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La promesa de Feijóo de cambiar la ley para no tener elecciones en verano sería inconstitucional
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(Foto: Chema Barroso / MDO)

La promesa de Feijóo de cambiar la ley para no tener elecciones en verano sería inconstitucional

viernes 21 de julio de 2023, 09:07h

El presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo, quiso hacer ayer jueves una promesa electoral que gustase a los votantes y así lo hizo: anunció que en caso de gobernar, reformaría la normativa electoral para impedir que haya convocatorias a las urnas en pleno verano, como en estas generales.

Era, además, de paso, una crítica directa a Pedro Sánchez por su tan controvertida maniobra de adelantar las elecciones a este 23 de julio, lo cual ha pillado a millones de españoles en plenas vacaciones de verano.

Lo que dijo en concreto Feijóo fue que si gobierna, cambiará la ley para que no haya que volver a votar en periodo vacacional, durante los meses de julio y agosto.

Sin embargo, esta promesa sería una simple medida vacía, ya que según los expertos que se han ido pronunciando en las últimas horas, esta medida podría ser después recurrida en el Tribunal Constitucional y ser considerada contraria a la legalidad de la ley marco, la Carta Magna.

Y es que la Constitución consagra que el presidente del Gobierno tiene la potestad de convocar elecciones cuando así lo requiera, por lo que limitar este anuncio a determinadas fechas o épocas del año sería limitar este derecho del que sea en ese momento máximo mandatario del país.

Además, esta medida abriría el melón de ir también querer limitar otras fechas y épocas del año, como las fiestas navideñas, la Semana Santa... o lo que es lo mismo, anteponer el descanso y las vacaciones a un derecho y libertad tan básico como es el voto de los ciudadanos. Además, dejaría a un presidente del Gobierno de la nación sin margen de maniobra ante una emergencia nacional.

Qué dice la Constitución española

La Constitución simplemente contempla sobre las convocatorias electorales que "las elecciones tendrán lugar entre los 30 días y 60 días desde la terminación del mandato. El Congreso electo deberá ser convocado dentro de los 25 días siguientes a la celebración de las elecciones".

Además, el artículo 115, deja bien claro lo siguiente: "El Presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, y bajo su exclusiva responsabilidad, podrá proponer la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales, que será decretada por el Rey. El decreto de disolución fijará la fecha de las elecciones".

Dicho de otra manera, Feijóo sí podría cambiar este aspecto de las convocatorias electorales, pero para ello debería también reformar este artículo de la Constitución y por tanto contar con el amplio apoyo del Congreso. Es decir, que el PSOE debería apoyarlo.

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