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Se desestima la demanda contra los medios

De momento, podremos seguir grabando a Telma Ortiz

De momento, podremos seguir grabando a Telma Ortiz

jueves 15 de mayo de 2008, 14:51h
El Juzgado de Instrucción número 3 de Toledo ha desestimado la demanda interpuesta por Telma Ortiz, la hermana de la Princesa de Asturias, en la que pedía medidas cautelares contra 57 medios de comunicación. Según el auto, tanto Telma Ortiz como su pareja Enrique Martín-Llop son personas con "proyección pública", y además les impone las costas del proceso.
   En su demanda, cuya vista oral se celebró el pasado lunes en el Palacio de Justicia de Toledo, Ortiz pedía que se establecieran medidas cautelares para que se prohibiese a estos medios de comunicación "captar, publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir imágenes suyas" y de su pareja, excepto aquellas imágenes tomadas en ceremonias oficiales o actos de carácter protocolario.

   La jueza María Lourdes Pérez asegura en el auto que de la demanda se desprende "la reducción de los términos del debate planteado" por los propios demandantes ya que éstos invocan única y exclusivamente la vulneración de su derecho fundamental a la propia imagen y consiguiente injerencia en su vida privada. Sin embargo dejan fuera de la polémica si la captación y reproducción gráfica de las imágenes controvertidas por parte de los medios de comunicación han vulnerado su derecho a la intimidad personal y familiar, o a su derecho al honor.

   El auto determina que incluso sin hacer referencia al parentesco directo de la demandante con la Princesa de Asturias, "la inviabilidad jurídica de lo solicitado es evidente" dado que se interesa por la condición de particular sin proyección pública, cuando a renglón seguido se admite y reconoce que "participan de hechos y actos que sí la interesan".

   Por coherencia jurídica, estima la jueza, el paso siguiente consistiría en el análisis de cada una de las fotografías e imágenes aportadas a las actuaciones y determinar si las mismas han sido captadas en un acto público o en lugar abierto al público.

   "Sin embargo, ese extremo no ha sido mencionado en la solicitud de medidas cautelares, pues lo que se ha interesado es la prohibición de captar publicar, distribuir, difundir, emitir o reproducir por medio alguno imágenes o instantáneas de los actores, así como que nadie a su cargo o por encargo de los demandados, capte, publique, distribuya, emita, difunda o reproduzca por cualquier medio fotografías o imágenes de los actores fuera de actos oficiales o ceremonias protocolarias", añade.

Personas de proyección "pública"

   "Siendo consideradas indiciariamente personas de proyección pública en los supuestos de imágenes en lugares abiertos al publico, lo solicitado expresamente contradice lo dispuesto en la ley debe resaltarse que es el derecho a la intimidad personal o familiar el que se ve reducido pero no eliminado conforme a los criterios establecidos", argumenta.

   Durante la vista oral del pasado lunes los representantes legales de televisiones nacionales y autonómicas, agencias de noticias, revistas del corazón nacionales y varias empresas editoras citados con motivo de la demanda defendieron el derecho a la información y la libertad de expresión y mostraron su oposición a la adopción de estas medidas.

   La mayor parte de ellos justificaron ese rechazo en el hecho de que la medida se adoptaría a futuro, con lo que se estaría incurriendo en un acto de censura previa. En sus alegatos, cada uno de los letrados --hasta 25, en representación de muchos más medios-- ahondó en su oposición a las medidas cautelares, considerándolas "desproporcionadas", "temerarias", "desorbitadas" y "equivocadas".

   Por su parte, Fernando Garrido, abogado de Telma Ortiz, consideró que las medidas cautelares solicitadas eran "idóneas, necesarias y equilibradas" debido al "acoso insoportable que sufren y permanente las 24 horas del día".

   En su intervención, Garrido alegó que el derecho a la imagen de su patrocinada "es tan constitucional como las medidas cautelares" que Ortiz y Martín-Llop solicitan, ya que "no son personajes públicos ni por cargo, ni por profesión ni por haber hecho ostentación pública ni por parentesco" y para acompañar esta reflexión citó el caso de los hermanos de los presidentes del Gobierno, a quienes "nadie conoce".

El fiscal pidió la desestimación

   La sorpresa se produjo poco antes de finalizar la vista, cuando el fiscal adscrito al Juzgado de Primera Instancia número 3 de Toledo, Antonio Huélamo, aseguró que la demanda no debía ser estimado ya que, "sin perjuicio de reconocer que el derecho a la vida privada, la intimidad y la imagen" de aquellas personas que ejerzan un cargo público o tengan notoriedad pública, habría que analizar caso por caso y, en este concreto, las imágenes ya se habían difundido.

   En su alegato final en la vista oral, Huélamo justificó así la ausencia de 'peligro de mora procesal' --uno de los requisitos de la adopción de medidas cautelares--, ya que, "si no hubiesen existido las imágenes aportadas podríamos decir que existe peligro de que se divulguen, pero las imágenes se han difundido" luego, en su opinión, "no existe ninguna necesidad de medida cautelar para salvaguardar una futura e hipotética sentencia estimatoria".
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