Piden que 'El Egipcio' cumpla condena por terrorismo
lunes 30 de junio de 2008, 15:00h
El fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas defendió este lunes ante el Tribunal Supremo la condena por un delito de integración en organización terrorista de Rabei Osman El Sayed, 'Mohamed El Egipcio', quien resultó absuelto en el juicio por los atentados del 11-M al tenerse en cuenta que ya ha sido condenado por este mismo delito en Italia.
Navajas destacó que la condena italiana aún debe ser confirmada por el Supremo de dicho país, y que esta falta de firmeza obliga a la jurisdicción española a imponerle una pena de prisión. Asimismo, en la sesión de este lunes, el abogado de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo pidió la condena de los dos hermanos Carmen y Antonio Toro, en relación con la trama de los explosivos.
La petición del fiscal sobre 'El Egipcio' se produjo durante la primera sesión de la vista por los 31 recursos presentados contra la sentencia dictada por la Audicencia Nacional el pasado 30 de octubre, y a ella se ha adherido la Abogacía del Estado. A diferencia de lo solicitado por la Fiscalía en primera instancia (se pidieron más de 38.000 años a 'El Egipcio' por causar las víctimas de Madrid), Navajas solicitó para este condenado una pena "dentro del baremo" establecido para el delito de integración terrorista, que va de los 6 a los 10 años de prisión.
A lo largo de su intervención ante la Sala de lo Penal del Supremo, presidida por el magistrado Juan Saavedra, el fiscal Navajas dijo respecto a los condenados por la Audiencia que "son todos los que están, pero en modo alguno están todos los que son".
Reconoció que puede decírsele que el recurso de la Fiscalía respecto a El Sayed carece de eficacia porque "va a ser condenado con seguridad en Italia", si bien ello no es óbice para que se pida una pena en España, porque no debe olvidarse que este procesado "es miembro de una célula terrorista que pretende derrotar regímenes democráticos y elimitar la cultura occidental, sustituyéndola por un régimen islamista radical".
Respecto a la impugación de su recurso por parte del abogado de 'El Egipcio', el fiscal Navajas defendió que el principio 'non bis in idem' significa que una persona no puede ser condenada dos veces por el mismo delito, si bien "desde el punto de vista legal, normativo y jurisprudencial" esto no quiere decir que no pueda ser imputado, juzgado y condenado en nuestro país mientras se carezca de firmeza en lo que respecta a la condena italiana.
El abogado Antonio Segura, en representación de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, presidida por Pilar Manjón, dijo que Rabei Osman debería ser condenado no solo por el delito genérico de terrorismo, sino por los 191 muertos y 1.856 heridos que causaron los atentados, ya que la célula islamista que 'El Egipcio' fundó en Madrid nada tiene que ver con la que aglutinó en Milán, dirigida a enviar 'mujahidines' a Irak, que son los hechos por los que fue condenado en el país transalpino.
Esta parte también solicitó la condena de los absueltos de la denominada 'trama asturiana' de suministro de explosivos Antonio y Carmen Toro, y que se condene igualmente como 'inductores' de la masacre a los considerados por la Audiencia simplemente integrantes de la célula Youseff Belhadj, Mohamed Larbi Ben Sellam, Fouad El Morabit y Hassam el Haski; mientras que respecto a Abdelmajid Bouchar (quien huyó del piso de Leganés, en Madrid, antes del asalto de los Geos, el 3 de abril de 2004), solicitan que sea considerado autor material de los hechos al igual que los siete terroristas que se inmolaron en dicho piso. La Audiencia solo condenó a este último por integración y tenencia de explosivos.
También intervino el abogado Antonio García, en representación particular de la propia Pilar Manjón y otras víctimas, quien argumentó ante la Sala su petición para que Rafa Zouhier (condenado a 10 años por suministro de explosivos) lo sea también omo cooperador necesario en los hechos.
Argumentó este letrado que Zouhier, que era confidente de la Guardia Civil, conocía las ideas extremistas del responsable de la célula Jamal Ahmidan (muerto en Leganés), así como su obsesión con el uso de teléfonos móviles para confeccionar explosivos, pese a lo cual le ayudó a proveerse de explosivos. De igual modo, esta parte impugna la absolución de Toro y de su hermana y ex mujer del 'cabecilla' de la trama asturiana de suministro de explosivos, Emilio Suárez Trashorras.
Defensas
Por su parte, la defensa Zouhier solicitó este lunes al Tribunal Supremo que le aplique el mismo criterio que empleó la Audiencia Nacional para absolver a los hermanos Carmen y Antonio Toro, al considerar que tienen imputaciones similares.
El abogado de Jamal Zougam, condenado a 42.917 años como autor material de la masacre, defendió la ausencia de pruebas de cargo contra su cliente por las "contradicciones" en que, a su juicio, incurrieron los testigos protegidos que aseguraron verle en los trenes de Atocha. Asimismo, señaló que el tribunal obvió los testimonios que justificaban su coartada, entre ellos el de su madre, a la que se impidió comparecer en la fase de instrucción, y el de un hermanastro.
La defensa del ex minero José Emilio Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años y seis meses, centró su exposición en rebatir la tesis del tribunal de que su cliente fue "cooperador necesario de los atentados" al suministrar a 'El Chino' la dinamita que se utilizó en los trenes, que había sustraído de la explotación asturiana Mina Conchita.
En este sentido, el letrado Claudio Turiel argumentó que su cliente no pudo actuar como cooperador necesario porque, según la sentencia, la dinamita "estaba al alcance de cualquiera" y él "era sustituible". A ello añadió que el tribunal entendió que "todo o parte del explosivo provino de Mina Conchita", de lo que dedujo que "pudo haber otro proveedor".
Por último, la Sala, presidida por el magistrado Juan Saavedra, también escuchó los recursos de casación planteados por las representaciones legales de Otman El Gnaoui, condenado a 42.919 años de cárcel como autor material de la masacre; Fouad Morabit y Mouhannad Almallah Dabbas, a los que se impusieron doce años de prisión por integración en organización terrorista; y Hamid Ahmidan, condenado a 23 años de prisión por colaboración con banda armada y tráfico de drogas.