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El Tribunal Constitucional admite el recurso de PP y Vox contra la 'Ley Rider'
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(Foto: Chema Barroso / MDO)

El Tribunal Constitucional admite el recurso de PP y Vox contra la 'Ley Rider'

lunes 20 de septiembre de 2021, 13:39h

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad presentados por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Vox y más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular contra el Decreto-ley 9/2021, de 11 de mayo, por el que se modifica el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, para garantizar los derechos laborales de las personas dedicadas al reparto en el ámbito de las plataformas digitales. A estos trabajadores se les conoce popularmente como 'riders' o repartidores.

El Tribunal ordena dar traslado de la demanda y documentos presentados al Congreso de los Diputados, al Senado y al Gobierno, para que puedan personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.

Los recurrentes consideran que la norma impugnada carece del presupuesto habilitante del art. 86.1 CE referido a la extraordinaria y urgente necesidad.

Qué dice la la 'Ley Rider'

Esta legislación obliga a que los repartidores de comida y otros servicios de las plataformas digitales estén en nómina a partir de hoy.

El objetivo de la ley es proteger a los trabajadores de estos servicios digitales, donde se había detectado una situación de precariedad generalizada, así como falta de regulación laboral.

Qué cambia con la Ley Rider

Las plataformas deberán contratar a los repartidores y cotizar por ellos, sin excepciones. De esta forma se estabiliza la situación de miles de repartidores que ejercían hasta ahora de falsos autónomos. Con la nueva normativa, estos trabajadores contarán con todos los derechos y coberturas que hasta el momento, al obligarles a darse de alta como autónomo, no disfrutaban: vacaciones pagadas, prestación por incapacidad...etc.

A partir de ahora se reconoce el derecho del comité de empresa a conocer el funcionamiento de los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial "que afecten a las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles".

La nueva ley regula los algoritmos que utilizan las plataformas para que estas fórmulas no penalicen a determinado grupo de trabajadores.

Diversas sentencias judiciales habían fallado y constatado hasta ahora que estos trabajadores contratados son falsos autónomos y que debían estar en nómina de las empresas, condenando a algunas de ellas a pagar las cuotas de la Seguridad Social no cumplimentadas durante la vinculación laboral.

Las plataformas más populares son Glovo y Deliveroo, pero también Uber Eats, entre otras. Algunas de ellas, además de mostrar su contrariedad, incluso han amenazado con paralizar su actividad, como es el caso de Deliveroo, que está estudiando la viabilidad del negocio ante estas novedades.

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