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Ante el TC

El Gobierno empieza mal para tener a CiU a su lado pues recurre la ley catalana de consultas populares

El Gobierno empieza mal para tener a CiU a su lado pues recurre la ley catalana de consultas populares

Argumenta que el Estado tiene competencia exclusiva para regular y convocar referendos

jueves 23 de diciembre de 2010, 15:46h

Una vez investido Artur Mas como nuevo presidente de la Generalitat, el Gobierno tiene ante sí la posibilidad de buscar una mejora en sus relaciones con CiU y buscar sus apoyos como socio preferente. De hecho, en este sentido se había manifestado la voluntad desde el propio Ejecutivo y también desde el partido que lo apoya, el PSOE, cuando ya parecía evidente que Mas presidiría el Gobierno catalán. Pero mal empieza para buscar complicidades con los nacionalistas con pasos como el dado este mismo jueves. Y es que el Consejo de Ministros ha acordado interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley catalana 4/2010, de consultas populares por vía de referéndum, "al vulnerar las competencias exclusivas del Estado sobre la regulación y convocatoria de referendos".

El Gobierno explica que la ley catalana establece el régimen jurídico, el procedimiento, la aplicación y la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, por parte de la Generalitat o por los ayuntamientos de Cataluña, en el ámbito de sus respectivas competencias.

En su propuesta de recurso, que tiene el dictamen favorable del Consejo de Estado, el Ejecutivo entiende que esta ley establece el procedimiento para un nuevo tipo de referéndum de iniciativa autonómica "no previsto en la Constitución, ni en el Estatuto de Autonomía, además de contravenir la Ley Orgánica 2/1980 que regula las distintas modalidades de referéndum".

Argumenta que el Estado tiene competencia exclusiva para regular y convocar referendos, mientras que la competencia autonómica sólo cabe sobre las consultas populares, como recoge el artículo 122 del Estatut.

"La normativa que va a ser recurrida supone, sin embargo, equiparar la consulta popular al referéndum y considera que el único límite a su potestad para la regulación de estas consultas en el ámbito territorial de Cataluña es la necesaria autorización del Estado", ha explicado el Gobierno.

Por otro lado, recuerda que la propuesta de recurso está en sintonía con la sentencia del Estatut del 28 de junio. En ella se señala que el artículo 122 es "perfectamente conforme con la Constitución, en el bien entendido de que en la expresión 'cualquier otro instrumento de consulta popular' no se comprende el referéndum.

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