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Castilla-La Mancha suaviza las restricciones ante la evolución favorable de la pandemia
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Castilla-La Mancha suaviza las restricciones ante la evolución favorable de la pandemia

sábado 20 de febrero de 2021, 13:45h

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha acordado que la región pase a medidas especiales de nivel 2 para frenar la expansión del coronavirus, a partir de este domingo. Esto supone la relajación de algunas medidas, como el aumento de aforo en la hostelería, la apertura de cines y teatros, o la autorización de las visitas a residencias de mayores. Sin embargo, se mantiene el cierre perimetral y el toque de queda entre las 22.00 y las 7.00 horas.

La región de Castilla-La Mancha pasa al nivel 2 de alerta, salvo 11 municipios que continuarán en nivel 3 de medidas especiales, en Torrijos, Fuensalida y Casarrubios del Monte, Santa Cruz de la Zarza, La Puebla de Montalbán, Noblejas y Valmojado, en la provincia de Toledo, y El Casar, Sigüenza y Villanueva de la Torre, en Guadalajara, e Iniesta en la provincia de Cuenca.

El consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, ha explicado que continúa el cierre perimetral de la comunidad, así como el toque de queda a las 22:00 horas hasta las 7:00 horas del día siguiente, y la limitación a un máximo de 6 personas de las reuniones sociales. Aun así, ha detallado que se suavizan algunas medidas.

"Esta relajación de medidas se debe al gran esfuerzo realizado por los ciudadanos en estas semanas anteriores, pero hay que continuar extremando las precauciones porque aunque la incidencia es actualmente más baja, el virus sigue estando presente", ha afirmado Fernández. Así, actualmente Castilla-La Mancha tiene 4 veces menos incidencia de casos que el 18 de enero, día que se decidió decretar medidas nivel 3 restrictivas en toda la Comunidad.

Relajación de medidas:

Entre las medidas del nivel 2, que entrarán en marcha desde este próximo lunes, se encuentra el aumento del aforo en hostelería, hasta el 50% en espacios cerrados, y al 75% en terrazas. Para garantizar el control de aforo y el mantenimiento de las medidas de seguridad, en establecimientos de hostelería y restauración queda prohibido el servicio a las personas usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas, tanto en espacios cerrados como al aire libre, así como el consumo de comidas y bebidas fuera de estas. Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.

En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limitará el aforo máximo al 50% del establecido.

Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres.

Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. La permanencia de personas en lugares de culto en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de cien personas.

En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.

Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

Los espectáculos taurinos podrán celebrarse con un aforo de hasta el 50% en espacios abiertos con un máximo de hasta 500 asistentes y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ambos casos se deberá contar con butaca preasignada, y en caso justificado de que no fuera posible, establecer las medidas pertinentes para asegurar en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.

Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo al 30%, bibliotecas, museos y archivos limitarán su aforo al 50%, y las visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el tamaño máximo de los grupos a seis personas.

Mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.

Cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas

Residencias de mayores

Entre las novedades que ha presentado el consejero de Sanidad, Jesús Fernández Sanz, está la regulación de las visitas en las residencias de personas mayores. El consejero ha explicado que deberá extremarse el cumplimiento de las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias, antes y durante el desarrollo de las visitas y, en especial, uso de mascarillas e higiene de manos. Además, deberán cumplirse los siguientes requisitos mínimos.

Para ello, el centro debe encontrarse libre de covid-19, sin ningún caso confirmado o sospechoso en aislamiento o contacto estrecho en cuarentena en el momento de la visita. Además, el centro debe haber completado la oferta y administración de las dos dosis de vacuna a residentes y trabajadores y haber transcurrido el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.

Las personas que vayan a realizar la visita deben realizarse en el propio centro y de manera previa a la misma, test rápido antigénico (por parte del personal sanitario del centro). Únicamente si el resultado es negativo podrá procederse a la visita. Por visita solo podrá permitirse la entrada de una persona familiar u allegada por persona residente siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos. La persona residente podrá tener dos visitas a la semana.

Las visitas se concertarán mediante sistema de cita previa, en función de la capacidad organizativa del centro. La concertación de citas no ha de alterar el funcionamiento de los servicios que se prestan en el centro y ha de evitar la formación de aglomeraciones. Las visitas deberán realizarse preferentemente en espacio exterior. En el supuesto de no ser posible, las visitas se desarrollarán en un espacio independiente y habilitado al efecto, cercano a la entrada, minimizando las entradas y salidas a zonas comunes y respetando el aforo máximo de dicha superficie, de tal manera que, la fijación del número máximo de personas dependerá de que pueda garantizarse una distancia interpersonal de un metro y medio.

En el supuesto de tratarse de personas residentes que por su situación personal no pudieran desplazarse, por tratarse de residentes encamados, deberá garantizarse el acceso a través de un circuito seguro con el objeto de minimizar las entradas y salidas a zonas comunes. En ambos supuestos, deberá extremarse la ventilación periódica, limpieza y desinfección de los espacios utilizados, con especial atención a las zonas de tránsito y las superficies de contacto.

En caso de tratarse de una situación de acompañamiento en los momentos finales de la vida, podrán asistir a la visita hasta un máximo de dos familiares o personas allegadas y el tiempo de la misma podrá flexibilizarse en función de la situación de la persona enferma y los criterios del centro, manteniendo siempre las adecuadas medidas higiénicas y de seguridad.

Respecto a las condiciones para la salida, Fernández Sanz ha explicado que la residencia debe estar libre de COVID-19, y la salida será de un mínimo de 72 horas, excepto en los casos en que se trate de salidas puntuales para asistir a consultas médicas u otros asuntos considerados de fuerza mayor. Debe permanecer en un ámbito estable (un solo domicilio).

De manera inmediata a su llegada al centro se realizará al residente PDIA (de preferencia test rápido de antígenos). Si fuere positivo, se procederá a la aplicación del protocolo en vigor para el manejo de caso confirmado de Covid-19. Con PDIA negativa no será preciso mantenimiento de cuarentena del residente a su vuelta al centro en caso de haber transcurrido en su caso el tiempo estipulado según cada vacuna para considerar que se han alcanzado títulos adecuados de anticuerpos.

En otros centros residenciales sociosanitarios de personas con discapacidad, menores, personas con TMG, etcétera, estarán permitidas las salidas en las mismas condiciones que las descritas previamente.

Los trabajadores que tras un periodo vacacional o de ausencia de su puesto de trabajo superior a una semana se incorporen a residencias sociosanitarias y viviendas tuteladas/supervisadas u otros dispositivos residenciales sociosanitarios se les realizará como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19.

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