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¿Somos aparejadores los aparejadores?

¿Somos aparejadores los aparejadores?

viernes 19 de octubre de 2012, 11:13h

Desde hace unas décadas pertenecemos a la Unión Europea. Como tal, se han ido marcando una serie de Leyes y directrices para los estados miembros, que permitan converger en una única dirección. Dentro de estas directrices, en el año 1999 se firmó el convenio, acuerdo o tratado de "Bolonia", que se puede resumir sustancialmente en, "los países debían adoptar medidas y modos compatibles que garantizaran que los títulos fueran comparables y   convalidados".

Mientras algunos países de la Unión Europea comienzan a modificar planes de estudios y adaptarse a dichas medidas, España como siempre se queda rezagada. Finalmente, las universidades españolas comienzan a modificar planes de estudios y ofertar nuevas titulaciones, todos se denominarán "GRADO en". 

Naturalmente afectará a nuestro título de Arquitecto Técnico. Todas las "Escuelas" pertenecientes a universidades públicas, así como las privadas, modifican sus planes de estudios de acuerdo a las exigencias europeas y comienzan a expedirse títulos de Grado de Ingeniero en Edificación -todo ello aprobado por el Ministerio de Educación y la ANECA-, que habilitan el ejercicio de la profesión de Arquitecto Técnico. 

Con los nuevos titulados, los colegios profesionales cambian estatutos y añaden a su colectivo dicha denominación. Hasta aquí todo trascurre con cierta normalidad. Sin embargo en un país tan singular como es el nuestro, comienza cierto ronroneo y malestar dentro de otros colectivos profesionales, que llevan a denuncias, sentencias e impugnaciones de tribunales de justicia relativos a la designación del título de Ingeniero en Edificación.

Es así como en el Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales. Según acuerdo de Consejo de Ministros del 14 de diciembre de 2007, donde establecen las condiciones que deberán adecuarse los planes de estudio conducentes a la obtención de títulos que habilitan para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto Técnico.

 No pretendemos argumentar razones -que no nos faltarían y son muchas- para defender el título de Ingeniero de Edificación, pues independientemente del nuevo nombre, llámese en un futuro Ingeniero de Construcción, Ingeniero en Arquitectura Técnica, Civil o lo que sea. Lo más importante es el término de GRADO, pues en definitiva será el que nos permita converger en el marco europeo.

José Antonio de la Vega

 Presidente del Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Toledo

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