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Disparates energéticos del Gobierno Sánchez

viernes 12 de agosto de 2022, 12:54h

Esta mañana, estaba en la papelería donde compro el ABC en Jávea cuando he oído al dueño decir que había estado en una boda, establecimiento que debe tener la temperatura a 27 grados según la Ministra Ribera, sin tener en cuenta el calor humano que se acumula en tales celebraciones y que hacía insoportable cenar en esas condiciones, había salido para refrescarse y la noche tórrida de más de 35 grados acabó con su paciencia y se tuvo que marchar.

Limitar a 27 grados el uso del aire acondicionado en verano y a 19 grados la calefacción en invierno en edificios públicos, espacios comerciales y grandes almacenes, infraestructuras de transporte (aeropuertos y estaciones de tren y autobús), espacios culturales y hoteles, así como apagar las luces de escaparates y edificios públicos que estén desocupados a partir de las 22.00 horas han sido las primeras medidas que entraron en vigor este miércoles. La nueva normativa aprobada por el Gobierno se aplicará este miércoles al interior de los establecimientos habitables que se encuentren acondicionados y situados en los edificios y locales destinados al uso administrativo, cultural, comercial, hostelería y transporte de personas. Es decir una boda tropical.

No obstante, la ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera, precisó el viernes que bares y restaurantes pueden limitar el uso del aire acondicionado al "entorno de los 25 grados", teniendo en cuenta las recomendaciones de la legislación laboral, frente a los 27 grados que contempla el real decreto de medidas de ahorro y eficiencia.

Es evidente que no existe manera de regular la temperatura ni a 25 como no la pongas al mínimo 16 grados para compensar el calor corporal o el de las cocinas de restaurantes.

Es más, depende de la temperatura exterior la demanda de aire acondicionado pues la mayoría de los locales, no están adecuadamente aislados, independientemente que no es lo mismo en Cantabria que en Sevilla o la misma Javea, además es ley por real decreto, es decir que comete un delito si se tiene la solicitud de temperatura por debajo de los 25 o 27 Grados, por lo que correspondería a las Comunidades autónomas la regulación teórica del calor o frio en espacios cerrados.

Lo que no se cómo se logrará controlar por medio de multas como las anunciadas, Sanciones de 60.000 euros. Los espacios comerciales, edificios públicos, espacios culturales y hoteles que incumplan el plan de ahorro y eficiencia energética aprobado por el Gobierno afrontarán multas de hasta 60.000 euros por infracciones leves, de hasta seis millones de euros por las graves y de hasta 100 millones de euros por las muy graves. Frente a ello tendrá todo el mundo defensa jurídica por la enrevesada ley hecha en cuatro días, sin la adecuada justificación de cuanto nos vamos a ahorrar con semejante bodrio, porque no lo saben entre otras cosas, y por eso la Comunidad autónoma de Madrid con Ayuso a su frente va presentar una suplica al T,C, para que la declare inconstitucional, ya que lo único que buscan es aparentar con el último dispare que se le ocurrido a este Gobierno desnortado..

Estos son los 10 aspectos “inconstitucionales” de los que ha informado la Comunidad de Madrid:

  1. No hay problemas con el suministro de gas.
  2. El acuerdo con Europa todavía no es obligatorio.”.
  3. Los cierres colisionan con las normas de lucha contra la pandemia.
  4. Informar sobre ahorro energético no ahorra energía. La obligación de instalar cartelería, pantallas, etc, para informar de las medidas de ahorro energético “no contribuye directamente a dicho ahorro energético”. “Invade competencias autonómicas sin justificación”,
  5. No es “proporcional” apagar la iluminación generada con energía sostenible.
  6. Los escaparates sin luz colisionan con la ley autonómica de libertad de horarios comerciales
  7. Colisión con la competencia autonómica para utilizar los edificios de la Comunidad de Madrid.
  8. Anticipar las revisiones podría ser un exceso. El adelanto puntual de la próxima inspección de eficiencia energética en instalaciones podría exceder las bases estatales, toda vez que la periodicidad de estas inspecciones no tiene carácter básico.
  9. Las medidas duran más del tiempo de la previsión europea. La Comunidad de Madrid encuentra una “discrepancia” entre la duración prevista de las medidas entre la normativa europea, un año, y la indicada en las medidas del Real Decreto Ley, que está previsto mantener hasta octubre de 2023, más de un año.
  10. El sistema de sanciones es defectuoso. La “defectuosa configuración del régimen sancionador” puede llevar aparejada “vicios de legalidad o de constitucionalidad” en las sanciones que pueden imponerse, tal y como sucedió en las derivadas de los estados de alarma durante la pandemia. Hay pues de sobras motivos suficiente para calificar la Ley de disparatada. La última tontería que se le ha ocurrido a Pedro Sánchez.

Bernardo Rabassa

Presidente de clubs y fundaciones liberales. Miembro asociado de Alianza Liberal Europea (ALDE). Premio 1812 (2008). Premio Ciudadano Europeo 2013. Medalla al Mérito Cultural 2015. Psicólogo social. Embajador de Tabarnia. Presidente del partido político constitucionalista Despierta.

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