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Para optar a un empleo había que suscribir participaciones sociales de su empresa

Condena para el empresario que ofrecía empleo previo pago de 10.000 euros

viernes 26 de abril de 2013, 14:46h

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Granada ha condenado a un año, nueve meses y un día de prisión al gerente de una agencia de seguros constituida en Ciudad Real, Jesús R.A., por estafar a trabajadores tras ofrecerles un empleo estable a cambio de que suscribieran participaciones sociales de su empresa por importe equivalente a 10.000 euros.

 Además, tendrá que hacer frente al pago de indemnizaciones a dos de los empleados estafados, en las cantidades de 13.514 euros y 12.828 euros respectivamente, con la responsabilidad civil subsidiaria de la empresa, Identificación de Riesgos Sociedad de Agencia de Seguros S.L.(IRSA).

   El tribunal le atribuye un delito de estafa continuado, pero le absuelve del de falsedad documental y contra los derechos de los trabajadores que le imputaba inicialmente la acusación particular, ejercida por los dos denunciantes. Asimismo, aunque en un primer momento estaba acusada su esposa, como administradora de la agencia, y el responsable para la zona de Andalucía, éstos han quedado absueltos al entender que no ha quedado acreditada su participación y conocimiento de los hechos delictivos.

   En la sentencia ahora dictada,  los magistrados consideran probado que a finales de 2007 y durante el 2008, Jesús R.A., que llevaba toda la gestión de la empresa, dedicada a la comercialización y asesoramiento en materia de seguros, ideó, "con la finalidad de obtener dinero efectivo para sus fines privados", un plan para expandir la agencia, constituida en Ciudad Real, por la zona de Andalucía.

   Para ello, procedió a captar personas que, ante la oferta de un puesto de trabajo de duración indefinida, aceptaron, comprando la participación social de 10.000 euros, que era requisito previo para la firma del contrato y sin que el acusado "tuviera intención de continuar con la empresa ni de cumplir los contratos laborales suscritos".

   Con este fin, llevó a cabo una ampliación de capital social ante un notario de Ciudad Real, quedando éste dividido en 248 participaciones de 60,11 euros cada una, asumiendo el acusado, que era apoderado de la empresa, 99 de ellas. Así, un hombre, que era agente de seguros, acudió a la entrevista que le hizo el encausado en la Línea de la Concepción, en Cádiz, y decidió contratar con la misma, para lo que entregó 10.000 euros. El puesto que se le ofreció fue el de director regional, pero sólo trabajó de mayo a noviembre de 2008, cuando fue despedido.  

   En Granada, otro hombre que trabajaba en las oficinas de Fiat firmó el contrato de trabajo el 26 de mayo de 2008, tras haber comprado su participación de 10.000 euros, pero fue despedido el 27 de octubre de ese mismo año por los "malos resultados obtenidos". Por otra parte, otra mujer entró a trabajar en la oficina de Santa Fe de la empresa y también tuvo que pagar 10.000 euros, aunque fue despedida un mes más tarde de que fuera contratada.

   Los tres reclamaron en vía laboral por despido improcedente, y sus demandas fueron estimadas. Los dos últimos reclamaron además por burofax la devolución de los 10.000 euros, pero la empresa, que cerró a finales de 2008, no atendió a sus peticiones.

   Los magistrados consideran que el inculpado llevó a cabo una "maniobra torticera" con una oferta de trabajo bien remunerado, y que, aprovechando sus conocimientos en la materia de gestión de seguros, revistió todo el "plan urdido" con una apariencia de legalidad, aunque en realidad lo que le interesaba era "obtener el dinero" de sus víctimas.

   Contra la sentencia, de fecha 8 de abril de 2013, cabe la interposición de recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS).

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