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Referencia del Consejo de Ministros 11/03/2011

viernes 11 de marzo de 2011, 16:38h
SUMARIO Presidencia REAL DECRETO por el que se aprueba la norma de calidad para caramelos, chicles, confites y golosinas. REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 170/2009, de 13 de febrero, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias. REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 362/2009, de 20 de marzo, sobre compensación al transporte marítimo y aéreo de mercancías no incluidas en el anexo I del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, con origen o destino en las Islas Canarias. REAL DECRETO por el que se modifica el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, aprobado por el Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero. REAL DECRETO por el que se modifica el Real Decreto 1127/2008, de 4 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda y se modifican el Real Decreto 1366/2010, de 29 de octubre, y el Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales. Interior ACUERDO por el que se autoriza la celebración del contrato de obras de construcción y de dotación tecnológica de la nueva sala de operaciones y servicios de la Guardia Civil, por importe de 19.462.124,08 euros. Economía y Hacienda ACUERDO por el que se autoriza a la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales para ampliar el capital social de su filial al 100 por 100, Equipos Nucleares, S.A., en un importe de hasta 10.000.000 de euros. ACUERDO por el que se autoriza la constitución de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A., se aprueban sus estatutos sociales y se designan los miembros de su consejo de administración. Política Territorial y Administración Pública REAL DECRETO por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de la Comunidad de Castilla y León 6/2010, de 28 de mayo, de Declaración del Proyecto Regional del "Complejo de Ocio y Aventura Meseta-Ski". ACUERDO por el que se solicita del Sr. Presidente del Gobierno la interposición del recurso de inconstitucionalidad contra el artículo 8.2 de la Ley Foral 12/2010, de 11 de junio, por la que adaptan a la Comunidad Foral de Navarra las medidas extraordinarias para la reducción del déficit público. Asuntos Exteriores y de Cooperación ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Convenio entre el Reino de España y Barbados para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Memorándum de Entendimiento. ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Canje de Notas constitutivo de Acuerdo entre el Reino de España y la República de Corea sobre participación en las elecciones municipales de los nacionales de cada país residentes en el territorio del otro. ACUERDO por el que se dispone la remisión a las Cortes Generales del Acuerdo entre España y Ucrania relativo a la regulación y ordenación de los flujos migratorios laborales entre ambos estados. Fomento REAL DECRETO sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Alicante. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Reus. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Son Bonet. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Vitoria. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del VOR/DME de Capdepera. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del aeropuerto de Bilbao. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del NDB de Andratx. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del VOR/DME de Llucmajor. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del VOR/DME de Pollença. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del NDB de Porto Colom. REAL DECRETO por el que se actualizan las servidumbres aeronáuticas del centro de emisores y receptores de Randa. REAL DECRETO por el que se establecen las servidumbres aeronáuticas del centro de comunicaciones de Soller. ACUERDO por el que se autoriza el pago del precio en el ejercicio presupuestario de 2012 por importe total de 60.194.526,93 euros y un gasto por importe total de 3.001.966,02 euros correspondiente al incremento de la compensación financiera, del contrato bajo la modalidad de abono total del precio de las obras de "Autovía A-40, tramo: Torrijos (este)Toledo (noroeste)", en Toledo. ACUERDO por el que se convalida la nueva fecha de terminación de las obras, se autoriza el pago del precio en el ejercicio presupuestario de 2012 por importe total de 29.171.368,40 euros y se autoriza un gasto por importe total negativo de -51.637,39 euros correspondiente a la modificación número 2 y decremento de la compensación financiera, del contrato bajo la modalidad de abono total el precio de las obras de Autovía A-40, tramo: Villarrubia de Santiago (E)Santa Cruz de la Zarza (E)", en Toledo. Trabajo e Inmigración ACUERDO por el que se formalizan para el ejercicio 2011 los criterios objetivos de distribución así como la distribución resultante del crédito presupuestario, por un importe de 66.600.000 euros, del Fondo de apoyo a la acogida y la integración de inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos. Industria, Turismo y Comercio REAL DECRETO por el que se aprueba el Reglamento regulador de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación en el interior de las edificaciones. REAL DECRETO por el que se dispone el levantamiento de la reserva provisional a favor del Estado denominada "Ampliación de Almadén", comprendida en la provincia de Ciudad Real. ACUERDO por el que se autoriza a suscribir la adenda 2011 al Convenio de colaboración de 14 de junio de 2010 entre el Instituto de Turismo de España (Ministerio de Industria, Turismo y Comercio) y la Consejería de Turismo del Gobierno de Canarias para la ampliación de la estrategia de mejora del espacio público turístico de Canarias. INFORME sobre el Programa de ayudas a Actuaciones de Reindustrialización. Resultados de las convocatorias del año 2011. INFORME sobre el Programa de ayudas para el fomento de la competitividad de sectores estratégicos industriales. Resultados de las convocatorias del año 2011. Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino REAL DECRETO por el que se regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. ACUERDO por el que se toma razón de la contratación de emergencia del servicio de seguridad de diversas sedes del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, con objeto de garantizar la seguridad de las mismas a partir del 1 de enero de 2011, y durante un plazo máximo de 12 meses, por un importe de hasta 2.740.000 euros. ACUERDO por el que se declara la reserva de un total de 82,20 metros cuadrados de bienes de dominio público marítimo-terrestre afectados por el "Proyecto complementario para la nueva estación de bombeo en la zona de El Castillo, en el término municipal de Amposta (Tarragona)". ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para la reparación de los daños ocasionados por el deslizamiento de una ladera en la carretera perimetral de la margen derecha del embalse de Vilasouto en el término municipal de O Íncio (Lugo). ACUERDO por el que se toma razón de las obras de emergencia para reposición de los daños causados por la crecida de las aguas del río Cabe durante los días 6 y 7 de enero de 2011, a su paso por Monforte de Lemos (Lugo). Cultura INFORME sobre el Anteproyecto de Ley de Depósito Legal. ACUERDOS DE PERSONAL Asuntos Exteriores y de Cooperación REAL DECRETO por el que se designa Embajador de España en la República de Guinea Bissau a D. ALFONSO LÓPEZ PERONA . REAL DECRETO por el que se designa Embajadora en Misión Especial para el Cáucaso Sur a Dª MARÍA VICTORIA SCOLA PLIEGO . Economía y Hacienda REAL DECRETO por el que se nombra Directora General de Ordenación del Juego a Dª MARÍA INMACULADA VELA SASTRE. AMPLIACIÓN DE CONTENIDOS ASUNTOS GENERALES Cultura INFORME SOBRE EL ANTEPROYECTO DE LEY DE DEPÓSITO LEGAL Responde a la necesidad de adaptar la regulación a los cambios en el mundo de la edición con la aparición de nuevos soportes. Como novedades, será el editor el obligado a realizar el depósito y disminuye de cinco a dos el número de ejemplares a depositar. El Consejo de Ministros ha recibido un Informe de la Ministra de Cultura sobre el Anteproyecto de Ley de Depósito Legal que tiene por objeto, además de dar cumplimiento a la Ley de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas, adaptar la regulación del depósito legal, tanto a la realidad del Estado Autonómico, como a los cambios del mundo de la edición, con la aparición de nuevos soportes y de los documentos digitales en red. El depósito legal, inicialmente concebido sólo como una figura de control bibliográfico nacional, ha pasado a configurarse en los Estados democráticos como un servicio público gratuito al sector editorial para suministrarles originales de obras en dominio público; como una garantía de la libertad de expresión y del acceso a la información de los ciudadanos y, con el advenimiento de la sociedad del conocimiento, como una pieza del desarrollo económico y social de un país. Transferencia a las Comunidades Autónomas La principal razón de ser del depósito legal es la conservación del patrimonio bibliográfico español mediante su depósito en los centros que determinen las administraciones públicas competentes. En la actualidad, sus funciones y atribuciones son asumidas por la Biblioteca Nacional de España. En este sentido, la transferencia de las competencias de gestión en el ámbito del depósito legal a las Comunidades Autónomas acentúa la necesidad de establecer una regulación que garantice un funcionamiento adecuado, ya que los materiales que ingresan por depósito legal en la Biblioteca Nacional de España dependen de la gestión que del mismo hagan las Comunidades Autónomas. Novedades La Ley introduce un cambio de adaptación a la realidad del mundo de las publicaciones, que se basa en el nuevo papel que se atribuye al editor. Será este y no el impresor el sujeto obligado a depositar, lo que va a significar una gran mejora de las colecciones custodiadas por los centros, ya que permitirá que los documentos ingresen íntegros, que las publicaciones seriadas no queden faltas de fascículos y, finalmente, que se ingrese todo lo que se edita en España, aun cuando no haya sido producido en su territorio. Además, permitirá que las colecciones de las bibliotecas autonómicas respondan a su realidad editorial. Debe también destacarse que se reducen las cargas administrativas al disminuir sensiblemente el número de ejemplares a entregar en los centros depositarios (de cinco a dos en el caso del Estado). Además, se delimita sustancialmente la tipología de publicaciones objeto de depósito legal, por ejemplo, las reimpresiones. El Patrimonio digital Son objeto de depósito legal todas las publicaciones, producidas o editadas en España, por cualquier procedimiento de producción, edición o difusión, y distribuidas en cualquier soporte, tangible o intangible. La obligación del depósito de las publicaciones electrónicas recaerá en su editor o productor. Por otro lado, se exonera a los editores de sitios web del deber de depósito legal. Además, se habilita a los centros de conservación, tanto de titularidad estatal como autonómica, a detectar y reproducir los sitios web libremente accesibles a través de redes de comunicaciones que puedan resultar de interés para los fines del depósito legal, respetando en todo caso la legislación sobre protección de datos y propiedad intelectual. Industria, Turismo y Comercio IMPULSO A LA CONEXIÓN DE LOS HOGARES A REDES DE FIBRA ÓPTICA QUE PERMITEN EL ACCESO A LA BANDA ANCHA ULTRARRÁPIDA El nuevo reglamento sobre Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones favorecerá la introducción en los edificios de nueva construcción de las redes de acceso ultrarrápido, capaces de proporcionar velocidades de más de 100 Mbits por segundo. El nuevo Reglamento incluye como infraestructura adicional en los edificios la fibra óptica y el cable coaxial, para facilitar que los usuarios puedan contratar los servicios de telefonía, banda ancha y televisión, y favorece la introducción de las funcionalidades del "Hogar Digital" en las viviendas. Las mejoras en las funcionalidades de estas infraestructuras reactivarán la actividad económica y el empleo al impulsar las inversiones de los operadores en nuevas redes y servicios, y ofrecer nuevas oportunidades a las empresas fabricantes e instaladoras de equipamiento. El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Reglamento de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones para el acceso a los servicios de telecomunicación (telefonía, banda ancha, radio y televisión) en el interior de las edificaciones. El objetivo de este Reglamento es facilitar la introducción de las infraestructuras de acceso ultrarrápido en los edificios de nueva construcción e impulsar, de este modo, su despliegue por parte de los operadores. Estas infraestructuras suponen la construcción e instalación en los edificios de recintos destinados a albergar los equipamientos de telecomunicaciones, canalizaciones y demás elementos necesarios para los cableados interiores, cableado de las diferentes redes (par de cobre, cable coaxial y fibra óptica), antenas y cableado para la recepción del servicio de radio y televisión. Por su parte, los operadores despliegan sus redes desde la entrada del edificio y llegan hasta los recintos destinados al equipamiento donde se produce la interconexión con las redes de Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones. Principales novedades El Reglamento aprobado hoy por Real Decreto actualiza el anterior de 2003 para incluir la fibra óptica, además del cable coaxial y el tradicional par de cobre, entre las redes de acceso a los edificios, en línea con los objetivos de la Agenda Digital Europea. Además, actualiza la normativa técnica sobre radio y televisión para adecuarla al escenario de la TDT. Esta nueva normativa afecta a todo tipo de viviendas, tanto libres como de protección oficial. El nuevo Reglamento introduce los elementos necesarios para que este tipo de infraestructuras puedan ser diseñadas, de tal forma que resulte sencilla su evolución y adaptación al concepto de "Hogar Digital" y a la obtención de los beneficios que éste proporciona a sus usuarios: mayor seguridad, ahorro y eficiencia energética, accesibilidad, etcétera. La adaptación a los estándares de Hogar Digital es voluntaria por parte del promotor. En este sentido, el Reglamento incluye la forma de clasificar las viviendas, en función de las funcionalidades y dispositivos de Hogar Digital que incorporan. De esta forma, se ofrece un marco de referencia, basado en parámetros totalmente objetivos, que permitirá a los promotores y a las Administraciones públicas evaluar las edificaciones, mientras que los compradores finales de viviendas contarán con una información contrastable en esta materia. Las Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones nacen en el marco del proceso de liberalización del sector. Así, el Reglamento aprobado hoy facilita el derecho de los ciudadanos a acceder a cualquier operador de telecomunicaciones que preste servicio en la zona y asegura la competencia efectiva entre operadores al proporcionar igualdad de oportunidades para hacer llegar sus servicios hasta sus clientes. Impacto económico Para atender la demanda de nuevas aplicaciones y servicios (televisión de Alta Definición, Internet ultrarrápido, videollamadas de Alta Definición, televisión en 3D, Teletrabajo, Teleasistencia, etcétera, los operadores de telecomunicaciones están iniciando el despliegue de nuevas infraestructuras de acceso rápido y ultrarrápido a Internet, y fomentando el despliegue de las redes NGA (Next Generation Access), capaces de proporcionar velocidades superiores a los 100 Mbits por segundo, muy por encima de las proporcionadas por las redes actuales. El despliegue de estas infraestructuras resulta esencial para el desarrollo social y económico de España, y va a contribuir de forma destacada a la generación de actividad económica y de empleo. En este sentido, los operadores de redes fijas y de comunicaciones móviles están diseñando sus planes de futuro con importantes inversiones en las infraestructuras de acceso ultrarrápidas. En conjunto, estos operadores han anunciado inversiones que sólo en este tipo de redes superan los 2.500 millones de euros anuales. Además, las nuevas infraestructuras impulsan a los operadores a ofrecer nuevos productos y servicios de comunicaciones a los ciudadanos, basados en el mayor ancho de banda. Adicionalmente, la actualización de los edificios antiguos para dotarles de la nueva ICT, instalando fibra óptica hasta el hogar, incidirá de forma positiva en el empleo, ya que las empresas instaladoras deberían contratar nuevo personal especialista en tecnologías ópticas, mientras los operadores tendrán que incorporar personal para el despliegue de sus redes hasta los edificios. En total, se estima que estas actividades generarán unos veinte mil nuevos empleos. Agenda Digital Europea La Comisión Europea, a través del plan "Una Agenda Digital para Europa", impulsa el despliegue de las redes NGA y destaca la escasa penetración de la fibra óptica hasta el hogar en la Unión Europea en comparación con algunas naciones del G-20. Entre las medidas a tomar en el seno de la Unión Europea para paliar este déficit se identifica la de "poner al día el cableado dentro de los edificios". España, con la normativa aprobada hoy, vuelve a ser pionera dentro de la Unión Europea en la aplicación de estos objetivos. En la tramitación de este Real Decreto para el acceso a los servicios de telecomunicaciones en el interior de las edificaciones han participado todos los agentes del sector involucrados y se ha informado a la Asociación de Promotores y Constructores de España. Trabajo e Inmigración DISTRIBUCIÓN A COMUNIDADES AUTÓNOMAS DEL FONDO DE APOYO A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACIÓN DE LOS INMIGRANTES El refuerzo educativo y el papel de los municipios continúan siendo prioridades para este fondo de apoyo. El Consejo de Ministros ha acordado formalizar los objetivos y la distribución del crédito presupuestario de 66,6 millones de euros del Fondo de Apoyo a la acogida y la integración de los inmigrantes, así como al refuerzo educativo de los mismos, de conformidad en lo establecido en la Ley General Presupuestaria. Con esta dotación presupuestaria se pretende financiar las actuaciones que realicen las Comunidades Autónomas para fomentar el desarrollo de políticas de integración de las personas inmigrantes en los ámbitos de acogida; integración en los ejes de empleo, vivienda, servicios sociales, salud, infancia y juventud, igualdad de trato, mujer, participación, sensibilización y desarrollo, y refuerzo educativo. Delimitación de competencias El papel de las Administraciones públicas en el ámbito de las políticas de integración de los inmigrantes viene delimitado por la Constitución Española que atribuye al Estado competencias exclusivas en materia de inmigración y a las Comunidades Autónomas y entidades locales, competencias en áreas clave para la integración, tales como el empleo, la educación, la salud, los servicios sociales o la participación cívica. El aumento de los flujos migratorios hacia España en los últimos años ha supuesto un incremento importante de la población atendida por los diferentes servicios públicos, con los correspondientes efectos sobre la planificación, desarrollo y financiación de políticas sobre las que las Comunidades Autónomas cuentan con competencias. En la actualidad, aunque ha disminuido el incremento de la población inmigrante, en materia de integración sigue siendo necesaria la colaboración entre las distintas Administraciones públicas para garantizar la cohesión social y la equiparación de derechos y obligaciones de la población inmigrante y autóctona, dentro del marco de la Constitución. El acuerdo es el resultado del marco de cooperación para la gestión del Fondo de Integración examinado en la reunión del 22 de febrero de 2011, de la Conferencia Sectorial del Inmigración, que es el órgano colegiado de coordinación y cooperación entre la Administración del Estado y las Comunidades Autónomas en las actuaciones con incidencia en la política de integración de los inmigrantes. Criterios de distribución En cuanto a los criterios de distribución, la cuantía total que se distribuye entre las Comunidades Autónomas se realiza en tres partidas: 39.637.824 euros para Acogida e Integración. 26.425.216 euros para Refuerzo Educativo. 536.960 euros para Atención a menores extranjeros no acompañados desplazados desde Canarias. En Acogida e integración se establece una asignación básica para cada autonomía (10 por 100) en aplicación de un criterio de solidaridad interterritorial y con el fin de que las Comunidades con presencia menor de inmigrantes cuenten con una aportación estable. Además, se establece un 25 por 100 a una partida de "situaciones especiales" que responde a la mayor presión migratoria de entrada que soportan algunas Comunidades por su situación geográfica: Andalucía, Illes Balears, Canarias, Catalunya, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid y Murcia, así como las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla. La cantidad restante se asigna en función de la población inmigrante empadronada, el número de trabajadores inmigrantes afiliados a la Seguridad Social y el número de trabajadores inmigrantes del Régimen Especial Agrario. En cuanto a la partida de Refuerzo Educativo se asigna en función de los siguientes criterios: el número total de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria por Comunidad Autónoma y el número de alumnado inmigrante escolarizado en enseñanza no universitaria procedente de países no castellanohablantes por Comunidad Autónoma. El reparto aprobado hoy es el siguiente: Fomento INCREMENTADAS LAS SUBVENCIONES AL TRANSPORTE DE MERCANCÍAS EN CANARIAS HASTA ALCANZAR EL 70 POR 100 EN 2012 En 2010 tendrá una compensación de hasta el 60 por 100, que pasará al 65 por 100 en 2011 y al 70 por 100 en 2012. Con ello se da cumplimiento al compromiso adquirido por el Gobierno en el Consejo de Ministros extraordinario celebrado en las Islas en 2009 El Consejo de Ministros ha aprobado a propuesta de los Ministerios de Fomento y de Economía y Hacienda, dos Reales Decretos sobre la compensación al transporte de mercancías con origen o destino en las Islas Canarias, que modifican las normas vigentes en esta materia. La modificación introducida tiene por objetivo incrementar el porcentaje máximo de la bonificación al coste del transporte que pasará del 50 por 100 actual al 70 por 100 en un período de tres años. De esta forma, el coste de los transportes efectuados en 2010 tendrá una compensación de hasta el 60 por 100. En 2011 la bonificación será del 65 por 100 y alcanzará el 70 por 100 en 2012 y años sucesivos. Con ello se da completo cumplimiento al compromiso que, en este sentido, se asumía en la Estrategia Integral para la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobada en el Consejo de Ministros Extraordinario celebrado en las Islas el 9 de octubre de 2009, reforzando las medidas que tienen como objetivo compensar los sobrecostes derivados de la condición insular y ultraperiférica de Canarias. Industria, Turismo y Comercio 42 MILLONES PARA LA MEJORA DEL ESPACIO PÚBLICO TURÍSTICO DE CANARIAS El Consejo de Ministros ha autorizado las actuaciones conjuntas en materia turística que, por un importe de 42 millones de euros, llevará a cabo el Instituto de Turismo de España (Turespaña), dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y la Consejería de Turismo de Canarias, durante el año 2011. El convenio da continuidad al régimen de colaboración entre la Administración General del Estado, por medio del Instituto de Turismo de España, y el Gobierno de Canarias a través la Consejería de Turismo entre los años 2010-2012. El Gobierno de España ha sido especialmente sensible a la realidad económica de Canarias y a las dificultades que esta Comunidad Autónoma presenta. Por ello, junto a la aplicación en las Islas de todas las medidas que el Gobierno ha adoptado frente a la actual crisis económica, también se ha comprometido a adoptar todas aquellas medidas específicas que precisa el archipiélago para superar la actual situación; medidas que se encuadran en la denominada Estrategia integral para la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobada por el Consejo de Ministros de 9 de octubre de 2009. En esta línea, el 14 de enero de 2010 se suscribió el Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Turismo de la Comunidad Autónoma de Canarias y los Cabildos Insulares para llevar a cabo la ejecución de la Estrategia Canaria de Mejora del Espacio Público Turístico. Los objetivos de dicha Estrategia se centran en maximizar la calidad de los servicios y el ocio de las zonas turísticas de Canarias; convertir en zonas verdes las áreas públicas abandonadas; propiciar la colaboración entre las administraciones públicas y el sector privado para garantizar las inversiones; mejorar la competitividad del sector turístico de las islas para complementar y diversificar la oferta; apostar por la renovación, la innovación y la regeneración, y poner en valor los recursos culturales, históricos y naturales para su aprovechamiento turístico según criterios de sostenibilidad y calidad ambiental. Industria, Turismo y Comercio INFORME SOBRE LAS AYUDAS A PROYECTOS DE REINDUSTRIALIZACIÓN, CON 462 MILLONES PARA 908 PROYECTOS Los proyectos industriales apoyados ascienden a 657 y recibirán 381,3 millones de euros en préstamos. La inversión asociada en activos fijos será de 1.459 millones de euros, lo que permitirá crear 4.676 empleos directos. Las 251 actuaciones relativas a infraestructuras industriales aprobadas este año recibirán 81,1 millones de euros de ayudas, con los que se generará una inversión asociada de 221 millones de euros. El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Ministro de Industria, Turismo y Comercio sobre la resolución de las convocatorias 2011 del Programa de Ayudas a la Reindustrialización. Según la evaluación realizada por el Comité de Gestión y Coordinación de Industria, de las 2.412 actuaciones o proyectos presentados por empresas y entidades públicas y sin ánimo de lucro se prestará apoyo a 908, que recibirán unas ayudas de 462,4 millones de euros. Este apoyo permitirá acometer unas inversiones asociadas de 1.680 millones de euros y la creación de 4.676 empleos directos en 2011. Las ayudas del Programa de Reindustrialización se enmarcan en la política de la Unión Europea de desarrollo de las regiones mediante el apoyo a la inversión y a la creación de empleo y se aplican según el mapa de zonas susceptibles de recibir apoyo aprobado por la Comisión Europea para el período 2009-2013. Los objetivos del Programa son la regeneración y desarrollo del tejido industrial de aquellas regiones afectadas por fenómenos de ajuste empresarial o deslocalización, con pérdida de actividad industrial y destrucción de empleo, a través de la transformación de las estructuras productivas y la conformación de un tejido industrial moderno y competitivo que genere empleo y riqueza. Las actuaciones o proyectos aprobados se dividen en dos grandes ejes: Iniciativas industriales Dentro de este capítulo reciben apoyo las iniciativas industriales productivas generadoras de empleo que actúen como fuerza motriz de desarrollo empresarial e incorporen procesos de elevado contenido tecnológico. Son susceptibles de recibir ayudas las inversiones en activos materiales relativos a la creación de un nuevo establecimiento industrial y a la ampliación o mejora de unidades productivas existentes. El apoyo se materializa en forma de anticipos reembolsables sin interés de hasta el 50 por 100 de la inversión financiable, con cinco años de carencia y diez años de amortización. En la convocatoria 2011 el Ministerio de Industria ha decidido conceder 405 millones de euros en préstamos a 686 iniciativas que van a suponer unas inversiones en activos fijos de 1.649 millones de euros y la creación de 4.396 empleos directos. Del conjunto de iniciativas, 657 corresponden a proyectos industriales, que recibirán 381,3 millones de euros en préstamos. La inversión asociada en activos fijos será de 1.459 millones de euros, lo que permitirá crear 4.676 empleos directos. Infraestructuras industriales Asimismo, reciben apoyo público las iniciativas tendentes a conseguir suelo industrial de calidad, competitivo, con adecuadas infraestructuras de energía, comunicaciones, etcétera, que hagan más atractivo el territorio para el crecimiento empresarial Dentro de este bloque reciben ayuda la construcción, ampliación o adecuación de polígonos industriales, las incubadoras de empresas y centros de empresas, los parques científico-tecnológicos, infraestructuras logísticas y centros intermodales y servicios e infraestructuras industriales de uso común. El apoyo se realiza a través de subvenciones a fondo perdido de hasta el 50 por 100 de la inversión y de anticipos reembolsables sin interés de hasta el 75 por 100 de la inversión, con cinco años de carencia y diez años de amortización. En el Programa de 2011 recibirán apoyo 251 actuaciones que recibirán 81,1 millones de euros de ayudas con los que se generará una inversión asociada de 221 millones de euros. Resultados por Comunidades Autónomas y provincias Por Comunidades Autónomas, una vez más Andalucía es la comunidad que más solicitudes ha presentado y la que más ayudas recibe (175,1 millones de euros), seguida por Galicia (73,8 millones), Castilla y León (73 millones), Comunidad Valenciana (25,2 millones) y Aragón (25,1 millones). Por provincias, Cádiz ocupa el primer puesto, tanto en solicitudes como en ayudas asignadas, con 129,8 millones de euros. La sigue La Coruña (66 millones), Burgos (25,9 millones), Jaén (21,3 millones) y Soria (21,3 millones) Esta distribución territorial está en consonancia con las regiones susceptibles de apoyo incluidas en el mapa de ayudas con finalidad regional para España, aprobado por la Unión Europea para el periodo 2009-2013. En las siguientes tablas se dan los detalles de la distribución de los resultados de la convocatoria del Programa de Ayudas a la Reindustrialización de 2011 por Comunidades Autónomas y provincias. Resultados por Comunidades Autónomas Resultados por Provincias Industria, Turismo y Comercio INFORME SOBRE AYUDAS A PROYECTOS DE SECTORES ESTRATÉGICOS, QUE ALCANZARÁN LOS 466 MILLONES EN 2011 En automoción, 141 proyectos empresariales recibirán un apoyo de 215 millones de euros que inducirán una inversión total de 1.738 millones. Dentro de la convocatoria de los Sectores Estratégicos Industriales se repartirán 210 millones de euros entre 323 proyectos. La inversión movilizada superará los 1.000 millones. Para el sector Aeroespacial, 28 proyectos contarán con unas ayudas de 41 millones de euros, movilizando una inversión asociada de 194 millones. El Consejo de Ministros ha recibido un informe del ministro de Industria, Turismo y Comercio, sobre los resultados de la convocatoria de ayudas para el fomento de la competitividad de los sectores estratégicos industriales del ejercicio 2011. A las convocatorias de 2011 se han presentado 940 actuaciones o proyectos de los que Industria ha acordado prestar apoyo a 492. Estos proyectos recibirán unas ayudas de 466 millones de euros y provocarán una inversión asociada de 2.988 millones de euros. Estas ayudas se dirigen a empresas de sectores cuyas características les otorgan un papel estratégico en la consecución del objetivo de cambio de modelo productivo de la economía española: orientación al mercado internacional, elevada intensidad tecnológica, alto valor añadido, elevada productividad, generación de empleo y tejido industrial de calidad, eficiencia energética y sostenibilidad. Forman parte de estos sectores las empresas encuadradas dentro de los sectores de bienes de equipo (eléctrico-electrónico, telecomunicaciones, mecánico, etcétera), químico y farmacéutico, metalúrgico y siderúrgico, ferroviario y de fabricación de productos metálicos y otros productos minerales no metálicos, además de los de automoción y aeroespacial. Para estos dos últimos se elaboran convocatorias específicas, que ponen de manifiesto la importancia tanto cualitativa como estratégica que estos sectores tienen para la economía española en general y para la industria en particular. Todas tienen forma de anticipos reembolsables sin interés, con cinco años de carencia y diez años de amortización, y no se exigirán garantías para su concesión. En el caso de las PYME, se otorga hasta el 100 por 100 del presupuesto financiable y, en el caso de grandes empresas, hasta el 75 por 100. En el ejercicio 2011 el apoyo global desde el Ministerio de Industria para proyectos de inversión de estos sectores asciende a 466 millones de euros: 215 millones para automoción, 41 millones para aeroespacial y 210 millones para el resto de los denominados sectores estratégicos. Sectores estratégicos industriales Esta convocatoria tiene como objetivos principales favorecer la adopción, por parte de las empresas a las que va dirigida, de sistemas de producción avanzados, flexibles, eficientes energéticamente y más respetuosos con el medio ambiente. Asimismo, se pretende incentivar la evolución de los productos hacia otros de mayor valor añadido y que incrementen su sostenibilidad a lo largo de todo el ciclo de vida. La convocatoria de 2011 supone poner a disposición de estos sectores, de los que se excluyen la convocatoria específica de aeroespacial y de automoción, 210 millones de euros en ayudas para un total de 323 proyectos que generarán una inversión asociada de 1.054 millones de euros. Resultados de la convocatoria de 2010 por Comunidades Autónomas: Resultados por sectores: Sector aeroespacial El sector aeroespacial desarrolla productos de alto valor añadido y es particularmente intensivo en I+D+i y representa un motor de innovación y de conocimiento que se traslada a otros sectores industriales. Refuerza su consideración de estratégico la calidad de empleo que genera y las tecnologías y relaciones con la defensa y seguridad que tiene. Por ello ha contado con una convocatoria específica de 41 millones de euros y 28 proyectos aprobados, con una inversión asociada de 194 millones de euros. Resultados por Comunidades Autónomas: Sector de automoción Con una convocatoria específica para el sector de automoción se pretende establecer medidas que favorezcan su posicionamiento estratégico, haciendo una apuesta por inversiones y actuaciones punteras que aseguren su continuidad en España y anticipando lo que van a ser los segmentos de mercado más competitivos en el futuro, coches híbridos, eléctricos, de reducidas emisiones de CO2, de mayor seguridad, etcétera, al tiempo que se mejoran los procesos de producción para favorecer su flexibilidad, su eficiencia a lo largo de toda la cadena de valor, su sostenibilidad y su eficiencia energética. El Ministerio de Industria ha decidido apoyar 141 proyectos en esta convocatoria. Las ayudas concedidas han ascendido a 215 millones de euros. Resultados de la convocatoria por Comunidades Autónomas: Economía y Hacienda CREADA LA NUEVA SOCIEDAD ESTATAL LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO Asumirá los activos y funciones de la antigua entidad pública Loterías y Apuestas del Estado como operador de juegos de carácter estatal. Las funciones de regulación se traspasan a la nueva Dirección General de Ordenación del Juego. El Consejo de Ministros ha aprobado la constitución de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado, según lo previsto en el Real Decreto Ley de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras para fomentar de forma inmediata la inversión y la creación de empleo, de 3 diciembre de 2010, y en la Disposición Adicional 40ª de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011. La nueva Sociedad Estatal asume todos los activos y funciones que, como operador de los juegos de carácter estatal, desarrollaba hasta ahora la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado, mientras que las funciones que esta misma entidad cumplía como regulador del mercado pasan a ser responsabilidad de la nueva Dirección General de Ordenación del Juego, también aprobada hoy, que quedará bajo responsabilidad de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos del Ministerio de Economía y Hacienda. Adaptación a las exigencias del nuevo mercado del juego La transformación de Loterías y Apuestas del Estado, principal operador del juego público en España y uno de los más importantes del mundo, tiene como principal objetivo su modernización para adaptarse a las exigencias del nuevo mercado del juego, tanto por las innovaciones tecnológicas de la sociedad de la comunicación, como por las modificaciones y el aumento de la competencia que la nueva Ley de Regulación del Juego, actualmente en trámite parlamentario, supondrá para el sector del juego en España. La conversión en sociedad estatal dotará a Loterías y Apuestas del Estado de una estructura empresarial más ágil y una mayor capacidad de adaptación en el ámbito de las nuevas tecnologías. Así, se verá reforzado su liderazgo como operador en un horizonte más competitivo y diverso en cuanto a la oferta de juegos presenciales o a través de Internet. La constitución de la nueva sociedad abre también el proceso de entrada de capital privado en Loterías y Apuestas del Estado, en un porcentaje del 30 por 100. Política Territorial y Administración Pública RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE CASTILLA Y LEÓN QUE REGULA EL COMPLEJO DE OCIO MESETA-SKI El Consejo de Ministros ha acordado solicitar al Presidente del Gobierno la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley castellanoleonesa de 28 de mayo de 2010, de declaración de Proyecto Regional del "Complejo de ocio y aventura Meseta-Ski". El Gobierno entiende que esta norma autonómica vulnera la legislación básica del Estado sobre la protección de medio ambiente, según lo dispuesto en el artículo 149.1.23ª de la Constitución. En concreto, incumple el artículo 50 de la Ley de Montes, que obliga a las Comunidades Autónomas a garantizar el mantenimiento y restauración de los terrenos incendiados y que prohíbe la urbanización de estos lugares durante treinta años. El proyecto Meseta Ski supone la construcción de una pista de esquí seco en una de las laderas del Cerro de San Juan (municipio de Tordesillas) sobre unos terrenos que sufrieron un incendio en 1999. La propuesta de recurso, que cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado, ha sido elaborada con los informes del Ministerio de Medio Ambiente y de Medio Rural y Marino, y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. Política Territorial y Administración Pública RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD CONTRA LA LEY DE NAVARRA QUE PERMITE A LOS ENTES LOCALES ENDEUDARSE EN 2011 El Consejo de Ministros ha acordado solicitar al presidente del Gobierno la interposición de un recurso ante el Tribunal Constitucional contra un artículo de la Ley Foral de 11 de junio de 2010, que adapta a la Comunidad Foral de Navarra las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno para la reducción del déficit público. El primer párrafo del artículo 8.2 de la Ley Foral permite a las entidades locales que cuenten con obras acogidas a planes de infraestructuras e inversiones locales para los períodos 2005-2008 y 2009-2012 la posibilidad de solicitar créditos para financiar la parte que les corresponda, una vez comprobada la viabilidad económica del proyecto. El Gobierno entiende que la posibilidad de recurrir al crédito durante 2011, permitido por la Ley Foral, contraviene la limitación al endeudamiento establecido en la normativa básica, en concreto por el Real Decreto Ley 8/2010. El Tribunal Constitucional ha legitimando la adopción por parte del Estado de medidas de política económica de contención del gasto público, en virtud de sus competencias derivadas de la Constitución, siempre que tengan relación con los objetivos de política económica, que se propongan la reducción del déficit público o contención de uno de los componentes del gasto público. Todos estos requisitos concurren en las medidas adoptadas por el Real Decreto Ley 8/2010, por lo que, por su condición de básicas, resultan vinculantes para todas las Comunidades Autónomas. En el recurso se argumenta que el hecho de que Navarra tenga un régimen foral financiero propio, regulado por el Convenio Económico con el Estado, no le exime de sujetarse a las mismas medidas de política económica vinculantes para el resto de las Comunidades Autónomas. Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino REGULADA LA PESCA MARÍTIMA DE RECREO EN AGUAS EXTERIORES ESPAÑOLAS Se prohíbe la venta o transacción de la captura obtenida y sólo podrán capturarse las especies de peces y cefalópodos incluidas en el Real Decreto. Se deberá estar en posesión de una licencia expedida por las Comunidades Autónomas. En caso de dirigirse a una serie de especies sometidas a una especial consideración, habrá que pedir una autorización específica de la Secretaría General del Mar. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la pesca marítima de recreo en aguas exteriores. Esta normativa responde al creciente desarrollo de esta actividad, impulsado por el turismo. El Real Decreto define la práctica de la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas como una actividad pesquera no comercial con fines recreativos de ocio. En consecuencia, se prohíbe la venta o transacción de las capturas obtenidas. Asimismo, se establece que sólo podrán capturarse aquellas especies de peces y cefalópodos que aparecen expresamente en uno de los anexos del Real Decreto. Licencia Según el texto, esta actividad recreativa podrá realizarse desde tierra, desde embarcación y en el ámbito submarino. Para su ejercicio en cualquiera de estas modalidades se deberá estar en posesión de una licencia expedida por las Comunidades Autónomas. Además, en el caso de dirigirse a especies sometidas a una especial consideración habrá que solicitar una autorización específica de la Dirección General de Recursos Pesqueros y Acuicultura de la Secretaría General del Mar, del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino. Registro de Embarcaciones Por otra parte, el Real Decreto establece un registro de embarcaciones de pesca marítima de recreo en aguas exteriores, que estará a cargo en la Dirección General de Ordenación Pesquera de la Secretaría General del Mar. Este registro se nutrirá de embarcaciones que consten en los registros de barcos recreativos de las Comunidades Autónomas con licencia en vigor para el ejercicio de la actividad de pesca recreativa. A partir de la entrada en vigor de este Real Decreto las Comunidades Autónomas del litoral que dispongan de este registro deberán remitirlo a la Secretaria General del Mar en el plazo de un año. Las Comunidades que no dispongan del mismo deberán crearlo en el plazo también de un año. En estas circunstancias y previa petición de la Comunidad Autónoma este plazo podrá ser prorrogado otro año. Con este Real Decreto el Gobierno pretende regular y controlar una actividad, la pesca marítima de recreo en aguas exteriores españolas, que tiene cada día mayor peso en el ámbito marino y, en consecuencia, en el volumen de extracción de los recursos pesqueros. Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino NORMA DE CALIDAD PARA CARAMELOS, CHICLES, CONFITES Y GOLOSINAS ELABORADOS EN ESPAÑA Define los productos y su denominación de venta, y mantiene productos de larga tradición nacional, con lo que contribuye a la transparencia del mercado. El Consejo de Ministros ha aprobado, mediante Real Decreto, la norma de calidad para los caramelos, chicles, confites y golosinas, norma que simplifica la legislación vigente y a su vez, la adapta a las actuales tendencias de los consumidores, encaminadas a la compra de productos que se ajusten a las recomendaciones científicas nutricionales y a los nuevos avances tecnológicos del sector. Esta normativa específica, complementaria a la horizontal comunitaria, mantiene unos mínimos requisitos de elaboración, elimina algunas restricciones que existían en las definiciones y permite elaboraciones que actualmente no están contempladas; todo ello con el objetivo de realizar una aplicación uniforme en todo el territorio nacional y, al mismo tiempo, favorecer la competencia del sector. La actualización de la norma permitirá la reformulación y poder elaborar nuevos productos. Ello conlleva diversificar y aumentar la oferta al consumidor, y permitir al sector fabricar productos similares a los que ya se están elaborando en otros Estados miembros, de manera que puedan competir en igualdad de condiciones. Además, mantiene productos de larga tradición nacional, con lo que contribuye a la transparencia del mercado. Asimismo, se ha procedido a la simplificación de la norma, adaptándola a la normativa comunitaria de carácter horizontal (etiquetado, aditivos, higiene) aplicable. La publicación de esta norma se encuadra en el objetivo del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y Marino, a través de la Dirección General de Industria y Mercados Alimentarios, de actualizar y modernizar las normas aplicables a los productos alimenticios. Economía y Hacienda MODIFICADA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Se crea la Dirección General de Ordenación del Juego. Se suprimen cuatro subdirecciones generales, tres de ellas en el Instituto de Estudios Fiscales. El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que modifica otro de 4 de julio de 2008, por el que se desarrollaba la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía y Hacienda, y el Real Decreto de 26 de enero de 2001, de aprobación del Estatuto del Organismo Autónomo Instituto de Estudios Fiscales. Estas modificaciones consisten, por una parte, en la creación de la Dirección General del Ordenación del Juego y, por otra, en la supresión de tres subdirecciones generales y de los cuatro centros regionales del Instituto de Estudios Fiscales, así como la eliminación del gabinete de la Secretaría General de Financiación Territorial, que también tenía rango de subdirección general La Dirección General de Ordenación del Juego asumirá con carácter transitorio las competencias que, como regulador del sector, mantenía la entidad pública Loterías y Apuestas del Estado, hasta que la finalización del trámite parlamentario de la Ley de Regulación del Juego permita la puesta en marcha de la Comisión Nacional del Juego, el órgano al que la Ley atribuye las competencias de regulación en el mercado del juego. Ésta se encargará de supervisar el cumplimiento de los requisitos fijados a los operadores, de conceder licencias y autorizaciones y de garantizar el correcto funcionamiento del sector del juego, así como de aplicar el régimen de infracciones y sanciones que establezca la futura Ley. Instituto de Estudios Fiscales Por otra parte, se reduce y adapta la organización del Instituto de Estudios Fiscales a los cambios derivados de la oferta de empleo público y de los contenidos de la actividad del Instituto. Para ello, se suprimen tres subdirecciones generales y los cuatro centros regionales del Instituto. Por último, se materializa la supresión orgánica del gabinete del secretario general de Financiación Territorial, con rango de subdirección general, que permanecía vacante desde la última reordenación administrativa del ministerio, que suprimió la Secretaría General de Financiación Territorial. La creación de la Dirección General de Ordenación del Juego no supone incremento de gasto público ya que todo su personal está integrado por el de la entidad pública que se extingue. En cuanto a la supresión de las subdirecciones generales, supone un ahorro de más de cien mil euros. Interior CONSTRUCCIÓN Y DOTACIÓN TECNOLÓGICA DE LA NUEVA SALA DE OPERACIONES Y SERVICIOS DE LA GUARDIA CIVIL El Consejo de Ministros ha autorizado el inicio del proceso de contratación de las obras de construcción y dotación tecnológica de la nueva Sala de Operaciones y Servicios de la Guardia Civil. El presupuesto total, que asciende a 19.462.124,08 euros distribuidos en las anualidades 2011 a 2013, incluye la parte de obra civil (14.469.137,11 euros) y la de infraestructura tecnológica (4.992.986,97 euros). Los cambios tecnológicos producidos en la última década llevaron a la Guardia Civil a aprobar en el año 2004 un Plan de Sistemas de Información y Comunicaciones. Este Plan contempla la creación de nuevos centros de mando y control a nivel territorial, que podrán ser coordinados y dirigidos a nivel central desde la nueva Sala de Operaciones y Servicios, de necesaria construcción, dada la obsolescencia de las actuales infraestructuras. La construcción y dotación de esta nueva Sala permitirá: Disponer de información en tiempo real del trabajo de las diferentes Unidades del Cuerpo. Hacer un seguimiento permanente y continuo de las operaciones en curso, con imágenes retransmitidas en directo desde las diferentes unidades fijas o móviles, localización geográfica de cualquier patrulla, embarcación o personal y mediante el oportuno enlace vía radio, teléfono o satélite, etcétera. Garantizar a la Dirección Adjunta Operativa disponer de las condiciones necesarias para poder dirigir a toda la Guardia Civil de un modo centralizado cuando, por razones operativas o de gestión de crisis, sea necesario. Albergar el Centro de Coordinación de vigilancia marítima de costas y fronteras donde se integrará el Sistema Integrado de Vigilancia Exterior (SIVE). Las peculiaridades del contrato obligan a prever grandes medidas de seguridad, de ahí que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público, el contrato se licitará por el procedimiento negociado sin publicidad, para garantizar la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado. Fomento GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LAS INFRAESTRUCTURAS VIARIAS EN LA RED DE CARRETERAS DEL ESTADO Se regula el establecimiento y la aplicación de los métodos de actuación en las vías que forman parte de la Red Transeuropea de Carreteras, y se transpone la normativa europea al ordenamiento jurídico español El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula la gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en la Red de Carreteras del Estado que, a su vez, están integradas en la Red Transeuropea de Carreteras. Con esta norma se incorpora al ordenamiento jurídico español lo dispuesto en la Directiva comunitaria sobre esta materia. Uno de los principales objetivos de la gestión de la red de carreteras estatal es mejorar la seguridad de la circulación con el fin de reducir, en la mayor medida posible, las consecuencias humanas, sociales y económicas de los accidentes de circulación. En este sentido, el Ministerio de Fomento ha venido desarrollando en los últimos años numerosas actuaciones para modernizar la red viaria y a mejorar y reforzar los equipamientos de seguridad de las carreteras españolas. De igual modo, se han incorporado criterios de seguridad viaria entre los determinantes de la planificación, proyecto y construcción de las nuevas carreteras, así como en la mejora de las ya existentes. Todo ello ha contribuido sustancialmente a la importante reducción de la accidentalidad que se ha logrado en nuestro país en los últimos años. Normativa europea Por otra parte, la mejora de las infraestructuras viarias también constituye uno de los pilares básicos de la política de seguridad vial de la Comisión Europea. La Directiva comunitaria del 19 de noviembre de 2008, sobre gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias, establece una serie de procedimientos destinados a conseguir un nivel de seguridad elevado y homogéneo en la Red Transeuropea de Carreteras. El Real Decreto que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros incorpora al ordenamiento jurídico español lo dispuesto en esta Directiva europea. Así, se regula el establecimiento y la aplicación de los métodos de actuación en materia de gestión de la seguridad de las infraestructuras viarias en las vías integrantes de la Red Transeuropea de Carreteras que formen parte de la Red de Carreteras del Estado. Los principales puntos de actuación recogidos en el Real Decreto son: Evaluación del impacto de las infraestructuras viarias en la seguridad en la fase inicial de la planificación. Auditorías de seguridad viaria en las fases de anteproyecto, proyecto, previa a la puesta en servicio y en el período inicial en servicio de las carreteras. Clasificación de seguridad de los tramos de la red atendiendo a la concentración de accidentes y al potencial de mejora de la seguridad. Realización periódica de inspecciones de seguridad viaria en las carreteras en servicio. Se establecen los contenidos, procedimientos, informes resultantes y los efectos de cada uno de estos puntos de actuación. Auditorías La norma regula también la composición de los equipos encargados de realizar las auditorias de seguridad viaria; el programa de formación y el procedimiento de acreditación; y los requisitos que se exigirán a los auditores de seguridad viaria. Además, se especifican la titulación y la experiencia que se exige a los técnicos encargados de realizar los estudios detallados de los tramos de concentración de accidentes, los tramos de alto potencial de mejora de la seguridad y las inspecciones de seguridad viaria en las carreteras en servicio. Industria, Turismo y Comercio MODIFICADO EL ESTATUTO DE LA ENTIDAD PÚBLICA EMPRESARIAL RED.ES El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifica el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es, adscrita al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cuyo objetivo es impulsar el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza, mediante la ejecución de distintos proyectos de acuerdo con las prioridades estratégicas de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Red.es tiene la condición de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado, y se encuentra obligada a realizar los trabajos que ésta le encomiende en las materias objeto de sus funciones. El objetivo de este Real Decreto es introducir en el Estatuto de Red.es las modificaciones necesarias, en materia de personal, de contratación y de estructura orgánica, para su mejor gestión y para su total adaptación a la normativa vigente, además de garantizar la mayor eficiencia en la realización de los proyectos y la mayor utilidad para la Administración General del Estado. Modificaciones En concreto, las modificaciones son las siguientes: Para dar cumplimiento al Acuerdo de Consejo de Ministros sobre racionalización del Sector Público Empresarial, se reduce el número de vocales de su Consejo de Administración, que no será inferior a diez ni superior a quince. Con el objetivo de adaptar el Consejo de Administración a los Reales Decretos por los que se desarrolla la estructura orgánica de los departamentos ministeriales, se actualiza la denominación de las vocalías natas. Así, serán vocales natos del Consejo de Administración el director general de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información; el director del Gabinete del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, el director del Gabinete del Secretario de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información; el jefe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y el director general de Impulso de la Administración Electrónica del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. Se extiende la declaración de medio propio y servicio técnico de Red.es a los entes, entidades, organismos y sociedades vinculadas a la Administración General del Estado o dependientes de ella. De este modo, la entidad pública empresarial podrá realizar trabajos no sólo para la Administración General del Estado, sino también para estos entes, entidades, organismos y sociedades. Fomento ACTUALIZADAS LAS SERVIDUMBRES AERONÁUTICAS DE CINCO AEROPUERTOS Y SIETE INSTALACIONES AERONÁUTICAS ESPAÑOLES El Consejo de Ministros ha aprobado los Reales Decretos que establecen nuevas ser
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