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"Hacerlo sería cometer un delito" afirmó San Miguel

El Poder Ejecutivo no dejará salir a Leopoldo Fernández de la cárcel

El Poder Ejecutivo no dejará salir a Leopoldo Fernández de la cárcel

jueves 06 de noviembre de 2008, 04:45h

El Poder Ejecutivo afirmó este miércoles que sería un delito acatar el fallo de la Corte de Distrito de Chuquisaca, que dispuso el traslado del ex prefecto de Pando, Leopoldo Fernández a Sucre.

    En conferencia de prensa, en Palacio Quemado, los ministros de Defensa, Walter San Miguel y de Gobierno, Alfredo Rada, y el viceministro de Justicia, Wilfredo Chávez, ratificaron la posición del Ejecutivo de no dar vía libre a la resolución de la Corte chuquisaqueña, pues al hacerlo se estaría posibilitando la fuga de Fernández.

    "Cumplir el fallo de la corrupción de Chuquisaca, eso sí sería un delito, porque se estaría incumpliendo las sentencias del Tribunal Constitucional que están por encima de la Corte de Chuquisaca, la ley del Tribunal Constitucional y la Constitución", afirmó el ministro San Miguel.

    El 27 de octubre el Tribunal de hábeas corpus de la Corte Superior de Chuquisaca anuló las actuaciones del juez Willams Dávila, quien determinó la detención preventiva de Fernández, ordenando a la vez, su traslado a Sucre y que el Fiscal General, Mario Uribe, reasuma las investigaciones de la masacre de más de 18 personas en el departamento de Pando el pasado 11 de septiembre.

    San Miguel indicó que es imposible cumplir con esta determinación ilegal porque la Corte chuquisaqueña, primero, obvió la resolución de la Sala Penal III de la Corte Superior de Distrito de La Paz que declaró improcedente el recurso de hábeas corpus interpuesto por la defensa del ex prefecto pandino contra las autoridades recurridas, entre ellas, Eduardo Morales Valda, Fiscal de Materia, y dispuso el cumplimiento del artículo 93 de la Ley del Tribunal Constitucional.

    Esta señala que "la sentencia pronunciada en el recurso se elevará de oficio en revisión, ante el Tribunal Constitucional en el plazo de veinticuatro horas, sin que por tal motivo se suspenda la ejecución inmediata del fallo".

    La segunda observación, citada por San Miguel, es que la Corte se hizo de la vista gorda y no citó a la audiencia del hábeas corpus a las autoridades involucradas; en este caso a los ministros de Defensa y de Gobierno, quienes el día de la audiencia, no se encontraban en el país.

    Indicó que con ello se vulneró lo que establece el Artículo 18 de la Constitución Política del Estado (CPE), adscrito además en anteriores resoluciones del Tribuna Constitucional referidos a procesos similares, en sentido de que "es ineludible la citación en la parte recurrida en una audiencia de hábeas corpus".

    "La autoridad Judicial señalará de inmediato día y hora de audiencia pública, disponiendo que el actor sea conocido de su presencia. Con dicha orden se practicará citación personal o por cédula en oficina de la autoridad demandada", indicó el Ministro, con el texto constitucional en mano.

    Por ello, indicó que la Corte de Chuquisaca estaría "contraponiendo al Tribunal Constitucional que en su momento dio una línea jurisprudencial: nulidad de las audiencias cuando no se cita a las autoridades requeridas".

    A esto agregó que cuando el propio Fiscal General entregó obrados a la Comisión Especial Multipartidaria del Congreso para que se constituya en cabeza de Ministerio Público, para investigar la masacre en Pando, donde perecieron más de 18 personas, éste dejó de tener competencias.

    En ese marco, San Miguel señaló que todo a partir de ahora es "una tramoya para liberar a Fernández" o posibilitar que este fugue del país, hecho al que advirtió "el Gobierno no se ha de prestar".

    Insistió en que la decisión del Gobierno es que se haga justicia y no permitir que éste quede en la impunidad.

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