www.diariocritico.com

Referencia del Consejo de Ministros - 08/02/2008

viernes 08 de febrero de 2008, 14:39h

viernes, 08 de febrero de 2008

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de doce cualificaciones profesionales de la familia profesional instalación y mantenimiento.
  • REAL DECRETO por el que se determinan y clasifican las especialidades en ciencias de la salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal Antidopaje.
  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Meteorología.
  • REAL DECRETO por el que se establece el procedimiento de integración en la condición de personal estatutario del personal laboral de la Red Hospitalaria de la Defensa.
  • REAL DECRETO de ordenación del diario oficial "Boletín Oficial del Estado".
  • ACUERDO por el que se autoriza en el ejercicio 2008 una dotación y materialización al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del convenio de colaboración entre los Ministerios de Defensa y de Vivienda para impulsar la urbanización de suelo para vivienda protegida.

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento por el que se desarrollan las exenciones fiscales relativas a la Organización del Tratado del Atlántico Norte, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte de dicho Tratado y se establece el procedimiento para su aplicación.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Andalucía.

  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Aragón.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica del Principado de Asturias.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Canarias.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Cantabria.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Castilla-La Mancha.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Castilla y León.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Extremadura.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de Galicia.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de la Región de Murcia.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunitat Valenciana.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de la Ciudad de Ceuta.
  • REAL DECRETO por el que se delimita la zona de promoción económica de la Ciudad de Melilla.
  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia por importe de 1.518.106,08 euros, para financiar la compensación de bienes del patrimonio sindical histórico, de conformidad con lo regulado en la Ley 4/1986, de 8 de enero, de cesión de bienes del patrimonio sindical acumulado, modificada por el Real Decreto Ley 13/2005, y se concede un crédito extraordinario en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
  • ACUERDO por el que se autoriza una transferencia de crédito al Ministerio de Economía y Hacienda, con la finalidad de gestionar el Fondo de Garantía del Pago de Alimentos, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1618/2007, de 7 de diciembre.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación de los medios de comunicación masivos para las campañas publicitarias de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para posibilitar la firma de un Acuerdo Marco con la sociedad Hisdesat Servicios Estratégicos, S.A., para la definición e implantación de un sistema de observación de la tierra a través de un satélite radar.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Panamá sobre el libre ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes del personal diplomático, consular, administrativo y técnico de Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum del Convenio entre los Gobiernos del Reino de España y de la República de Senegal sobre cooperación en materia de lucha contra la delincuencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Canje de Cartas entre el Reino de España y las Naciones Unidas por el que se autoriza el Acuerdo de sede de la reunión informal preparatoria de la séptima sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas de Naciones Unidas, y su aplicación provisional.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Bangladesh, por importe de 30.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Méjico, por importe de 400.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Méjico, por importe de 350.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Méjico, por importe de 200.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a Nicaragua, por importe de 575.000 euros.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ayuda humanitaria de emergencia a la República Dominicana y Haití, por importe de 150.000 euros.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 685/2005, de 10 de junio, sobre publicidad de resoluciones concursales y el Reglamento del Registro Mercantil aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, en materia de publicidad registral de las resoluciones concursales.
  • REAL DECRETO por el que se dispone la creación y constitución de 10 Juzgados de Primera Instancia dentro de la programación para el año 2008.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Esther Levy Nahon.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Silvia Bentes Elfassy.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Jose Albo Edery.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a D. Elias Cohen Serfaty.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Sol Anahory Salama.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Suzy Bensicsu Anidjar.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Chita Alegria Barchilon Benaim.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Mercedes Azancot Azancot.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Flora Serfaty Serfaty.
  • REAL DECRETO por el que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a Dª Hanna Goldenberg de Bentata.
  • ACUERDO por el que decide la entrega en extradición a las autoridades de Marruecos de Mohammed Akazim por delito de pertenencia a organización terrorista.

Defensa

  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación de los servicios de telecomunicaciones de propósito general del Ministerio de Defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Gerencia de Infraestructura y Equipamiento de la Defensa la enajenación por subasta de la propiedad denominada "Terrenos de la línea de tiro de artillería", término municipal de Boadilla del Monte (Madrid).
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión extranjera de Dª Marianna y D. Mariano Pravisani en la sociedad española Maxamcorp, S.A.U., para poder realizar actividades relacionadas con la defensa.
  • ACUERDO por el que se autoriza la inversión de la sociedad Honeywell International Inc., de nacionalidad estadounidense, en su filial española Honeywell, S.L., para realizar actividades relacionadas con la defensa nacional.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de suministro de tres buques remolcadores de altura especializados en salvamento marítimo.

Educación y Ciencia

  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Construcciones Metálicas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico Superior en Química Industrial y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Carrocería y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Instalaciones Eléctricas y Automáticas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • REAL DECRETO por el que se establece el título de Técnico en Planta Química y se fijan sus enseñanzas mínimas.
  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que se deberán adecuar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Fisioterapeuta.
  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que se deberán adecuar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Enfermería.
  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que se deberán adecuar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Farmacéutico.
  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que se deberán adecuar los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de la profesión regulada de Dentista.

Trabajo y Asuntos Sociales

  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 6/2008, de 11 de enero, sobre determinación del nivel mínimo de protección garantizado a los beneficiarios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en el ejercicio 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) la suscripción de un Convenio Marco de colaboración con la Fundación ONCE, para desarrollar un programa de accesibilidad universal.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se establece el régimen de ayudas de los costes derivados de las labores de cese, abandono y rehabilitación de antiguas zonas de extracción de carbón.


Sanidad y Consumo

  • ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio 2008 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante de créditos, por importe de 21.962.750 euros, entre Comunidades Autónomas para la financiación de estrategias de salud destinados a actuaciones de calidad y seguridad de pacientes, estrategias en salud, salud perinatal, y sistemas de información.
  • INFORME sobre el resultado del estudio antropométrico promovido por el Ministerio de Sanidad y Consumo.

Medio Ambiente

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre la Confederación Hidrográfica del Guadiana, la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Badajoz para la ejecución y financiación del proyecto de ordenación hidrológico-ambiental del río Guadiana en Badajoz.

Vivienda

  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las obras de emergencia en el Palacio de don Fernando de la Cerda, Convento de Carmelitas de San José (Toledo).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia de rehabilitación del Teatro Ramos Carrión (Zamora).
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reparación de cubiertas del Santuario de La Peregrina, Sahagún (León).
  • ACUERDO por el que se toma razón de la ampliación de las obras de emergencia en el Convento de las Trinitarias, El Toboso (Toledo).
  • INFORME sobre el balance de las medidas de apoyo a la emancipación e impulso del alquiler.


ACUERDOS DE PERSONAL

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República del Salvador a D. JOSÉ JAVIER GÓMEZ-LLERA Y GARCÍA-NAVA .


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Trabajo y Asuntos Sociales

APROBADA UNA DOTACIÓN DE 4.700 MILLONES DE EUROS AL FONDO DE RESERVA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

  • La cuantía del Fondo alcanza ya 50.890,43 millones de euros y equivale al 4,84 por 100 del Producto Interior Bruto.
  • Con el volumen actual se podría abonar durante casi nueve meses la nómina de pensiones.

El Consejo de Ministros ha acordado ampliar la cuantía del Fondo de Reserva de la Seguridad Social con una dotación de 4.700 millones de euros.

La Tesorería de la Seguridad Social es la encargada de materializar la nueva dotación de 4.700 millones de euros, la mayor de las que se han efectuado hasta la fecha, y que eleva la cuantía del Fondo a 50.890,43 millones de euros, cifra con la que se podría abonar durante casi nueve meses la nómina de pensiones.

Tras esta dotación, el volumen del Fondo de Reserva equivale al 4,84 por 100 del Producto Interior Bruto, según la estimación del PIB 2007 (1.051.092 millones de euros), en base a los datos de la Actualización del Programa de Estabilidad de España 2007-2010.

La Ley de 29 de septiembre de 2003, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, establece en su artículo 1 que los excedentes de ingresos que tengan carácter contributivo y que resulten de la liquidación de los presupuestos de la Seguridad Social de cada ejercicio, se aplicarán, prioritaria y mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema de la Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

Actualmente, el importe del excedente presupuestario provisional de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes del ejercicio 2007, determinado a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social por la Intervención General de la Seguridad Social, se cifra en 9.899,25 millones de euros, que, junto con los excedentes producidos desde 1999, sitúa el importe total del excedente a 31 de diciembre de 2007, a efectos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social, en 53.319,77 millones de euros.

Esta decisión eleva la dotación al Fondo al 85,66 por 100 del resultado presupuestario acumulado de las Entidades Gestoras y Servicios Comunes, es decir, acentúa la prioridad de destinar al mismo los excedentes del nivel contributivo del Sistema de la Seguridad Social.

De la cuantía total que alcanza hoy el Fondo de Reserva, 50.890,43 millones de euros, 45.672,92 millones de euros corresponden a las distintas dotaciones con cargo a excedentes presupuestarios realizadas desde el ejercicio 2000 hasta el día de hoy; 177,18 millones de euros al exceso de excedentes derivado de la gestión, por parte de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, de la prestación de Incapacidad Temporal por contingencias comunes; y 5.040,33 millones de euros corresponden a los rendimientos netos obtenidos hasta la fecha de hoy por la inversión del Fondo en activos financieros públicos.

Inversión del Fondo

En la actualidad, la práctica totalidad del Fondo de Reserva está invertido en activos financieros públicos por un importe, a precio de adquisición, de 43.591,07 millones de euros. La cartera de activos, además de los emitidos por el Reino de España (51,01 por 100 sobre el total) incluye también deuda no española de los siguientes Estados: Alemania, Francia y Países Bajos (48,99 por 100 sobre el total).

El importe depositado en la cuenta del Fondo de Reserva en el Banco de España, junto con la dotación aprobada y los rendimientos que vaya generando, será invertido próximamente por la Tesorería General de la Seguridad Social en activos financieros públicos.

Los activos financieros públicos en que se invierta esta nueva dotación tendrán la composición, vencimiento y características que determine el Comité de Gestión del Fondo de Reserva con el asesoramiento de la Comisión Asesora de Inversiones del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Su adquisición se efectuará por el Banco de España, que actuará como agente.

SITUACIÓN DEL FONDO DE RESERVA A 8 DE FEBRERO DE 2008

(previa al Acuerdo del Consejo de Ministros)

Tabla del Fondo de Reserva

Defensa y Vivienda

CONVENIO ENTRE DEFENSA Y VIVIENDA PARA IMPULSAR LA VIVIENDA PROTEGIDA

  • Las cinco primeras actuaciones en Madrid, Sevilla y Valencia suponen una inversión de 77 millones de euros.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se autoriza la firma de un convenio de colaboración entre los Ministerios de Defensa y Vivienda por el que se impulsará la urbanización de suelo para vivienda protegida. El convenio entre los operadores públicos de suelo de ambos Departamentos abundará en el paquete de medidas de apoyo a la emancipación y al impulso del alquiler aprobado en Consejo de Ministros el pasado septiembre y pondrá en marcha una nueva línea de trabajo conjunto entre ambas carteras.

Gracias a este protocolo, Defensa enajena directamente a SEPES, operador público de suelo del Ministerio de Vivienda, la edificabilidad para vivienda protegida de las actuaciones que así se acuerden y le encomienda al tiempo la gestión urbanística. Una vez urbanizados los solares y listos para ser edificados, SEPES se quedará con los dedicados a vivienda protegida, de los cuales destinará una parte al alquiler, preferentemente de familias con rentas bajas y jóvenes.

De esta forma, el Estado compromete su suelo preferentemente para VPO al tiempo que se encarga de la gestión, financiación e inversiones necesarias para su puesta a disposición de los españoles. Así se logra el doble objetivo de consolidar la política estatal de vivienda al tiempo que se obtienen recursos que permiten financiar los Planes de Inversión de las Fuerzas Armadas. Un grupo de trabajo de nueva creación, mantendrá el intercambio constante de información entre ambos Ministerios para facilitar operaciones futuras.

Primeras actuaciones

Las primeras actuaciones acordadas en este convenio se desarrollarán en Madrid, Valencia y Sevilla. Sólo en compra de suelo por parte del Ministerio de Vivienda estas cinco intervenciones suponen una inversión de 77 millones de euros, con lo que se logrará poner en valor suelo para más de 2.000 viviendas protegidas, de las que al menos el 30 por 100 serán de alquiler. En todos los casos se trata de espacios céntricos, que ahora podrán dotarse de viviendas con alguna figura de protección, zonas verdes y servicios, respondiendo a las reclamaciones históricas de los vecinos. Las tres ciudades convertirán así espacios hoy cerrados en núcleos abiertos a todos los ciudadanos. Los terrenos beneficiados por este protocolo son:

  • Valencia:
  • Parque Central de Ingenieros y Almacén de Intendencia: la edificabilidad destinada a viviendas de protección pública es de 23.764,08 metros cuadrados, compatible en planta baja con locales comerciales. (De esta edificabilidad, 18.764,16 metros cuadrados corresponden a Defensa). La edificabilidad está valorada en 5.360.908,73 euros.
  • Parque de Artillería y Maestranza de Artillería: la edificabilidad destinada a VPO es de 37.253 metros cuadrados, también compatible con planta baja para uso comercial. (26.281,199 metros cuadrados de esa edificabilidad corresponden a Defensa). La edificabilidad está valorada en 9.992.410,20 euros.
  • Madrid:
  • Parque Central de Ingenieros de Villaverde: la edificabilidad máxima es la establecida como edificabilidad de uso lucrativo (193.152 metros cuadrados), de la cual 108.864 metros cuadrados se destinarán a vivienda de promoción pública, en virtud del acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de noviembre de 2006. La edificabilidad está valorada en 46.998.323,87 euros.
  • Sevilla:
  • Cuartel de Artillería Daoiz y Velarde: la edificabilidad destinada a la construcción de viviendas de protección pública es de 44.098 metros cuadrados, compatible con planta baja de uso comercial. (El 90 por 100 de esa edificabilidad pertenece al Ministerio de Defensa, es decir, 39.688,20 metros cuadrados). La edificabilidad está valorada en 11.652.384 euros.
  • Cuartel de Monterrey, Santa Bárbara: La edificabilidad destinada a vivienda de promoción pública es de 10.120 metros cuadrados, compatible con planta baja de uso comercial. (8.634,22 metros cuadrados corresponden a Defensa). La edificabilidad está valorada en 3.217.334 euros.


Vivienda

INFORME SOBRE MEDIDAS DE APOYO A LA EMANCIPACIÓN E IMPULSO AL ALQUILER

Cuatro meses después de la aprobación y presentación del Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso al Alquiler, el Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de la Vivienda sobre el avance y resultado de cada una de las medidas contempladas en este Plan, al que el Consejo de Ministros dio el visto bueno el pasado 28 de septiembre, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda en alquiler a los jóvenes para permitir su emancipación y dinamizar el mercado del alquiler, que en España representa un escaso porcentaje en comparación con el resto de Europa.

Así, en cuanto a la Renta Básica de Emancipación que contempla una ayuda directa de 210 euros al mes para el pago del alquiler, más 600 euros de préstamo para la fianza y 120 euros para el coste de un aval, los datos reflejan que en su primer mes de funcionamiento (desde el pasado 2 de enero) se han presentado 33.199 solicitudes, de las que ya se han resuelto 1.932. Los pagos empezarán a realizarse durante este mes de febrero y la estimación es que, en su primer año en vigor, permita beneficiarse a 360.000 jóvenes.

El Plan de Impulso al Alquiler contempla también una deducción fiscal del 10,05 por 100 para todos los inquilinos cuya base imponible sea inferior a 24.020 euros anuales. Esta deducción, compatible con la Renta Básica de Emancipación y con las ayudas a inquilinos del Plan Estatal de Vivienda, está en vigor desde el pasado 1 de enero de 2008 y se estima que durante el primer año se podrán beneficiar 700.000 familias.

En cuanto a la flexibilización del Plan Estatal de Vivienda, en lo concerniente a los inquilinos, el pasado 11 de enero se aprobó la reforma del Plan que incluye la flexibilización de las ayudas para inquilinos para facilitar el acceso a las mismas de un mayor número de familias, eliminando las restricciones del precio del alquiler y los condicionantes de superficie máxima de la vivienda, contemplados en las ayudas vigentes de hasta un máximo de 240 euros al mes (2.880 euros anuales) para el pago del alquiler durante un máximo de dos años.

Propietarios y promotores

Con respecto a los propietarios, el Plan Estatal de Vivienda contempla una subvención de 6.000 euros para los propietarios de viviendas vacías que las pongan en alquiler, ayuda que es compatible con la exención fiscal del 50 por 100 en todos los casos y del 100 por 100 para alquileres a menores de 35 años. La reforma del Plan realizada el pasado 11 de enero elimina los condicionantes de superficie máxima de la vivienda a alquilar, eleva el importe de la renta que pueden percibir por el alquiler y amplía esta ayuda a los promotores que alquilen viviendas nuevas que lleven más de un año puestas a la venta.

La reforma del Plan también incluye medidas de estímulo para los promotores que construyan viviendas protegidas para alquiler. Así, se unifican los precios máximos de venta de las viviendas protegidas en todo el país; se aumenta el período de carencia de los préstamos hasta los cuatro años, ampliable hasta los diez años; se crea la figura del alquiler protegido con opción a compra; se incluye la posibilidad de incluir entre las viviendas de renta concertada aquellas viviendas libres de nueva construcción que lleven más de un año en venta y se prioriza la construcción de vivienda en alquiler en procesos de remodelación y renovación urbana.

Para estimular la construcción de vivienda protegida en alquiler se reduce el IVA y se amplían los beneficios para Sociedades y Fondos de Inversión Inmobiliarias que promuevan vivienda protegida en alquiler. Así se aplicará un IVA superreducido (del 4 por 100) a las viviendas de nueva construcción destinadas al alquiler de renta básica a 25 años y próximamente se modificará el Reglamento de Instituciones de Inversión Colectiva para que las sociedades y fondos de inversión inmobiliaria puedan acogerse a la tributación del 1 por 100 del Impuesto de Sociedades con una capacidad de financiación ajena que pasa del 50 por 100 al 80 por 100 del total.

Juzgados

En cuanto a la agilización de los desahucios, el Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso al Alquiler contempla la creación de nuevos juzgados para mejorar los tiempos de resolución de los desahucios y la puesta en marcha de una experiencia piloto en Murcia para la mejora y ampliación de los medios judiciales para agilizar la ejecución de la sentencia del desahucio. Hoy, el Gobierno ha autorizado en el Consejo de Ministros la creación de 10 juzgados para reforzar los municipios con mayor saturación. Estos juzgados se situarán 6 en Madrid, 1 en Valencia, 1 en Málaga, 1 en Las Palmas de Gran Canaria y 1 en L’Hospitalet de Llobregat. En cuanto a la experiencia piloto, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Murcia aprobó por unanimidad un Protocolo de Actuación para crear la Unidad de Desahucios, que está en funcionamiento desde finales de diciembre, consiguiendo que se reduzcan los plazos del desalojo del inmueble hasta los tres o cuatro meses

Además, con el objetivo de agilizar y hacer más efectivos los procesos por desahucio se ha propuesto la realización de una reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a encarar en la próxima Legislatura. Entre los ejes propuestos para la reforma están: mejora y agilización de las comunicaciones procesales, ejecución de sentencias que comprenda la totalidad de las rentas devengadas y justicia gratuita.

El Plan de Apoyo a la Emancipación e Impulso al Alquiler, contempla también nuevas actuaciones de la Sociedad Pública de Alquiler, entendiendo la intermediación de la Sociedad a los grandes operadores privados, como fondos inmobiliarios, sociedades de arrendamientos y cooperativas, que gestionan viviendas en alquiler y el lanzamiento de un nuevo servicio para brindar mayor seguridad al mercado de alquiler, “Alquiler Seguro”, incluyendo seguros multirriesgo de impago y de asistencia jurídica. Hasta el momento, la Sociedad Pública de Alquiler ha recibido 6.800 viviendas de promotoras y de fondos inmobiliarios para la gestión de su alquiler y el producto Alquiler Seguro se puso en marcha el 29 de noviembre de 2007.

En cuanto a la Profesionalización de la intermediación, el Consejo de Ministros del 28 de septiembre de 2007 aprobó los Estatutos del Consejo General de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria con el objetivo de impulsar la profesionalización del sector y la mejora de la intermediación.

Suelo

Por último, las nuevas actuaciones de suelo, el 17 de enero de 2008 se firmó el acuerdo de colaboración entre SEPES (la Empresa Pública de Suelo del Ministerio de Vivienda) y la FEMP (Federación Española de Municipios y Provincias) para promover la urbanización de suelo destinado a la construcción de vivienda protegida en alquiler. Además, el Consejo de Ministros de hoy ha aprobado un protocolo de colaboración entre SEPES y el Ministerio de Defensa, por el que se desarrollará vivienda protegida en alquiler en actuaciones en Madrid, Valencia y Sevilla para aumentar el parque de vivienda protegida en régimen de compra y alquiler. En cuanto a la utilización de parte del suelo del “Proyecto VIVA” y otros suelos residenciales de SEPES para la construcción de vivienda protegida en alquiler, la Entidad Pública Empresarial de Suelo ha firmado ya acuerdos para la construcción de más de 23.000 viviendas protegidas, incluyendo más de 700 viviendas del “Proyecto Viva”.

(EVALUACIÓN MEDIDAS DE APOYO A LA EMANCIPACION)


Sanidad y Consumo

INFORME SOBRE ESTUDIO ANTROPOMÉTRICO DE LA POBLACIÓN FEMENINA

El Consejo de Ministros ha recibido un Informe del Ministro de Sanidad y Consumo sobre el Estudio Antropométrico de la Población Femenina en España, elaborado en el último año por el Instituto Nacional del Consumo y cuyos resultados ha presentado hoy el Ministro de Sanidad y Consumo, y que constituye un punto de partida para elaborar un nuevo patronaje para el sector textil y de la confección.

Las tallas actuales de la ropa, con modelos definidos antes del 1975, no se adecúan al perfil físico actual de las mujeres en España. Esta hipótesis fue la que llevó al Ministerio de Sanidad y Consumo a iniciar hace un año el Estudio Antropométrico. Ahora, la hipótesis es una certeza gracias a los resultados del estudio. El 41por 100 de las mujeres que han participado en la medición confiesa que tiene problemas siempre (10 por 100) o algunas veces (30 por 100) con las tallas de la ropa. De ellas, un 43 por 100 dice que se enfrenta a prendas pequeñas para su cuerpo y un 22 por 100 grandes. La dificultad para un 8 por 100 de las encuestadas es que su talla es muy común, lo que les complica encontrarla.

Colaboración del sector

La elaboración del Estudio Antropométrico forma parte del acuerdo suscrito en 2007 por el Ministerio de Sanidad y Consumo con las asociaciones y empresas de los sectores de confección, distribución, diseño de moda y género de punto en España. El objetivo es definir la forma y dimensiones del cuerpo de la mujer española y, partiendo de la norma EN 13402-3-2004, desarrollar un sistema de patronaje homogéneo, adaptado a las usuarias, que puedan utilizar todos los diseñadores, fabricantes y distribuidores.

Esa norma de designación de tallas para prendas de vestir, elaborada por la Unión Europea, es un texto de orientación para la industria textil. El texto no es de obligado cumplimiento y promueve la implantación de un sistema de patronaje basado en la consideración de tres parámetros: perímetro de busto, cintura y cadera, en función de la estatura.

Además, con la elaboración del estudio también se promueve una imagen de belleza saludable adaptando los maniquíes de pasarela y escaparate a las dimensiones de la población real.

Para elaborar el estudio se definió una muestra de 10.415 mujeres, divididas en diez grupos de edad, de manera que cada uno de ellos fuera representativo de la población española en ese intervalo:

  • Cuatro segmentos entre 12 y 19 años, las edades en las que más cambia el cuerpo de la mujer.
  • Otros dos entre los 20 y los 25.
  • Y los cuatro restantes, por décadas, hasta los 70 años.

Estas mujeres, citadas aleatoriamente según el diseño muestral, residen en las 59 localidades españolas en las que se han realizado las mediciones.

Las medidas, tomadas durante casi cinco meses, se efectuaron en seis cabinas de medición del Instituto Biomecánico de Valencia, que calculan automáticamente 130 medidas en 30 segundos. Esta innovadora técnica permite obtener la forma del cuerpo en tres dimensiones, lo que facilita, en una segunda fase, lograr prácticamente cualquier dato métrico sobre la muestra estudiada.

Morfotipos que no se habían catalogado nunca

El objetivo del estudio se ha logrado. Sus resultados, sobre el conjunto de medidas de perímetro de pecho, cintura y cadera en relación con la estatura, desvelan la existencia de tres morfotipos generalizados entre la población femenina en España. Son tipos que no se habían catalogado hasta ahora, ya que la anatomía siempre ha establecido categorías científicas en función del sexo masculino.

Por primera vez, y en virtud del compromiso del Gobierno de España con las cuestiones de salud y género, se puede establecer que el cuerpo de la mujer española responde a tres categorías distintas según su forma anatómica: diábolo, campana y cilindro.

Los resultados del estudio muestran una detallada fotografía de cómo son las mujeres en España por grupos de edad.

En estatura, las más altas son las chicas de entre 18 y 19 años, con 162,6 centímetros de media. Las más jóvenes avanzan progresivamente desde los 157,7 de las niñas de 12-13 hasta los 161,6 de las de 16 y 17. A partir de la veintena, la altura se sostiene hasta los treinta años. A partir de esa edad, las mujeres españolas son cada vez más bajas hasta la medida de 154,7 centímetros de media del grupo de entre 60 y 70 años.

Los datos de peso reflejan que la mayoría de las españolas está en medidas convencionales. Según el Índice de Masa Corporal (IMC) de las participantes en el estudio y la clasificación de la Organización Mundial de la Salud:

  • El 56,2 por 100 de las mujeres tiene un peso normal.
  • El 24,9 por 100 tiene sobrepeso.
  • El 5 por 100, delgadez leve.

En estos tres grupos, que no requerirían consulta ni tratamiento médico ni por exceso ni por defecto de IMC, se sitúa el 86,1 por 100 de la población femenina.

Tal y como reflejan los resultados, la obesidad se hace más presente con la edad. Entre las mayores, de 60 a 70 años, la obesidad en sus diferentes grados afecta al 31,8 por 100 de la población. Las más jóvenes, sin embargo, son las que más rango de delgadez elevada presentan, aunque siempre en porcentajes pequeños.

Entre 18 y 19 años, el 2 por 100 de las mujeres medidas tenía un IMC incluido en las categorías de delgadez moderada o severa.

Las niñas, menores de 17 años, se sitúan mayoritariamente en el peso normal (entre el 68,3 por 100 y el 68,7 por 100, según la edad), aunque más del 10 por 100 está en situación de peso excesivo.

Un sistema de patronaje más preciso

Todos estos datos, junto con las mediciones de perímetro de pecho, cintura y cadera, recomiendan la adopción en España de un sistema de patronaje más preciso, de acuerdo con la norma EN 13402-3-2004.

Este formato, en lugar de circunscribirse a una talla sencilla, tal y como hoy la conocemos, debería contemplar varios parámetros distintos. De esta manera, el tamaño de la ropa quedaría definido por códigos con tres dígitos que contemplarían pecho, cintura y cadera para cada estatura.

En función de todos estos parámetros, las mujeres en España pueden clasificarse en función de los tres morfotipos ya citados:

  • Diábolo, el mayoritario, que engloba al 39% de la población.
  • Campana, con el 25 por 100.
  • Cilindro, con el 36 por 100.

Por edades, es destacable cómo en los momentos de la pubertad y la juventud (12-30 años) predomina la forma cilindro, mientras en la madurez (de 31 a 60) prima el modelo diábolo, seguido del cilindro y el campana con distinta proporción según el segmento de edad. A partir de los 60 es el modelo campana el más extendido.


Fomento

APROBADO EL ESTATUTO DE LA AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AÉREA

  • La actual Dirección General de Aviación Civil se transformará en dos organismos separados pero coordinados.
  • La Agencia, que debe entrar en funcionamiento antes del 2 de junio de 2008, asumirá las competencias inspectoras y sancionadoras en materia de seguridad aérea y de protección de los derechos de los pasajeros.
  • Una nueva Dirección General será responsable de proponer medidas para promover el desarrollo del sector del transporte aéreo, negociar convenios internacionales bilaterales de transporte aéreo, representar al Ministerio de Fomento en los foros nacionales e internacionales y del desarrollo normativo.

El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto, el Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea.

Tanto la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI) como la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea (EUROCONTROL) han insistido en que los Estados adopten medidas adicionales en materia de seguridad, teniendo en cuenta los tráficos crecientes y los altos niveles de congestión del espacio aéreo y de los aeropuertos.

De acuerdo con las normas internacionales de la OACI y de la Comisión Europea, la seguridad aérea es una responsabilidad que compete, en primer lugar, a los propios operadores (fundamentalmente las compañías aéreas), mientras que el papel de la Administración Aeronáutica el de desarrollar o trasponer una normativa adecuada cuyo cumplimiento optimice los niveles de seguridad y supervisar que los operadores ejercen bien su responsabilidad, cumpliendo con la normativa en vigor.

Para mejorar la seguridad aeronáutica en España es necesario aumentar la eficacia de la Administración inspectora y controladora en esta materia, cambiando el actual modelo de gestión administrativa de la seguridad aérea por otro que resulte más eficaz. A este respecto se aceptan los criterios de la Ley de Agencias estatales para la mejora de los servicios públicos de 18 de julio de 2006, a la vez que se opta por un modelo de control de la seguridad semejante al de Gran Bretaña que es reconocido como uno de los más eficaces de Europa.

Según el Real Decreto aprobado hoy, en desarrollo de lo previsto en dicha Ley, la actual Dirección General de Aviación Civil se transformará en dos organismos separados pero coordinados. Este cambio en el modelo de gestión permitirá una mayor dedicación y especialización de cada uno de los dos organismos resultantes, además de poner de manifiesto la importancia que el Gobierno da a la seguridad en el transporte.

En este nuevo modelo de gestión será competencia de la Dirección General de Aviación Civil proponer medidas políticas y estratégicas para promover el desarrollo del sector del transporte aéreo, negociar y revisar convenios internacionales bilaterales de transporte aéreo, representar al Ministerio de Fomento en los foros nacionales e internacionales correspondientes y el desarrollo normativo.

La Agencia Estatal de Seguridad Aérea, por su parte, asumirá principalmente las competencias inspectoras y sancionadoras de la actual Dirección General en materia de seguridad aérea y protección de los derechos de los pasajeros

Proceso de modernización de la Administración Aeronáutica

Entre el año 1993 y el 2007 el tráfico de pasajeros en los aeropuertos españoles se ha multiplicado por 2,5 veces, al pasar de 84 millones de pasajeros en 1993 a 210 millones en 2007, y las previsiones muestran que antes de 2020 el tráfico crecerá en otros 100 millones de pasajeros más.

Mientras el sector que tiene que supervisar la Dirección General de Aviación Civil ha crecido muy notablemente y las competencias de la Dirección General han aumentado sustancialmente, fruto de la continua aprobación por la Unión Europea de nuevas regulaciones, la plantilla de personal de la DGAC se ha reducido en un 30 por 100 entre 1993 y 2004.

Así, primer motivo para la creación de la Agencia de Seguridad Aérea es disponer de una Administración Aeronáutica más moderna y eficaz en el control de la seguridad aérea. Para ello es indispensable, por ejemplo, incorporar a las funciones de inspección a profesionales de muy diferentes especialidades, muchos de los cuales pueden surgir de los cuerpos especiales de funcionarios, pero hay otros que no existen en el ámbito de la función pública (pilotos, medicina aeronáutica, ingenieros superiores y técnicos con experiencia, etcétera), sobre todo, con la dosis de experiencia práctica exigible a funciones de gran responsabilidad en materia de seguridad aérea, como las que asume la Agencia.

Una segunda razón para la creación de esta Agencia es la de situar a la Administración Aeronáutica en mejores condiciones para velar porque las compañías aéreas respeten los derechos de los pasajeros, tal y como establece la normativa comunitaria.

Asimismo, desde el comienzo de la Legislatura se ha impulsado un proceso de modernización de la Dirección General de Aviación Civil basado en tres grandes ejes de actuación urgente:

  • Incrementar sustancialmente sus recursos humanos.
  • Procedimentar e informatizar la gestión interna.
  • Potenciar el control de la seguridad aérea impulsando las inspecciones y controles en todas sus vertientes.

Ventajas que proporciona la Agencia frente a la actual Dirección General

Frente al funcionamiento actual de la Dirección General, la nueva Agencia permite:

  • Una mayor flexibilidad y agilidad en la gestión de los recursos humanos.
  • Mayores posibilidades para incorporar a profesionales con experiencia en el sector de la aviación en una estructura mixta de funcionarios y personal laboral.
  • Posibilidad de una mayor dedicación y especialización en las actividades relacionadas con la seguridad aérea
  • Más facilidad para desarrollar estudios y trabajos de investigación en materia de seguridad aérea, conjuntamente con fabricantes de aviones y de equipos y operadores aéreos.
  • Generar con su actividad ingresos adicionales que permitan avanzar hacia la autosuficiencia financiera o que contribuyan a financiar los gastos asociados a la mejora de las condiciones de seguridad aérea.

Estructura de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea

I.- Los órganos de gobierno de la Agencia son:

a) El Presidente, que es el Director General de Aviación Civil, con objeto de mantener una eficaz coordinación garantizada entre ambas entidades.

b) El Consejo Rector, integrado por el Presidente: once Consejeros, de ellos cuatro designados por el Ministerio de Fomento, cuatro por los Ministerios de Administraciones Públicas, de Economía y Hacienda, Defensa y de Medio Ambiente; dos en representación de las organizaciones sindicales más representativas, y el Director de la Agencia, que también es miembro nato del Consejo Rector.

II.- El Director, nombrado por el Consejo Rector, entre profesionales con experiencia acreditada en el sector aeronáutico, es el órgano ejecutivo de la Agencia y el responsable de la dirección y de la gestión ordinaria. Tiene la consideración de alto cargo y está sujeto al régimen de incompatibilidades establecido en la Ley de 10 de abril de 2006 y en sus disposiciones de desarrollo, para los Altos Cargos de la Administración General del Estado.

III.- La estructura administrativa dependiente del Director de la Agencia comprende:

a) Cuatro Direcciones Operativas (Evaluación de la Seguridad y Auditoría Técnica Interna, Seguridad de Aeronaves, Seguridad de Aeropuertos y Navegación Aérea y Seguridad de la Aviación Civil y Protección al Usuario).

b) Ocho Oficinas de Seguridad en Vuelo (de ámbito territorial).

c) La Secretaría General.

IV.- El presupuesto inicial de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea para el año 2008 asciende a 35,65 millones de euros. Dado que el mismo se transfiere del presupuesto del Ministerio de Fomento, la creación de la Agencia no implicará incremento de gasto público.

V.- Los recursos económicos de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea son los siguientes:

a) Transferencias consignadas en los Presupuestos Generales del Estado.

b) Ingresos propios que perciba como contraprestación por servicios.

c) El producto de las sanciones impuestas.

d) Ingresos por la liquidación de precios públicos y tarifas derivados de la realización de sus actividades.

e) Ingresos provenientes de las tasas por la prestación de servicios y realización de actividades en materia de seguridad y navegación aérea.

VI.- Durante el año 2008 la plantilla de la Agencia comprenderá 360 personas. Para ello está previsto que el 80 por 100 de la actual plantilla de la Dirección General de Aviación Civil se integre en la Agencia.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (2)    No(0)

+
0 comentarios