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Las nuevas multas serán a medida de la peligrosidad de la infracción

Las nuevas multas serán a medida de la peligrosidad de la infracción

viernes 28 de noviembre de 2008, 16:12h
El Gobierno ha dado luz verde al nuevo texto que regulará la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que aportará novedades como la graduación de las multas según la peligrosidad de las infracciones o la eliminación de algunas multas como la suspensión del permiso de conducción para las sanciones graves, ahora será aplicable sólo a las ‘muy graves’. Pero entre las novedades más curiosas está la posibilidad de que la publicación edictal de las multas ahora podrá hacerse por e-mail. Un correo que con sólo abrirlo se dará por notificado al infractor.
Este paquete de medidas que conllevará un coste estimado de 6.000 euros pretende agilizar los trámites burocráticos de notificación de las multas ya que se revisa el sistema de responsabilidades cuando la infracción se haya detectado a través de un radar sin la detención del vehículo. A partir de ahora, además del titular podrá adjudicarse previamente a un ‘conductor habitual’ para la confirmación de la identidad del infractor.

    Además, la notificación de las multas se adapta a los nuevos tiempos: por un lado el tablón edictal de la Dirección General de Tráfico se vuelve digital y por otro, serán igualmente válidos los e-mails para comunicar las sanciones. Esta última medida sólo será obligatoria para las empresas, pero podría generalizarse si los usuarios se acogen voluntariamente al uso de esta herramienta.

    No se incrementan sustancialmente la cuantía de las multas, pero sí se especifica una cantidad exacta para penalizar según el grado de peligrosidad de la infracción. De este modo, se fijan las cuantías de las multas en cantidades exactas de 100 euros para las infracciones leves, 200 euros para las graves y 500 euros para las muy graves, que podrán incrementarse por el órgano competente para sancionar hasta en un 30 % por la existencia de circunstancias adicionales como el peligro potencial creado. También se fija la cuantía de la sanción por exceso de velocidad en función del número concreto de kilómetros que se exceda sobre la velocidad máxima permitida.

    Desaparece como ya se ha dicho, la suspensión del permiso de circulación para las sanciones graves, pero se incluyen otras multas como la suspensión del carné si no se  identifica al conductor del vehículo con el que se ha cometido una infracción, o, para los extranjeros no residentes en España que cometan infracciones en el territorio español, la prohibición de utilizar el vehículo durante un mes, además de anotar la pérdida  de puntos, terminando así con la sensación de impunidad de éstos en nuestro país.
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