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Mascotas
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Mascotas (Foto: Pixabay)

Los bulos de la Ley de bienestar y protección animal: zoofilia, matar ratas, mascotas prohibidas en casa...

martes 14 de febrero de 2023, 09:46h

La Ley de bienestar y protección animal se aprobaba la semana pasada y desde entonces no ha parado la habitual maquinaria de bulos por determinados colectivos sociales y medios de comunicación sensacionalistas.

Aprovechando algunas lagunas expositivas de la nueva normativa, se han llegado a afirmar rotundas acusaciones como que Podemos, impulsor de esta ley, prohibirá tener determinadas mascotas en casa, como hámsters, conejos o periquitos. También se ha llegado a hablar de que matar una rata en el campo tendrá más pena de cárcel que violar a una mujer o que incluso se permitirá la zoofilia.

En el ránking de las más disparatadas mentiras sobre la nueva ley animal sin duda que ha aparecido ese asunto de la zoofilia, pero vayamos a repasar una por una:

  • Se castigará más el maltrato a una mascota que a una persona

Esto no es cierto. Lo que dice la ley sobre violencia vicaria es que conllevará más penas maltratar o matar a la mascota de tu pareja para hacerle daño a ésta que realizar acciones de violencia de género más leves, como la coacción, la amenaza o la intimidación a la pareja, sin uso de violencia hacia ella.

  • Se prohibirá tener determinadas mascotas en casa

Otra de las cosas que se está publicando y difundiendo en redes sociales es que esta ley del Gobierno prohibirá tener determinados animales en casa, que tradicionalmente nos han acompañado, mascotas tales como hámsters, tortugas, periquitos o conejos. No hace falta aclarar ningún articulado de la nueva ley. Es que sencillamente no se habla nada de animales domésticos y otras mascotas comunes entre las especies prohibidas. No existe un listado concreto de especies vetadas. Tampoco se prohibirá su venta al público, mientras sea un pequeño mamífero, ave, insecto... algo que sí afecta a perros y gatos, como ya ocurre hace años en muchas de las comunidades autónomas. A Diariocrítico le consta que varias tiendas de animales ya han retirado estas especies de sus tiendas y que explican a los clientes que no traerán más. No se han informado correctamente.

  • Entonces... ¿qué especies se prohíben?

Ya existe legislación al respecto y lo contemplan la mayoría de las comunidades autónomas, pero no hasta ahora en una ley estatal. Lógicamente seguirá prohibida la tenencia de animales que supongan un riesgo para la salud humana, así como la seguridad personal o la biodiversidad (como las especies invasoras). Es de sentido común: no se podrá tener leones, ni tigres ni panteras... Ni especies altamente venenosas sin licencia. Ni primates, por cuestiones biológicas. Pero sí tarántulas o serpientes si la persona propietaria tiene licencia y cumple normas de seguridad. La razón de no legislar sobre listas prohibidas es que provoca el efecto contrario de lo que se busca: que haya seguridad. Cuando se anuncian multas y prohibiciones, los dueños suelen soltar a estos animales, suponiendo entonces sí un riesgo para los ciudadanos y el medioambiente.

La realidad es que la Unión Europea exige a los países miembro que realicen un "listado positivo" de especies. Este listado sale mencionado en el capítulo VI de la ley, donde se explica que en la norma no se incluye todavía tal listado. De hecho, se especifica: "Aprobará, mediante real decreto, el procedimiento para la inclusión o exclusión de una especie en el listado positivo de animales de compañía cuando exista información técnica o científica que así lo aconseje". En todo caso, la norma explica que se ceñirá a cuestiones técnicas y guiado por los expertos. De ahí que adelante lo antes mencionado: se permitirán todos los animales tradicionalmente catalogados como "domésticos", tal y como ya se definen en la Ley de sanidad animal de 2003. Quiere decir que nadie ha vetado a conejos, tortugas, hámsters, aves de cetrería, peces ornamentales si no son especies exóticas invasoras... Lo que se regula es la procedencia y control sanitario en caso de que sean importados o transportados desde terceros países de fuera de la UE.

  • El delicado tema de la zoofilia

Una práctica aberrante para la humanidad es la imagen de someter sexualmente a un animal para satisfacer deseos sexuales humanos. Con la aprobación de la ley se ha llegado a afirmar que este Gobierno ahora sí permitía determinadas relaciones de zoofilia, incluso desde 'medios' de comunicación. No hay nada que aclarar, en el fondo: es falso. De hecho, figura explícitamente como maltrato al animal este tipo de prácticas. La explicación jurídica es sencilla: el Código Civil ya reconoce desde hace años a estos especies como "animales sintientes", con determinados derechos. La nueva ley recoge como delito "humillación, maltrato y muerte del animal". No hace falta explicitar que forzar sexualmente a un animal estaría recogido entre los delitos. De ahí que muchos aprovechen esta ausencia explítica al término "zoofilia" para afirmar que la ley no castiga esta práctica.

  • No dejarán tener perros de raza ni comprarlos

Otra falsedad. Esta ley promueve la adopción antes que la compra, pero no prohíbe su venta. Lo que sí regula es la crianza, para evitar maltrato de las hembras gestantes, y también obliga a realizar cursos de tenencia. Se persigue acabar con la cría indiscriminada y se prohíbe expresamente la venta de cachorros en jaulas o urnas de cristal, algo que ya casi toda las comunidades prohíbian o limitaban. También se regula la venta online para evitar fraudes e inseguridad del consumidor.

  • Se obligará a esterilizar forzosamente a las mascotas

No, es otrob ulo. La esterilización sólo será obligatoria para casos de animales que no se tienen en casa y que están en situación de semilibertad o sin control directo, como ocurre con los gatos si tienen acceso a la calle, durante el celo. Pero la ley no obliga a esterilizar a tu perro o gato si se garantiza que no sale de la casa sin control.

  • ¿Se podrá matar a una rata?

Más allá de la obsesión respecto a las informaciones de estos días sobre las ratas, sí es cierto que la ley contempla que NO se puede matar a un animal vertebrado y que conlleva penas. Pero hay que explicar que se contemplan eximientes como el miedo no superado al animal, ataque de pánico, estado de ansiedad o reacciones de sentido común como querer proteger a un hijo o una persona discapacitada de la acción de una rata, como una mordedura, que pueda suponer transmisión de enfermedades. Dicho de otra manera, en la práctica será difícil ver a alguien en un tribunal condenado a 12 meses de prisión por matar a una rata. Si hay ensañamiento o una causa no justificada, como un control de plagas, sí que se enfrentaría a penas incluso mayores.

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