Con ello, el auto deja sin efecto "
de momento" la responsabilidad del derribo impuesta al Ejecutivo "
en tanto su colaboración no resulte imprescindible".
En un auto del pasado 1 de junio, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC considera que a la vista de la documentación remitida por el Ayuntamiento "no se han agotado los recursos jurídicos para proceder a la demolición", aún cuando "como medida última" cabe acudir a la colaboración del Ejecutivo.
En este sentido, explica que, aparte de Erri-Berri, la empresa que rehusó realizar el derribo, existen otros licitadores que se presentaron en su momento al concurso de las obras de demolición de las edificaciones de la urbanización El Encina, en la playa de la Arena, (bloque A, fases I y II). Por tanto "y por el momento" estima en este punto el recurso del Gobierno.
El TSJC atiende así a uno de los argumentos alegados por el Ejecutivo cántabro en su recurso, en el que señalaba que existían otras alternativas que no se han agotado, entre ellas que el Ayuntamiento adjudique las obras de derribo al segundo licitador, una vez rescindido el contrato con la empresa Erri-Berri.
Además, a juicio del Gobierno el TSJC no podía ordenar la resolución del contrato con Erri-Berri, que ha de seguir su curso, ni prejuzgar la decisión final. En este sentido, la Sala cree que el Ejecutivo pretende "sacar de contexto" el contenido de la providencia y precisa que la misma no ordenó la resolución directa del contrato, "sino la agilización del procedimiento ya abierto". De hecho, aclara, ya se ha emitido informe por el Consejo de Estado en el sentido de que procede esta resolución.