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Sí, abstención o terceras elecciones

Por Gabriel Elorriaga F.
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elorriagafernandezhotmailcom/18/18/26
miércoles 31 de agosto de 2016, 09:02h

En estos días, en que el procedimiento de investidura, clave de nuestro sistema político, se plantea, erróneamente, como un duelo entre dos contrincantes políticos, conviene reflexionar sobre el significado de este acto de designación de una persona a quien se encarga de formar un gobierno de la nación. Se trata del procedimiento ordinario, ya que el extraordinario es aquel derivado de una moción de censura constructiva aprobada en el Congreso de los Diputados para sustituir a un presidente por otro. Este procedimiento extraordinario si supone, por su carácter conflictivo, un enfrentamiento entre el presidente censurado y el que aspira a reemplazarlo en el cargo. La moción de censura es para cambiar un presidente. La moción de investidura es para formar un gobierno.

El procedimiento ordinario que estamos viviendo, como consecuencia de unos resultados electorales y unos plazos previstos, representa la expresión de la voluntad del Parlamento de establecer un consentimiento institucional para el desempeño de funciones de gobierno y de oposición, reflejando la composición numérica de los bloques mayoritarios en la Cámara. El resultado es establecer un consentimiento institucional para que el sistema funcione. Esta relación de consentimiento es la clave de que un sistema considerado democráticamente parlamentario y no presidencialista o populista funcione adecuadamente.

En este procedimiento el Rey no actúa por iniciativa propia son como mediador, escuchando y conociendo los apoyos y las relaciones interparlamentarias que existen intentando constatar cual sea la predisposición de los posibles candidatos para obtener respaldos y cuál es la predisposición de los diferentes grupos parlamentarios en relación con el candidato. Un factor estimable es la propia voluntad del aspirante a gobernar y la esperanza que dicho aspirante manifieste sobre la capacidad de persuasión que derive de su programa de gobierno o de su habilidad negociadora. El Rey está limitado por el respeto objetivo a las informaciones que reciba de las consultas, confirmadas por el presidente o presidenta del Congreso.

Entre estas informaciones están las referentes a acuerdos de gobierno o de investidura que puedan haberse establecido entre distintos grupos. Estos acuerdos se basan en puntos programáticos comunes, bien con espíritu de coalición o de simple alianza coyuntural. La investidura se limita a facilitar el trámite de formación de gobierno sin compromisos de futuro para el conjunto del parlamento. Es decir, que se puede facilitar la formación de un gobierno para desbloquear una situación como la que vivimos, pasando a ejercer su actividad normal tanto el gobierno como la oposición tras restablecerse la normalidad parlamentaria.

El candidato a presidente presenta sus ideas programáticas y tras ello se producen las votaciones. La primera exige mayoría absoluta y la segunda mayoría simple, lo que quiere decir que haya más votos a favor que en contra. Si no se obtiene una ni otra mayoría se pueden tramitar sucesivas propuestas. A partir de entonces están corriendo los plazos. Las votaciones de los diputados pueden ser “sí”, “no”, “abstención” o ausencia. La abstención o ausencia no significa apoyar el programa de determinado candidato sino facilitar la formación de gobierno cuando los grupos oponentes no tienen posibilidades de llevar a la presidencia a otro candidato más votado. Consciente un grupo parlamentario de que su función a plazo corto no puede ser otra que la de oposición, debe facilitar que exista un gobierno al que oponerse, una vez restablecido el curso normal de la vida parlamentaria. El plazo para designar presidente una vez producido el intento de investidura es de dos meses. Una vez concluido dicho plazo es preceptivo, como ya lo hemos vivido, la convocatoria de nuevas elecciones.

El procedimiento es así de simple. Lo que no está tan claro es la mentalidad de los parlamentarios elegidos por el pueblo para interpretar inteligentemente el mensaje recibido de los electores. Una mentalidad que hace del “no” una especie de arma destructiva sin diana precisa, cuyo objeto no es mantenerse en la oposición contra determinado gobierno sino impedir que llegue a formarse un gobierno, sabiendo que no existe otra solución alternativa, es una mentalidad irresponsable. La insistencia en la actitud negativa por sí misma se convierte en un factor del revisionismo o distorsión del conjunto del sistema. Esta actitud supone, aunque no lo diga claramente, aconsejar unas nuevas elecciones que pueden ser reiterativas si no suponen un cambio de posiciones o de candidatos.

El resultado de la investidura depende de si unos diputados se obstinan en la fobia a Rajoy como único nexo de unión negativo o se plantean la inconveniencia de unas terceras elecciones, tras meses de inútil espera y con una posible repetición del procedimiento que les siga planteando la misma coyuntura. Es decir, dejar gobernar a la propuesta más votada. Terceras elecciones es el horizonte más previsible si el sentido común no hace posibles las abstenciones o ausencias suficientes para que se pueda formar un gobierno. Si esto no es posible ¡adelante con los faroles! Porque solo faroles existen detrás de quien se niega a una solución sin ser capaz de presentar otra medianamente coherente.

Gabriel Elorriaga F.

Ex diputado y ex senador

Gabriel Elorriaga F. fue diputado y senador español por el Partido Popular. Fue director del gabinete de Manuel Fraga cuando éste era ministro de Información y Turismo. También participó en la fundación del partido Reforma Democrática. También ha escrito varios libros, tales como 'Así habló Don Quijote', 'Sed de Dios', 'Diktapenuria', 'La vocación política', 'Fraga y el eje de la transición' o 'Canalejas o el liberalismo social'.

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