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Referencia del Consejo de Ministros

viernes 26 de diciembre de 2008, 15:22h

SUMARIO

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento para aplicar las deducciones correspondientes a la dispensación de medicamentos de uso humano con cargo a las mutualidades de funcionarios.
  • REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios y la protección de Seguridad Social de los sometidos a penas de trabajo en beneficio de la comunidad.
  • ACUERDO sobre medidas sociolaborales integradas en los Planes de apoyo a los sectores del juguete y textil y de la confección y sobre medidas financieras aplicables a los sectores textil, calzado, mueble, juguete, curtidos, marroquinería y madera.

Economía y Hacienda

  • REAL DECRETO por el que se aprueba el Programa Anual 2009 del Plan Estadístico Nacional 2009-2012.
  • REAL DECRETO por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, así como el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.
  • REAL DECRETO por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2008.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Defensa a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para atender a reprogramaciones y ajustes de anualidades de los Programas Especiales de Modernización correspondientes a los Programas Vehículos Pizarro, Carros de Combate Leopardo, Helicópteros Tigre, Aviones EF-2000, Misil IRIS-T y Fragatas F-100.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros, para compensación de intereses de préstamos y concesión de primas a la construcción naval.
  • ACUERDO por el que se autoriza al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Ciencia e Innovación, a adquirir compromisos de gasto con cargo a ejercicios futuros para atender las obligaciones económicas que se derivan de las convocatorias de subvenciones y ayudas encuadradas en los programas I+D+I.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de Cataluña a realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de deuda pública a largo plazo (programa de emisiones de bonos y obligaciones), por un importe máximo de 1.880.370.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para realizar operaciones de préstamos en el exterior y emisiones de deuda pública a largo plazo (bonos y obligaciones) hasta un importe máximo de 284.673.000 euros.
  • ACUERDO por el que se autoriza a la Comunitat Valenciana para la realización de operaciones de endeudamiento a largo plazo en euros y en divisas, por un importe máximo de 1.831.996.391,26 euros.
  • INFORME sobre los principales resultados de la ejecución de los planes de control financiero permanente y auditoría pública del ejercicio 2007.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo de intercambio de información en materia tributaria entre España y los Países Bajos, en nombre de Aruba.
  • ACUERDO por el que se autoriza la firma del Convenio Transaccional entre el Reino de España y el Principado de Andorra para la cesión del edificio y otros bienes de Radio Andorra.

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se despliega la nueva estructura del Ministerio Fiscal y se establece su plantilla orgánica para el año 2008.
  • ACUERDO por el que se continúa el procedimiento de extradición de Garret Griffith Gilliand y de Nicolae Devilla Magpusao, solicitada por las autoridades de Estados Unidos para su enjuiciamiento por el delito de estafa.


Defensa

  • ACUERDO por el que se toma razón de las actuaciones de emergencia para la adquisición de chalecos antifragmentos-antibala y placas balísticas para atender necesidades del Ejército de Tierra en Operaciones de Mantenimiento de la Paz.
  • ACUERDO por el que se autoriza la obra "Madrid/Centro Nacional de Inteligencia/edificio 300".
  • ACUERDO por el que se autoriza el gasto asociado al Memorándum de Entendimiento (MOU) entre Francia, Alemania y España para efectuar a través de la Organización Conjunta y de Cooperación en materia de armamento europea (OCCAR), el mantenimiento del helicóptero "Tigre" (apoyo en servicio) en el período 2009-2015.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se modifican determinados términos de la concesión administrativa de la Autopista Concesionaria Astur-Leonesa, Sociedad Anónima.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Variante de Lanestosa, CN-629, pp. kk. 60 al 64,800, con un presupuesto de 19.460.564,10 euros", Cantabria y Vizcaya.
  • ACUERDO por el que se autoriza la prórroga hasta el 31 de julio de 2009 para la terminación de las obras del contrato bajo la modalidad de abono total del precio: “Autovía Extremadura-Comunidad Valenciana (A-43), tramo: Ciudad Real (Carretera N-340)-Atalaya del Cañavate (A-31), subtramo:Villarrobledo (O)-Carretera N-301”, Albacete.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago del precio en el ejercicio presupuestario 2011 del contrato de las obras “Autovía del Mediterráneo (A-7), tramo: enlace de Polopos-enlace de Albuñol”, Granada.
  • ACUERDO por el que se autoriza el pago del precio en el ejercicio presupuestario 2009 del contrato de las obras “Autovía A-40, tramo: Noblejas-Villarrubia de Santiago (E)”, Toledo.
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 1 por importe adicional total de 4.920.368,14 euros del contrato de las obras “Autovía A-50, Peñaranda de Bracamonte-Villar de Gallimazo”, Salamanca.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de las obras “Conexión provisional de la N-340 y estabilización de taludes. Autovía del Mediterráneo (A-7), tramo: variante de Alcoy”, con un presupuesto de 20.703.553,18 euros, Alicante.
  • ACUERDO por el que se autoriza la prórroga hasta el 28 de junio de 2009 para la terminación de las obras del contrato bajo la modalidad de abono total del precio “Autovía A-67, tramo: Alar del Rey-Puebla de San Vicente", Palencia.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre la Administración General del Estado y la Generalitat de Cataluña, por el que se determina la cuantía a transferir a ésta como consecuencia de la aplicación de lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto Ley 6/1999, de 16 de abril, correspondiente al ejercicio de 2007.
  • INFORME sobre el impulso del transporte de mercancías por ferrocarril.

Trabajo e Inmigración

  • REAL DECRETO sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009.
  • REAL DECRETO por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2009.
  • ACUERDO por el que se autoriza la prórroga, del 1 de enero a 31 de marzo de 2009, del Convenio de colaboración para la prestación de servicios postales, suscrito entre la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., y el Ministerio de Trabajo e Inmigración y la aprobación del gasto correspondiente.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Valencia para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Murcia para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Cantabria para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Canarias para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Andalucía para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Madrid para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Extremadura para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Illes Balears para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Aragón para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Galicia para el control de la Incapacidad Temporal.
  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Trabajo e Inmigración (INSS) y la Comunidad Autónoma de Cataluña para el control de la Incapacidad Temporal.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • REAL DECRETO por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la celebración de la contratación del servicio de operación y mantenimiento de cinco aviones anfibios con motor de pistón propiedad del Estado para la lucha contra los incendios forestales.
  • ACUERDO por el que se toma razón de la segunda ampliación económica de la declaración de emergencia adoptada en el expediente de adquisición de vacunas necesarias en la lucha frente a la enfermedad de la lengua azul, por importe de 10.000.000 de euros.
  • ACUERDO por el que se impone a Matadero Madrid Norte, S.A., una sanción de 365.252,49 euros más la obligación de indemnizar los daños producidos al dominio público hidráulico en la cantidad de 132.483,60 euros, por alumbramiento de aguas subterráneas de un sondeo sin autorización administrativa, en el término municipal de San Agustín de Guadalix (Madrid).
  • ACUERDO por el que se autoriza la modificación núm. 3 del Convenio de Gestión Directa celebrado el 17 de enero de 2000 entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Segura, S.A.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras para la restauración de cauces con motivo de las avenidas en noviembre de 2008 en los ríos de la zona occidental de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, por un importe de hasta 3.600.000 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan Nacional Integrado de Residuos para el período 2008-2015.
  • ACUERDO por el que se autorizan contribuciones españolas a diversos organismos y organizaciones internacionales para el ejercicio 2008, por importe de 410.000 euros.
  • ACUERDO por el que se aprueba el Plan de biodigestión de purines para la reducción de los gases de efecto invernadero y el tratamiento del nitrógeno en la gestión de los purines, dentro del Plan de medidas urgentes de la estrategia de cambio climático y energía limpia (EECCEL) y las líneas estratégicas de lucha contra el cambio climático para el impulso de la financiación de la pequeña y medianas empresas.
  • ACUERDO por el que se autoriza la adenda núm. 4 al Convenio de gestión directa entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Sociedad Estatal Depuradora del Baix Llobregat, S.A., sociedad absorbida por la Sociedad Estatal Aguas de la Cuenca del Ebro, S.A., sobre ampliación de capital.
  • ACUERDO por el que se autoriza la adenda núm. 3 a la modificación núm. 2 del convenio de gestión directa celebrado entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino y la Sociedad Estatal Aguas de las Cuencas Mediterráneas, S.A., sobre ampliación de capital.

Administraciones Públicas

  • REAL DECRETO por el que se crea la Consejería de Trabajo e Inmigración de la Misión Diplomática Permanente de España en la República de Uruguay y se actualiza la denominación de las Consejerías del Ministerio de Trabajo e Inmigración en el exterior.
  • REAL DECRETO sobre ampliación de medios personales y económicos traspasados a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia por Real Decreto 1086/2008, de 30 de junio, en materia de medios personales adscritos al Hospital General Básico de la Defensa de Cartagena.
  • ACUERDO por el que se da contestación al requerimiento de incompetencia formulado por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña, en relación con la Resolución de 25 de septiembre de 2008 de la Dirección de la Fundación Biodiversidad por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión de ayudas destinadas a la realización de actividades medioambientales para el periodo 2008-bis, así como las bases reguladoras de dichas ayudas.

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se regula el procedimiento a seguir para la restitución a particulares de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil.
  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la subsanación de defectos de las instalaciones de electricidad y medidas contra incendios en el Museo de Mallorca en Palma de Mallorca, Illes Balears.

  • INFORME sobre el cumplimiento por parte del Ministerio de Cultura de lo establecido en la Ley 21/2005, de 17 de noviembre, de restitución a la Generalitat de Cataluña de los documentos incautados con motivo de la Guerra Civil custodiados en el archivo de la Guerra Civil española y de creación del Centro Documental de la Memoria Histórica.

Sanidad y Consumo

  • ACUERDO por el que se establecen las cuantías de diversas contribuciones a organismos internacionales durante el año 2008 en el ámbito del Ministerio de Sanidad y Consumo, por importe de 382.169 euros.

Ciencia e Innovación

  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de ingeniero técnico.
  • ACUERDO por el que se establecen las condiciones a las que deberán adecuarse los planes de estudios conducentes a la obtención de títulos que habiliten para el ejercicio de las distintas profesiones reguladas de ingeniero.
  • ACUERDO por el que se autoriza la contratación de las obras de ampliación y reforma del Centro de Investigaciones Científicas "Isla de la Cartuja", Sevilla.

ACUERDOS DE PERSONAL

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada a Dª CONCECPIÓN SABADELL CARNICERO.
  • REAL DECRETO por el que se nombra Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Málaga a D. ANTONIO MORALES LÁZARO.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueven al empleo superior, a título póstumo y con carácter honorífico, a los miembros de las Fuerzas Armadas que se relacionan:

A Capitán:

  • D. SANTIAGO HORMIGO LEDESMA.

A Subteniente:

  • D. LUIS CONDE DE LA CRUZ.
  • D. JUAN ANDRÉS SUÁREZ GARCÍA.

A Sargento 1º:

  • D. JOAQUÍN LÓPEZ MORENO.

A Cabo Primero:

  • D. RUBÉN ALONSO RÍOS.

CONDECORACIONES

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil a D. VICENTE FERRER MONCHO.

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Militar con distintivo blanco a las personas que se citan:
  • D. JESÚS AMATRIAÍN MÉNDEZ, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. FRANCISCO JAVIER BONAL GARCÍA, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. CASIMIRO JOSÉ SANJUÁN MARTÍNEZ, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. ALFREDO RAMÍREZ FERNÁNDEZ, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. LORENZO ÁLVAREZ ARAGÓN, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. JAVIER CABEZA TABERNE, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. RICARDO SOTOMAYOR SÁEZ, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. RAFAEL VAQUERO FERNÁNDEZ, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. FRANCISCO MARTÍN ALONSO, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. ÁLVARO MICHAEL SACRISTÁN, General de Brigada del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. DAVID ENRIQUE ARIAS DELGADO, General de Brigada del Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra.
  • D. GERARDO TEJEDOR DEL CAMPO, General de Brigada d el Cuerpo de Intendencia del Ejército de Tierra.
  • D. JOSÉ LUIS ORTS PALES, General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros Politécnicos del Ejército de Tierra.
  • D. ANTONIO GUTIÉRREZ DE LA PEÑA, General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar.
  • D. JOSÉ MANUEL OLMEDO GARZÓN, General de Brigada Interventor del Cuerpo Militar de Intervención.
  • D. SALVADOR ROMERO GARCÍA, General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • D. ANTONIO DICHAS GÓMEZ, General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • D. JOSÉ MARÍA PETISCO FERNÁNDEZ, General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • D. JAIME ALEJANDRO MALDONADO, General de Brigada del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • SR. MOHAMMAD AKRAM, Teniente General del Ejército de Tierra Afgano.
  • SR. NICOLO FALSAPERNA, General de Brigada del Ejército de Tierra Italiano.
  • SR. GEORG NACHTSHEIM, General de Brigada del Ejército de Tierra Alemán.
  • D. ÁNGEL CALDERÓN CEREZO.
  • D. JOSÉ MARÍA CASTROVIEJO Y BOLÍVAR.
  • D. CARLOS SÁNCHEZ NIEVA NAVAS.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Naval con distintivo blanco a las personas que se citan:
  • D. PASCUAL SOLÍS NAVARRO, Teniente General del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • D. LUÍS JAVIER SÁNCHEZ NOAILLES, General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. JOSÉ MARÍA PELLUZ ALCANTUD, Contralmirante del Cuerpo General de la Armada.
  • D. ESTANISLAO PERY PAREDES, Contralmirante del Cuerpo General de la Armada.
  • D. MAXIMILIANO MOYA SANTOS, General de Brigada del Cuerpo de Intendencia de la Armada.
  • D. ÁNGEL MARTÍNEZ MARTÍNEZ, Contralmirante del Cuerpo de Ingenieros de la Armada.
  • D. JOSÉ LUIS POYATO ARIZA, General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar.
  • D. MANUEL HERÁNDEZ NAVARRO, General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad.
  • SR. MARIO MARIOLI, General de División del Ejército de Tierra Italiano.
  • SR. JAMES A. WINNEFELD, Vicealmirante de la Armada Estadounidense.
  • D. JOSÉ ANTONIO GODÉ SÁNCHEZ.
  • D. RICARDO PEIDRÓ CONDE.
  • SRA. SONIA CAROLINA ECHEVERRÍA MOYA.
  • REAL DECRETO por el que se concede la Gran Cruz del Mérito Aeronáutico con distintivo blanco a las personas que citan:
  • D. JOSÉ ANGEL SANDE CORTIZO, Almirante del Cuerpo General de la Armada.
  • D. JOSÉ MANUEL GARCÍA VARELA, Teniente General del Cuerpo de la Guardia Civil.
  • D. VALENTÍN MARTÍNEZ VALERO, General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra.
  • D. JAVIER PERY PAREDES, Vicealmirante del Cuerpo General de la Armada.
  • D. MIGUEL MORENO ÁLVAREZ, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.
  • D. JUAN ANTONIO CARRASCO JUAN, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.
  • D. JOSÉ MARÍA MAESTRE RODRÍGUEZ, General de Brigada del Cuerpo General del Ejército del Aire.
  • D. JOSÉ VICENTE BISBAL BOIX, General de Brigada del Cuerpo de Ingenieros del Ejercito del Aire.
  • D. JESÚS BELLO GIL, General Auditor del Cuerpo Jurídico Militar.
  • D. LUIS MIGUEL CALLOL SÁNCHEZ, General de Brigada Médico del Cuerpo Militar de Sanidad.
  • Dª ESPERANZA CASTELEIRO LLAMAZARES.
  • D. JESÚS ÁNGEL FERNÁNDEZ-TRESGUERRES HERNÁNDEZ.


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ASUNTOS GENERALES

Trabajo e Inmigración

APROBADA LA REVALORIZACIÓN DE LAS PENSIONES PARA 2009

  • Las pensiones suben desde enero entre un 2,4 por 100 y un 7,2 por 100.
  • Las mínimas, que reciben más de dos millones y medio de pensionistas, subirán entre un 3,4 por 100 y un 7,2 por 100.
  • Los pensionistas recibirán a finales de enero, además de la nómina mensual, una paga de compensación por la desviación de la inflación en 2008.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto sobre Revalorización de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2009.

El pasado día 12 se conoció la desviación de la inflación entre noviembre de 2007 y noviembre de 2008, que aumentó el 0,4 por 100 sobre el 2 por 100 previsto y totalizó un 2,4 por 100.

El Real Decreto sobre Revalorización de las pensiones del Sistema de la Seguridad Social para 2009 establece la subida de las pensiones para el próximo año, con la garantía del mantenimiento del poder adquisitivo para todas las pensiones. Con carácter general, las pensiones subirán el próximo año un 2,4 por 100: un 2 por 100 de revalorización igual a la inflación prevista para 2009 y un 0,4 por 100 por consolidación de la desviación de la inflación en 2008.

La pensión media del sistema se sitúa para el próximo año en 741,62 euros al mes.

Desglose de las subidas

En 2009 el mayor incremento de las mínimas, un 6,4 por 100, corresponde a los pensionistas sin cónyuge que viven solos y tienen bajos ingresos. Para este grupo la pensión de jubilación se situará en 561,55 euros al mes (mayores de 65 años) y 524,28 euros mes (menores de 65). Dentro de los pensionistas solos y con bajos ingresos, las pensiones mínimas de viudedad suben entre un 5,84 por 100, para las viudas con cargas familiares que percibirán 651,63 euros al mes, y el aumento del 7,22 por 100 (421,41 euros al mes) de las viudas menores de sesenta años.

Las pensiones mínimas de jubilación con cónyuge a cargo subirán el próximo año un 5,8 por 100, que suponen 696,16 euros al mes; las pensiones no contributivas, un 2,4 y las pensiones del SOVI (Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez, a extinguir) subirán un 3,4 por 100.

Esta mejora de las pensiones mínimas beneficiará a más de 2.600.000 pensionistas, que ganarán poder adquisitivo al ver incrementada la cuantía de su pensión por encima de la inflación prevista.

Además de su pensión revalorizada, todos los pensionistas recibirán a finales del mes de enero de 2009 una paga de compensación por la desviación que ha experimentado la inflación en 2008.

El límite de la pensión máxima pública para el año 2009 asciende a 34.184,50 euros/año.


Trabajo e Inmigración

624 EUROS MENSUALES, NUEVO SALARIO MÍNIMO

  • Con el incremento previsto del 4 por 100, el Salario Mínimo Interprofesional ganará poder adquisitivo, al ser superior a la previsión de inflación para el año próximo.

El Consejo de Ministros ha aprobado la cuantía del Salario Mínimo Interprofesional para el año 2009, que se ha fijado en 624 euros mensuales, lo que supone un incremento del 4 por 100 respecto a la establecida en 2008.

Con carácter general, el Salario Mínimo queda fijado en 20,8 euros al día, 624 al mes y, en cómputo anual, en ningún caso inferior a 8.736 euros. Para los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de ciento veinte días, el salario no podrá ser inferior a 29,56 euros por jornada. Por último, para los empleados de hogar la cuantía establecida es de 4,89 euros por hora trabajada.

E speciales circunstancias económicas

Las nuevas cuantías, además de tomar en consideración los factores contemplados en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores, se han fijado teniendo en cuenta dos circunstancias especiales: en primer lugar, el incremento previsto implica la continuación de la estrategia que se inició en 2004 para la dignificación del Salario Mínimo Interprofesional, en el objetivo de situarlo en un 60% del salario medio, tal y como recomienda la Carta Social Europea. En este sentido el incremento fijado permite continuar en la senda de la recuperación de poder adquisitivo y en la del cumplimiento de los compromisos asumidos por el Gobierno.

En segundo lugar, figura el difícil contexto económico en el que ha de fijarse la cuantía del Salario Mínimo. La situación económica actual exige tener en cuanta a la hora de adoptar cualquier decisión todos los factores que puedan tener un impacto en la creación de empleo. La previsión de que la tasa de inflación tenga un comportamiento por debajo de los niveles actuales, ya de por sí inferiores a los alcanzados hace pocos meses, debería permitir la continuación de una moderación salarial que ha contribuido de manera decisiva a la creación de empleo en los últimos años.

La revisión del Salario Mínimo Interprofesional se enmarca en la estrategia de dignificación que ha desarrollado el Gobierno desde la anterior Legislatura, en la que se dio cumplimiento al compromiso electoral de alcanzar los 600 euros mensuales, 140 euros más que los 460 fijados en 2004, que representó un incremento del 30,3 por 100. Para la presente Legislatura el compromiso es alcanzar los 800 euros en 2012.


Trabajo e Inmigración

APROBADO EL PLAN DE APOYO AL SECTOR DEL JUGUETE

  • Las medidas sociolaborales tienen la misma filosofía que las pactadas para los sectores textil y de la confección y del calzado, curtidos y marroquinería

El Consejo de Ministros ha aprobado el Plan de Apoyo al sector del Juguete, cuyo preacuerdo fue firmado el pasado 5 de diciembre por los Ministerios de Trabajo e Inmigración y de Industria Turismo y Comercio, y las organizaciones empresariales y sindicales representativas del sector del juguete. Este Plan se venía negociando con los interlocutores sociales desde mediados de 2007.

Las medidas impulsadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración para este plan de apoyo al sector del juguete tienen la misma filosofía que las ya pactadas para el sector textil y de la confección, y del calzado, los curtidos y la marroquinería, y se orientan por los siguientes objetivos:

  • Aumentar la capacitación profesional de los trabajadores del sector, tanto los que se vayan a mantener en su empresa, como los que la vayan a abandonar, mejorando su empleabilidad.
  • Apoyar decididamente la reinserción laboral de los trabajadores que resulten excedentes.
  • Prestar especial atención a los trabajadores de edad para contribuir a su mantenimiento en el mercado de trabajo a través de potentes políticas activas de empleo, tanto reduciendo sus costes laborales, como proporcionándoles un acompañamiento especial que les permita mantenerse en la situación de activos hasta la edad de jubilación.

Se trata, por tanto, de un conjunto de medidas similares a las pactadas en los sectores textil y calzado, sin perjuicio de su adaptación a las necesidades formativas del sector juguete:

  • Formación de los trabajadores.
  • Bonificación de cuotas por mantenimiento del empleo mediante contratos indefinidos de los trabajadores de 55 ó más años.
  • Bonificación de cuotas por la contratación de trabajadores excedentes del sector.
  • Subvenciones durante el proceso de búsqueda de empleo.
  • Subvenciones para facilitar la movilidad geográfica.
  • Subvenciones para facilitar la inserción laboral de los trabajadores de 52 o más años.
  • Subvenciones para promocionar el empleo autónomo.
  • Ayudas especiales para los trabajadores de 55 o más años que no consigan recolocarse.

Como medida específica del sector juguete, deben destacarse los planes de formación sectorial, que constituyen una novedad respecto a los anteriores planes de apoyo referidos a los sectores textil y de la confección y calzado, curtidos y marroquinería. Ésta es una de las medidas más solicitadas y necesarias para las organizaciones empresarial y sindicales del sector.

El Acuerdo de Consejo de Ministros sobre las medidas sociolaborales integradas en el Plan de apoyo al sector del juguete va a permitir la firma con los interlocutores sociales del Acuerdo para el desarrollo del Plan de apoyo al sector.

Hay que destacar que las medidas incluidas en el Acuerdo de Consejo de Ministros apuestan por las políticas activas de empleo frente a otras medidas consideradas en procesos de reestructuración anteriores, donde se incidía más en políticas de protección pasivas. Frente a una cultura de la prejubilación, se aprueba un amplio panel de políticas activas, algunas muy novedosas, como las relativas al proceso de búsqueda de empleo, al impulso de movilidad geográfica y a la compensación de las diferencias salariales para impulsar la aceptación de empleos con salarios inferiores.

Sólo en último extremo se consideran unas ayudas especiales para los trabajadores de 55 o más años que, pese a todas las políticas activas de empleo, no hayan conseguido recolocarse; pero siempre con la obligación de mantenerse dispuestos a integrarse en el mercado de trabajo al tener esas ayudas especiales también la consideración de políticas activas.

Ámbito financiero

En el ámbito financiero, el Acuerdo supone una prórroga del Acuerdo de Consejo de Ministros de 9 de junio de 2006 por el que se instrumentó una línea de financiación, a través del Instituto de Crédito Oficial, para el trienio 2006-2008 para los sectores textil, calzado, mueble y juguete, posteriormente ampliado a los sectores de curtido, marroquinería y madera.

Las modificaciones que se introducen en la ampliación de la línea para el período 2009-2011 se refieren a:

  • La dotación de la línea, a cargo del ICO, es de 150 millones de euros.
  • El tipo de interés para el beneficiario con la bonificación de intereses del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio es de tipo fijo/variable ref. ICO -0,225%.
  • Se eleva el límite de la financiación hasta el 100 por 100 de la inversión y se podrá incluir un 40% de gastos ligados a la inversión.
  • El límite máximo del préstamo es de 2.500.000 euros.
  • Se establece un fondo de garantía de las operaciones que se formalicen, que será depositado en el ICO y su importe será de 11,25 millones de euros para el período de vigencia de la Línea 2009-2011. Con este fondo, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio asumirá hasta el 50 por 100 del riesgo de las operaciones formalizadas hasta que se agoten los 11,25 millones de euros, y con un máximo de hasta un 15 por 100 del importe dispuesto por cada entidad de crédito.
  • El beneficiario y la entidad de crédito negociaran los diferentes plazos de amortización: cinco, siete y diez años sin carencia o incluidos diferentes años de carencia del principal.

Concentrada en la Comunidad Valenciana y C ataluña

La industria del juguete emplea, según datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, a un total de 3.235 trabajadores y está fuertemente concentrada en dos Comunidades Autónomas: la Comunidad Valenciana y Cataluña. Entre ambas ocupan el 80 por 100 del empleo total y entre las provincias destaca Alicante, que ocupa el 50 por 100 del empleo nacional.

Prórroga del Plan del sector textil

Por otra parte, el Consejo de Ministros, ha acordado la prórroga del Plan de apoyo al sector textil y de la confección, que contiene una serie de medidas de política activas de empleo cuya vigencia se extinguía el 31 de diciembre de 2008.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración considera que, habiéndose cumplido las expectativas sobre las medidas contempladas en el Plan de apoyo al sector textil y de la confección, la actual situación económica exige que su aplicación sea prorrogada por un año, esto es, hasta el final de 2009, para aquellas medidas cuya vigencia finaliza el próximo 31 de diciembre de 2008.


Economía y Hacienda

APROBADO EL NUEVO SISTEMA DE DEVOLUCIÓN MENSUAL DEL IVA

  • El sistema tiene carácter voluntario y las declaraciones deberán presentarse por vía telemática
  • Las principales beneficiarias serán las empresas de nueva creación y las que han realizado un especial esfuerzo inversor

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de modificación del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que permitirá aplicar el nuevo sistema de devolución mensual de dicho impuesto, tal y cómo contempla la Ley de 23 de diciembre de 2008, por la que se suprime el gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio, se generaliza el sistema de devolución mensual del IVA y se introducen otras modificaciones en la normativa tributaria.

La modificación reglamentaria tiene por finalidad crear un sistema de devolución mensual con carácter voluntario y que se fundamenta en los principios de generalidad en su ámbito subjetivo y de simplicidad en su planteamiento.

Así, se pondrá en funcionamiento el próximo 1 de enero de 2009 un registro específico para las empresas que se encuentren al corriente de sus obligaciones tributarias y deseen acogerse a este tipo de devoluciones. La inscripción en dicho registro será voluntaria y permitirá a los empresarios la solicitud del saldo a devolver que determine cualquier declaración mensual presentada con independencia de su importe.

Las declaraciones se presentarán por vía telemática, con periodicidad mensual y, a fin de hacer compatible la máxima agilidad en la percepción de devoluciones con la prevención del fraude fiscal, se establece la obligación para los inscritos en el registro de suministrar de forma periódica una declaración informativa con el contenido de los libros de registro llevados a efectos del IVA.

Transportes por carretera

El Real Decreto también incluye un novedoso sistema de devolución directa a los empresarios dedicados al transporte de personas y mercancías por carretera por el Impuesto que soporten en la compra de medios de transporte destinados a dicha actividad, cumpliendo así el compromiso del Gobierno con este colectivo tras los acuerdos del 11 y 18 de junio.

La devolución mensual del IVA estaba recogida en el Plan de Estímulo Económico, aprobado por el Gobierno el pasado 18 de abril. Las principales beneficiarias de esta medida serán las empresas de nueva creación y las que realicen inversiones, que verán notablemente mejorada su liquidez a lo largo del próximo año.


Justicia

APROBADA LA NUEVA ESTRUCTURA DEL MINISTERIO FISCAL Y SU PLANTILLA ORGÁNICA PARA 2008

  • Se crean once nuevas plazas de Fiscales Jefes de Área y se detallan los partidos judiciales que atenderán cada uno de ellos
  • Se adapta el ámbito territorial de numerosas Fiscalías provinciales y Fiscalías de área, se constituyen secciones territoriales en numerosas fiscalías provinciales y se les asignan los partidos judiciales que permitan una atención del servicio público más ágil, coordinado y eficiente
  • La plantilla orgánica del Ministerio Fiscal queda fijada para 2008 en 2.189 efectivos

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se crean once nuevas plazas de Fiscales Jefes de Área, con lo que el Gobierno continúa el proceso de despliegue del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

El texto reparte los nuevos once Fiscales Jefes de Área y los partidos judiciales que atenderán cada una de estas nuevas Fiscalías, entre las Comunidades Autónomas de Andalucía (2); Illes Balears (1); Canarias (1); Castilla y León (1); Cataluña (3); Galicia (1) y Valencia (2).

El coste anual que implica la aprobación del Real Decreto asciende a 879.696,82 euros anuales, si bien el coste imputable al ejercicio de 2009 será sensiblemente más reducido, puesto que las plazas no serán efectivas hasta que sean convocadas para su cobertura entre los fiscales de carrera, lo que previsiblemente no se producirá hasta los primeros meses del próximo año.

De esta forma, se continúa con el espíritu de mejorar y modernizar los medios humanos y materiales puestos a disposición de la carrera fiscal que caracterizó la anterior legislatura. En los Presupuestos Generales del Estado de 2008 se detallaron las partidas necesarias para incrementar la plantilla del Ministerio Fiscal en cien efectivos y el Anexo 1 del Real Decreto fija la plantilla para 2008 en 2.189 efectivos, distribuidos en las siguientes categorías:

  • Primera categoría: 23 Fiscales de Sala, de los que el Teniente Fiscal del Tribunal Supremo tiene la consideración de presidente de sala.
  • Segunda categoría: 1.599 fiscales
  • Tercera categoría: 567 fiscales

El Real Decreto continúa la línea iniciada en otro Real Decreto de 28 de diciembre de 2007 para adaptar y actualizar todos los órganos del Ministerio Fiscal a la nueva organización y funciones establecidas por el legislador cuando aprobó en 2007 la más importante modificación que ha visto el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y que le permitan hacer frente a las más altas funciones que constitucionalmente tiene atribuidas.

De esta manera, el texto incorpora cinco adscripciones permanentes a las Fiscalías de Área creadas, reestructura geográficamente los partidos judiciales a los que atienden varias Fiscalías Provinciales y Fiscalías de Área, y crea numerosas secciones territoriales en la práctica totalidad de las Fiscalías Provinciales españolas. De esta forma, un nuevo Anexo 2 enumera, por Comunidades Autónomas, las Fiscalías de las distintas provincias, detalla la localidad en la que se encuentra cada una de sus sedes y los partidos judiciales que se atienden desde cada una de ellas.

También regula la constitución de 55 secciones territoriales, a cuyo frente estará un nuevo cargo de responsabilidad en la carrera fiscal, el Fiscal Decano, que será designado entre los fiscales de la plantilla de las Fiscalías Provinciales, y que se agrupan de la siguiente manera:

  • Andalucía: Granada (2), Almería (2), Córdoba (1), Jaén (2), Málaga (2) y Sevilla (2)
  • Aragón: Zaragoza (1) y Teruel (1).
  • Asturias (2)
  • Iles Balears (2)
  • Canarias: Las Palmas (1) y Santa Cruz de Tenerife (2)
  • Cantabria (2)
  • Castilla La-Mancha: Ciudad Real (1) y Toledo (2)
  • Cataluña: Barcelona (5), Girona (3), Lleida (1) y Tarragona (3)
  • Extremadura: Badajoz (2) y Cáceres (1)
  • Galicia: Lugo (2), Orense (1) y Pontevedra (1)
  • Madrid (3)
  • Murcia (2)
  • Navarra (1)
  • Comunidad Valenciana: Valencia (1), Alicante (2) y Castellón (1)
  • País Vasco: Bilbao (1)


Economía y Hacienda

46.157.822 PERSONAS EMPADRONADAS EN ESPAÑA EL 1 DE ENERO DE 2008

  • Declaradas oficiales las cifras de población de los municipios españoles resultantes de la revisión del padrón municipal

El Consejo de Ministros ha declarado oficiales, mediante un Real Decreto, las cifras de población de los municipios españoles resultantes de la revisión del padrón municipal a 1 de enero de 2008, que suponen un total de 46.157.822 personas empadronadas en España, con un crecimiento del 2,1 por 100 con respecto al año anterior.

Cifras de población


Más información

Las cifras de población oficiales de cada uno de los municipios españoles serán difundidas por el Instituto Nacional de Estadística cuando el Real Decreto sea publicado en el BOE, a través de su página web: www.ine.es


Fomento

INFORME SOBRE EL PLAN PARA POTENCIAR EL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS POR FERROCARRIL

  • Prevé una inversión de casi cinco mil millones de euros
  • Contempla actuaciones para la segregación de los tráficos de mercancías de otros tráficos; el acondicionamiento para las mercancías de los corredores liberados del tráfico de pasajeros, y el refuerzo de las conexiones con los puertos de interés general del Estado, así como la adquisición de nuevo material móvil.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Fomento, Magdalena sobre el Plan para potenciar el transporte de mercancías por ferrocarril y mejorar las condiciones de competencia y competitividad del sector.

El Plan tiene como primer objetivo la creación de una Red Básica de transporte de mercancías, formada por ejes estructurantes, como resultado de las siguientes actuaciones:

  • El acondicionamiento al tráfico de mercancías de las líneas convencionales en aquellos corredores que, al ponerse en servicio las líneas de alta velocidad, puedan dedicarse preferentemente al tráfico de mercancías.
  • Las líneas de alta velocidad de tráfico mixto, de viajeros y mercancías, en aquellos trayectos donde es posible hacer compatible ambos tráficos. En este sentido, cabe señalar que el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT) elaborado por el Ministerio de Fomento, incluye la construcción de siete mil kilómetros de alta velocidad de tráfico mixto, de los diez mil kilómetros que constituyen esta red.
  • La construcción de nuevas variantes en la red convencional.
  • La ampliación de la capacidad de la red existente.
  • El refuerzo de la conexión entre la red ferroviaria y los principales puertos de interés general del Estado.

Actuaciones en infraestructuras ferroviarias y material móvil.

Las previsiones de inversiones de las medidas a realizar en la red convencional, sus conexiones con los puertos y las inversiones en material móvil prevén una inversión de casi cinco mil millones de euros, exactamente 4.717 millones de euros, distribuidas del siguiente modo:

  • el acondicionamiento para las mercancías de los corredores liberados del tráfico de pasajeros (1.063 millones de euros).
  • la segregación de los tráficos de mercancías de otros tráficos, principalmente de los de cercanías, mediante la construcción de nuevas variantes y la ampliación de la capacidad de la red existente (2.895 millones de euros).
  • el refuerzo de las conexiones de la red ferroviaria con los principales puertos de interés general del Estado (240 millones de euros).
  • la inversión en material móvil (519 millones de euros).

Medidas de gestión de la operación ferroviaria

Por otra parte, el Plan presentado hoy por la Ministra de Fomento establece una serie de medidas en la gestión de la circulación de mercancías con el objetivo de darle mayor fiabilidad e incrementar su competitividad:

  • Gestión de las instalaciones Logísticas Ferroviarias públicas (terminales de carga) gestionadas por ADIF, que establecerá una red básica de instalaciones logísticas ferroviarias operativas durante 24 horas y 365 días al año para la recepción y expedición de trenes. Además, se implantará un nuevo sistema de información para las empresas que operan en ellas.

Como medida de carácter normativo, se aprobará la Orden Ministerial que regula la prestación de los denominados servicios adicionales, complementarios y auxiliares (Servicios ACA) a los operadores. En este marco se va a habilitar a las empresas ferroviarias para la prestación de determinados servicios en las terminales y otros puntos de carga.

Además, se modificará la estructura tarifaria a aplicar en las terminales públicas, que se ajustará al nuevo esquema de prestación de los Servicios ACA.

En 2009, en línea con esta medida de incentivar el transporte de mercancías por ferrocarril, se van a mantener las mismas tarifas que en 2008, en los servicios que presta ADIF en sus terminales. RENFE también mantendrá las mismas tarifas de mercancías.

  • Actividades desarrolladas en las zonas portuarias.

En colaboración con Puertos del Estado, y de acuerdo con las respectivas Autoridades Portuarias, el Ministerio de Fomento establecerá un conjunto de medidas que contemplen la gestión integrada de los servicios ferroportuarios para conseguir que las condiciones operativas sean más eficaces.

Se propondrá a las Autoridades Portuarias la reordenación del tráfico en el interior de los puertos para otorgar prioridad a las circulaciones ferroviarias sobre la circulación del resto de vehículos.

  • Adecuación del área de actividad de mercancías y Logística de RENFE-Operadora.

En la legislatura 2008-2012 RENFE tiene previsto desarrollar nuevas líneas estratégicas de actuación consistentes, entre otras actuaciones, en:

  • ampliar los servicios ofertados en el transporte de mercancías, ofreciendo soluciones logísticas integrales a sus clientes (servicios “puerta a puerta”).
  • poner en marcha un Plan de incremento de la productividad en todos los ámbitos de actuación: desde los recursos humanos y gestión de activos, al consumo de energía.
  • la entrada en servicio del material m
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