas vías se encuentran los servicios de comunicaciones; servicios de vigilancia; atención a accidentes; mantenimiento de los elementos de la carretera; servicios de vialidad invernal; mantenimiento sistemático de las instalaciones de suministro de energía eléctrica; alumbrado; ventilación y control de túneles; señalización variable y semaforización.
Además, se incluyen las labores de establecimiento de inventarios y reconocimientos de estado; agenda de información de estado y funcionamiento de la carretera; programación; coordinación; seguimiento e información de la ejecución de los trabajos; actuaciones de apoyo a la explotación; estudios de accidentalidad e informes de seguridad vial.
Asimismo, se realizarán los trabajos de desbroce, fresados y reposición del firme, limpieza de cunetas y, en general, todas las labores de conservación ordinaria de las vías.

Asuntos Exteriores y de Cooperación
REMISIÓN A LAS CORTES DE LA DENUNCIA DE ACUERDOS INTERNACIONALES SOBRE DEPÓSITOS DE DIBUJOS Y MODELOS INDUSTRIALES
El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales de la denuncia del Acta de Londres al Arreglo de la Haya, de 6 de noviembre de 1925, relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales, hecha en Londres el 2 de junio de 1934, así como del Acta adicional de Mónaco al Arreglo de la Haya, relativo al depósito internacional de dibujos y modelos industriales, de 6 de noviembre de 1925, revisado en Londres el 2 de junio de 1934, hecha en Mónaco el 18 de noviembre de 1961. El Consejo de Ministros había aprobado ya el pasado 29 de julio la denuncia y la remisión a las Cortes, cuya tramitación parlamentaria decayó por la disolución de las Cámaras.
El Consejo de Ministros da así cumplimiento a lo acordado en 2009 por los Estados miembros del Acta de Londres con objeto de eliminar normas obsoletas dentro de los tratados administrados por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Asuntos Exteriores y de Cooperación
ENMIENDAS AL CONVENIO SOBRE NORMAS DE FORMACIÓN, TITULACIÓN Y GUARDIA PARA LA GENTE DEL MAR
El Consejo de Ministros ha tomado conocimiento de las Enmiendas de Manila de 2010 al Anexo del Convenio internacional sobre Normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar (Convenio de Formación, 1978), aprobadas mediante la Resolución 1 de la Conferencia de las Partes en el Convenio Internacional sobre normas de Formación, Titulación y Guardia para la Gente del Mar.
España es miembro del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar de 1978, que prevé que las partes firmantes promulguen la legislación pertinente y tomen las medidas precisas para la gente de mar enrolada en los buques tenga la competencia y la aptitud debidas para desempeñar sus funciones. De esta manera, se pretende garantizar la seguridad de la vida humana y de los bienes en el mar, así como de la protección del medio marino.
Las Enmiendas de Manila de 2010 al Anexo del Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar de 1978 fueron adoptadas el 25 de junio de 2010 en Manila y se considerarán aceptadas el 1 de julio de 2011 salvo que un tercio de los países en el Convenio o un número de países cuyas flotas mercantes combinadas representen, como mínimo, el 50 por 100 del tonelaje bruto de la flota mundial de buques mercantes hubieran notificado al Secretario General de la Organización Marítima Internacional su rechazo.
Estas Enmiendas afectan sustancialmente y obligan a la revisión de la siguiente normativa: Orden de 21 de junio de 2001, sobre tarjetas profesionales de la marina mercante; Orden de 4 de septiembre de 2002, por la que se regulan los programas de formación de los títulos profesionales de marineros de puente y de máquinas y de patrón portuario, así como los certificados de especialidad acreditativos de la competencia profesional, y Real Decreto de 12 de junio de 2009, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.

BIOGRAFÍASEconomía y Competitividad
Presidenta del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.-
Dª ANA MARÍA MARTÍNEZ-PINA GARCÍA.
Nacida el 18 de julio de 1971 en Barcelona, es Licenciada en Derecho y pertenece al Cuerpo Superior de Inspectores de Seguros del Estado.
Ha estado destinada en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y desde 2003, en el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, donde ha sido subdirectora general adjunta de Normalización y Técnica Contable y Secretaria del Comité Consultivo de Contabilidad. Ha sido miembro de los grupos de trabajo encargados de elaborar el Plan General de Contabilidad, las Normas para la Formulación de las Cuentas Anuales Consolidadas, las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las empresas concesionarias de infraestructuras públicas y las Normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.
Sanidad, Servicios Sociales e IgualdadDirector del Instituto de Salud Carlos III
D. JOAQUÍN ROBERTO ARENAS BARBERO
Nacido el 4 de enero de 1956 en Madrid, es Licenciado en Farmacia y Doctor en Medicina. Profesor Asociado del Departamento de Medicina de la Universidad Complutense.
Después de trabajar en el Hospital 12 de Octubre de Madrid, en el Instituto Carlo Besta de Milán y en la Universidad de Columbia, en Madrid fue jefe del Laboratorio de Enfermedades Neurometabólicas del Hospital 12 de Octubre, jefe del Servicio de Bioquímica Clínica del Hospital Gregorio Marañón, subdirector médico de Investigación y Docencia y director de la Fundación del Hospital 12 de Octubre. Ha sido director del área de investigación de la Agencia Laín Entralgo de la Comunidad de Madrid. Desde 2005 es subdirector general de Evaluación y Fomento de la Investigación y, además, desde 2008 es subdirector general de Redes y Centros de Investigación Cooperativa por designación de la Dirección del Instituto de Salud de Carlos III.