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Tendrá que cumplir una condena de diecisiete años y medio

El TSJM rebaja en seis meses la pena para Fuertes por el caso Costa Polvoranca

jueves 23 de noviembre de 2006, 18:27h
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rebajado en seis meses la pena  a José David Fuertes por el asesinato de Ndombele Augusto Domingos en el polígono Costa Polvoranca de Alcorcón en 2002, con lo que la condena que tendrá que cumplir será de diecisiete años y medio.

Así lo establece la Sala Civil Penal del TSJM, que adopta esta decisión en una sentencia en la que admite uno de los motivos del recurso de apelación que interpuso José David Fuertes contra la resolución de la Audiencia Provincial de Madrid que le condenó a 18 años de prisión tras el veredicto de culpabilidad emitido por un jurado popular en la repetición del juicio.

El tribunal admite uno de los nueve motivos alegados por el acusado, en relación a la pena final que habría de imponerse. La defensa de Fuertes argumentó en el recurso que el Código Penal fija entre 15 y 20 años la pena de prisión para el delito de asesinato, y consideraba que los 18 años a los que se le condenaba no se justificaba por ninguna de las razones que el tribunal aducía. Entre ellas, "la forma inesperada y sorpresiva en que tuvo lugar la agresión delictiva", una forma de actuar, según el TSJM, que "ya se valoró al momento de aplicar al caso la agravante de alevosía".

El TSJM sostiene que este motivo de recurso "no está completamente falto de todo fundamento", al "no ser convincentes" las razones que utilizó la resolución que dictó el presidente del Tribunal del Jurado para determinar la pena concreta. "Ante tal ausencia de datos favorables o contrarios, parece razonable situarse en un punto intermedio, concretando así la pena definitiva que ha de sufrir el condenado en 17 años y seis meses", concluye el TSJM, quien confirma los hechos probados relatados en la sentencia de instancia.

El suceso tuvo lugar sobre las cinco de la mañana del 20 de julio de 2002 cuando se inició una discusión en las inmediaciones del pub "Inn" del citado polígono entre dos chicos y Ndombele. Uno de los jóvenes se fue a buscar ayuda a la puerta del pub y volvió acompañado de varias personas, entre las que se encontraba el acusado, que sacó una navaja y asestó dos puñaladas a Ndombele "sin mediar palabra, de forma "sorpresiva, repentina e inesperada", ante lo que la víctima no tuvo posibilidad de evitar la agresión ni de defenderse".

La sentencia de la Audiencia mantenía que Fuertes estaba en el lugar de los hechos "a título personal" y no como empleado del pub "Inn", ya que ese día no trabajaba como vigilante de seguridad del local -como él mantuvo en el juicio-, lo que, aún siendo cierto, señalaba el tribunal, no es válido porque "actuó al margen de sus funciones", y por lo tanto, "no procede declarar" la responsabilidad civil subsidiaria de la propietaria del establecimiento.

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