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Referencia del Consejo de Ministros - 17/04/2009

viernes 17 de abril de 2009, 15:07h

SUMARIO

Presidencia del Gobierno

  • REAL DECRETO por el que se determina la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
  • REAL DECRETO de protección de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte.

Presidencia

  • REAL DECRETO por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.
  • REAL DECRETO por el que se desarrollan las previsiones de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2009 en materia de pensiones de Clases Pasivas y de determinadas indemnizaciones sociales.
  • ACUERDOpor el que se aprueban medidas para la reducción de las cargas administrativas que soportan los ciudadanos y las empresas.
  • ACUERDO por el que se aprueban medidas para la reducción de las cargas administrativas que soportan los ciudadanos y las empresas.

Economía y Hacienda

  • ACUERDO por el que se autoriza la aplicación del Fondo de Contingencia y la concesión de un crédito extraordinario, por importe de 1.395.084,04 euros, para dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 15 de diciembre de 2005, condenatoria al pago por parte del Ministerio de Sanidad y Consumo de las compensaciones económicas en concepto de colaboración en la asistencia sanitaria prestada a sus empleados durante los ejercicios 1999 a 2002.

Política Territorial

  • ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra la disposición adicional segunda de la Ley de la Comunidad Autónoma de Galicia 18/2008, de 29 de diciembre, de Vivienda.

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • ACUERDO por el que autoriza la firma del Convenio núm. 32 de la Comisión Internacional del Estado Civil, sobre el reconocimiento de uniones de hecho inscritas, hecho en Munich el 5 de septiembre de 2007.
  • ACUERDO por el que autoriza la firma del Convenio de la Comisión Internacional del Estado Civil núm. 28 relativo a la expedición de un certificado de nacionalidad, hecho en Lisboa el 14 de septiembre de 1999.
  • ACUERDO por el que autoriza la firma del Convenio núm. 29 de la Comisión Internacional del Estado Civil, relativo al reconocimiento de las resoluciones por las que se constata un cambio de sexo, hecho en Viena el 12 de septiembre de 2000.
  • ACUERDO por el que se aprueba la firma ad referéndum de las actas del 20º Congreso de la Unión Postal de la Américas, España y Portugal, adoptadas en Montevideo el 14 de junio de 2007, y se dispone su remisión a las Cortes Generales.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Chile sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
  • ACUERDO por el que se autoriza el Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República del Paraguay sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro.
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de una Subvención de Estado de Cooperación Internacional, por un importe de 20.000.000 euros, a la Reserva Alimentaria Internacional de Emergencia del Programa Mundial de Alimentos de Naciones Unidas.

Justicia

  • REALES DECRETOS por los que se concede la nacionalidad española por carta de naturaleza a:
  • Dª Anita Benarroch Saraga.
  • D. Moises Ayach Cohen.
  • D. Leon Larry Esayag Coriat.
  • D. Jacob Nahon Israel.
  • Dª Ruth Serfaty Laredo.
  • Dª Rica Bensabat Maman.
  • D. Samuel Abecasis Carciente.
  • Dª Lupy Levy Bentolila.
  • Dª Rebeca Benhayon Bendahan.
  • Dª Raquel Miriam Ezagui Bentolila.
  • D. Isaac Benhayon Bendahan.
  • Dª Simel Tamar Bentolila Rubinstain.
  • D. Oscar Israel Bentolila Rubinstain.
  • Dª Sete Carolina Benacerraf Saias.
  • D. Salomón Querub.
  • Dª Gimol Toledano.
  • D. Marcos Whanon.
  • Dª Flora Benzquen.
  • Dª Thamar Mary Abecasis Bensabat.
  • Dª Eleonora Alegria Beracasa Abecasis.

Fomento

  • ACUERDO por el que se autoriza la suscripción de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Fomento y el Concello de Pontevedra en materia de carreteras

Educación

  • INFORME sobre el Plan director para la actuación educativa en Ceuta y Melilla que permita la mejora progresiva de sus resultados educativos.

Trabajo e Inmigración

  • ACUERDO por el que autoriza la celebración del contrato de las obras de reforma integral de los edificios de la dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social en Oviedo (Asturias) sitos en la calle Santa Teresa núms. 8 y 10 y calle Dr. Alfredo Martínez núm. 6, por un importe máximo de 22.638.844,70 euros.

Industria, Turismo y Comercio

  • ACUERDO por el que se aprueba la distribución de créditos del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (Innoempresa), entre las Comunidades Autónomas, para el ejercicio 2009.
  • ACUERDO por el que se instruye al ICO a crear una línea de crédito de 200 millones de euros con aval del Fondo Patrimonial de Garantías de Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S.A. (PYMAR).
  • ACUERDO por el que se autoriza la concesión de ayudas de cuantía superior a 12 millones de euros del Plan de Competitividad del Sector Automoción correspondiente a la anualidad 2009.

Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino

  • ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia por un importe de 3.479.965,20 euros, para reparar los daños ocasionados en diversas playas de la provincia de A Coruña.
  • ACUERDO por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la obra del "Proyecto de rehabilitación de la presa y entorno de Proserpina", término municipal de Mérida (Badajoz).

Cultura

  • ACUERDO por el que se autoriza al Ministerio de Cultura a suscribir con el Instituto de Crédito Oficial (ICO) un convenio de colaboración para instrumentar la línea de financiación "ICO-Industrias Culturales 2009".

Sanidad y Política Social

  • INFORME sobre la implantación de la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud.

ACUERDOS DE PERSONAL

Política Territorial

  • REAL DECRETO por el que se nombra Subsecretario de Política Territorial a D. JUAN ANTONIO CORTECERO MONTIJANO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director Adjunto del Gabinete del Vicepresidente Tercero y Ministro de Política Territorial a D. ENRIQUE JESÚS CERVERA GRAJERA .

Asuntos Exteriores y de Cooperación

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario de Estado para Iberoamérica a D. JUAN PABLO DE LAIGLESIA Y GONZÁLEZ DE PEREDO .

Justicia

  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora del Centro de Estudios Jurídicos a Dª MARÍA LOURDES RODRÍGUEZ REY .

Defensa

  • REAL DECRETO por el que se promueve al empleo de Teniente General al General de División del Cuerpo General de las Armas del Ejército de Tierra D. FRANCISCO PUENTES ZAMORA , y se le nombra Jefe del Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra.

Fomento

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras a D. VÍCTOR MORLÁN GRACIA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretaria de Estado de Transportes a D ª CONCEPCIÓN GUTIÉRREZ DEL CASTILLO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretaria General de Infraestructuras a Dª INMACULADA RODRÍGUEZ - PIÑERO FERNÁNDEZ .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario General de Transportes a D. JOSÉ LUIS CACHAFEIRO VILA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Subsecretario de Fomento a D. JESÚS SALVADOR MIRANDA HITA .

Educación

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretaria de Estado de Educación y Formación Profesional a Dª EVA ALMUNIA BADÍA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Subsecretaria de Educación a Dª MERCEDES LÓPEZ REVILLA .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Directora del Gabinete del Ministro de Educación a Dª FÁTIMA ROJAS CIMADEVILA .

Trabajo e Inmigración

  • REAL DECRETO por el que se nombra miembro del Consejo Económico y Social en representación del sector de la economía social a D. MIGUEL ANTONIO MILLANA SANSATURIO.

Industria, Turismo y Comercio

  • REAL DECRETO por el que se nombra Secretario de Estado de Energía a D. PEDRO MARÍN URIBE .

Cultura

  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete de la Ministra de Cultura a D. JAVIER BONILLA ARJONA .

Sanidad y Política Social

  • REAL DECRETO por el que se nombra Subsecretaria de Sanidad y Política Social a Dª CONSUELO SÁNCHEZ NARANJO .
  • REAL DECRETO por el que se nombra Director del Gabinete de la Ministra de Sanidad y Política Social a D. JAUME SEGURA SOCÍAS .


AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS

ASUNTOS GENERALES

Presidencia

ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LOS DEPARTAMENTOS MINISTERIALES

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para establecer la nueva estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, que desarrolla el aprobado el pasado 7 de abril en el que el Presidente del Gobierno, en virtud de las facultades que le reconoce la Ley del Gobierno, estableció la reestructuración de los departamentos ministeriales, fijando su organización hasta el nivel de Secretarías de Estado.

La norma a la que hoy ha dado su visto bueno el Consejo de Ministros determina la estructura orgánica básica, hasta el nivel de Dirección General, de los Ministerios. Esta estructura orgánica básica no supone modificación respecto de los Departamentos ministeriales cuya denominación y ámbito de competencias no han sido afectadas.

En este sentido, aparte de la adscripción directa del Consejo Superior de Deportes al Presidente del Gobierno, que ya hizo el Real Decreto de 7 de abril, los Departamentos ministeriales afectados han sido los siguientes:

  • Ministerio de Fomento : Se reagrupan las unidades orgánicas con nivel de Dirección General en el ámbito de las dos Secretarías de Estado, conforme a la homogeneidad de las dos áreas de infraestructuras y transportes ahora establecidas.
  • Ministerio de Educación. Se ha reintegrado la organización correspondiente al ámbito de las Universidades procedente del Ministerio de Ciencia e Innovación, dependientes de una Secretaría general.
  • Ministerio de Industria, Turismo y Comercio. Se dota de estructura a la Secretaría de Estado de Energía.
  • Ministerio de la Presidencia. En él recae la política del Gobierno en materia de función pública y coordinación de la Administración General del Estado en el territorio nacional. Así, se adscribe, a través de la Secretaría de Estado para la Función Pública, la organización de la anterior Secretaría de Estado para la Administración Pública, más los servicios comunes correspondientes a este ámbito de actividad.
  • Ministerio de Política Territorial. Además de dotarlo de los órganos correspondientes a los servicios comunes, se le integra la organización actualmente existente en la Secretaría de Estado de Cooperación Territorial.
  • Ministerio de Sanidad y Política Social. Por homogeneidad de contenidos se han integrado las áreas referidas a política social y se incorpora a través de una Secretaría General, la estructura anteriormente existente en la Secretaría de Estado de Política Social del Ministerio de Educación, procediendo a la refundición de algunas unidades.

En la elaboración de la estructura orgánica se ha seguido el criterio de contención del gasto público, reordenando la organización a los nuevos departamentos ministeriales


Presidencia del Gobierno

REESTRUCTURADA LA COMPOSICIÓN DE LAS COMISIONES DELEGADAS DEL GOBIERNO

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto para establecer la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno.

La elaboración de la nueva norma se ha realizado conforme al criterio de mantener la actual composición de las Comisiones Delegadas, adaptándolas a la reestructuración departamental y conforme al ámbito de competencias atribuido a cada uno de los Departamentos. Así, quedan integrados en un solo Real Decreto los tres Reales Decretos actualmente vigentes, que son los siguientes:

  • Real Decreto de 30 de abril de 2008, por el que se determina la composición de las Comisiones Delegadas del Gobierno.
  • Real Decreto de 23 de enero de 2009, por el que se crea la Comisión Delegada del Gobierno para la Presidencia española de la Unión Europea en el año 2010.
  • Real Decreto de 13 de marzo de 2009, por el que se atribuyen funciones a la Comisión Delegada del Gobierno para la Política Científica y Tecnológica.

En consecuencia, se ha incluido en el Real Decreto la Comisión Delegada del Gobierno para la Presidencia española de la Unión Europea en el año 2010.

Asimismo, y con carácter general, no se recoge una descripción de funciones de las Comisiones Delegadas, sino por referencia genérica al artículo 6.4 de la Ley del Gobierno, tal y como figuraba en el anterior Real Decreto de 2008.

No obstante, en el caso de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Científica y Tecnológica, además de la atribución genérica, se recogen las funciones que le atribuyó expresamente el Real Decreto de 13 de marzo de 2009.


Presidencia

NUEVAS MEDIDAS PARA REDUCIR CARGAS ADMINISTRATIVAS A CIUDADANOS Y EMPRESAS

El Consejo de Ministros ha aprobado medidas para la reducción de las cargas administrativas que soportan los ciudadanos y las empresas.

El Plan de Acción para la Reducción de Cargas Administrativas, aprobado por el Consejo de Ministros el 20 de junio de 2008, precisaba las acciones y el calendario que debería desarrollar España para cumplir con los objetivos de la Estrategia renovada de Lisboa. Este Plan fijó como objetivo prioritario la reducción antes del año 2012 del 30 por 100 de las cargas administrativas que soportan los trabajadores autónomos y las empresas en su relación con la administración, es decir, un 5 por 100 más que el objetivo fijado por la Unión Europea.

El Acuerdo que hoy se aprueba, el tercero, tiene por objeto la adopción de 78 nuevas medidas que afectan a un total de diez Ministerios, que se suman a las 81 aprobadas en Acuerdos anteriores.

Estas medidas contemplan en su mayoría actuaciones que reducirán los plazos de tramitación de expedientes, la exención de cumplir un importante número de trámites que hasta ahora se exigían, la simplificación de los tipos y modelos de los documentos administrativos, y, finalmente, la tramitación electrónica cuando no sea posible la mera eliminación de los trámites. Desde el punto de vista de las materias a que afectan, en este tercer acuerdo se adoptan medidas de índole muy variada, que afectan entre otras, al empleo público, la información catastral, el fomento de la I+D -facilitando el registro de nuevas patentes y marcas- o la simplificación del acceso a las prestaciones de carácter laboral.

A continuación se describen algunas de las medidas aprobadas en el Acuerdo:

  • Ministerio de la Presidencia . Destaca la eliminación de la petición de copia compulsada de título académico oficial exigido en el acceso a los procesos selectivos de la Administración General del Estado, que será sustituida por la acreditación de estos requisitos a través del Registro Nacional de Títulos y al Registro Central de títulos no universitarios, previo consentimiento de los interesados, que afecta al extenso conjunto de ciudadanos que se presenta a los procesos selectivos de la Administración General del Estado.

Asimismo, cabe citar la tramitación telemática de altas y bajas de beneficiarios (aproximadamente treinta mil tramitaciones anuales) por medio de los servicios en línea de MUFACE, de modo que se suprime la aportación de documentación, su envío y la necesidad de desplazamiento a las oficinas de MUFACE, en su caso.

  • Ministerio de Economía y Hacienda . Se desarrollan certificados electrónicos para los empleados públicos cuyo impacto positivo a la hora de agilizar las relaciones con los ciudadanos y empresas es evidente, por ejemplo, en la contratación administrativa.

En el ámbito tributario, para la solución de pequeñas discrepancias en la declaración por el IRPF los errores se comunicarían telefónicamente a los contribuyentes, que pueden proceder a rectificar la declaración si están de acuerdo, sin necesidad de realizar liquidación provisional alguna.

  • Ministerio de Industria, Turismo y Comercio . Se introducen medidas en materia de actividad industrial y en el ámbito de la Oficina Española de Patentes y Marcas. En este último se introducirán medios electrónicos en buena parte de trámites y procedimientos, como los sistemas automáticos de pago en soporte electrónico para profesionales, de modo que se eliminen setenta mil documentos de pago en papel y se logre un considerable ahorro de tiempo, o la solicitud electrónica de renovación de signos distintivos o de validación de patente europea.

Asimismo, en este ámbito se modificará la periodicidad de la publicación del Boletín Oficial de la Propiedad Industrial y desaparecerán determinados precios públicos, lo que en ambos casos beneficiará al año a unos cuarenta mil solicitantes de derechos de propiedad industrial, doscientos profesionales (representantes y agentes) y doscientos mil usuarios de información de propiedad industrial.

  • Ministerio de Sanidad y Consumo . Es destacable la creación, previsiblemente en diciembre de 2009, del sistema de sistema electrónico de arbitraje de consumo, lo que, entre otras ventajas, facilitará a las partes, consumidores y empresarios, comparecer a lo largo del procedimiento en todas sus fases a través de medios electrónicos.
  • Ministerio de Trabajo e Inmigración . Se posibilitará que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social consulte electrónicamente diferentes bases de datos en el curso de las Inspecciones sin necesidad de que deban ser aportados por las empresas/autónomos sujetos a la inspección.

También se automatizará el trámite ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para solicitar las prestaciones por maternidad y paternidad, o la posibilidad de que los ciudadanos puedan solicitar sus prestaciones desde su domicilio vía Internet a partir de enero de 2010.


  • Ministerio de Medio Ambiente . Se reducen los plazos de las diferentes fases en las que se divide el procedimiento de evaluación de impacto ambiental. En particular, se propondrá que el estudio de impacto ambiental se prepare como máximo en un año contado desde que el promotor reciba la notificación sobre la determinación del alcance del citado estudio, en lugar de los dos años actuales, y se aclarará qué decisiones sobre autorización o aprobación de los proyectos deberán ser remitidas para su publicación en el BOE en el plazo máximo de quince días desde su adopción.


Presidencia del Gobierno

CULMINADO EL DESARROLLO DE LA LEY DE PROTECCIÓN DE LA SALUD Y DE LUCHA CONTRA EL DOPAJE

  • Se mejoran los reconocimientos médicos, se extiende la Tarjeta de Salud a todos los deportistas y se regula el procedimiento del “control de dopaje”.
  • Se profundiza en las medidas de prevención y protección de la salud de los deportistas

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los procesos de control del dopaje y los laboratorios de análisis autorizados, y por el que se establecen medidas complementarias de prevención del dopaje y de protección de la salud en el deporte que culmina el desarrollo previsto para la citada Ley Orgánica.

Desde la aprobación de la Ley el 21 de noviembre de 2006, que alcanzó máximo consenso político y social y ha generado una reducción del 35 por 100 en los controles positivos, han entrado en vigor tres Reales Decretos: uno en 2007 por el que se determina la estructura, composición, funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión de Control y Seguimiento de la Salud y el Dopaje; otro en 2008, que regula el régimen sancionador en materia de dopaje y un tercero, también en 2008, por el que se crea la Agencia Estatal Antidopaje.

Dimensión preventiva

A ellos se les suma este cuarto Real Decreto que, en sintonía con el contenido de la Ley, pone especial acento en la protección de la salud del deportista como factor imprescindible para la lucha contra el dopaje, este cuarto y último Real Decreto profundiza en la dimensión preventiva. Así, cabe destacar, en primer lugar, el diseño de un conjunto de medidas positivas para la protección de la salud en el deporte a través de iniciativas informativas, investigadoras y ejecutivas para preservar la integridad física de los deportistas, al igual que una regulación más completa y eficaz de los reconocimientos médicos para obtención de licencia federativa, de la Tarjeta del Deportista, que ya ha sido puesta en marcha con carácter experimental, y se regulan las autorizaciones de uso terapéutico siguiendo los estándares armonizados por la Agencia Mundial Antidopaje.

También se exige a Federaciones deportivas españolas, clubes y restantes entidades de ámbito estatal, la existencia de dispositivos de primeros auxilios en las competiciones deportivas oficiales.


Marco normativa general

Por otra parte, se establecen medidas complementarias en materia de lucha contra el dopaje, como el marco normativo general en el que se encuadran la lista de sustancias y métodos prohibidos, los libros-registro de tratamientos y productos administrados a los deportistas, la regulación del contenido e inspección de botiquines médicos, la trazabilidad de los medicamentos y medidas de prevención para el consumo de productos nutricionales.

Junto a estas actuaciones, el Real Decreto contempla también la regulación del procedimiento de “control de dopaje” en sus diversos aspectos. En lo que respecta a los laboratorios, se concretan los requisitos y el procedimiento de homologación y autorización, sus procesos de análisis y sus obligaciones en cuanto a la confidencialidad y la custodia de muestras y datos.

Controles e intimidad de los deportistas

En cuanto a la realización de los controles se aborda la planificación de los mismos, los criterios de selección de los deportistas, el protocolo preciso para su localización, los requisitos de las instalaciones y los equipos para la toma de muestras, el procedimiento para tomar las muestras y su traslado a los laboratorios.

Finalmente, cabe subrayar que para regular estos aspectos, además de seguir las normas técnicas y los estándares que se aplican internacionalmente, se ha velado por preservar la intimidad y los derechos de los deportistas, especialmente en lo que respecta a la confidencialidad y al respeto de la franja horaria de descanso nocturno que establece la Ley Orgánica de 2007.


Industria, Turismo y Comercio

200 MILLONES EN UNA LÍNEA DEL ICO PARA MEJORAR LA FINANCIACIÓN DE PEQUEÑOS Y MEDIANOS ASTILLEROS PRIVADOS

  • El importe máximo que podrá recibir cada astillero será de 30 millones de euros y el tipo de interés que se le aplicará será el de referencia del ICO más un margen de intermediación de hasta el 2,2 por 100. El periodo para solicitar la financiación se extiende hasta el próximo 15 de diciembre.
  • Todas las operaciones que se acojan esta línea de crédito serán garantizadas al cien por cien por el Fondo Patrimonial de Garantías que tiene PYMAR, la sociedad que agrupa a los astilleros de pequeño y mediano tamaño.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que instruye al Instituto de Crédito Oficial (ICO) a constituir una nueva Línea de crédito de doscientos millones de euros destinada a financiar las necesidades de los diferentes contratos de construcción de buques de los astilleros españoles privados para la terminación de sus carteras de pedidos.

La práctica habitual de la contratación de un buque contempla la existencia de una serie de pagos durante la construcción que alcanzan, aproximadamente, el 50 por 100 de su valor y el resto del coste se abona en el momento de la entrega del barco. Esto hace necesario que los astilleros negocien con sus bancos créditos de prefinanciación de las cantidades que recibirán cuando el buque se entregue.

Esta práctica, habitual en el sector naval, implica unas grandes necesidades de financiación por parte de los astilleros por el elevado importe de los contratos, pero la contracción actual del mercado de crédito ha hecho que las entidades financieras se muestren reacias a la aprobación de este tipo de operaciones.

De no contar con la necesaria financiación, los astilleros se encontrarían ante el problema de que, aun contando con la mayor cartera de pedidos de los últimos años y con una importante carga de trabajo en la actualidad, se puedan ver ante la imposibilidad de completarla por falta de recursos financieros.

Nueva línea

Para contribuir a superar esta situación, el Gobierno ha decidido crear una nueva Línea de crédito del ICO, dotada con doscientos millones de euros, para el ejercicio 2009. El importe máximo que podrá recibir cada astillero será de treinta millones de euros y el tipo de interés que se le aplicará será el de referencia del ICO más un margen de intermediación de hasta el 2,2 por 100. El plazo de devolución será de tres años, más uno de carencia del principal, y el periodo para solicitar la financiación se extiende hasta el próximo 15 de diciembre.


Todas las operaciones que se acojan a esta financiación serán garantizadas al 100 por 100 por PYMAR, que cuenta con un Fondo Patrimonial de Garantías para sus asociados, por lo que la sociedad deberá analizar y aprobar previamente las operaciones.

Veinticinco mil personas

En España trabajan directamente unas ocho mil personas en el sector de la construcción y reparación de buques, otras doce mil personas lo hacen dentro de esas mismas instalaciones pero con la industria auxiliar y más de seis mil desarrollan su trabajo en empresas suministradoras directas, lo que supone un empleo total estimado de unas veinticinco mil personas.

El sector es intensivo en el uso de nuevas tecnologías, con elevadas inversiones de capital, así como inversiones en I+D+i, aproximadamente el 10 por 100 de su facturación, y es difusor y receptor de desarrollos tecnológicos en otros sectores, con lo que contribuye a la sostenibilidad y a la creación de empleo.

La construcción naval española, por necesidades de mercado, se ha concentrado en buques de mayor contenido tecnológico, de alto valor añadido, caracterizado por la construcción de buques prototipos con un diseño conceptual que representa un importante porcentaje del coste total del mismo. No es una industria de producción en serie, sino de producción orientada y basada en el conocimiento, y con un elevadísimo número de subcontratistas técnicos.


Industria, Turismo y Comercio

48 MILLONES A COMUNIDADES AUTÓNOMAS PARA PROGRAMAS DE INNOVACIÓN DE LAS PYMES

El Consejo de Ministros ha aprobado la distribución de 47,9 millones de euros del Programa de apoyo a la innovación de las pequeñas y medianas empresas (Innoempresa) para el año 2009 entre las Comunidades Autónomas acordada por la Conferencia Sectorial de PYME del Ministerio de Industria y Comercio.

A esta cantidad, hay que sumar doce millones de euros que aportan las Comunidades Autónomas y 10,4 millones de euros de proyectos que afectan a más de una Comunidad Autónoma (suprarregionales), que gestiona directamente la Dirección General de Política de la PYME, por lo que los fondos totales para el ejercicio 2009 del programa ascienden a 70,3 millones de euros.

El Ministerio de Industria abrió el pasado 1 de abril la primera convocatoria del año 2009 para optar a las ayudas previstas para los proyectos suprarregionales (10,4 millones), un procedimiento que incluye como novedad el pago anticipado de las ayudas sin la necesidad de aportar garantías financieras y la priorización de los proyectos que incluyan actividades de difusión de los resultados y de las buenas prácticas alcanzadas con los mismos. Las compañías interesadas deberán presentar sus solicitudes antes del próximo 30 de abril.

Esta convocatoria es de aplicación a los sectores de industria (incluida la agroalimentaria), construcción, turismo, comercio y servicios.

Fortalecer el tejido empresarial

El Programa InnoEmpresa pretende fortalecer el tejido empresarial a través de la utilización de instrumentos que sirvan para la promoción de las PYME, incrementa la capacidad innovadora de las mismas mediante la incorporación de técnicas empresariales innovadoras, financia proyectos para mejorar los procesos de producción, comercialización y gestión de las empresas, incorpora procedimientos de gestión innovadores en las practicas empresariales y estimula la innovación a través de la incorporación del diseño, la implantación de sistemas de calidad y potenciando el uso de tecnologías de la información transversalmente en todo el programa. Su aplicación podría favorecer la creación de hasta tres mil puestos de trabajo.

InnoEmpresa está financiado por la Administración General del Estado (62,80 por 100), el Fondo Europeo de Desarrollo Regional-FEDER- (20,41 por 100) y las Comunidades Autónomas (16,79 por 100).


Los criterios aplicados por la Conferencia Sectorial a la hora de distribuir los fondos entre Comunidades Autónomas contribuyen a aproximar más el reparto resultante a la realidad del colectivo de beneficiarios últimos del Programa InnoEmpresa, que no es otro que el conjunto de PYME con más de un empleado, y a que la distribución territorial se aproxime progresivamente a la realidad de cada región.

El reparto queda como sigue (en euros):

Tabla de reparto


Industria, Turismo y Comercio

DISTRIBUCIÓN DE LAS PRINCIPALES AYUDAS DEL PLAN DE COMPETITIVIDAD DEL SECTOR AUTOMOCIÓN

El Consejo de Ministros ha aprobado la concesión por parte del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio de las ayudas del Plan de Competitividad del Sector de Automoción que superan los doce millones de euros.

Una Orden Ministerial de Industria, Turismo y Comercio del 16 de enero de 2009 estableció las bases reguladoras y efectuó la convocatoria de ayudas para la realización de actuaciones en el marco del Plan de Competitividad del Sector Automoción. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes correspondientes a esta convocatoria, la Comisión de Evaluación analizó los resultados de la evaluación efectuada con arreglo a los criterios de valoración recogidos en la citada Orden y propuso la concesión de ayudas a 156 planes de competitividad a desarrollar durante el año 2009.

Asimismo, el pasado 20 de marzo el Consejo de Ministros acordó tomar conocimiento, conforme a la evaluación realizada por la Comisión de Evaluación, de la distribución de las ayudas del Plan de Competitividad del Sector Automoción.

La Ley General de Subvenciones estipula que el Consejo de Ministros debe autorizar las ayudas públicas que sobrepasan el umbral de doce millones de euros. Dado lo anteriormente expuesto y debido a que algunas de las ayudas propuestas superan el límite establecido en la legislación, se hace necesaria la autorización del Consejo de Ministros para la concesión de las ayudas indicadas en la propuesta.

Tabla de distribución de ayudas


Cultura

PUESTA EN MARCHA DE UNA LÍNEA DE FINANCIACIÓN ICO-EMPRESAS CULTURALES

  • Dotada con veintidós millones de euros, se podrán acoger tanto autónomos, como PYMEs y grandes empresas.

El Consejo de Ministros ha autorizado al Ministerio de Cultura a suscribir con el Instituto de Crédito Oficial un Convenio de Colaboración que instrumente la Línea de financiación ICO– Industrias Culturales 2009, dotada con veintidós millones de euros.

El sector de las industrias culturales es clave para lograr un modelo económico más competitivo, creativo e innovador. Sin embargo, y como consecuencia de la crisis financiera internacional, el sector se enfrenta en estos momentos a un problema de escasez crediticia. Por ello, el Gobierno ha decidido crear en el marco del Plan de Fomento de Industrias Culturales 2009 una Línea de financiación ICO específica para las necesidades del sector.

Esta nueva Línea de financiación ICO-Industrias Culturales estará abierta a todas las empresas que operan en el sector cultura, es decir, el cine; las artes audiovisuales; la edición; las artes escénicas; la pintura; la escultura; la fotografía; la música; la arquitectura; el diseño; la moda; los nuevos géneros creativos multimedia; los contenidos digitales de ocio y audiovisuales y cualquier otra manifestación artística con vocación de permanencia.

Los prestamos de esta nueva línea, a los que podrán acogerse tanto autónomos como PYMEs o grandes empresas, podrán solicitarse a través de las distintas entidades de crédito y tendrán un tipo de interés fijo en ningún caso superior al 2 por 100 TAE.

La nueva Línea ICO-Industrias Culturales se verá además complementada por el acuerdo que el Ministerio de Cultura acaba de poner en marcha con la Sociedad de Garantía Recíproca Audiovisual AVAL para la financiación de los costes de obtención de avales por parte de las empresas culturales, de forma que quien lo necesite pueda respaldar su proyecto empresarial, primero, con un aval y, después, con un préstamo ICO.


Sanidad y Política Social

INFORME SOBRE LA IMPLANTACIÓN DE LA HISTORIA CLÍNICA DIGITAL

  • El objetivo de este proyecto, que entra en su última fase de desarrollo, es mejorar la calidad y seguridad de la asistencia, acercando a los profesionales la información de salud más relevante de los pacientes y protegiendo, a la vez, el derecho a la intimidad de los ciudadanos.
  • Los trabajos para ponerla en marcha han sido consensuados con las Comunidades Autónomas, los profesionales sanitarios y asociaciones ciudadanas.

El Consejo de Ministros ha recibido un informe de la Ministra de Sanidad y Política Social, sobre la implantación de la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud. Este proyecto fue consensuado formalmente con las Comunidades Autónomas en el Consejo Interterritorial del 10 de octubre de 2007 y encara ya su última fase de desarrollo con las pruebas para trabajar con pacientes reales.

Para la realización de este proyecto, el Ministerio de Sanidad y Política Social ha creado una Base de Datos de Datos de Tarjeta Sanitaria común para el conjunto del Sistema Nacional de Salud. Esta Base de Datos permite la identificación, inequívoca, de cada ciudadano gracias a la integración de la información procedente de todas las tarjetas sanitarias (cuarenta millones de ciudadanos), de la Tesorería General de la Seguridad Social y del Ministerio de Justicia.

Además, se ha puesto en funcionamiento una intranet sanitaria, que permite el intercambio de información entre las Comunidades Autónomas a través del Nodo Central de intercambio de servicios alojado en el Ministerio de Sanidad y Política Social.

Del mismo modo, se ha consensuado el conjunto de datos clínicos relevantes para proporcionar una buena asistencia sanitaria y que deben contener la Historia Clínica Digital.

Pilotaje

Las Comunidades Autónomas de Baleares y la Comunidad Valenciana son las dos primeras en disposición de iniciar las pruebas para el uso de esta Historia con pacientes. En concreto, el pilotaje se iniciará en las áreas sanitarias de Inca (Baleares) y Gandía (Comunidad Valenciana).

En las próximas semanas, la iniciativa podría extenderse a la totalidad de estas Comunidades Autónomas y a la Región de Murcia, y en los meses siguientes otras siete Comunidades Autónomas (Andalucía, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Extremadura y La Rioja) estarán en disposición de sumarse a la fase de pruebas.

El propósito del Ministerio de Sanidad y Política Social es que a lo largo del año se culminen las pruebas con una evaluación final y el proyecto pueda extenderse al territorio en 2010.

Inversión y objetivos

El proyecto de Historia Clínica Digital se enmarca dentro del Plan de Calidad del Sistema Nacional de Salud y ha contado con un apoyo económico de 141 millones de euros procedentes de la Administración central, a través del Plan Avanza, y de 111 millones aportados por las Comunidades Autónomas entre 2006 y 2008.

Esto se ha traducido en avances como un alto grado de informatización en los centros de atención primaria. Así, el 97 por 100 de los médicos de familia y pediatras tienen la posibilidad de usar la Historia Clínica Digital en España, un porcentaje muy superior al de otros países desarrollados como Canadá (11 por 100) y Estados Unidos (9 por 100).

El proyecto, que implica a todas las Comunidades Autónomas, se viene desarrollando de forma consensuada con los profesionales, los ciudadanos y las propias Comunidades desde 2006. Sus objetivos principales son:

  • Los ciudadanos, cuando se desplacen de una Comunidad Autónoma a otra (4,5 millones de personas reciben cada año atención médica en una Comunidad Autónoma distinta a la suya), podrán ser atendidos por los profesionales médicos o de enfermería disponiendo de los datos más importantes de su historia clínica.
  • Las personas van a poder acceder por vía electrónica, y a través de sistemas seguros, a los datos resumidos más relevantes de su historia clínica, y conocer desde qué centros y servicios se ha accedido a la información que les atañe.
  • El proyecto aumentará la seguridad de los pacientes porque se evitarán errores debido a la toma de decisiones con información incompleta o difícilmente inteligible.
  • Disminuirá la repetición de pruebas diagnósticas y procedimientos, al estar disponibles los resultados de los ya realizados. Se ahorrará tiempo y molestias a los pacientes.

En vanguardia

El desarrollo del proyecto de Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud coloca a España en la vanguardia en la aplicación de las Tecnologías de la Información y Comunicación en salud. De hecho, es uno de los países que lidera el proyecto epSOS para la implantación de la Historia Clínica Digital en Europa y coordina los trabajos en aspectos clave como:

1.Los requisitos comunes que deben tener los informes y documentos que haya que compartir (informe de alta hospitalaria, urgencias, pruebas diagnósticas, etcétera).

2.La estrategia tecnológica (nodo central y base de datos en red con códigos de identificación únicos para cada paciente).

3.La receta electrónica, donde Andalucía y Baleares son referentes a nivel mundial.


Política Territorial

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE VIVIENDA DE GALICIA

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Presidente del Gobierno la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la Disposición Adicional Segunda de la ley de Vivienda de la Comunidad Autónoma de Galicia, al entender que contraviene lo establecido por la Ley de Costas respecto a la extensión de la zona de servidumbre de protección aplicable a los núcleos rurales del litoral existentes con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley estatal.

La Ley de Costas prevé, con carácter general, que la servidumbre de protección deba tener una anchura de cien metros desde el límite del litoral y sólo permite de forma excepcional que tenga una anchura de veinte metros en aquellos terrenos que ya estuvieran clasificados como suelo urbano a la entrada en vigor de la normativa estatal en dicha Ley I, es decir, antes del 29 de julio de 1988.

Sin embargo, la disposición que va a ser recurrida establece que esta anchura excepcional de veinte metros se extienda a otro tipo de supuestos urbanísticos, lo que desvirtúa la Ley de Costas.

El recurso ha sido elaborado de conformidad con los informes de los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y de Política Territorial, y cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado.


Economía y Hacienda

DESARROLLO DE LA NUEVA REGULACIÓN PARA LAS PENSIONES DE JUBILACIÓN O RETIRO DE LAS CLASES PASIVAS

  • El objetivo es aproximar las pensiones de jubilación o retiro de las Clases Pasivas del Estado a las del Sistema de la Seguridad Social.
  • La nueva regulación sólo es aplicable a las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2009.
  • El Real Decreto también incluye la regulación de las indemnizaciones a ex presos sociales por su condición de homosexuales.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos respecto a las pensiones de jubilación y retiro de las Clases Pasivas del Estado y las indemnizaciones reconocidas a ex presos sociales.

Tal y como se estableció en las disposiciones adicionales decimotercera, decimosexta y decimoctava de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009, y siguiendo las recomendaciones del renovado Pacto de Toledo y la necesidad de control del gasto público, el Gobierno establece los criterios para aproximar el régimen de las pensiones ordinarias de jubilación o retiro de las Clases Pasivas, así como el régimen de incompatibilidades, al régimen general de la Seguridad Social.

De esta forma, se aprobó en su día la reducción porcentual de hasta el 25 por 100 de la cuantía de las pensiones ordinarias de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad cuando los beneficiarios de dichas pensiones acrediten menos de veinte años de servicios al Estado, y la incapacidad o inutilidad que motive la jubilación o el retiro no inhabilite a su titular para toda profesión u oficio. Por lo tanto, esta reducción no afecta a los incapacitados absolutos y grandes inválidos, ni a los incapacitados en acto de servicio.

Además, se contempla la posibilidad de incrementar la cuantía de la pensión hasta el 100 por 100 si antes del cumplimiento de la edad de jubilación o retiro forzoso se produjera un agravamiento de la enfermedad o de las lesiones que inhabilitaran para el desempeño de toda profesión u oficio.

La nueva regulación sólo es aplicable a las pensiones causadas a partir del 1 de enero de 2009. Por tanto, quienes antes de esa fecha estuvieran ya recibiendo una pensión no experimentarán ningún cambio en las cuantías.


Régimen de incompatibilidad

Por otro lado, se desarrolla la regla general de incompatibilidad entre el percibo de las pensiones de jubilación o retiro con el ejercicio de una actividad por cuenta propia o ajena que dé lugar a la inclusión de sus titulares en cualquier régimen público de Seguridad Social.

Se hace, por lo tanto, incompatible que un jubilado o retirado perciba la pensión y reciba ningún otro tipo de remuneración al mismo tiempo, aunque sí se posibilita que los jubilados o retirados por incapacidad permanente total para las funciones propias de su cuerpo o escala puedan percibir pensión y retribución salarial, siempre y cuando la actividad que se desempeñe sea distinta a la que se venía realizando al servicio del Estado. En estos casos, la cuantía de la pensión se reducirá al 75 por 100 o al 55 por 100, según su titular tuviera o no cubiertos veinte años de servicios al Estado.

Indemnizaciones a ex presos sociales por su condición de homosexuales

El Real Decreto también regula la concesión de una indemnización a favor de quienes hubiesen sido objeto de internamiento por su condición de homosexuales en aplicación de la antigua legislación sobre vagos y maleantes o sobre peligrosidad y rehabilitación social.

Por otra parte, se determina también la composición y funcionamiento de la Comisión Interministerial creada para el reconocimiento de estas indemnizaciones, así como las normas relativas a la tramitación de las solicitudes y al pago de las prestaciones. Para financiar estas indemnizaciones se ha autorizado un crédito de dos millones de euros.


Educación

INFORME SOBRE EL PLAN PARA LA ACTUACIÓN EDUCATIVA EN CEUTA Y MELILLA

El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Educación sobre el Plan Director para la actuación educativa en Ceuta y Melilla que permita la mejora progresiva de los resultados educativos de ambas ciudades autónomas. Los Planes Melilla Educa y Ceuta Educa vienen a dar un nuevo impulso a acciones anteriores de mejora de la educación en las dos ciudades, iniciados en marzo de 2005 con el Plan de Actuación integral para Ceuta y Melilla, que incidía fundamentalmente en aspectos estructurales y organizativos.

El objetivo del Ministerio de Educación es mejorar los resultados educativos de los alumnos de Ceuta y Melilla. Para ello desarrollará una política ambiciosa y coherente, adaptada a la realidad de cada una de las dos Ciudades Autónomas, que incorpore las actuaciones relacionadas con los objetivos marcados en la Ley Orgánica de Educación teniendo en cuenta las especificidades de estos dos territorios.

Se desarrollarán en ocho áreas específicas con actuaciones relativas a infraestructuras; gestión del profesorado; planificación y desarrollo normativo; adecuación y mejora de la oferta educativa; participación e implicación de la comunidad educativa; organización administrativa; recursos en los centros para apoyo educativo, y colaboración y participación de los agentes sociales y la Administración laboral.

Dentro de estas áreas se incidirá especialmente en aquellas acciones que tienen que ver, entre otros aspectos, con la escolarización temprana; la mejora del éxito escolar; la lucha contra el abandono escolar prematuro; la adecuación de la oferta de Formación Profesional a las necesidades productivas de las ciudades y, en general, con la mejora la calidad de la educación.

Los planes Melilla Educa y Ceuta Educa reforzarán también las acciones que se encuentran en fase de ejecución o pendientes de realización, como la mejora de la red de infraestructuras escolares o la optimización de los recursos disponibles.

El fin último es prevenir dificultades desde las edades más tempranas y compensar desventajas derivadas del origen personal o sociocultural de las personas, con políticas inclusivas y de acción positiva.


Fomento

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