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Santos Cerdán
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Santos Cerdán (Foto: PSOE/Eva Ercolanese)

Santos Cerdán, ya en libertad provisional tras publicarse el informe de la UCO

miércoles 19 de noviembre de 2025, 11:16h
Última actualización: jueves 20 de noviembre de 2025, 08:05h

El que fuera número 2 del PSOE, Santos Cerdán, como se esperaba, ha recibido el decreto de puesta en libertad provisional este miércoles.

El ex dirigente socialista se encuentra en prisión provisional, comunicada y sin fianza, desde el 30 de junio, en concreto, en el centro penitenciario de Soto del Real, Madrid.

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente lo decide así tras publicarse el informe de la UCO de la Guardia Civil, levantarse el secreto de sumario y al decretarse por tanto que ya no hay riesgo de destrucción de pruebas.

El informe de la UCO

Santos CerdánEl informe de la UCO conocido ayer destapaba una red de favores entre la constructora Acciona y Cerdán y otros implicados en el caso para lograr adjudicaciones millonarias a cambio de mordidas en contratos de obras públicas.

Los documentos revelaban que los navarros Santos Cerdán, Koldo García y Antxon Alonso coordinaban estas adjudicaciones públicas con Acciona. De hecho, esta semana conocimos que 3 ex directivos de la empresa eran citados ante el juez en calidad de imputados.

La Guardia Civil ha acreditado pagos inflados del 70% en contratos donde intervenía la trama de Koldo y Santos.

El pasado 28 de octubre fue la última vez que el juez Puente rechazaba la petición de libertad presentada por Santos Cerdán.

Lo que dice el juez en su auto

El auto del juez Puente explica que considera "seriamente mitigado el riesgo de destrucción de pruebas que fundamentó la orden de prisión sin fianza que dictó contra él el pasado 30 de junio, y ha acordado contra él las medidas cautelares de comparecencias quincenales en el Juzgado y prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte".

Así, impone a Cerdán la obligación de que comparecer cada 15 días en el Supremo o en el juzgado más próximo a su domicilio si así lo pide, así como cuantas veces sea llamado, y la prohibición de salida del territorio nacional con retirada del pasaporte en el Juzgado, que deberá ser entregado por él en la Secretaría de la Sala Penal del Supremo.

El juez señala que dicho riesgo de que el investigado pudiera ocultar, alterar o destruir fuentes de prueba relevantes, que era muy intenso cuando se dictó la medida de prisión, , “aparece ya, como consecuencia de la investigación practicada hasta este momento, seriamente mitigado, habiéndose logrado obtener informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso, -ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes-, y con las que ya se cuenta”.

En su auto, el juez detalla que “el resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación”, pero añade que la existencia de esos consistentes indicios relativos a que Cerdán pudiera haber cometido los ilícitos penales que se le atribuyen no justifica por sí mismo el mantenimiento de la prisión provisional, incluso cuando, como sucede en este caso, el progreso de la investigación no haya hecho más que confirmar y robustecer dichos indicios.

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