www.diariocritico.com
Reunión del Tribunal Constitucional presidida por Cándido Cónde-Pumpido
Ampliar
Reunión del Tribunal Constitucional presidida por Cándido Cónde-Pumpido (Foto: Tribunal Constitucional)

El Constitucional admite el conflicto abierto por el Gobierno tras derogar las comunidades del PP el impuesto de sucesiones

martes 23 de abril de 2024, 13:55h

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el conflicto entre órganos constitucionales promovido por el Gobierno central frente al Senado, en relación con el intento de la Cámara Alta de aprobar por ley la derogación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

En concreto, el Ejecutivo actuó contra el Acuerdo de la Mesa de esa cámara de 21 del noviembre de 2023, por el que se tomaba en consideración para su tramitación la proposición de ley por la que se deroga el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en contra del criterio del Gobierno, adoptado al amparo del artículo 134.6 de la Constitución.

El Gobierno central plantea que ese acuerdo podría suponer una vulneración de los artículos 134.6 de la Constitución y 151 del Reglamento del Senado, en relación al ejercicio de la facultad de veto presupuestario.

Otros recursos admitidos

Además, el Pleno ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 senadores del PSOE contra la ley que buscaba medidas para la simplificación y mejora de la eficacia de instituciones y organismos de la Comunidad de Madrid.

Los senadores alegan que estos artículos podrían vulnerar los artículos 1.1, 9.3, 20.3 y 23.2 de la Constitución.

Por otro lado, el Pleno también han admitido el recurso de inconstitucionalidad promovido por más de 50 diputados del PP en el Congreso de los Diputados contra el decreto ley que aprobó medidas para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de servicio público de justicia, función pública, régimen local y mecenazgo.

En su recurso, los diputados sostienen que el citado decreto-ley podría ser contrario al artículo 86.1 CE por no concurrir el presupuesto habilitante de la extraordinaria y urgente necesidad y por exceder los límites materiales. Asimismo, también alegan que podría vulnerar, entre otros, los artículos 120.2, 24.2, 150.2 y 149.1.18 CE.

Asimismo, el Pleno del TC también ha deliberado sobre la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sección 4ª de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo contra el artículo 67.3 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal. El Pleno acuerda oír al Fiscal General del Estado para que alegue lo que considere conveniente acerca de la admisibilidad de la presente cuestión de inconstitucionalidad en relación con el cumplimiento de los requisitos procesales.

Si quieres recibir más temas como éste, puedes suscribirte a nuestras alertas gratuitas de noticias de Whatsapp o Telegram. También tenemos un boletín gratuito de noticias que llegarán a tu e-mail. Además, estamos en las redes sociales más conocidas: Facebook, X (Twitter), Threads, Instagram y TikTok.

¿Te ha parecido interesante esta noticia?    Si (0)    No(0)

+
0 comentarios