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Ayuso, en una comparecencia
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Ayuso, en una comparecencia (Foto: Comunidad de Madrid)

La Comunidad de Madrid dará una ayuda de hasta 4.000 euros a quienes contraten a una empleada de hogar

jueves 23 de abril de 2026, 19:35h

La Comunidad de Madrid aprueba una nueva ayuda para las familias que contraten a empleados en el hogar con el propósio de colaborar en la conciliación de la vida familiar y laboral.

La subvención puede llegar a ser de hasta 4.000 euros y busca fomentar la conciliación de la vida familiar y laboral, además de favorecer la contratación legal de estos trabajadores.

La nueva ayuda, que ha adelantado el diario 'El Mundo', va destinada a las personas titulares de una casa que contraten a una persona empleada del hogar que se encargue del cuidado de hijos menores de 12 años, o menores de 18 años con discapacidad, naturales, en adopción, tutela o acogimiento; también se mete a otros familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, con discapacidad igual o superior al 50% o en situación de dependencia.

El período subvencionable que va a abarcar esta nueva subvención es del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025, para contrataciones realizadas en ese período o con anterioridad a este.

Las familias con una persona contratada van a poder beneficiarse de esta ayuda siempre que la renta per cápita de la unidad familiar no supere los 30.000 euros y que cumplan los requisitos.

Requisitos para acceder a la nueva ayuda en la Comunidad de Madrid

Vivir de forma estable en la Comunidad de Madrid y estar empadronado en el mismo domicilio con el hijo o familiar para el que se va a contratar a esa persona de hogar.

Los progenitores de hijos menores de 12 años o de 18 con discapacidad, deben realizar una actividad retribuida por cuenta propia o ajena con una jornada a tiempo completo durante el período que soliciten la subvención.

La persona titular del hogar familiar tiene que estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, además del pago de las cuotas a la mutualidad profesional en el supuesto de profesionales colegiado. Además no podrá tener deudas con la Comunidad de Madrid.

- La persona empleada del hogar tiene que contar con un contrato escrito y alta en la Seguridad Social
- La relación laboral ha de ser para el servicio del hogar familiar.
- El vínculo laboral con la persona empleada del hogar tiene que estar formalizado con un contrato por escrito.
- La empleada contratada tiene que haber sido dada de alta en la Seguridad Social
- La contratación de la empleada del hogar debe haber sido del 1 de enero al 31 de 2025 (mínimo 58 días)
- La persona empleada de hogar tiene que desarrollar su labor en el domicilio de la persona beneficiaria ubicado en la Comunidad de Madrid.
- La finalidad principal tiene que ser el cuidado o atención, en el ámbito doméstico, de los hijos o familiares, que conviven con el titular del hogar familiar y que se encuentran a su cargo o cuidado directo.

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