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Bárcenas, condenado a 2 años de cárcel por pagar en negro las obras de la sede del PP

Bárcenas, condenado a 2 años de cárcel por pagar en negro las obras de la sede del PP

> El partido político también queda condenado en calidad de "responsabilidad civil subsidiaria"

jueves 28 de octubre de 2021, 13:30h

La Audiencia Nacional ha condenado a 2 años de cárcel al extesorero del PP Luis Bárcenas por abonar a la empresa Unifica una cantidad de 1.072.000 euros por las obras realizadas en la sede central del PP, en la calle de Génova de Madrid, “al margen de la facturación y la contabilidad oficial y no declarados a la Hacienda pública”.

En la sentencia de la pieza separada del caso Gürtel conocida como 'papeles de Bárcenas', la Sala condena a Bárcenas como cooperador necesario de un delito continuado de falsedad contable en concurso con un delito contra la Hacienda Pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de la Empresa Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particulares y le impone una multa de 1,2 millones de euros.

También procede la declaración de responsabilidad civil subsidiaria de las personas jurídicas, en este caso, de las sociedades Unifica y PP por los delitos cometidos por sus empleados o dependientes, representantes o gestores en el desempeño de sus obligaciones o servicios.

Más condenados

Al arquitecto de Unifica Gonzalo Urquijo y a su socia Belén García les condena a 2 años y 9 meses de prisión y multa de 2,6 millones de euros como autores de un delito contra la Hacienda pública relativo al Impuesto de Sociedades de 2007 de Unifica en relación de concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil.

Absoluciones

La Sala absuelve a los otros 2 acusados en este procedimiento, el que fuera gerente del PP Cristóbal Páez y la empleada de Unifica Laura Montero. En el caso de Bárcenas, Urquijo y Belén García les absuelve del resto de los delitos de los que estaban acusados, entre ellos asociación ilícita, delito electoral, tráfico de influencias, blanqueo de capitales o falsedad documental.

En el caso de Bárcenas, el tribunal le aplica la atenuante de confesión al haber quedado acreditada su “colaboración real, activa y eficaz” para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien, apunta, fueron los registros practicados en la sede del PP y de Unifica los que aportaron los datos decisivos para la investigación.

Al ex tesorero del PP, también se le aplica, junto con los otros dos condenados, la circunstancia atenuante de reparación del daño. Por otra parte, se rechaza las dilaciones indebidas en la tramitación del procedimiento.

La contabilidad B en el PP

La Sala relata cómo Bárcenas desempeñó el cargo de gerente del PP desde 1990 a junio de 2008, un periodo en el que gestionó los fondos en metálico aportados a la formación política como donaciones privadas “a través de una contabilidad paralela -contabilidad B- de cuyo ingreso y gasto no se dejó constancia en la contabilidad oficial ni por tanto fueron fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas”.

El control de los ingresos procedentes de las donaciones, así como de los gastos, lo llevaba el acusado Bárcenas en unas hojas que cumplimentaba con anotaciones manuscritas y después en hojas de Excel, que es a lo que se ha llamado “papeles de Bárcenas”.

Estos papeles, señala la sentencia, no contenían un registro sistemático de entradas y salidas y adolecían de diversos errores de saldo, así como saldos negativos, en los que generalmente faltaba dinero, si bien reflejan acontecimientos cuya realidad ha quedado acreditada, como los traspasos a las cuentas de donativos oficiales, entregas de dinero a determinadas personas vinculadas con el Partido Popular o los pagos por las obras de reforma de la sede central de la referida formación política en la Calle Génova, 13 de Madrid. Este dinero, siempre en efectivo y ajeno a todo control del departamento de contabilidad y del cajero del partido, se guardaba en una caja fuerte ubicada en el despacho de Bárcenas.

La veracidad de los papeles de Bárcenas

La Sala examina la autenticidad y veracidad de los conocidos como “papeles de Bárcenas” con el fin de determinar si recogen o no hechos reales. De la valoración conjunta de la prueba, como las distintas declaraciones prestadas a lo largo de la instrucción por el extesorero, concluye el tribunal que, si bien como documento contable carece de valor en su integridad, sí ha de entenderse que recoge algunos acontecimientos que son reales o verosímiles en tanto han sido corroborados con otras pruebas.

Como apuntó la defensa de Unifica en su informe final, refiere el tribunal, los papeles de Bárcenas no tienen por qué ser todo verdad o todo mentira: “cabe otra opción, y es que sea verdad alguna anotación”.

“Esto es lo que ha ocurrido aquí, que determinados apuntes o anotaciones de salida han quedado corroborados con otras pruebas, lo que nos lleva a concluir que los papeles recogen acontecimientos que en una parte sí son reales”, asegura.

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